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¿es obligatorio llevar luz antiniebla la cv?

enrique897

timid@
Estoy leyendo todos los hilos y ha surgido una duda en uno de ellos que seria interesante saber ¿es obligatorio que la cv lleve luz antiniebla?
 
nop
 
No es mas el otro dia pase la itv de la cv y ni me digeron que la encendiera yo si la tengo conectada pero ya te digo no es obligatoria.
 
No es mas el otro dia pase la itv de la cv y ni me digeron que la encendiera yo si la tengo conectada pero ya te digo no es obligatoria.

No es que sea muy significativo, en los dos coches que he llevado con piña a la ITV (en total 3 veces) ninguna vez le han puesto nada a la piña.

En algún hilo de estos de normas y leyes, pusieron un enlace donde ponía que sí, que era obligatorio.
 
Rotundamente sí es obligatoria. Que no lo comprueben en las ITV no significa que no lo sea.

Además, usando ese sentido tan poco común llamado "sentido común", la lógica dice que si todos los coches han de llevarla obligatoriamente, ¿por qué razón dejaría de serlo cuando enganchamos un remolque?. ¿Las caravanas dispersan la niebla?
 
Rotundamente sí es obligatoria. Que no lo comprueben en las ITV no significa que no lo sea.

Además, usando ese sentido tan poco común llamado "sentido común", la lógica dice que si todos los coches han de llevarla obligatoriamente, ¿por qué razón dejaría de serlo cuando enganchamos un remolque?. ¿Las caravanas dispersan la niebla?

será obligatoria si la trae de fábrica, digo yo. la mia no la trae y en la ITV nunca me han dicho que la ponga.
 
Obligatoria a partir del año........noveinta y algo, no me acuerdo bien, todas las cv con fecha de matriculacion posteriores a dicho año, tienen que llevarla, a mi el año pasado me tiraron por eso en la itv y tuve que modificar la piña que estaba puenteada.

un saludo
 
Peso de cv

Peso de cv

¡ ME VENDEN UNA BURSTNER CITY 500, DE DOBLE EJE , ME DICEN QUE PESA 750 KL , Y MI COCHE TIENE 100 CV ( Y EL BURRO QUE CONDUCE OSEA YO) Y 1050 KL MAXIMO PARA REMOLCAR , ESTO ES REAL

GRACIAS Y CON VOSOTROS SE APRENDE UN MONTON.:blob5:
 
¡ ME VENDEN UNA BURSTNER CITY 500, DE DOBLE EJE , ME DICEN QUE PESA 750 KL , Y MI COCHE TIENE 100 CV ( Y EL BURRO QUE CONDUCE OSEA YO) Y 1050 KL MAXIMO PARA REMOLCAR , ESTO ES REAL

GRACIAS Y CON VOSOTROS SE APRENDE UN MONTON.:blob5:

Hola Chendo ,bienvenido al foro ,púes no se quién te la vende ,pero me párece que de pesos entiende más bien poco ó lo que es lo mismo ,"nada".
Si el precio es bueno y la caravana meréce la pena ,¡comprála! ,pero ten en cuenta que tendrás que cambiar de coche para poder arrastrarla y casi con totál seguridad ,sacarte el E ó esperarte a que se definan con el tema de las pruebas para los 4250kg.
Saludos.
 
Si la cV la lleva, seguro que es obligatorio que se pueda encender, otra historia es lo que miran en la ITV, pero a mi me comprobaron las conexiones electricas y me advirtieron de que los positivos estaban mal, tan solo por si me interesaba saberlo, vuelta al s.o. a quejarme por segunda vez y ultima, la piña solo duro 6 meses.
 
La mia es del 89 y no tiene antiniebla, se le podria poner? es remomendable? no supera los 705 (roller aloha 420). La verda q no me habia para do nunca apensar en eso.. y con el cohe la utilizo casi a diario...
 
Hola Chendo ,bienvenido al foro ,púes no se quién te la vende ,pero me párece que de pesos entiende más bien poco ó lo que es lo mismo ,"nada".
Si el precio es bueno y la caravana meréce la pena ,¡comprála! ,pero ten en cuenta que tendrás que cambiar de coche para poder arrastrarla y casi con totál seguridad ,sacarte el E ó esperarte a que se definan con el tema de las pruebas para los 4250kg.
Saludos.

hola chendo, bienvenido al foro, mejor un hilo para ti solo.

Franbu, si en los papeles pone que es 750k, no le falta el E, del peso real se encarga el coche (que irá muy, muy justo) pero legalmente pesa 750k, y por lo tanto lo puede llevar con cualquier carnet, desde el B al D. si no, no tendría sentido poner en el papel que pesa 750k.
 
Las caravanas homologadas sin antiniebla (es decir caravanas viejas) NO están obligadas a llevar antiniebla trasero. Cuando actualicé la documentación de la caravana que compré, pregunte por los trámites a seguir (al final una simple ITV). Lo pregunté en la Consejería de Industria por que es la Consejería la que documenta un vehiculo, no la ITV; y la respueta fue clara: Vehículos fabricados hasta un año determinado (no recuerdo cual me dijeron), no tienen obligación de llevar antiniebla trasero; y el funcionario (un ejemplo de amabilidad) me puso un ejemplo: los Seat 600, Reanult 8.....no están obligados a llevar antiniebla, porque la normativa que obliga es posterior a su fabricación.
 
