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mucho más que un foro

Nuevas normas B.O.E., carnet B autoriza hasta 4250kg

Mili222

timid@
Hola chic@s,
como sabéis acabo de comprar caravana después de un tiempo, y muchas preguntas a muchos de vosotros, ahora aquí os dejo el nuevo boletín y siguen sin aclarares pero esto está más claro,yo ya tengo mi caravana y sin autorización a b96, o el E, así que ahora este nuevo boletín firmado a 3 diciembre de 2013, me deja más tranquila. Si alguien sabe algo más, que exponga.

gracias y espero que sea de ayuda.
BOE.es - Documento BOE-A-2013-12566
 
Gracias..................espera que voy a buscar las palomitas.............................
 
Sigue estando igual de claro...hasta 4250 kilos necesitarás el B96...
 
96

Vehículos de categoría B que lleven enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de esta combinación exceda de 3500 kg, pero no sobrepase los 4250 kg.
 
Hola chic@s,
como sabéis acabo de comprar caravana después de un tiempo, y muchas preguntas a muchos de vosotros, ahora aquí os dejo el nuevo boletín y siguen sin aclarares pero esto está más claro,yo ya tengo mi caravana y sin autorización a b96, o el E, así que ahora este nuevo boletín firmado a 3 diciembre de 2013, me deja más tranquila. Si alguien sabe algo más, que exponga.

gracias y espero que sea de ayuda.
BOE.es - Documento BOE-A-2013-12566

En este BOE a lo único que hacen referencia es a los códigos en el permiso de conducir equiparándolos con permisos de conducir de la Unión Europea. El código 96 sigue siendo igual para conjuntos de vehículos con remolque de más de 750 que superen los 3500 y no excedan de 4250 kg


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Hola chic@s,
como sabéis acabo de comprar caravana después de un tiempo, y muchas preguntas a muchos de vosotros, ahora aquí os dejo el nuevo boletín y siguen sin aclarares pero esto está más claro,yo ya tengo mi caravana y sin autorización a b96, o el E, así que ahora este nuevo boletín firmado a 3 diciembre de 2013, me deja más tranquila. Si alguien sabe algo más, que exponga.

gracias y espero que sea de ayuda.
BOE.es - Documento BOE-A-2013-12566

Con ese conjunto (Chrysler voyager 2.5 + Snaus sport 500 QDF) la Guardia Civil de tráfico no va a tardar mucho en pararte, pedirte el correspondiente permiso (o B96 o B+E) y ellos te harán ver que en el BOE que tu mencionas viene muy clarito que te tienes que sacar uno de esos permisos

La explicación no te va a gustar mucho y puede que merme tus arcas personales, quizá más de lo que cuesta ir legal (sacándose el correspondiente carnet o permiso).

Saludos y a ver si Volusia saca las palomitas, que me ha dejado con la miel en los labios.

 
Feliz año a todos y con las palomitas unas cervecitas que vienen muy bien!

Ahora, amiga "Mili222" en parte tiene razon, solo con el "B" Si se puede llevar un conjunto de hasta 4250 Kgs pero y siempre que reuna las condiciones siguientes;

"Vehiculo tractor, camion, furgon u otro, con MMA de 3500 Kgs y REMOLQUE DE HASTA 750 Kgs de MMA, total del conjunto 4250 Kgs"

Tan solo en esos casos puedes llevar esos pesos, pero fijaté que el remolque no puede pasar de 750 Kgs en caso de que este tubiera una MMA mayor, deberas tener el B96 o el B+E.

Un saludo.
 
Mili222, sácate el carnet o la licencia. No le des más vueltas al BOE. Lo tenemos más claro en este foro que el que lo redacta.
 
XOMADENELU
Mili222, sácate el carnet o la licencia. No le des más vueltas al BOE. Lo tenemos más claro en este foro que el que lo redacta.
Asi es.
Yo me prometi hace tiempoi que hasta que el BOE no sea en colores y con fotos, no lo leia.
 
