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duda impuesto

feliks

hablador
cuando compre la caravana el año pasado, para hacer la transferencia, el anterior dueño no pagaba el impuesto municipal, y ahora el ayuntamiento de aqui, me lo pide.
pesa 1.000 kg.
¿se paga impuesto de esta clase>?
 
Yo no se de tu clase , pero de la mía man clavao 96 Eurones , como dice Yoni, con ese dinero me compro 20 microondas como el de Mendoza!!!!!!!!!!!!!!!

:D
 
NO

NO

Las caravanas, no pagan impuesto de circulacion, siempre que no esceda de 750 kg, la carga, por ejemplo la mia tara 980 max. 1200, diferencia 220 kg, no llega a los 750, no paga, así que no seais primos y reclamar.
saludos felisin, como va la pesquera ya me contaras. :lol:
 
a ver aron, "nomentero"
la mia pesa 1000 kg.
asi que paga o no?
la pesca bien
el otro dia pillamos 3 listados de unos 4 kilos
 
Felix no tienes que pagar, lo que pasa que algunos ayuntamientos son muy listillos y si cuela cuela.Como bien te dice aron solo si pasa de carga util 750 kgs. es cuando se paga. Este impuesto esta hecho para los remolques agricolas que esos si que pasan de este peso y en algunas poblaciones intentan aplicarselo tambien a las caravanas.
Esplico Si tu caravana pesa 1000 kgs. mira cual es la direrencia de la Tara, lo que pesa la caravana sin ningun arreo que le allas echao en cima. Lo que te indica en los papeles y la diferencia del peso maximo que puedes arrastrar con ella es decir el PMA ó MMA, la diferencia seria la carga util, si esta no es de 750 Kgs o más no tienes por que pagarla. Si encuentro la ley que la tengo impresa en algun sitio, te la llevo a la k del 1 de mayo para que la veas.
 
IMPUESTO MATRICULACION PARA CARAVANAS.

IMPUESTO MATRICULACION PARA CARAVANAS.

Os paso un literal de lo que dice la legislación:

Ley 50/1998, de 30 de diciembre, de Medidas Fiscales, Administrativas y del Orden Social
(B.O.E 31-12-98)
Incluye corrección errores BOE 07-05-1999

CAPITULO IV. Sistema tributario local
Artículo 18.Modificación de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales

22º Se modifica el apartado 3 del artículo 93, que queda redactado como sigue:
«3. No están sujetos a este impuesto:
a) Los vehículos que habiendo sido dados de baja en los registros por antigüedad de su modelo, puedan ser autorizados para circular excepcionalmente con ocasión de exhibiciones, certámenes o carreras limitadas a los de esta naturaleza.
b) Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos».

Por lo tanto, como bien decis, si la diferencia entre la tara y la MMA no es de más de 750 kilos, no debes pagar na de na. Si el ayuntamiento te manda el impuesto, puedes hacer dos cosas, o irte con este recorte a la ventanilla de turno, o bien presentar un escrito en el registro alegando esto.

Saludos.
 
acabo de presentar el el ayuntamiento la exencion de dicho impuesto y ya esta.
gracias de nuevo
 
Ya está , exento ............. y los demás a pagar como pardillos , total por un motorcito de nada que tira del cacharro .
Esto es una injusticia que por dos ruedas más y un motorcito que ni se ve , me claven 96 Leuros de curso legal , y a tí que arrastras un ese palacio rodante , esa orfebrería sobre ruedas , ese templo del derroche y el lujo ............ exento ....no hay derecho :x :x

Un saludo :D :D :D :D
 
felixin,yo antes tenia una caravana,que pasaba de 750 kg. y todos los años pagaba impuesto municipal.Ahora he comprado una nueva,tiene matricula roja,pasa de 750 kg. y el ayuntamiento me manda el impuesto municipal con coste cero,el cual tengo que llevar al ayuntamiento a que me lo selle y ya esta,pero no pago nada.
 
si, ya me han dicho que me mandaran la execion a casa.
pra2, si, si, la verdad es que no solo no te cobraba impuesto, sino que ademas el ayntamiento deberia de pagarte por estar empradonado.
8)
 
PRA2 dijo:
Ya está , exento ............. y los demás a pagar como pardillos , total por un motorcito de nada que tira del cacharro .
Esto es una injusticia que por dos ruedas más y un motorcito que ni se ve , me claven 96 Leuros de curso legal , y a tí que arrastras un ese palacio rodante , esa orfebrería sobre ruedas , ese templo del derroche y el lujo ............ exento ....no hay derecho :x :x

Un saludo :D :D :D :D

Pra2 te lo cambio por el mio

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Vente para Madrid y veras lo que es pagar por un motorcito :banghead:
 
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