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Para los legalistas: ¿es una caravana un vehículo?

kiko74

timid@
Pues eso que me robaron un aire acondicionado portátil que estaba en mi caravana, la cual estaba estacionada en un camping, lo que ocurre es que me lo había comprado recientemente y pagado con una tarjeta que tiene seguro de robo, pero cuando les he pasado el parte con la correspondiente denuncia parece que el guardia civil me puso en la denuncia que me habían robado en un vehículo y una de las cláusulas del seguro es que no cubren en el interior de los vehículos (ya se sabe lo que pasa con los seguros) y le dije que una caravana no es un vehículo y menos pesando menos de 750 kg y menos estando desenganchada del vehículo tractor y la señorita me dijo que tenía que ir al cuartel de la guardia civil a modificar la denuncia, pero me gustaría saber si mi caravana se considera vehículo o no, para no mover papeles en valde si no me vale, gracias y perdón por el tostón.
 
Si no me equivoco en la mía pone Remolque Vivienda.
Ahora no se si eso se considera un vehículo o no.

Saludos.
 
Tiene su “no sé qué” la pregunta, según la habilitación de nuestros “artilugios” es remolque ó furgón -según el caso- habilitado como vivienda... ó algo así, tanto un remolque ó un furgón son por definición vehículos.

En principio, la cosa parece fácil, pero los juristas aún no se ponen de acuerdo, por ejemplo, cuando se utiliza aparcado, acampado ó como se quiera definir, se está habitando... por lo tanto es una vivienda con las protecciones inherentes a la misma, sin embargo, aparcados en la vía pública... sin nadie que vele por ellos, recuperan su naturaleza de vehículo... así me lo explicaron... lo dicho la “cosa” tiene su enjundia.

Suerte
 
segun mi opinion, una caravana es un vehiculo, pero cuando esta instalada en un camping es vivienda, diferente seria si estuviese en el parking del camping, vaya que no estuviera instalada en la parcela para su uso, por eso el tener las caravanas dos tipos de seguros, el de circulacion o movimiento y el de caravana estatica,
pero creo que tendras que ir a la policia para que te lo modifiquen y que pongan vivienda movil,

Ya nos diras como termina todo.
 
¿Y el camping no se hace responsable?

Tienen que tener un seguro de responsabilidad civil.


Lo digo por tomar el camino más recto (o no).
 
Reglamento general de vehiculos: Real decreto 2822/1998, de 23 de diciembre

Anexo II

"Vehículo
Aparato apto para circular por las vías o terrenos a que se refiere el artículo 2 de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial. "

"Caravana
Remolque o semirremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndose el uso de su habitáculo cuando el vehículo se encuentra estacionado. "

"Remolque
Vehículo no autopropulsado diseñado y concebido para ser remolcado por un vehículo de motor. "

Clasificación por criterios de construcción (primer grupo de cifras

"40 Remolque y semirremolque ligero MMA & 163; 750 kg
Aquellos cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas.

41 Remolque y semirremolque 750 kg < MMA & 163; 3.500 kg
Aquellos cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg e igual o inferior a 3.500 kg. A efectos de esta clasificación se excluyen los agrícolas. "

Clasificación por criterios de utilización (segundo grupo de cifras)

48 Vivienda Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda.
 
El camping me dice que su seguro cubre rotura de caravana por caida de elementos del camping (caida de ramas de árboles), lo cual a mí me suena a intento de escaqueo y creo que lo tienen difícil, pero quiero intentarlo antes por la vía del seguro, pero si éste no resulta, ¿alguien tiene experiencia de reclamar a un camping un robo cuando la caravana estaba estacionada en una parcela ¿cuáles son los pasos a seguir?.
 
Probablemente exista jusrisprudencia en la que rebuscar y aclarar un poco el asunto.

No obstante parece que en el mundo jurídico se está de acuerdo en considerar morada aquel espacio que SE ESTÉ USANDO COMO TAL, sea permanente o temporal, sea una casa, una habitación de hotel, una caravana o una embarcación.

Por lo general las FFAA en sus intervenciones de entrada y registro suelen precisar de mandamiento judicial para dichos casos (salvo en las intervenciones en caso de delito flagrante).

Si existe una Ley que ya define la caravana como apta para su uso como vivienda cuando se encuentra parada, a mi entender no hay mayor duda.

Si además se encontraba ACAMPADA en el interior de un camping, menos dudas aún. Creo también que en dicho caso asimismo el camping contrae una resposabilidad civil por la que debe responder, con independencia de la consideración de morada de la caravana.

Te recomiendo que te leas este artículo que puede resultar esclarecedor:

http://www.canalsocial.net/GER/ficha_GER.asp?id=4717&cat=derecho

:wave:
 
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