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Pregunta Una ayudita por favor

usuario retirado n2

Participativ@
Nos compramos una Autocaravana de segunda mano y tengo una duda , a ver si me podeis ayudar:

¿Es obligatorio tener contrato de gas Butano o Propano al llevar bombonas ?

y es que me vendieron el vehiculo con dos bombonas de Cepsa .


Gracias a todos por vuestra colaboracion .
 
Hola Chus!!

Alguien mas experto en estos temas supongo que te ayudará mas que yo..

Lo que si es obligatorio es el "Certificado de Instalación de gas" que lo tiene que realizar un instalador autorizado, yo tengo el modelo IRV-1 válido para 4 años.

Lo que ya no se es si es necesario un contrato de suministro de gas con una compañia (Repsol,Cepsa..)

Saludos..
 
Wenas,

Seguramente alguien mas entendido te responderá de manera mas fiable, pero por lo que recuerdo es que para las botellas de 6 kg, las pequeñas de butano de repsol, no es obligatorio. Evidentemente las de camping gaz de 3 kg (las azules) tampoco. Se que para las de 13 kg de propano de repsol es obligatorio, lo que no tengo tan claro es si para las mismas de 13 kg de butano también lo sea. Espero haberte servido de ayuda.
 
Gracias a los dos , otra pregunta Fermin24 , al comprar la Ac no me dieron ningun certificado de Instalacion de gas de ningun tipo de modelo , yo entendia que una Autocarvana esta dada de paso para instalacion electrica y gas como pone en la ficha tecnica y como tu dices ademas tiene que tener ese certificado autorizado ???? , y es que pase la ITV y no me pidieron nada , se confundirian o en el futuro me pediran ese certificado.

Perdonar mi desconocimiento.

A ver si alguien mas nos da alguna aclaracion mas profunda.

Gracias
 
pues a nosotros tampoco nos pidieron nada en la ITV pero si que leí por algun sitio que hay que llevar el certificado de la correcta instalación de gas dentro de la AC porque te pueden parar y pedirlo

asi que gracias por recordarnos que tenemos ese tramite pendiente.
 
En mi ficha tecnica pone exactamente INSTALACION ELECTRICA Y DE GAS , pero no se si eso quiere decir que ademas tengo que llevar algun certificado.

Perdon por ser pesado.
 
Hola Chus lo primero aqui te dejo el énlace a la página del Ministerio de Industria para que si te apetece leas la normativa sobre todo lo relacionado con G.L.P ,(gases licuados procedentes del petroleo):Legislación sobre Seguridad Industrial - Real Decreto 919/2006
Vamos a ver si vas a usar gas en tú autocaravana ,bien de Cepsa o de Repsol ,(butano o propano)lo correcto es que solicites al distribuidor más cercano a tú domicilio el suministro, este te lo legalizará cumplimentando un documento con tus datos y los datos del local o vehiculo donde vas a consumir su producto.(Además en Repsol supongo que támbien ,pero si es en Cepsa el documento viene completado con un seguro gratuito para tí como cliente en caso de siniestro por un importe de 90.000€.¡Ojo! porque Cepsa no comercializa gas en toda España ,por ejemplo en Cataluña ,nó.
Segunda cuestión ,si tu autocaravana tiene más de 4 años ,tienes que actualizar la documentación sobre este tema y tienes que solicitar una revisión de la instalación ,(puedes hacerlo simultaneamente cuando hagas la petición de suministro) ,un técnico autorizado te revisará la instalación y te expedirá un certificado que te avalará para otros 4 años.Suelen cobrar por la revisión de la instalación de 60 a 70€ pero hay autonomias que son más caras y otras más baratas ,(contrasta precios si crées que el precio es abusivo).
El citado contrato de suministro que te comenté al principio te autoriza además por ley a llevar en tú vehiculo dos botellas para tú consumo de gas bien de butano o propano o una de cada ,según tus necesidades.
Si tienes más dudas ,por aqui estamos .Saludos.
 
Nos compramos una Autocaravana de segunda mano y tengo una duda , a ver si me podeis ayudar:

¿Es obligatorio tener contrato de gas Butano o Propano al llevar bombonas ?

y es que me vendieron el vehiculo con dos bombonas de Cepsa .


Gracias a todos por vuestra colaboracion .

No es necesario y te remito a:

Real Decreto-Ley 15/1999, de 1 de octubre.

Artículo 1. Comercialización de los gases licuados del petróleo envasados.

2. Se autoriza el transporte de envases que contengan gases licuados del petróleo, de hasta 15 kilogramos de capacidad unitaria, en vehículos de uso particular y con un máximo de dos envases, siempre que se transporten en posición vertical cuando esten llenos y se adopten las medidas adecuadas para evitar su caída. Queda prohibido el estacionamiento de vehículos que contengan envases de gases licuados del petróleo, cualquiera que sea su volumen y carga, en estacionamientos subterráneos.


Como puedes ver está autorizado a llevar dos bombonas, incluso en el coche, y para ello no hace falta contrato...

En el caso de llevar más botellas, o que lleves 2 pero no para uso particular, haría falta carta de porte, pero eso es legislación de transporte de mercancías peligrosas (ADR), pero llevando sólo 2 no es nuestro caso...

Un saludo

A ver la pregunta es tener contrato?, o llevar el contrato para transportar las botellas?
 
En mi ficha tecnica pone exactamente INSTALACION ELECTRICA Y DE GAS , pero no se si eso quiere decir que ademas tengo que llevar algun certificado.

Perdon por ser pesado.

Llevándolo en la ficha técnica es suficiente, ya que los agentes encargados de la vigilancia del tráfico, comprueban las características de los vehículos y sus condiciones de transporte por las vías públicas y no comprueban como llevan las instalaciones eléctricas o de gas.

Es decir, has visto a alguno mirar la instalación electrica de un coche?, no por supuesto.

Lo de llevarlo, está bien, ya que ante cualquier calamidad (esperemos que nunca pase,, demuestras que tu instalación estaba correcta), pero no es documentación a verificar por los agentes de tráfico ( e incluso los de la itv, ya que no afecta a la circulación de los vehículos)

Un saludo
 
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