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Impuesto Municipal

Maiku

timid@
Buenas noches,

Leo en un post de Madelman que las caravanas no pagan impuesto municipal !!!!!!

Yo anteriormente e tenido dos caravanas de menos de 750kg en papeles y no me pasaban el numerito.

Pero en 2007 compre una Sun Roller Portofino 495 de PMA 1200Kg y me empezaron a pasar el impuesto, no es mucho pero si no hay que pagarlo mejor.

Alguien me lo puede aclarar, no pagan las de menos de 750kg o no paga ningun tipo de caravana???

Gracias a todos y felices vacaciones.

Hasta luego.
 
No lo se muy bien pero creo que pagan el impuesto municipal los remolque de carga util superiores a 750 kilos, de todas formas te subo el hilo y algun forero te informara
 
Si no tengo mal entendido,
Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos estan exentos de pago.
Eso quiere decir que practicamente la totalidad de las caravanas estan exentas de dicho pago.
A mi personalmente me llega el numerito anualmente con importe 0,00€.
 
En Asturias no se paga, sea del peso que sea.



UN SALUDO
 
Y ademas estas en tu derecho de que te devuelvan el dinero cobrado.

Vete a tu ayuntamiento al departamento de gestión de tributos, y les dices que se lean el reglamento que regula el IVTM, Impuesto de Vehiculos de Tracción Mecanica.

Esto es así salvo en Euskadi y Navarra, que tienen trasferidas las competencias en esta materia.

En tu caso te ha pillado el toro
 
en barcelona tampoco o yo como minimo no y tengo la caravelair 400 que su peso es de 850 mas o menos
 
si no pasa los 750 KILOS DE CARGA UTIL no paga impuesto.asi que ninguna caravana lo tiene que pagar
 
SSSSSSSSSSSSTTTT.....

No griteís tanto, aquí de momento no se paga, pronto lo haremos hasta para respirar.....
 
Mírate esto Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica que es la normativa del Ayto. de Donosti, en su artículo 4 dice que:

No están sujetos a este impuesto:


2. Los remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica cuya carga útil no sea superior a 750 kilogramos.

Por lo que las CV no tienen que pagar el impuesto ya que su carga útil no es superior a los 750 kgs. mencionados, cosa que en Navarra no pasa ya que la ley señala que están obligados a pagar dicho impuesto los remolques cuya carga útil sea inferior a 1000 kgs.

Perdón. Después de ver esto he encontrado esto otro:

Anexo a "Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica"

que es posterior y tambíen marca la cantidad a pagar en Caravanas, remolques y semirremolques arrastrados por vehículos de tracción mecánica de menos de 1000 kgs. de carga útil, por lo que creo que te toca pagar.


Un saludo.
 
Buenas,

Gracias a todos por vuestras respuestas.

Por cierto no eramos Europeos????

No nos ponemos de acuerdo ni en nuestro País como para ser Europeos esta la cosa.

Me da mucha rabia estas diferencias de Impuestos entre provincias. Con el impuesto municipal del coche me pasa lo mismo, lo compre usado en Madrid y el dueño anterior pagaba 100€ a mi la broma en San Sebastián me sale por 238€. Es una pasada esta diferencia!!!!

Bueno ya me he desahogado un poco.ç

Que paseis buenas vacaciones y ya pensaremos en los impuestos a la vuelta.

Saludos.
 
Buenas,

Gracias a todos por vuestras respuestas.

Por cierto no eramos Europeos????

No nos ponemos de acuerdo ni en nuestro País como para ser Europeos esta la cosa.

Me da mucha rabia estas diferencias de Impuestos entre provincias. Con el impuesto municipal del coche me pasa lo mismo, lo compre usado en Madrid y el dueño anterior pagaba 100€ a mi la broma en San Sebastián me sale por 238€. Es una pasada esta diferencia!!!!

Bueno ya me he desahogado un poco.ç

Que paseis buenas vacaciones y ya pensaremos en los impuestos a la vuelta.

Saludos.

Hola Maiku, yo vivo a 8 km de donde tú vives y me compré el año pasado una cv de segunda mano que tiene su propia matrícula, es decir es de mas de 750 kg., y este año a la hora de que nos pasaran las viñetas de los coches tambien nos pasaron la de la caravana, es cierto que no era mucho, creo recordar que 37 euros, pero yo fuí a preguntar al ayto, y resulta que se habían equivocado, porque no hay que pagarlo, me devolvieron el dinero y la pusieron en sus archivos como exenta de pago para años venideros.
Te estoy hablando de hace 2 ó 3 meses aprox.
Yo que tú iria al excel. ayto. de donosti y preguntaria, que lo único que vas a perder va a ser un poco de tiempo, y a lo mejor es como aquí, que no se paga.
Un saludo.
 