Independientemente que sea abligatorio o nó es conveniente llevarla y además que funcione, yo en mi cv por la edad que tiene no es obligatorio pero por mi seguridad y la de los demás la llevo puesta y cada vez que engancho las pruebo todas.Otra cosa es la de marcha atrás.
Mi consejo es que aunque no sea obligatorio hay que tenerla operativa.Saludos.
 
Respecto al comentario de Chendo, tiene que haber una confusion, no puede ser una Cv de doble eje 500 y con 750Kg de MMA, que eso es importante, no de tara.

Por otro lado un coche que SOLO puede remolcar 1050Kg me parece muy poco, porque se pasan un monton con la capacidad de remolcado homologada, el problema será mover este conjunto de cifras locas, tomando como referencia cierta que es una 500 doble eje y el dato de su coche, que supongo ha sacado de su ficha tecnica, ni caso de lo que diga el vendedor!!!!!
 
No liemos las cosas de los pesos, los papeles son los papeles y el peso real es el peso real, para circular legal mandan los papeles, y si pone 750k, no hace falta nada especial para llevarla.

Ahora bien, me parece mucha exageración llegar a poner una cv de 2 ejes con 750k, puede ser, pero ¿has visto la cv? a ver si es un timo...
 
Yo os agradecería que leyerais esto, que está sacado de la reglamentación de tráfico, y habla sobre el alumbrado de todos los vehículos.
Distinguir muy bien, eso si, entre lo que DEBEN de llevar, y lo que PUEDEN llevar, que no es lo mismo.

http://www.webcampista.com/foro/foro-campista/19003-luz-de-marcha-atras-caravelair.html

Os pongo este enlace y en el post nº 9 está el archivo. Perdonad que lo haga así pero es que no me deja subirlo otra vez.

Un saludo.
 
HOLA yo tengo una MONCAYO del 2002 y no lleva antiniebla pero en el 99 salio una orden que decia que todo remolque tiene que llevar antiniebla, por lo tanto YO LA TUVE QUE PONER ademas me retiraron el carton y solo tenia15 dias para solucionarlo, asique tuve que pasar a 7 polos a 13, un lio de cables pero por COHONES lo hice y pase la DICHOSA I.T.V.
 
Esto demuestra que aquí cada autonomía hace lo que le da la gana cn las leyes.
 
Pues no te puedo despejar las dudas, sobre si es obligatorio o no... Como bien han apuntado antes, dependerá de la comunidad autónoma, supongo...

Aunque debería ser dependiente de tráfico, y a nivel estatal, pero bueno...

El caso, es que aunque no sea obligatorio, sí es aconsejable llevarla...

Desde luego, en mi carro tienda, sí la lleva, y cosa curiosa... Funciona!!!

Lo digo, porque pensé que cuando instalaron la bola, no sacarían para los antinieblas, pero sí...

Si no la llevas de serie, y aunque en la ITV, te digan que no es obligatoria, te aconsejo ponerla, por seguridad, y que no te endiñen por detrás...

Un saludo
 
Mezclamos las cosas, si instalas "ahora" (y hace mucho) una piña y no dices nada, te colocan la de antiebla seguro, con 7 o con 13. si dices algo, te pondrán la de 13 con el positivo, o el taller se expone a no pasar la ITV, y a tener que pagar la segunda ITV, como en mi caso, aunque no fue por la piña.

Que la ITV te diga que debe ser así o asá, depende más bien del ingeniero o del tío que te la pasa, como he dicho varias veces, no sé si en este hilo también, tres veces he ido a la ITV con piña y ninguna de las tres me han conectado nada a la piña. y la ultima repetí hasta dos veces más, y solo se fijaban en el numerito, no en la piña (si cuentan estas veces, son 5 sin mirar la piña)

Al final la GC no te va a mirar la piña, va a mirar que funcione la antiniebla, el cableado les da igual, y si no llevas remolque cuanto te paren, con más razón.
 
Cuando tenemos , como la del antiniebla o más frecuentemente, dudas relacionadas con temas de documentaciones de caravanas, nos fiamos de lo que dicen en la ITV y yo creo que no es lo más fiable. Temas del día a día, los conocen en las ITV, pero hay otras cosas que no. Por eso ante cualquier duda lo mejor es preguntar en la Consejería de Industria de la comunidad en la que vivamos; a fin de cuentas en la ITV sólo garantizan (?????) que un determinado vehículo cumple con las condiciones establecidas par circular de forma segura. Pero las ITV no expiden documentaciones, que son expedidas por las Consejerías de Industria.
Como dije más arriba, hablo por experiencia. Hace unos meses compre una caravana (a un forero) que como única documentación tenia una antigua autorización conjunta tractor-remolque.
Antes de dar el OK definitivo al vendedor, fui a preguntar a la ITV si esa documentción era convertible en la actual Tarjeta de Inspección Técnica; y fue la propia ITV la que me remitió a la Consejería de Industria, para averiguar cómo hacerlo y los requisitos a cumplir por la caravana.
Al final todo se redujo a pasar la ITV (que pasó sin problemas y fue exhaustiva), empleando un impreso de la consejería en el que constaban las cosas a comprobar; para vehículos de un número determinado de años (no recuerdo cuantos), no se exige antiniebla trasero.
Hablo de la Consejería de Industria del Principado de Asturias, pero como tenemos 17 gobiernos, hay 17 posibles diferencias en este y otros muchos temas.
 
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