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mucho más que un foro

Pregunta Es malo dormir en la cv. sin desengancharla??

Y la definicion del Diccionario de la Real Academia de la lengua española , define como perimetro lo siguiente:

perímetro.
(Del lat. perimĕtros, y este del gr. περίμετρος).
1. m. Contorno de una superficie.
2. m. Geom. Contorno de una figura.
3. m. Geom. Medida de este contorno.

Por la cual si no sobrepasa el contorno ,segun la definicion de perimetro de los entendidos en linguistica , y si estas no sobrepasan este pues no estarian prohibidas pues van hacia abajo y no salen hacia afuera . Es como por ejemplo las parabolicas que se ven sobre muchos vehiculos como van hacia arriba y no sobrepasan el perimetro pues pienso que estarian permitidas tanto unas como otras . Otra cosa seria que estas antenas ademas de hacia arriba sobrepasaran el contorno , igual pienso yo que podria ser aplicado a las patas , que como no superan el contorno al bajar , siempre que no sobrasalgan del contorno no afectaria ninguna prohibicion.
Aunqu e igual estoy confundido y no he hecho una buena interpretacion de lo que he leido , por lo que pido disculpas por esto
 
Con respecto a lo de bajar las patas , no me queda claro si este reglamento las prohibe o no , pues las patas al bajar no sobrepasan el perimetro ,y aqui dice lo siguiente
"bastando con que la
actividad que pueda desarrollarse en su interior no trascienda al exterior mediante el despliegue de elementos
que desborden el perímetro del vehículo tales como tenderetes, toldos, dispositivos de nivelación, soportes de
estabilización
, etc.

Yo entiendo que esto son "Las Patas"

Tenemos un problema.... y es razonable.....

Queremos entender las normas a nuestro favor....
 
Que manera de complicarse la vida y de complicarla a los demás...............................yo bajo dos patas en diagonal y punto...................porque según que movimientos de la caravana.......... vistos desde el exterior........por ojos ajenos.....................pueden producir sensaciones equívocas.................o acertadas..................aclaro..................yo no pernocto fuera de un camping............pero si me detengo, en viajes largos y si hace falta...............para descansar.............y mi lado se ha puesto Gendarmes, Guardia Civil, Caravinieris...............jeje....................y NI PIO...........................

Saludos.
 
Lo que hago yo es bajar la jokey y ya esta. Pero una cosa es meterse un matrimonio con uno o dos niños pequeños y otra 7 adultos. 7 x 70 kg = 490 kg. Mucha tela,

Y bailar salsa..........................................jejejejej
 
Para enredar un poco más en el hilo hago mi aportación y considerandos:

Yo entiendo que se puede hablar de “acampar” cuando desenganchas la caravana, pero si no desenganchas no creo que nadie pueda considerar acampada, sino estacionamiento, y bajar una pata no puede interpretarse como despliegue ya que UNA pata NO sobresale del perímetro de la caravana.

Por otro lado, creo que la legislación a la que se está aludiendo en este hilo es de aplicación en la vía pública pero no en recintos privados, por lo que ninguna autoridad debería sancionar si estás durmiendo dentro de la caravana con la jockey y una pata bajada en el espacio de una gasolinera o restaurante de un área de servicio, que sí son espacios privados con propietario.

Cuando hago viajes largos suelo pernoctar dentro de la caravana, bajando la jockey y una de las patas traseras, consiguiendo así la estabilidad suficiente para una noche. En ningún momento recae ningún peso sobre el chasis ni las patas ni en la jockey, sino en el eje y las ruedas de la caravana, que para ello está diseñada.

Así lo entiendo yo. :)
 

Muchas gracias por el link, Jump...!!!

Lo imprimiré y llevaré junto al de los diferentes tipos de carnet de conducir para que al menos tenga un referente de interpretación legal ante el agente de turno, llegado el caso...!!!


Yo entiendo que esto son "Las Patas"

Tenemos un problema.... y es razonable.....

Queremos entender las normas a nuestro favor....

