De la referencia que nos da amablemente Tito, en su pagina 5 se dice textualmente (no me deja copiar y pegar , sera porque es un documento escaneado , asi que lo vuo a escribir textualmente y el que quiera comprobarlo puede entrar en la referencia de la pagina que nos da tito , en su pagina 5 y 6)
http://www.viajarenautocaravana.com/rcs_gene/Normativa_Trafico_Autocaravanas.pdf
He colocado unos comentarios al lado del articulo utilizando las mayusculas , para resaltarlo del texto original solamente y no por otra razon ,pues ya se que en internet se considera eso gritar y no es mi intencion en modo alguno
" En cuanto a la colocacion del vehiculo el articulo 92 ,del citado Reglamento General de la Circulacion
establece lo siguiente:
1 La parada y el estacionamiento se realizará situando al vehiculo paralelamente al borde de la calzada.Por excepcion ,se permitira otra colocacion cuando las caracteristicas de la via u otras circunstancias asi lo aconsejen.
2.Todo conductor que pare o estacione su vehiculo debera hacerlo en forma que permita la mejor utilizacion del restante espacio disponible.
3 Cuando se trate de un vehiculo a motor o ciclomotor (COMENTARIO : ESTA HACIENDO VER QUE TODO LO QUE SE DICE ES PARA TODO TIPO DE VEHICULOS , TENGAN MOTOR O NO , Y EN EL CASO PARTICULAR QUE TENGAN MOTOR SE APLICARÁ ADEMAS LO SIGUIENTE ,DE ESTE ARTICULO) y el conductor tenga que dejar su puesto , debera observar ademas, en cuanto le fuesen de aplicacion , las siguientes reglas :
a)Parar el motor y desconectar el sistema de arranque y , si se alejara del vehiculo, adoptar las precauciones necesarias para impedir su uso sin autorizacion.
b)Dejar accionado el freno de estacionamiento.
c)En un vehiculo provisto de caja de cambios, dejar colocada la primera velocidad , en pendiente ascendente,y la marcha atras en la descendente,o, en su caso la posicion de estacionamiento.
d)Cuando se trate de un vehiculo de mas de 3500 kgrsde masa maxima autorizada, de un autobus o de un conjunto de vehiculos y la parada o el estacionamiento en un lugar con una sensible pendiente, su conductor deberá , ademas , dejarlo debidamente calzado,bien sea por medio de la colocacion de calzos,sin que puedan emplear a tales fines elementos como piedras u otros no destinados de modo expreso a dicha funcion , bien por apoyo de una de las ruedas directrices en el bordillo de la acera,inclinando aquellas hacia el centro de la calzada en las pendientes ascendentes , y hacia fuera en las pendientes descendentes.Los calzos una vez utilizados ,deberan ser retirados de las vias al reanudar la marcha.
(SIGO TEXTUALMENTE)
"No establece el Reglamento General de Circulacion otras condiciones que deban cumplirse al efectuar la parada o estacionamiento de un VEHICULO , por lo que esta Direccion General de Trafico cosidera que mientras un vehiculo cualquiera (DICE: "VEHICULO CUALQUIERA") está correctamente estacionado,sin sobrepasar las marcas viales de limitacion de la zona de estacionamiento, ni la limitacion temporal del mismo, si la hubiera , no es relevante el hecho de que sus ocupantes se encuentren en el interior del mismo (LA CARAVANA SEGUN DEFINICION ES UN VEHICULO VIVIENDA AUTORIZADO PARA SER OCUPADO , MIENTRAS ESTA APARCADO, POR TANTO ENTIENDO YO QUE COMO ESTA AUTORIZADO A ESTO Y ES UN VEHICULO , SEGUN LA DGT NO ES RELEVANTE EL QUE SE ESTE DENTRO O NO MIENTRAS ESTA APARCADO) y la autocaravana no es una excepcion (POR TANTO SE ESTA REFERIENDO EN GENERAL A LOS VEHICULOS ,Y LA CARAVANA ,POR TANTO TAMPOCO SERIA UNA EXCEPCION ,PUES CUMPLE TODO LO ANTERIOR Y LA DGT HABLA EN GENERAL PARA TODO TIPO DE VEHIULOS),bastando con que la actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exteriormediante el despliegue de elementos que desborden el perimetro del vehiculo tales como tendederas , toldos ,dispositivos de nivelacion,soportes de establizacion etc."
Ya he terminado de citar textualmente a la DGT , perdonar que escribiera en mayusculas , los comentarios al lado de los parrafos textuales , que aunque en internet significa gritar , no es mi intencion de ningun modo , sino solo resaltarla de los parrafos textuales.
A esto es a lo que me referia cuando comente , que si se mira con lupa el texto de la DGT , se podrian sacar concllusiones tambien para las caravanas.
En este texto se basan parece ser todos los argumentos , que hace la DGT , y como se puede apreciar , por lo menos desde mi punto de vista , es un texto que se basa en hablar en general de todos los vehiculo y decir que en concreto un tipo de vehiculo , no se le pueden aplicar excepciones , cosa que es facilmente suscrito tambien por las caravanas , pues solo habla en general de los vehiculos y de como se debe aparcar y de que a los vehiculos en general , en el hecho de que se este dentro mientras no trascienda al extrior , mientras no trascienda al exterior es irrelevante,cosa que debe ser aplicado a la caravana , como vehiculo cualquiera que es .
Por tanto desde mi punto de vista utilizando las definiciones de la DGT de lo que es vehiculo y este texto , tendria la misma aplicacion , a nuesto elemento o sea a las caravanas.
Un saludo y perdonar por la extension.
P.D. Estaria bien que alguna asociacion de campistas o caravanistas ,nos echara una mano a todos los caravanistas con respecto a este tipo de temas y se normalizara de una vez