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Caravana abandonada

leire1982

calladit@
Hola a todos,
Estamos interesados en una caravana abandonada al lado de nuestra casa. La caravana esta en mal estado pero podriamos arreglarla. Antes de nada, queríamos saber si se puede legalizar, ya que su matricula es Belga. No nos importaría pagar lo que fuera, pero si que agradeceriamos contestaciones de ayuda.
 
bienvenida, tarea dura la que propones, yo de legalidad mucho no entiendo, pero si que los articulos de cv´s son caros lo miso os interesa mas mirar algo economico y con papeles españoles, es solo mi opinion.
saludos desde belgica
 
hOLA LEIRE1982. Lo de pagar lo que sea te puede slair muy caro y encima co matricula belga y en mal estado.. te aseguro que los milagro no existen y encontrarás en el mecado de segundamano alguna cosa que se ajuste a tus necesidades sin tener que meterte en tantíiiisimo lio. Un saludo y bienvenida al foro.
 
Yo francamente no entiendo, tanta uniçon europea y tantas historias de libre mercado y luego rematricular un remolque holandes es más complicado que sacarse una licenciatura en filologia coreana.

KK de burocracia.

Saludos.
 
Hola a todos,
Estamos interesados en una caravana abandonada al lado de nuestra casa. .

Bueno, me parece a mí que la cosa es más complicada de lo que parece, ya no sólo matricular una caravana que no tiene papeles , sino que además no tienes contrato de compraventa de la misma (en tráfico te pedirán ambas cosas), ver si se puede matricular en España porque ha de estar homologada aquí (eso no es difícil, si has visto alguna igual por ahí, pues sí lo está), pero la cosa es que:

Aunque la caravana esté abandonada, que seguro que sí, y lleva muchos años en el mismo lugar...,hemos de recordar de que la misma, ha tenido y tiene un dueño.

El hecho de que simplemente se encuentre "aparcada", en el mismo sitio no quiere decir que esté abandonada, es decir, el propietario puede que no la haya dejado allí, sino que se la hayan robado y la dejaran allí (y él no sepa donde está y no la pueda recuperar)

El Código Civil español conoce de estos casos y los regula en los siguientes artículos

Artículo 610

Se adquieren por la ocupación (es decir cogerlos y quedartelos, la titularidad de los mismos se entiende cuando han sido ocupados por tu parte durante un año) los bienes apropiables por su naturaleza que carecen de dueño (de momento todas las caravanas tienen dueños), como los animales que son objeto de la caza y pesca, el tesoro oculto y las cosas muebles abandonadas

Artículo 615.
El que encontrare una cosa mueble(cualquier objeto), que no sea tesoro, debe restituirla a su anterior poseedor. Si éste no fuere conocido, deberá consignarla inmediatamente en poder del Alcalde del pueblo donde se hubiese verificado el hallazgo.
El Alcalde hará publicar éste, en la forma acostumbrada, dos domingos consecutivos.
Si la cosa mueble no pudiere conservarse sin deterioro o sin hacer gastos que disminuyan notablemente su valor, se venderá en pública subasta luego que hubiesen pasado ocho días desde el segundo anuncio sin haberse presentado el dueño, y se depositará su precio.
Pasados dos años, a contar desde el día de la segunda publicación, sin haberse presentado el dueño, se adjudicará la cosa encontrada o su valor al que la hubiese hallado.
Tanto éste como el propietario estarán obligados, cada cual en su caso, a satisfacer los gastos.



De todas maneras informate y según lo que te digan en tráfico, pues así actúa, pero cuidado, comentalo como dices por aquí, que está abandonada y te gustaría quedartela, ya que otra cosa se entendería como Delito de hurto ( si vale más de 400 euros), no robo porque me imagino que no tiene ningún elemento de seguridad la misma.

Ante cualquier duda paga 20 o 30 braulios y que te asesore un abogado que seguro que lo hará mejor que yo.

Un saludo, y suerte....
 
Gracias

Gracias

Gracias por informarnos de lo que sabias, seguiremos preguntando y aprendiendo cosas nuevas.Ya seguiremos comentando que tal nos va con nuestra caravana
 
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