Es que les podemos llamar como queramos o como quieran, pero como descripción del elemento en concreto son patas estabilizadoras, que yo sepa, que al final es lo mismo que un "soporte de estabilización".




Para enredar un poco más en el hilo hago mi aportación y considerandos:

Yo entiendo que se puede hablar de “acampar” cuando desenganchas la caravana, pero si no desenganchas no creo que nadie pueda considerar acampada, sino estacionamiento, y bajar una pata no puede interpretarse como despliegue ya que UNA pata NO sobresale del perímetro de la caravana.

Por otro lado, creo que la legislación a la que se está aludiendo en este hilo es de aplicación en la vía pública pero no en recintos privados, por lo que ninguna autoridad debería sancionar si estás durmiendo dentro de la caravana con la jockey y una pata bajada en el espacio de una gasolinera o restaurante de un área de servicio, que sí son espacios privados con propietario.

Cuando hago viajes largos suelo pernoctar dentro de la caravana, bajando la jockey y una de las patas traseras, consiguiendo así la estabilidad suficiente para una noche. En ningún momento recae ningún peso sobre el chasis ni las patas ni en la jockey, sino en el eje y las ruedas de la caravana, que para ello está diseñada.

Así lo entiendo yo. :)

Manolo, si bajamos una pata de la cv enganchada al coche en una preciosa cala de las que hay cercanas a la de Vera podemos permanecer todo un mesecito de Agosto levantando el campamento para ir al super y otros menesteres, sabiendo que cuando volvamos a ese punto concreto encontraremos el mismo lugar para volver a bajar esa pata y seguir con nuestras merecidas vacaciones...!!!

El caso es que el que hace la ley sabe redactarla asesorado por los que saben todas y cada una de las peculiaridades a tener en cuenta. Así que, como está tipificado, nos pueden sancionar o "perdonarnos la vida" e invitarnos a marcharnos de allí, con lo que dependerá del agente de turno la suerte que corramos...

Descansar, dormir, despejarse, ver la tele, etc se puede hacer a cualquier hora con lo que si no bajas ni sacas nada tampoco te dirán cosa alguna, más si cabe si es de madrugada y ven que solo es para descansar y no para estar a pie de playa... No creo que si se baja una pata ( u otro elemento a gusto del consumidor ) en esas condiciones implique problema alguno. Lo que no sé es qué dirán si ven el escalón de acceso a la cv delante de la puerta...!!! :scratch:

En una gasolinera te pueden llamar la atención si el dueño o el que lo regenta llama a la autoridad para denunciar el hecho; y es que el hecho se podrá hacer pero un lugar donde sepas que nadie te va a decir nada, como en el de un amigo, familiar, o tuyo...



Retomando el tema del hilo, una jockey está para dirigir el remolque en su estacionamiento cuando está separado del coche. Que soporte peso en ese trance es normal pero no para soportar el constante balanceo, aunque sea ínfimo. Así que como soporte puede tener sus repercusiones, sobre todo su acoplamiento soldado al chasis, porque el resto de la jockey no me preocupa tanto; y es que es muy preocupante ver en muchos hilos el eterno problema de ver la jockey "a la virulé" y con soluciones complejas y, puede que, con cierta consecuencia manipular las soldaduras en ese lugar...

Incluso, cuando estaciono la cv, bajo las 4 patas y queda estabilizada ya que antes la he nivelado en los 2 sentidos con ayuda de la jockey; después la elevo un poco para que no toque el suelo.

Saludos
 
Muchas gracias por el link, Jump...!!!

Lo imprimiré y llevaré junto al de los diferentes tipos de carnet de conducir para que al menos tenga un referente de interpretación legal ante el agente de turno, llegado el caso...!!!




Es que les podemos llamar como queramos o como quieran, pero como descripción del elemento en concreto son patas estabilizadoras, que yo sepa, que al final es lo mismo que un "soporte de estabilización".






Manolo, si bajamos una pata de la cv enganchada al coche en una preciosa cala de las que hay cercanas a la de Vera podemos permanecer todo un mesecito de Agosto levantando el campamento para ir al super y otros menesteres, sabiendo que cuando volvamos a ese punto concreto encontraremos el mismo lugar para volver a bajar esa pata y seguir con nuestras merecidas vacaciones...!!!

