Buenos días, soy un profesional de sistemas contra incendios. He rescatado de un post anterior la obligatoriedad de llevar un extintor en la carabana.
Vehículos a motor y conjuntos de vehículos en transporte de mercancías y personas:
Hasta 1.000 kg de PMA: Uno de clase 8A/34B
Hasta 3.500 kg de PMA: Uno de clase 13A/55B
Hasta 7.000 kg de PMA: Uno de clase 21A/113B
He visto que mucho no sabéis que significan esos números y letras. La ley establece los diferentes tipos de fuego, A, B, C, D... En este caso el extintor más adecuado es el de polvo abc, y con estos caracteres se mide su eficacia contra el fuego.
Cuanto mayor sea la eficacia, mejor respuesta tendrá el extintor contra el fuego. Lo que marca la ley es un mínimo. Espero haber sido de ayuda.
Vehículos a motor y conjuntos de vehículos en transporte de mercancías y personas:
Hasta 1.000 kg de PMA: Uno de clase 8A/34B
Hasta 3.500 kg de PMA: Uno de clase 13A/55B
Hasta 7.000 kg de PMA: Uno de clase 21A/113B
He visto que mucho no sabéis que significan esos números y letras. La ley establece los diferentes tipos de fuego, A, B, C, D... En este caso el extintor más adecuado es el de polvo abc, y con estos caracteres se mide su eficacia contra el fuego.
Cuanto mayor sea la eficacia, mejor respuesta tendrá el extintor contra el fuego. Lo que marca la ley es un mínimo. Espero haber sido de ayuda.