No se que pasa, pero cada poco salta la liebre sobre el b96 y el B.


enviado usando Tapatalk 2 desde mi porquería de teléfono

Yo no entiendo porque "salta la liebre" como dices , ya que está muy claro : Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Artículo 4 Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:


  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
  • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
 
Jamsa, aqui esta la madre del cordero o de la liebre.

sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Esto quiere decir que hay que pasar una prueba y se llama B96.

salu2


 
Yo no entiendo porque "salta la liebre" como dices , ya que está muy claro : Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Artículo 4 Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:


  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
  • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.


Me cito a mi misma para aclarar :
Ese inciso que he puesto en negrita remite al B96.

Artículo 5.5 del mismo Reglamento General de conductores: Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores. TTULO I.De las autorizaciones administrativas para conducir.

5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg, será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior
 
Jamsa, aqui esta la madre del cordero o de la liebre.

sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Esto quiere decir que hay que pasar una prueba y se llama B96.








Es que no deja de ser un rollazo pues está muy deslabazado .
Mi marido ha sacado el B96 porque nuestro coche ( todoterreno) pesa 3020kg de MMA y la caravana 1000 de MMA pero reconozco que le dimos vueltas y vueltas al tema antes de matricularse en la autoescuela ... porque en la web de Tráfico parecía que el B autorizaba a 4250 kg y "mirando por encima" el Reglamento también lo parecía .
Sin embargo leyendo con calma está clarito y más si escribes en el google B96 y te encuentras foros de equitación donde les han multado por llevar un carrito con caballo , recuerdo el susto que pasé ... fui corriendo a buscar autoescuela ...
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Además el B96 es completamente europeo, sirve incluso en los países de fuera con los que se tenga convenio.
 
Yo no entiendo porque "salta la liebre" como dices , ya que está muy claro : Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.

Artículo 4 Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:


  • Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
  • Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Con lo de saltar la liebre, me refiero a que cada poco hay alguien que dice o insinúa que no es necesario el b96para conjuntos de hasta 4250 kg con caravana de más de 750 y tractor de hasta 3500.


enviado usando Tapatalk 2 desde mi porquería de teléfono
 
De ilusiones también se vive..............a mi gustaría llevar un 747 con el D+E..................jejejej

y........tranquilos...............hay para todos.......................saludos.

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Hola chic@s,
como sabéis acabo de comprar caravana después de un tiempo, y muchas preguntas a muchos de vosotros, ahora aquí os dejo el nuevo boletín y siguen sin aclarares pero esto está más claro,yo ya tengo mi caravana y sin autorización a b96, o el E, así que ahora este nuevo boletín firmado a 3 diciembre de 2013, me deja más tranquila. Si alguien sabe algo más, que exponga.

gracias y espero que sea de ayuda.
BOE.es - Documento BOE-A-2013-12566

Hola a tod@s...!!!

Al menos estos y otros hilos "eternos" sirven para que, los participantes y lectores que creen que la cosa ha cambiado, que llevan un conjunto adecuado a su permiso de conducción, etc., logren conocer exactamente el tema y no lleguen a circular con una creencia errónea; que por cierto, puede ser muy cara su sanción y las posibles responsabilidades en caso de un accidente.

Lo peor de estos hilos sería que una y otra vez fueran las mismas personas quienes los protagonizaran, con lo que sí que sería preocupante...!!! :scratch: Y es que hay mogollón de gente que van con un permiso inadecuado más tranquilos que un ocho y no saben lo que les puede venir encima...!!! :mudo:
 
Hola;
Va a perden trafico y las autoescuelas el negocio ! ja,ja hay que sacar la pasta .
Un saludo
 
esta claro y es "humano", leerte lo que pone...pero interpretar lo que a cada uno le interesa...

como ya te han dicho, con una Voyager y un "zambombo" como la Knaus 500... te paran.... así que mejor tener el carnet o el permiso necesario. sino te multaran y te inmovilizaran el conjunto, con el consiguiente desembolso económico y la sanción correspondiente,,,
 
Gracias a todos, no leí bien, y es que para no sacarlo no quería leerlo, jejeje, y claro entonces vi códigos y no sabía que me querían decir y pensé y me di cuenta que si dice 96, era el b96 y en fin ... Pues a sacarlo ... Madre mía la que he liado... Jaja... Todo el mundo revolucionado, jeje.

asi que ya me he apuntado a autoescuela,prácticas y examen, jeje. Os iré diciendo
 
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