El caso es que el que hace la ley sabe redactarla asesorado por los que saben todas y cada una de las peculiaridades a tener en cuenta. Así que, como está tipificado, nos pueden sancionar o "perdonarnos la vida" e invitarnos a marcharnos de allí, con lo que dependerá del agente de turno la suerte que corramos...

Descansar, dormir, despejarse, ver la tele, etc se puede hacer a cualquier hora con lo que si no bajas ni sacas nada tampoco te dirán cosa alguna, más si cabe si es de madrugada y ven que solo es para descansar y no para estar a pie de playa... No creo que si se baja una pata ( u otro elemento a gusto del consumidor ) en esas condiciones implique problema alguno. Lo que no sé es qué dirán si ven el escalón de acceso a la cv delante de la puerta...!!! :scratch:

En una gasolinera te pueden llamar la atención si el dueño o el que lo regenta llama a la autoridad para denunciar el hecho; y es que el hecho se podrá hacer pero un lugar donde sepas que nadie te va a decir nada, como en el de un amigo, familiar, o tuyo...



Retomando el tema del hilo, una jockey está para dirigir el remolque en su estacionamiento cuando está separado del coche. Que soporte peso en ese trance es normal pero no para soportar el constante balanceo, aunque sea ínfimo. Así que como soporte puede tener sus repercusiones, sobre todo su acoplamiento soldado al chasis, porque el resto de la jockey no me preocupa tanto; y es que es muy preocupante ver en muchos hilos el eterno problema de ver la jockey "a la virulé" y con soluciones complejas y, puede que, con cierta consecuencia manipular las soldaduras en ese lugar...

Incluso, cuando estaciono la cv, bajo las 4 patas y queda estabilizada ya que antes la he nivelado en los 2 sentidos con ayuda de la jockey; después la elevo un poco para que no toque el suelo.

Saludos
No os compliquéis la vida, es un tema más que debatido en el mundo de las autocaravanas, podéis estacionar enganchados al coche y estar dentro de la cv aún así en civil de turno o el local si le da la gana os multara u os echara del lugar, luego tu recurre si quieres, que no te dicen nada? Pues también pero dependerá de estado de ánimo del sujeto jeje y estáis aparcados como cualquier vehículo pero si se os ocurre bajar una sola pata estáis acampados por lo que multa al canto y sin posibilidad de recurso, cuando se dice perímetro se refiere no a qué sobresalga de la cv si no que tiene que estar tal y como circula por la carretera, es decir sin patas bajadas ni si quiera la hockey ni siquiera abrir una ventana eso ya sería acampada y la denuncia no es por la ley de tráfico si no por la de turismo
 
Nosotros bajamos rueda jokey y las patas traseras y a dormir.

Saludos.
 
Hola;

Yo desde una vez que me forzaron la cerradura de la caravana en Francia con los niños adentro ( sin llegar a entrar,) y a los vecinos de al lado les robaron .

Intento planificar los viajes con campings cercanos, a la ruta , ya se que duele soltar 35 e ó a veces menos C.C ,ACSI etc.

Pero para mi la tranquilidad vale más,,te duchas ,te relajas etc etc

Con la cerradura que tube que comprar ya pagaba algunos y el susto ,denuncia etc etc.

Por otro lado ese dinero en el presupuesto de las vacaciones es casi nada.

Un saludo
 
Hola;

Yo desde una vez que me forzaron la cerradura de la caravana en Francia con los niños adentro ( sin llegar a entrar,) y a los vecinos de al lado les robaron .

Intento planificar los viajes con campings cercanos, a la ruta , ya se que duele soltar 35 e ó a veces menos C.C ,ACSI etc.

Pero para mi la tranquilidad vale más,,te duchas ,te relajas etc etc

Con la cerradura que tube que comprar ya pagaba algunos y el susto ,denuncia etc etc.

Por otro lado ese dinero en el presupuesto de las vacaciones es casi nada.

