Webcampista.com

mucho más que un foro

Pregunta Caravana portuguesa

juan lagi

hablador
Hola, como estoy muy cerca de Portugal, e pensado ampliar la búsqueda de nuestra primera caravana al país vecino, pero me surge la duda. En una caravana de menos de 750kg que no necesita matricula, sería necesario hacer algo con los papeles para ir legal en España???
 
pues antes la marca era pluma ,yo tenia un amigo que las vendia aqui en españa. ahora mismo no tengo ni idea.
 
Imagino que necesitará papeles españoles, pregunta en una itv.
 
Deberás hacer la TRAJERA DE INSPECCIÓN TÉCNICA española, creo yo.
Más que nada, por que para tirar de un remolque extranjero, deberá estar homologado en España, sino, si alguna vez tuvieras un accidente, podrías tener problemas serios con tu seguro.
Además, tu permiso de conducir, sólo te permite hacerlo con vehículos nacionales y eso creo que es extensible a los remolques.

Aguambabuluba balambambú!!!
 
Deberás hacer la TRAJERA DE INSPECCIÓN TÉCNICA española, creo yo.
Más que nada, por que para tirar de un remolque extranjero, deberá estar homologado en España, sino, si alguna vez tuvieras un accidente, podrías tener problemas serios con tu seguro.
Además, tu permiso de conducir, sólo te permite hacerlo con vehículos nacionales y eso creo que es extensible a los remolques.

Aguambabuluba balambambú!!!
Dices q no puedo conducir con mi carne espsñol un coche, por ejemplo francés???

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»
 
Dices q no puedo conducir con mi carne espsñol un coche, por ejemplo francés???

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»
Así es, tu permiso de conducir español, sólo te permite conducir en el territorio nacional, vehículos con placa de matricula española. Y fuera del territorio nacional, vehículos nacionales del país donde estés, pero sólo con un contrato de alquiler.

Aguambabuluba balambambú!!!
 
Así es, tu permiso de conducir español, sólo te permite conducir en el territorio nacional, vehículos con placa de matricula española. Y fuera del territorio nacional, vehículos nacionales del país donde estés, pero sólo con un contrato de alquiler.

Aguambabuluba balambambú!!!

¿De dónde has sacado eso?

El permiso comunitario es válido para cualquier país de la Unión Europea y Espacio Económico Europeo, siempre que esté en vigor, con la única limitación de que el vehículo tenga la categoría y características que te autorice tu permiso.
Pues anda que no hay ciudadanos comunitarios residiendo en España con coches propios, con matrícula española y el carné expedido por su país de origen!!!

Otro tema es que si te compras un vehículo en otro país, y lo traes a España, tengas que matricularlo aquí, pero eso no tiene nada que ver con el permiso de conducir.
 
Yo he estado durante mucho años con mi carnet belga conduciendo mi coche con matricula española. Igual que cuando voy a Bélgica conduzco el coche de mis padres.
Tengo de momento choferes trabajando de varios países, la mayoría españoles que conducen camiones con matricula portugués...
Asi creo que el carnet siendo europeo, no tiene que ver nada.
La documentación de la caravana ni idea...
 
Estos dos últimos post ya me cuadran más....
Fuera de la ue, creo q es igual, un conocido esta en Qatar, y conduce allí su moto gorda, en invierno claro, y coches con su carné español. Y sin problema., o al menos eso me contó

««NOS VEMOS, y si no nos vemos, que nos recordemos»»
 
los residentes extranjeros que trabajan en españa, por ejemplo, NO pueden conducir coches extranjeros en nuestro pais.

Los portugueses, cuando consiguen un trabajo en españa, creo que tienen 6 meses para matricular el coche.

y les multan...

si resides en españa, o trabjas en españa, tu coche debe de estar matriculado en españa.

Un saludo
el menda.
 
Hola, como estoy muy cerca de Portugal, e pensado ampliar la búsqueda de nuestra primera caravana al país vecino, pero me surge la duda. En una caravana de menos de 750kg que no necesita matricula, sería necesario hacer algo con los papeles para ir legal en España???
Pregunta en una ITV mejor, pero creo que lo único es modificar el formato de la TIT, previo paso por caja evidentemente.
 
Deberás hacer la TRAJERA DE INSPECCIÓN TÉCNICA española, creo yo.
Más que nada, por que para tirar de un remolque extranjero, deberá estar homologado en España, sino, si alguna vez tuvieras un accidente, podrías tener problemas serios con tu seguro.
Además, tu permiso de conducir, sólo te permite hacerlo con vehículos nacionales y eso creo que es extensible a los remolques.

Aguambabuluba balambambú!!!
La trajera de inspección técnica es algún documento específico para la importación?
 
