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Pregunta Pago a Hacienda del Impuesto de Transmisiones en la compra de la CV

ANGELA35

timid@
Buenos días,

Y sigo con mis preguntas...¿Sabéis que cantidad hay que pagar a Hacienda por la compra de la CV de segunda mano??

gracias a todos !!!!
 
Hola, creo que es el 4% del valor de venta,si cren que ese precio es muy bajo se guian por las valoraciones que ellos tienen,de todos modos no estoy muy puesto en el tema ,a ver si algun forer@ lo sabe con certeza,saludos.
 
el 4% del valor que pongas

en principio puedes poner el que quieras porque no tienen tablas
 
en barcelona se paga un 5 o un 6% y aun que no tienen tablas no son tontos
 
Como ya te han comentado, si la Cv dispone de matrícula roja tendrás que abonar en la oficina liquidadora de tu comunidad el 4 %. Al menos en Galicia y Madrid no disponen de tablas que los guíen, y al ser un pacto entre particulares no se meten en el precio.

Posteriormente para la trasmisión, tendrás que adjuntar a tráfico la ficha técnica de la cv, el contrato de trasmisión pasado por impuestos, los DNIs de los compradores / vendedores, y un certificado de tu ayuntamiento que diga que no se paga impuesto municipal por ella.
 
Pues es un certificado que te hace la oficina de tributos de tu ayuntamiento, en el que tiene que hacer constar que no se paga impuestos por ella... creo que hay hilos en el foro que lo dicen... y si no, tendría que buscarlo en casa.
 
Hola
En Barcelona sí hay tablas y el importe a pagar es el resultado de aplicar el 5% del valor que le dan al vehículo -al menos en 2011- según la citada tabla que encontramos en la página web "e-tributs.cat", aquí te dejo el enlace actualizado a 2012, para que te hagas una idea:
Error. Generalitat de Catalunya

Si la caravana tiene más de 10 años está exenta de pago del impuesto.

¿Dónde harías el trámite? porque a lo mejor en otra comunidad va diferente... qui lo sá...

Saludos
e
 
Hola
En Barcelona sí hay tablas y el importe a pagar es el resultado de aplicar el 5% del valor que le dan al vehículo -al menos en 2011- según la citada tabla que encontramos en la página web "e-tributs.cat", aquí te dejo el enlace actualizado a 2012, para que te hagas una idea:
Error. Generalitat de Catalunya

Si la caravana tiene más de 10 años está exenta de pago del impuesto.

¿Dónde harías el trámite? porque a lo mejor en otra comunidad va diferente... qui lo sá...

Saludos
e
Veo que no funciona el enlace, te adjunto el enlace directo al PDF, a ver si ahora se ve..
http://www20.gencat.cat/docs/e-tributs/Documents/Dcouments utilitats/CARAVANES 2012.pdf
 
Nosotros vivimos en Getafe, Madrid. Y por lo que dicen aquí en hacienda no tienen tablas de compras de caravana de segundamano.

muchas gracias Fendtforever.
 
Nosotros vivimos en Getafe, Madrid. Y por lo que dicen aquí en hacienda no tienen tablas de compras de caravana de segundamano.

muchas gracias Fendtforever.
De nada y, si no hay tablas, tendrás más libertad a la hora de saber cuánto puedes pagar. Aquí, en Barcelona, lo tienen muy claro: el importe lo ponen ellos:(
 
Tengo entendido y de hecho comprobado que los certificados no son obligatorios, y si lo son no hace falta que el usuario los aporte, es la Administracion quien se debe encargar de ello.
Lo dice LA LEY DEL PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO COMUN.
La administracion publica, si el certificado no lo aportamos nosotros, tan solo te exigira una autorizacion para poder recabar esa informacion tuya en otro estamento publico diferente al que presentas tu solicitud.
Lo que pasa es que para ellos es mas facil pedirtelo y que pierdas tu una mañana para ello, probad a hacerlo y vereis como es asi, los funcionarios lo saben pero es posible que no quieran hacerlo por tema de trabajo.
Si consigo un extrato o donde lo pone lo colgare para que todo el mundo lo sepa.
 
muchas gracias...pero la duda es, tengo que ir a trafico con el impuesto de transmisiones pagado??? y si no lo hago, tráfico no hace el cambio???
 