Un saludo

Hombre la primera
Regla de Oro es no pernoctar en un Area de autopista en Francia

Enviado desde mi C6603 mediante Tapatalk
 
Hombre la primera
Regla de Oro es no pernoctar en un Area de autopista en Francia

Enviado desde mi C6603 mediante Tapatalk

Hola;

Lo hice infinidad de veces ( Ya que me he recorido casi toda Europa ) nunca solo ,hasta a veces con las ventanas entreabiertas y nunca paso nada hasta ese dia..

Recuerdo el Area de Montelimar aquello era un camping,muchas y muchas Cv,Ac etc.

Siempre hay una 1ª vez para todo y esa no es agradable.

Un saludo
 
Es que os gusta rizar el rizo que barbaridad siempre intentando liar las cosas, y mira que nos gusta prohibirnos las cosas, vaya tela........entonces segun algunos señores super cumplidores de las normas las patas de mi caravana y las de los demás no se pueden bajar por que entonces estas acampado...JA JA JA el que entienda o se crea eso es........que se le a ido la olla......entonces a los camioneros cuando desenganchan los remolques o semireloques y les ponen las patas, entre otras cosas por que si no, no se podría desenganchar estarían acampados no? , o yo que suelto mi caravana y le saco las patas por que no tengo rueda jokey, que que yo sepa no es obligatorio llevarla ya no me podría subir dentro por que estaría acampado.......vamos vamos hay algunos que se pasan tres pueblo y se las dan de lellistas y habría que verlos en que situaciones aplican las leyes según les convengan....como han dicho antes el sentido común es lo que debe de haber y menos leyes que no estamos delinquiendo que parecemos delincuentes por dormir en una caravana en medio de donde nos apetezca.
 
Quiero matizar algunas cosas .
Los que tenemos caravanas no nos podemos comparar a un camion o trailer a la hora de para a dormir .
Se esta discutiendo que si bajamos las patas estabilizadoras es mas seguro , por supuesto el problema es que la ley de la DGT dice que eso es acampada tanto para caravanas como para autocaravanas aunque con estas ultimas tienes varias matizaciones que no tenemos los que llevamos remolque.
Cuando hablamos de mirar lo que dice la ley no es solo mirar la de la DGT , sino tambien las de Turismo de cada Conunidad Autonoma y sobre las Ordenanzas Municipales que suelen ser muy duras hacia nosotros los que tenemos caravanas.
Y lo que si tengo muy claro que bajar las patas estabilizadoras acarrea multa y eso de recurrir y que luego te la quitan es totalmente falso con un agravante que ahora recurrir esas multas cuesta 200 € y si la multa es de 100 € por ejemplo hay que sacar cuentas como es mas barata si pagar la multa o recurrirla.

Un saludo
 
Quiero matizar algunas cosas .
Los que tenemos caravanas no nos podemos comparar a un camion o trailer a la hora de para a dormir .
Se esta discutiendo que si bajamos las patas estabilizadoras es mas seguro , por supuesto el problema es que la ley de la DGT dice que eso es acampada tanto para caravanas como para autocaravanas aunque con estas ultimas tienes varias matizaciones que no tenemos los que llevamos remolque.
Cuando hablamos de mirar lo que dice la ley no es solo mirar la de la DGT , sino tambien las de Turismo de cada Conunidad Autonoma y sobre las Ordenanzas Municipales que suelen ser muy duras hacia nosotros los que tenemos caravanas.
Y lo que si tengo muy claro que bajar las patas estabilizadoras acarrea multa y eso de recurrir y que luego te la quitan es totalmente falso con un agravante que ahora recurrir esas multas cuesta 200 € y si la multa es de 100 € por ejemplo hay que sacar cuentas como es mas barata si pagar la multa o recurrirla.

Un saludo
Pues no estoy deacuredo, lo siento.
 
