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mucho más que un foro

Lio con la ficha tecnica (tengo tres copias, verde, azul y rosa)

arykles

calladit@
Hola a todos.
Me di de alta hace un tiempo en el foro por mi intencion de comprar una plegable. Pero el tema no siguió adelante y finalmente decidimos esperar por que el verano habia pasado.
Ahora, un familiar nos ha regalado una Roller de 1980. Él la compró de segunda mano en el año 96 a un comercio que se dedicaba a vender caravanas. Cuando me la ofreció le pregunté si tenia ficha tecnica " la verde" y me confirmó que si.
Hoy la he recogido y me la he traido para casa mas contento que un niño con zapatos nuevos. Y al llegar a casa he mirado los papeles. Efectivamente, tiene la ficha tecnica verde. Pero es que ademas tiene las copias azul y rosa.
Tengo entendido que la copia amarilla es para el vendedor, pero la azul y la rosa deveria tenerlas trafico ¿no?
Me da en la nariz que la caravana lleva mas de 15 años circulando con sus papeles pero sin estar dada de alta en trafico....
Alguien podria darme un poco de luz en el asunto?
Por cierto la caravana está muy muy usada... pero nos hacia ilusion dejar la tienda en casa y dar el paso a las caravanas.
 
Creo que esos papeles son los necesarios para matricularla en tráfico
 
Si la caravana es menor de 750Kg. es normal que tengas las tres copias.
Cuando matriculas una caravana mayor de 750kg. esas copias se quedan archivadas en tráfico y solo te devuelven la ficha técnica verde.

Salu2.
 
Creo que esos papeles son los necesarios para matricularla en tráfico

Si la caravana es menor de 750Kg. es normal que tengas las tres copias.
Cuando matriculas una caravana mayor de 750kg. esas copias se quedan archivadas en tráfico y solo te devuelven la ficha técnica verde.

Salu2.

Como te dicen los compañeros, son los documentos que necesitas para matricularla, siempre que sea mayor de 750 kilos.
Saludos.
 
Que alegria me acabais de dar. Muchas gracias por vuestra respuesta.
Así pues, entiendo que con la ficha verde puedo circular tranquilamente i que si me paran y les enseño esta, no me diran que esta ficha no consta en sus archivos:policia::yes:
 
Hola compañero.

Efectivamente, yo te confirmo que esos tres papeles son los necesarios para la matriculacion de la caravana. Yo hace poco he comprado una y venia asi.

Lo unico que tienes que tener claro para circular con la caravana es lo siguiente, que pese 750 kg o menos. Si no es asi, puede ser que por el año de fabricacion de la caravana, 1980, se haya beneficiado de un decreto ley del año 1999 que autoriza a caravanas mas pesadas de 750 kg a circular con "ficha de caracteristicas" de 750 kg, pero para ello debe tener un papel firmado por el organo competente (en este caso es la ITV), que te autorice a ello. Como te digo, esto que te cuento, solo es necesario en el supuesto caso de que tu caravana tenga de MMA real mas de 750 kg, si no es asi con la ficha verde que tienes es mas que suficiente para circular con ella.

Un saludo y a disfrutarla.
 
buenas noches yo e tenido 9 años una knaus de 27 años de edad y e circulado con ella por donde a encartado con su FICHA TECNICA VERDE ...
con eso circulas totalmente legal ..
eso si revisa los pesos ....
y la suma de los dos vehiculos (caravana y coche ) ....
pregunta aqui que ay muy buena gente siempre dispuesta a echar una manilla ...
Un saludo..
 
Hola compañero.

Efectivamente, yo te confirmo que esos tres papeles son los necesarios para la matriculacion de la caravana. Yo hace poco he comprado una y venia asi.

Lo unico que tienes que tener claro para circular con la caravana es lo siguiente, que pese 750 kg o menos. Si no es asi, puede ser que por el año de fabricacion de la caravana, 1980, se haya beneficiado de un decreto ley del año 1999 que autoriza a caravanas mas pesadas de 750 kg a circular con "ficha de caracteristicas" de 750 kg, pero para ello debe tener un papel firmado por el organo competente (en este caso es la ITV), que te autorice a ello. Como te digo, esto que te cuento, solo es necesario en el supuesto caso de que tu caravana tenga de MMA real mas de 750 kg, si no es asi con la ficha verde que tienes es mas que suficiente para circular con ella.

Un saludo y a disfrutarla.