[h=3]Cambio de titularidad (compra/venta)[/h]
  • Esto es lo que dice la pagina oficial de la DGT
Si has vendido o has comprado un vehículo ya matriculado, recuerda que debes efectuar el cambio de titularidad del vehículo en el Registro de la Dirección General de Tráfico. En los próximos pasos te explicaremos como debes actuar y que trámites debes hacer.
Si vendes tu vehículo recuerda siempre los siguientes consejos:
a) Nunca entregues el vehículo sin tener en tus manos el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo (si es entre particulares) o factura (si lo entregas a un compraventa) y una fotocopia del documento de identidad en España del comprador (DNI/Tarjeta de Residencia, si son personas físicas, o CIF, si son empresas). Si es un compraventa, deberá constar el CIF en la factura. Es importante indicar en el contrato la hora y minutos en que entregas el vehículo: recuerda que las multas de los radares fijos y por no haber pasado la ITV te seguirán llegando en tanto no se produzca en el Registro de Vehículos el cambio de titularidad.
b) Indica al comprador que antes de 15 días te remita copia del permiso de circulación donde conste que el vehículo ya está a su nombre .Si no has recibido este documento en el plazo de 15 días, dirígete a la Jefatura de Tráfico para comunicar que has vendido el vehículo (trámite de notificación de venta).
Si has comprado un vehículo, debes inscribir éste a tu nombre en el Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.
a) Si has adquirido el vehículo en un compraventa, es éste el que normalmente se encargará de efectuar la gestión, haciéndote entrega de la Tarjeta de Inspección Técnica del Vehículo y del permiso de circulación ya a tu nombre.
b) Si has adquirido el vehículo a un particular, recuerda que debes quedarte con el contrato de compraventa o una fotocopia del mismo, una fotocopia del documento de identidad del vendedor, la solicitud de cambio de titularidad del vehículo firmada por comprador y vendedor, y la documentación del vehículo (Tarjeta ITV, permiso de circulación y recibo del impuesto municipal pagado correspondiente al año anterior al trámite), (trámite de transmisión del vehículo).
A continuación debes efectuar los siguientes pasos:
1.- Abonar el impuesto de transmisiones patrimoniales (modelo 620) ante Hacienda de tu Comunidad Autónoma, aportando toda la documentación anterior. Este trámite puedes efectuarlo por Internet si tu domicilio fiscal se encuentra en Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Cataluña, Illes Balears, Madrid y Murcia. En este caso obtendrás un Código Electrónico de Transferencias (CET) que te servirá para acreditar que has cumplido tu obligación fiscal.2.- Dirígete a cualquiera de estas tres Jefaturas de Tráfico: la de tu domicilio, la del domicilio del vendedor o la de la provincia de matriculación del vehículo.3.- Abonar las tasas y aportar toda la documentación necesaria para efectuar el trámite (nota informativa de la documentación).
 
muchas gracias...pero la duda es, tengo que ir a trafico con el impuesto de transmisiones pagado??? y si no lo hago, tráfico no hace el cambio???
Hola Angela:
Como cada comunidad parece que funcione de una manera, ahí no puedo ayudarte. En Barcelona, sí tienes que llevar el impuesto de transmisiones pagado y la tasa correspondiente (aunque todo se paga en la misma "zona")
No sé si te ayudará, pero aquí tienes lo que he encontrado sobre Getafe y además, hay un teléfono, y no es un 902.....
Ayuntamiento de Getafe
 
Debes pagar el impuesto de transmisiones y presentarlo en la oficina de hacienda de la CC.AA, con el contrato, dni y copia de la documentación; luego a Tráfico, pagas la tasa y cambias el permiso de circulación a tu nombre. En Tráfico, al menos en Alicante, no te piden el certificado de que estás exento del impuesto de circulación, porque en realidad no estás exento, sino que no estás sujeto, y eso legalmente no se puede certificar. Yo te digo que hace dos semanas fui a transferir la que he vendido y no me pidieron nada del certificado. Busca algún hilo, en el que aparezco yo, y pone un modelo de reclamación para que te devuelvan el importe de los recibos cobrados y verás la normativa, que es la legislación de régimen local.
Un saludo.
Emilio desde Alicante
 
Hola, el pago debe ser el 4% del valor; ahora bien cuando yo hice los papeles (castilla y león) el funcionariò me dijo que pusiera lo que me pareciera que no había tablas. Meses despues me llegó un certificado reclamándome dinero; un "tecnico " habia revisado el valor y la tasaba más alta. Pues a pagar y punto; estan buscando euros por todos lados; espero tengas más suerte.
 
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