Es muy importante distinguir entre via publica, y recintos privados ( gasolineras, areas de servicio, restaurantes etc...), en el caso de esta segunda opción dependera del dueño del mismo que en un 99% no vas a tener problema por que por parar a descansar y bajar una pata o dos, ni le dan importancia e incluso lo ven hasta normal...... Y en cuanto a via publica, un conjunto de tractor mas remolque crean un vehiculo con derecho a estacionamiento, es mas remolques de 2 ruedas y un solo eje con matricula que además pagan impuesto de circulación tienen derecho al estacionamiento de forma independiente tambien, y tanto de forma acoplada como separada, de la misma forma que por seguridad se utilizan calzos para las ruedas, se pueden bajar la jokey y alguna pata. Lo contrario seria un estacionamiento inseguro...... otra cosa es que por una ordenanza municipal hagas un estacionamiento en una zona no permitida a este tipo de vehiculos o remolques.
 
Es muy importante distinguir entre via publica, y recintos privados ( gasolineras, areas de servicio, restaurantes etc...), en el caso de esta segunda opción dependera del dueño del mismo que en un 99% no vas a tener problema por que por parar a descansar y bajar una pata o dos, ni le dan importancia e incluso lo ven hasta normal...... Y en cuanto a via publica, un conjunto de tractor mas remolque crean un vehiculo con derecho a estacionamiento, es mas remolques de 2 ruedas y un solo eje con matricula que además pagan impuesto de circulación tienen derecho al estacionamiento de forma independiente tambien, y tanto de forma acoplada como separada, de la misma forma que por seguridad se utilizan calzos para las ruedas, se pueden bajar la jokey y alguna pata. Lo contrario seria un estacionamiento inseguro...... otra cosa es que por una ordenanza municipal hagas un estacionamiento en una zona no permitida a este tipo de vehiculos o remolques.


Estoy de acuerdo contigo en cuanto , si paras en sitios privadas puedes con el permiso del dueño bajar patas o sacar mesas por ejemplo.
Pero en las vias publicas eso es otra cosa muy distinta , y nada tiene que pague el impuesto de circulacion como los demas , por ley si tu bajas las patas estabilizadoras o el jockey estas acampado , si pones una calza , no , porque es un elemento de seguridad y las patas estabilizadoras no lo son , simplemente son elemento para la estabilidad de la caravana cuando esta desenganchada o hay gente dentro por que esto es estar acampado y esto esta penado con multas como ya explique antes .
Ahora eso si cada uno sabe lo que tiene que hacer y no se puede interpretar la ley a lo que mas nos conviene , por mi parte que cada uno haga y desahaga lo que le parezca , luego cuando nos multen no nos lamentemos .

Un saludo
 
A ver Chus, tienes razón pero no en todo..... el remolque es un vehiculo vivienda, y estar dentro cuando estas estacionado no es estar acampado....estar acampado es abrir ventanas, sacar el toldo, poner una mesa o sillas fuera etc..... pero dentro puedes estar. Un ejemplo, tú si paras una noche tu coche, sin caravana, bien aparcado y te quedas dentro a dormir unas horas, te puede venir alguien a decirte que te salgas de una propiedad privada?? que falta o delito hay??. El permiso de circulación que pagamos, sirve para estar en regla con tus impuestos, si no te multan y pueden llegar a ordenar la retirada del vehiculo por una grua de la via pública, pero cuando lo tienes pagado tienes derecho a la circulación y estacionamiento del mismo, acoplado o independiente, cuando es acoplado es un tipo de vehiculo , cuando es independiente es un remolque que tiene derecho a poder dejarlo estacionado siempre y cuando sea una zona que no prohiba el estacionamiento de dichos vehiculos. en este caso el estacionamiento tiene que ser seguro, al igual que los remolques de camiones, evidentemente con unos calzos no sería suficiente cuando se trate de remolques de un solo eje y dos ruedas, por que sin la jockey se vuelca, y sin una pata de apoyo trasera tambien. La Ley a veces deja "lagunas", pero el estacionamiento tiene que ser seguro...... imaginate un remolque de venta ambulante de un solo eje de dos ruedas, con pago de impuesto de circulación, matriculado con derecho a estacionamiento, y que por la noche lo dejaran estacionado sin alguna pata, pasa un crio a recoger un balón que se ha metido bajo, el viento golpea el remolque y lo vuelca hacia atras por no tener pata, que es? una imprudencia en un estacionamiento inseguro.....
 
