BOE numero 138
Lunes 8 de junio de 2009
sec. I pag 48076
De todos modos como tengo muchas dudas creo que lo mejor es preguntar a la guardia civil. Os ire contando
Es el BOE que te puse en lo referente al B no te puedes quedar solo con lo que has leído en un principio te hago igual que antes un corta y pega.
En mayusculas te he puesto el meollo del asunto y como te puse en el anterior post, hay que seguir leyendo para encontrar el restodonde dejan bien clarito que has de sacar el b96
Pág. 48077
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes
vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados
y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada
no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que
autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de
4.250 kg, SIN PERJUICIO DE LAS DISPOSICIONES QUE LAS NORMAS DE APROBACION DE TIPO ESTABLEZCAN PARA ESTOS VEHICULOS.
Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta
los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia
máxima exceda de 15 kW.
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5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un
remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el
conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de
aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá
sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante
Orden del Ministro del Interior.
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