A ver, aparte de lo que dice el Reglamento General de Vehículos (R.D. 2822/1998 de 23 de diciembre), aparte de lo que dice el Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003 de 21 de noviembre) , aparte de lo que dice el Reglamento General de Conductores (R.D. 1055/2015 de 20 de noviembre), aparte de lo que dice la Ley de Seguridad Vial (R.D.L. 339/1990 de 2 de marzo), aparte de lo que dice también la Ley de Impuestos Especiales (Ley 38/1992 de 28 de diciembre)... yo creo que sobre todo impera la lógica.
No es de recibo que compremos un remolque en Mauritania hecho con cuatro palos y dos ruedas, y nos lo traigamos a España sin documentación ninguna, o con la que nos den en Mauritania escrita en un forro de piel de los huevos de un camello, y nos dispongamos a circular por estas carreteras.
Como ya he dicho, es necesario disponer de una documentación que pueda asegurarnos, primero a nosotros y después el resto de usuarios de las vías por las que circulemos, que este remolque circula con las garantías necesarias, y que no supone ningún peligro para el resto de usuarios.
Esto se hace a través de la homologación que realiza industria en las ITV. Dándonos como consecuencia de la inspección y homologación, una TARJETA de INSPECCIÓN TÉCNICA, para aquellos remolques que pesen menos de 750 kilos y no necesiten más documentación que esa.
Pero bueno, todos conocemos o hemos visto a muchos extranjeros circulando con sus coches por territorio nacional estos incumplen la ley de impuestos especiales cuya multa mínima son 3000 € otros hemos visto también a algunos extranjeros de estos conducir vehículos con placas españolas esto es normal ya que al pasar más de 6 meses continuados en España deben de canjear su permiso de conducir por un español o bien inscribirse en el Registro de Conductores e Infractores de la Dirección General de Tráfico es lo normal lo que no es normal es conducir alegremente con cualquier tipo de conducir de permiso de conducir y cualquier tipo de vehículo o remolque y esperar que no nos denuncien porque no sabíamos que no podíamos hacerlo luego vienen las prisas y las lamentaciones.

Aguambabuluba balambambú!!!
 
En fin, que pasando por una asesoría, se acaba antes.

Aguambabuluba balambambú!!!
 
Esta muy bien todo lo anteriormente expuesto, pero no hablamos de traer un remolque de un país extrscomunitario y tercermundista, hablamos de Portugal, miembro de pleno derecho de la unión europea, por lo que imagino tendrá las mismas leyes encuanto a omologacion de vehículos y remolques.
 
Espera, espera, no me juntéis cosas.

Este es un país de pandereta, ¿no? entonces ¿por qué no va a poder ser? ¿ITVs, TITs, papeles? eso son sacacuartos sin sentido, si el fabricante dice que se puede circular con él en un país de pandereta como este, ¿como no se va a poder circular con un remolque hecho en un país serio como es Portugal o cualquier otro extrangero en general?

A ver si nos ponemos de acuerdo que me estáis liando.
 
Está claro que seguramente si que tendrá una documentación"al menos parecida" a la que nos exigen aquí. Pero no es una entrada para el cine, son unos cuantos cuartos más. Por lo que, para no lamentarse después, no está demás pasarse por una asesoría. Más que nada, porque seguramente habrá que hacer la "importación" con sus consiguientes tasas, no se, digo yo...

Aguambabuluba balambambú!!!
 
Si no hiciera falta pasar los documentos a español, todos los que tienen caravanas de menos de 750 kg y no son españolas, osea el 95% de las marcas, tendrían fichas técnicas Alemanas, Francesas y Eslovenas, ¿para que se iban a complicar la vida los importadores?... ¿cuantos de los que habéis comprado vuestra caravana de 750 kg en un distribuidor/importador tenéis papeles extranjeros?... nadie verdad... ahí tienes la respuesta, para circular por la carreteras españolas, tu coche y tu remolque pese, lo que pese, tienen que tener TITs españolas... compra con papeles españoles, puede que un ahorro de 500€ te meta en un gran lio, no serias el primero.

P.D. estoy temiendo el día que retiren las TIT, que ya están comenzando a ponerlas electrónicas...:?
 
Si no hiciera falta pasar los documentos a español, todos los que tienen caravanas de menos de 750 kg y no son españolas, osea el 95% de las marcas, tendrían fichas técnicas Alemanas, Francesas y Eslovenas, ¿para que se iban a complicar la vida los importadores?... ¿cuantos de los que habéis comprado vuestra caravana de 750 kg en un distribuidor/importador tenéis papeles extranjeros?... nadie verdad... ahí tienes la respuesta, para circular por la carreteras españolas, tu coche y tu remolque pese, lo que pese, tienen que tener TITs españolas... compra con papeles españoles, puede que un ahorro de 500€ te meta en un gran lio, no serias el primero.

P.D. estoy temiendo el día que retiren las TIT, que ya están comenzando a ponerlas electrónicas...:?
A parte de la legislación que mencioné, también hay que contar con que no en todos los países comunitarios se paga el mismo IVA.
También hay una ley que habla de los "Impuestos especiales"...
En fin, lo dicho que pasando por una gestoría nos podemos ahorrar dinero.

Aguambabuluba balambambú!!!
 
Creo que se están diciendo cosas interesantes, pero también se esta hablando mucho desde el desconocimiento.

Portugal es un país de la Unión Europea, dentro de la unión, no existen aduanas, las cosas se compran, se paga el IVA que tenga el país donde compramos y punto. No hay que pagar ningún impuesto especial si ya has pagado el IVA en el país de origen.
El derecho al libre comercio también incluye el derecho al libre tránsito por todo el territorio de la UE. Una vez que un producto haya entrado en la UE —incluso aunque se haya fabricado fuera de ella— puede transportarse libremente por todo el territorio de la UE.

Estamos hablando de una caravana de menos de 750kg, lo único que necesita es una Ficha Técnica expedida por una ITV española, y la factura de compra, o contrato, si es entre particulares para acreditar la propiedad, nada mas!!! y esto no nos lo va a solucionar una gestoría.
 
P.D. estoy temiendo el día que retiren las TIT, que ya están comenzando a ponerlas electrónicas...:?

Ya están funcionando, muchos de los vehículos que se fabrican actualmente, ya salen con la TIT electrónica, y es lo mismo, pero en vez de llevarla en cartón, está cargada en el Registro de Vehículos y normalmente se suele imprimir una copia en papel.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com