Donde puedo encontrar ese decreto ley?, me interesa mucho ya que mi caravana tiene tarjeta tecnica de 750 kilos
cuando pesa bastante mas.

salu2
 
Solo encuentro esto.

molque alguno.
5. Las caravanas y remolques ligeros estarán dota-
dos de una tarjeta de inspección técnica, expedida de
acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente
que se recoge en el anexo I.
Artículo 10. Inspecciones técnicas de vehículos
 
Donde puedo encontrar ese decreto ley?, me interesa mucho ya que mi caravana tiene tarjeta tecnica de 750 kilos
cuando pesa bastante mas.

salu2

Pesa más porque los fabricantes, sobre todo antiguamente, hacían esa pequeña trampa para no tener que matricularla ni hacer un seguro. La nuestra también es menor de 750 kg en papeles y se pasa en unos 40 kg en realidad, hay otras que se pasan mucho más.

Solo encuentro esto.

molque alguno.
5. Las caravanas y remolques ligeros estarán dota-
dos de una tarjeta de inspección técnica, expedida de
acuerdo con lo dispuesto en la reglamentación vigente
que se recoge en el anexo I.
Artículo 10. Inspecciones técnicas de vehículos

Todos los remolques, todos, independientemente del peso, necesitan tarjeta de inspección técnica como documentación legal para circular. Y si además su mma es mayor de 750 kg necesitará matrícula y seguro.
 
Hola compañero.

Efectivamente, yo te confirmo que esos tres papeles son los necesarios para la matriculacion de la caravana. Yo hace poco he comprado una y venia asi.

Lo unico que tienes que tener claro para circular con la caravana es lo siguiente, que pese 750 kg o menos. Si no es asi, puede ser que por el año de fabricacion de la caravana, 1980, se haya beneficiado de un decreto ley del año 1999 que autoriza a caravanas mas pesadas de 750 kg a circular con "ficha de caracteristicas" de 750 kg, pero para ello debe tener un papel firmado por el organo competente (en este caso es la ITV), que te autorice a ello. Como te digo, esto que te cuento, solo es necesario en el supuesto caso de que tu caravana tenga de MMA real mas de 750 kg, si no es asi con la ficha verde que tienes es mas que suficiente para circular con ella.

Un saludo y a disfrutarla.

Gracias freber, eso ya lo tenia claro, me referia a este decreto ley que comenta manu

salu2
 
Donde puedo encontrar ese decreto ley?, me interesa mucho ya que mi caravana tiene tarjeta tecnica de 750 kilos
cuando pesa bastante mas.

salu2

Hola Bengi.

El decreto ley en el que se recoge esto es la actualizcion del RD2140/85 y es el RD1204/99.

He podido comprobar por mi mismo que esto es asi como te cuento ya que he comprado hace poco mas de un mes una Hobby Exclusive que tenia documentacion de menos de 750 kg a pesar de tener en la ficha tecnica una tara de 1100 kg y o he tenido ningun problema para gestionar su matriculacion y asi circular con ella con documentacion de mas de 750 kg o si hubiese querido haberlo hecho con la documentacion que tenia de menos de 750 kg.

El motivo por el que me decidi a hacerlo asi fue por un tema de cobertura de seguro basicamente, por que por lo demas a efectos legales y de trafico estaba cubierto.

Un saludo y espero haberte ayudado y si quieres mas informacion mandame tu telefono por privado y hablamos.
 
Hola Bengi.

El decreto ley en el que se recoge esto es la actualizcion del RD2140/85 y es el RD1204/99.

He podido comprobar por mi mismo que esto es asi como te cuento ya que he comprado hace poco mas de un mes una Hobby Exclusive que tenia documentacion de menos de 750 kg a pesar de tener en la ficha tecnica una tara de 1100 kg y o he tenido ningun problema para gestionar su matriculacion y asi circular con ella con documentacion de mas de 750 kg o si hubiese querido haberlo hecho con la documentacion que tenia de menos de 750 kg.

El motivo por el que me decidi a hacerlo asi fue por un tema de cobertura de seguro basicamente, por que por lo demas a efectos legales y de trafico estaba cubierto.

Un saludo y espero haberte ayudado y si quieres mas informacion mandame tu telefono por privado y hablamos.

No liemos las cosas;
1º Se puede circular con cualquier vehiculo o remolque, SIN MATRICULAR por la via publica, pero NO SE DEBE, es DELITO.
2º Se puede tener cualquier vehiculo o remolque, sin MATRICULA toda la vida, pero eso si sin salir a la via publica.
3º Si en ficha tecnica de un vehiculo o remolque, pone de TARA 1100 Kg, su MMA debe ser como minimo algo mayor y por tanto debe estar matriculado para sacarlo de la casa, a no ser que se lo lleve encima de una grua.

No se si tu CV era de segunda mano o nueva pero en cualquier caso el responsable de su matriculacion es el comprador o dueño.