Repito en navarra y País Vasco, tienen transferidas las competencias en IVTM, y sus dirigentes han decidido que las caravanas de mas de 750kg de MMA, allí si pagan.

Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.
 
Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.

Pues me alegro por ti, yo me he remitido a los testimonios de otros vascos que después de andar todos los pasos, y comprobar el reglamento de IVTM de Euskadi, han dicho que no había escapatoria.

Suizas deberíais de como se dice por aquí, levantar la liebre, te puedes hacer a la idea que siempre he defendido la igualdad entre territorios en todos los conceptos, por eso he tenido presente el aspecto del reglamento del ITVM de Euskadi, porque me ha parecido, indignante, que desde determinados sectores se este siempre demandando, mas poder y autodeterminacion y luego se use este, para machacar mas a impuestos al ciudadano.
 
Pues me alegro por ti, yo me he remitido a los testimonios de otros vascos que después de andar todos los pasos, y comprobar el reglamento de IVTM de Euskadi, han dicho que no había escapatoria.

Pues bien.
En este momento no tengo el texto del Boletin Oficial de Bizkaia en el que consta la exencion, pero lo buscaré. Si no lo encuentro se lo pediré a la interventora de mi ayuntamiento.
Pero una cosa si te puedo asegurar sin ningun tipo de duda: las CARAVANAS en Bizkaia NO PAGAN impuesto municipal.
Las AUTO-CARAVANAS SI, por que son vehiculos de traccion mecanica.
En cuanto a estas, si depende de la ordenanza municipal. Si se especifica que son vehiculos-vivienda se tiene que especificar el importe del impuesto. En otros ayuntamientos, donde no se especifica este tipo de vehiculos, se aplican los de furgonetas, camionetas o lo ke sea. Pero pagan siempre.
Yo he hablado en todo momento de caravanas. No he mencionado a las autocaravanas, porque el hilo hablaba de caravanas.
Saludos.
 
Es cierto que en Euskadi si tenemos hacienda propia y todo eso, pero yo tengo una CV de mas de 750 kg y no pago impuesto municipal.
Es cierto que en una primera tirada, la tesorera municipal me paso la recetita, pero se lo reclame y ella misma me dijo que tenia razon y me devolvio el dinero.
Y esto no es una prerrogativa municipal, porque en el reglamento de hacienda aparece expresamente la exencion.
Desconozco si hay algun matiz diferente en los diferentes territorios, pero en Bizkaia es asi y estoy "casi" seguro de que en el resto tambien.
Saludos.
Hola a todos,
Yo coincido con Kasu en que la primera vez me han cargado el impuesto y cuando he ido al ayuntamiento a preguntar, solo a preguntar, pues no sabía como estaba el tema en mi municipio, han rectificado, me han devuelto el dinero y me han puesto como exento para los próximos años.
Yo os estoy hablando concretamente de Guipuzcoa.
Un saludo.
 
Pues bien.
En este momento no tengo el texto del Boletin Oficial de Bizkaia en el que consta la exencion, pero lo buscaré. Si no lo encuentro se lo pediré a la interventora de mi ayuntamiento.
Pero una cosa si te puedo asegurar sin ningun tipo de duda: las CARAVANAS en Bizkaia NO PAGAN impuesto municipal.
Las AUTO-CARAVANAS SI, por que son vehiculos de traccion mecanica.
En cuanto a estas, si depende de la ordenanza municipal. Si se especifica que son vehiculos-vivienda se tiene que especificar el importe del impuesto. En otros ayuntamientos, donde no se especifica este tipo de vehiculos, se aplican los de furgonetas, camionetas o lo ke sea. Pero pagan siempre.
Yo he hablado en todo momento de caravanas. No he mencionado a las autocaravanas, porque el hilo hablaba de caravanas.
Saludos.


Pues mi recomendación es que abráis un hilo diciendo que en Euskadi, las caravanas no pagan el ITVM, argumentandolo, porque hay muchos vascos que estan convencidos que si.

Mi felicitacion por el hecho.

Saludos.
 
Pues mi recomendación es que abráis un hilo diciendo que en Euskadi, las caravanas no pagan el ITVM, argumentandolo, porque hay muchos vascos que estan convencidos que si.Mi felicitacion por el hecho.
Saludos.

Pues vamos a ello...manos a la obra.
Si puedo hoy y, si no, mañana, pongo el articulo del Boletin Oficial de Bizkaia correspondiente.
Me atrevo a asegurar de que en los cuatro territorios es igual que en el resto del Estado.
Saludos.
 
en Euskadi y Navarra con el cambio de la ley si pueden cobrarnos el impuesto de circulacion y de hecho algunos ayuntamientos lo están pasando al cobro
 
En Castellon no se paga, e incluso en cambio de titular , Trafico exige un certificado que expide el Ayuntamiento a la cual pertenece la caravana, como que no esta sujeto al impuesto de vehiculos de traccion mecanica.
 
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