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Hoy he sido noticia

Tonimunoz

Participativ@
Aquello que no han podido lograr ni la Guardia Civil ni la brigada de transportes, lo han conseguido la Policia Local.
Ya tienen su minuto de gloria difundiendo a los medios de comunicación locales.
http://www.ondacero.es/emisoras/comunidad-valenciana/elche/audios-podcast/noticias/policia-local-intercepta-furgoneta-que-transportaba-remolque-metros-longitud_201712195a38d4500cf207cb8b958b97.html

http://www.forotransporteprofesional.es/interceptan-una-megafurgoneta-con-un-remolque-de-10m-de-longitud/
 
No disponer de tacografo ni tarjeta de transportes.
Tacografo llevo igual que limitador, este ultimo por capricho mio. El tacografo ni lo uso ni paso inspecciones de ITV.
Vehiculo de 3.500kgs de mercancias propias complementarias esta exento de tarjeta de transportes. Si fuese SP creo que comienza su uso obligatorio apartir de los 2.000kgs.
 
¿Eras tú? Pero ¿cuál: el del tráiler o el del "consumo de estupefacientes".

Carlos: Los policías no "alegan" sino que denuncian. El que "alegará" será el del tráiler cuando reciba la notificación y se defienda. La pregunta, entonces, sería: "¿De qué infracción lo acusan?" (jejeje).
 
El furgón (vehiculo) 3.500kgs que es quien recibe la tarjeta de transportes. Otros 3.500kgs el remolque pero eso ya es un conjunto de vehiculos y estos estan exentos de tacografo hasta los 7.500 kgs.
 
¿Eras tú? Pero ¿cuál: el del tráiler o el del "consumo de estupefacientes".

Carlos: Los policías no "alegan" sino que denuncian. El que "alegará" será el del tráiler cuando reciba la notificación y se defienda. La pregunta, entonces, sería: "¿De qué infracción lo acusan?" (jejeje).

Soy el del conjunto de vehiculos.
Por los estupefacientes se podrian librar, si llegan a decir drogas, tengo licencia de drogras, perfumes y complementos
 
No disponer de tacografo ni tarjeta de transportes.
Tacografo llevo igual que limitador, este ultimo por capricho mio. El tacografo ni lo uso ni paso inspecciones de ITV.
Vehiculo de 3.500kgs de mercancias propias complementarias esta exento de tarjeta de transportes. Si fuese SP creo que comienza su uso obligatorio apartir de los 2.000kgs.
2000 kg de MMA? No lleva tacografo "nadie".
 
alegar
verbo transitivo

Exponer [una persona] argumentos o razones que sirven para demostrar o apoyar una cosa que se dice o para defender algo que se ha hecho.

incoar
verbo transitivo

Iniciar un proceso, pleito, expediente u otra actuación oficial semejante.
"incoar un expediente"


No hay denuncia formal aún...
 
El furgón (vehiculo) 3.500kgs que es quien recibe la tarjeta de transportes. Otros 3.500kgs el remolque pero eso ya es un conjunto de vehiculos y estos estan exentos de tacografo hasta los 7.500 kgs.

SE APLICARÁ EL REGLAMENTO DE LA C.E. 561/2006 AL TRANSPORTE POR CARRETERA:
de mercancias, cuando la masa máxima autorizada de los vehículos, incluido cualquier remolque o semirremolque, sea superior a 3,5 toneladas

https://www.fomento.gob.es/MFOM/LAN...E_TERRESTRE/IGT/TACDIG/LEGDOC/Excepciones.htm

Y la excepción del conjunto es transporte NO comercial de mercancías.
 
Mira el apartado H
vehículos o conjuntos de vehículos de una masa máxima autorizada no superior a 7,5 toneladas utilizados para el transporte no comercial de mercancas;
 
¿Y que mercancías son que no comercias con ellas en un mercado ambulante?
Si lo quieres contar por supuesto.
 
Estan catalogadas como MP Mercancias Propias Complementarias. No son de un tercero que le preste el servicio de trasladarlas (SP) y mi negocio sea ese. El negocio no es el vehiculo, es el medio para ejercer la venta de su contenido
 
Yo si llevo tacografo y paso itv y descargas cada mes.
La denuncia es totalmente legal.
Tengo en la flota una IVECO idéntica de 3.500 y cuando engancho el remolque ....tacografo en funcionamiento...lleva dos tarjetas...correspondientes.
Saludos.
 
Estan catalogadas como MP Mercancias Propias Complementarias. No son de un tercero que le preste el servicio de trasladarlas (SP) y mi negocio sea ese. El negocio no es el vehiculo, es el medio para ejercer la venta de su contenido

Eso no tiene nada que ver.
Es por la suma de las mmas. Y a más b+e
Saludos.
 
Estan catalogadas como MP Mercancias Propias Complementarias. No son de un tercero que le preste el servicio de trasladarlas (SP) y mi negocio sea ese. El negocio no es el vehiculo, es el medio para ejercer la venta de su contenido

Vale:

e. Transportes de mercancias de carácter privado complementario realizados en el marco de su propia actividad empresarial por empresas agricolas, horticolas, forestales, ganaderas o pesqueras, que se desarrollen integramente en un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa.

f. Transportes de carácter privado complementario realizados mediante la utilización de tractores agricolas o forestales en el desarrollo de una actividad agricola o forestal siempre que se desarrollen integramente en un radio de 100 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehculo.

i.
Transportes de carácter privado complementario de material de circo y atracciones de feria realizados en vehículos especialmente acondicionados para ello.

n.
Transportes de carácter privado complementario cuyo objeto sea el traslado del material, equipo o maquinaria utilizado por el conductor en el ejercicio de su profesión, siempre que la masa máxima autorizada del vehculo utilizado, incluida en su caso la de los remolques y semirremolques, no sea superior a 7,5 toneladas, el transporte se desarrolle integramente dentro de un radio de 50 kilómetros alrededor del centro de explotación de la empresa titular o arrendataria del vehculo y la conducción de vehículos no constituya la actividad principal del conductor.


Si te acoges a alguna de estas excepciones, me callo...
 
A ver Volusia. Como ya he dicho en mi primer post de este hilo, he debatido con agentes de transportes en dos ocasiones. La primera me pusieron cuatro (4) multas, total 8.800€ (6000, 2000, 600 y 200) me pillo con desconocimiento del tema y me informe amplia y profundamente.
Me presente en la delegación de Transportes de Alicante y la secretaria de la directora le daba la razon a los agentes de la GC, hasta que le presente las excepciones del tacografo ( las mismas que ha enlazado Carlos) impresas y tambien con la dirección de la pagina de Fomento en un post-it para que pudiesen comprobar la veracidad de la hoja impresa. Al ver tal documento hizo cara de dudar y pidio permiso a la directora de transportes para que pudiese hablar con ella. Le basto unos segundos para asentir y darme la razón.
Han pasado 20 meses de aquel acontecimiento y aun no he recibido ninguna multa o sancion.
Me han vuelto a parar tanto brigada de transportes como de trafico, por motivos evidentes, y con las normas que ahora si que conozco, no me han vuelto a sancionar/multar. Bueno, hasta que llegaron los municipales que deben ser los mas informados del tema.
 
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