Un saludo
 
A lo mejor lo has puesto y no lo veo pero ¿cuanto pone en el papel que pesa la cv? si en el "cuadradito" de MMA pone más de 750k, tienes que matricularla para poder circular con ella de manera legal.
Y la legalidad, dentro de lo que cabe, es cosa tuya y se arregla pagando la multa, pero si tienes un accidente con cualquiera, el seguro no querrá saber nada por eso, y entonces la cosa
será más seria, no será una "simple multa".

Pero no te asustes por que si tienes los tres papeles vas a tráfico y te hacen la matricula, después la aseguras y te olvidas del tema.
 
Hola Bengi.

El decreto ley en el que se recoge esto es la actualizcion del RD2140/85 y es el RD1204/99.

He podido comprobar por mi mismo que esto es asi como te cuento ya que he comprado hace poco mas de un mes una Hobby Exclusive que tenia documentacion de menos de 750 kg a pesar de tener en la ficha tecnica una tara de 1100 kg y o he tenido ningun problema para gestionar su matriculacion y asi circular con ella con documentacion de mas de 750 kg o si hubiese querido haberlo hecho con la documentacion que tenia de menos de 750 kg.

El motivo por el que me decidi a hacerlo asi fue por un tema de cobertura de seguro basicamente, por que por lo demas a efectos legales y de trafico estaba cubierto.

Un saludo y espero haberte ayudado y si quieres mas informacion mandame tu telefono por privado y hablamos.

ManuHH, te remito al hilo que abriste preguntando por ese tema, y el cual abandonastes sin contestarnos -> http://www.webcampista.com/foro/for...cumentacion-de-menos-de-750-es-posible-2.html

En el te puse los dos RDs que mencionas directamente del BOE, y como puedes ver nada dicen de lo que tu comentas, ademas de que esos dos RDs estan derogados, por lo que si habia algo de lo que dices, que no lo hay, ademas esta derogado.

ManuHH, no se donde encuentras la agresividad, tan solo te pedí que me pusieras el RD que decías por 2 veces y no lo pusiste..... y recuerda, era solo por ayudarte y darte un consejo, que al parecer no quieres... y si, si estoy acostumbrado a leerme los BOEs, y por lo que veo, tanto el que te ha dicho el RD, como tu, no lo habéis echo, te puedo decir que no tenias mas que leer el enunciado del BOE de 1985, por el que el Nuevo RD de 2010 fueron derogados todos esos RDs (Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre, por el que se dictan normas de homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos. (Vigente hasta el 24 de julio de 2010)

Pero aunque estos RDs estuvieran vigentes, que no lo están, siguen hablando de remolque ligeros, y tu caravana que extrañamente antes era del 2002 ahora a pasado a ser del 1999, no es un remolque ligero, es un remolque vivienda de 1.100 kg de MMA, y en 1999, 2002 y ahora en 2013, siempre ha necesitado tener una ficha de inspección técnica real, un permiso de circulación y matricula.... y no una doble ficha falseada... ahhh, por si lo preguntas, leete el enunciado nada más, que es lo que te he puesto antes --> Real Decreto 2140/1985, de 9 de octubre, por el que se dictan normas de homologación de tipos de vehículos automóviles, remolques y semirremolques, así como de partes y piezas de dichos vehículos. (Vigente hasta el 24 de julio de 2010)


Aquí tienes el BOE donde esta publicado el RD de actualización que aludes.... RD1204/99-->http://www.boe.es/boe/dias/1999/07/2...7248-27251.pdf , lo puedes leer entero si quieres, pero no pone nada de lo que has puesto en tu post, todo lo contrario, dice que España se lleva un rapapolvo de Europa y tiene que cambiar las normas y obligar a todos los vehículos a estar homologados en España y a pasar ITV, y a tener ficha de inspección técnica, te recuerdo que si lees este BOE, leeras al final que este, deroga a todo lo anterior del mismo rango, osea al RD2140/85, por lo que el RD2140/85 ademas de ser derogado por el nuevo RD de 2010, también es derogado por este de 2009... osea todo en lo que estas basando la extraña doble ficha tecnica, ademas de que esta derogado, no pone en ningún lado nada de eso.

Tu mismo, ves mañana y compra la caravana y creete lo que quieras, pero no tienes más que leer, y yo te he puesto los RDs reales de la pagina oficial del estado, y no un papel manipulado... como te he dicho desde el principio, solo era por tu bien, pero no has querido entenderlo... el día que te paren les dices a la GC lo mismo que has puesto aquí, a ver quien va a ser el que te fastidie las vacaciones, si nosotros, que te lo decimos por tu bien o ellos que te van a inmovilizar la caravana y no se van a atener a papeles o lo que te ha dicho el vendedor... como siempre se me viene a la cabeza un forero que entro en webcampista diciendo que le habían parado y multado por no haber matriculado la caravana, y alego que es que no me habían dicho nada.... para haber matado al que se la vendió y eso que era un concesionario... como leí hace poco en otro foro, ya no es la multa, o que te inmovilicen la caravana, si no que por una desgracia halla un accidente y halla muertos... una muerte por siniestro se valora hoy día en 300.000 €, veras lo que va a tardar la aseguradora del coche en decir que esa caravana no lo cubre el seguro, ni loco.....

Recuerda, he perdido más de 2 horas en buscar, leer, releer, intentar entender y en contestar a tus preguntas, y no te voy a cobrar nada, solo lo he echo por intentar ayudarte, si sigues creyendo que hay agresividad en mis palabras, no has entendido nada, o es que entonces hay una doble intención en este hilo y yo no lo he cogido.... ¿Vas a ganar algo intentandonos convencer de algo que no existe?.

Te copio y pego aquí el texto que te puse en su día y como te dije entonces, no hay nada de malos royos, ni agresividad ninguna, solo aconsejamos e intentamos ayudar a los demas, y esta vez lo estamos haciendo con documentos oficiales... no se , pero quizás deberías de leer lo que recomiendas, no se si sabes que el no saber de la existencia de una ley no te exime de culpa, y aducir o incitar a una persona a cometer un delito, es delito también... cuidado.
 
Bueno, al parecer esta todo el mundo equivocado yo el primero, la empresa que me la vendio con mas de 20 años de experiencia, La direccion general de Trafico, la ITV que ha homologado la caravana y expedio el documento, la empresa de homolagaciones que consulte homologar.com , el abogado que me reviso la documentacion, mis contactos en la guardia civil de trafico con decadas de experiencia... en fin, todos equivocados, parece ser que la caravana que he comprado y con la que NO HE TENIDO NINGUN PROBLEMA con los organos oficiales competentes y los estamentos oficiales, es un desproposito y una ilegalidad en toda regla. Y encima , ahora resulta, QUE ESTOY INDUCIENDO AL DELITO, ¡madre mia!.


Querido Jose Luis, me encantaria conocerte un dia y tomarme unas cervezas contigo, debes de ser una persona super divertida.


Un saludo a todos. Y por cierto, no hacedme caso que soy un delincuente en potencia :partiendo:
 
ManuHH, no entiendo tu postura, nadie te ha acusado de nada, solo de no querer dialogar, es solo para a ver si sacamos algo en claro... como ya te explique en el otro hilo, se de gente que ha conseguido fichas técnicas donde otros no lo han conseguido, incluso se de un caso en el que les han llegado incluso a hacer una autorización tractor-remolque el año pasado en una ITV, cuando este tipo de autorización no es valida desde el año 1999, se de guardias civiles, y muchos, conozco unos cuantos, que tienen que llamar a la central para saber cual es la medida máxima permitida para un conjunto, y como no, se también de un alto directivo de trafico, que juro y perjuro, y ademas tuvo hasta la fatal idea de hacerlo por escrito, de decir que para llevar un conjunto de más de 3.500 kg, con un remolque de mas de 750 kg, se podía hacer con el B, y que el B-96, ¿que es el B-96?......
¿Entiendes lo que te quiero decir?... es posible que tus "contactos" sepan mucho de legislación, pero en los últimos 2 años, esa legislación ha cambiado y mucho, incluso los que trabajan en la DGT, muchos no saben ni lo que es la autorización B-96, y otros solo han oído hablar de ello, y los guardias civiles.... solo tienes que entrar en su foros, ni entre ellos se ponen de acuerdo, es más, en el 95% de las preguntas que se hacen en los foros de policías sobre remolque, caravanas, y carnets, todas las referencias vuelan hacia este foro y otros de campistas, ya que ni ellos encuentran o saben las normativas por las que se regulan.

Solo te pido que leas esos RDs en los que nos aseguras te permiten tener en una caravana de 1.500 de MMA una ficha técnica en la que pone que es de 750 de MMA, es más, incluso aseguras de que tienes doble ficha técnica y que las dos son legales, por favor, leete los RDs, y veras que allí no pone nada de eso, y que ademas esos RDs están "derogados"

Derogados: cuando una ley u orden ministerio, ha dejado de estar vigente, por que se ha publicado otra ley más moderna y que sustituye a la anterior.

Sobre la cerveza, te tomo la palabra, la mía que sea sin, que luego tengo que conducir.

P.D. recuerda que en un foro hay mucha gente, incluso entre nosotros puede haber empleados de la DGT, abogados, ingenieros de ITV, ¿y quien sabe?, a lo mejor incluso guardias civiles... es más, en este foro conozco a un guardia civil, a un policía municipal, y a otro nacional, ahhh y a un ingeniero de ITV.
 
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