Otra cosa es que una ordenanza prohiba el aparcamiento de un remolque o de un vehiculo compuesto. Si desenganchas la CV se convierte en un remolque estacionado y si la ordenanza lo prohibe no puedes hacerlo, pero mientras que no desenganches la CV, esta forma parte de un vehiculo compuesto y no pueden multarte.

Si ademas una ordenanza del ayuntamiento tambien prohibe el aparcamiento de vehiculos articulados o compuestos tampoco podrias aparcar con la CV ni aun enganchada.
 
En mi modesta opinion.....

Si nos subimos en la caravana y estamos en la zona más cercana a la bola, el peso se vá para los amortiguadores del coche por lo que es bueno colocar la jockey. Si vamos hacia el otro lado el peso lo aguantará el chasis por lo que supongo que sería bueno como ha dicho alguien bajar por lo menos una pata. He abierto el tema porque el la caravana actual, un día salimos de ruta tres caravanas y paramos a cenar y empezó a llover. Rápidamente nos metimos 7 en la caravana y estuvimos un ratillo ahí metidos.

He observado que creo que desde entonces, le ha salido al suelo dos marcas a lo ancho de la caravana como si hubiera intentado doblarse (no se si me explico). Una a 1/3 de un lado y otra al 1/3 del otro lado.

Un saludo

alguna fotillo para ilustrar eso, please? puede ser interesante verlo compi. Saludos.
 
A ver Chus, tienes razón pero no en todo..... el remolque es un vehiculo vivienda, y estar dentro cuando estas estacionado no es estar acampado....estar acampado es abrir ventanas, sacar el toldo, poner una mesa o sillas fuera etc..... pero dentro puedes estar. Un ejemplo, tú si paras una noche tu coche, sin caravana, bien aparcado y te quedas dentro a dormir unas horas, te puede venir alguien a decirte que te salgas de una propiedad privada?? que falta o delito hay??. El permiso de circulación que pagamos, sirve para estar en regla con tus impuestos, si no te multan y pueden llegar a ordenar la retirada del vehiculo por una grua de la via pública, pero cuando lo tienes pagado tienes derecho a la circulación y estacionamiento del mismo, acoplado o independiente, cuando es acoplado es un tipo de vehiculo , cuando es independiente es un remolque que tiene derecho a poder dejarlo estacionado siempre y cuando sea una zona que no prohiba el estacionamiento de dichos vehiculos. en este caso el estacionamiento tiene que ser seguro, al igual que los remolques de camiones, evidentemente con unos calzos no sería suficiente cuando se trate de remolques de un solo eje y dos ruedas, por que sin la jockey se vuelca, y sin una pata de apoyo trasera tambien. La Ley a veces deja "lagunas", pero el estacionamiento tiene que ser seguro...... imaginate un remolque de venta ambulante de un solo eje de dos ruedas, con pago de impuesto de circulación, matriculado con derecho a estacionamiento, y que por la noche lo dejaran estacionado sin alguna pata, pasa un crio a recoger un balón que se ha metido bajo, el viento golpea el remolque y lo vuelca hacia atras por no tener pata, que es? una imprudencia en un estacionamiento inseguro.....

Mira sigues equivocado , pues la ley cuando se refiere a un vehiculo vivienda lo dice referente a una Autocaravana , una caravana nunca es un vehiculo porque para desplazarse necesita un vehiculo motor , mi marido esta harto hasta hace poco recurrir multas tanto caravanas como de autocaravanas , por eso te digo que lees mal la ley de trafico , y en cuanto a las caravanas de los feriantes todas tienen un permiso especial del ayuntamiento de turno y por los dias que ellos le ponen .
Un saludo
 
Mira sigues equivocado , pues la ley cuando se refiere a un vehiculo vivienda lo dice referente a una Autocaravana , una caravana nunca es un vehiculo porque para desplazarse necesita un vehiculo motor , mi marido esta harto hasta hace poco recurrir multas tanto caravanas como de autocaravanas , por eso te digo que lees mal la ley de trafico , y en cuanto a las caravanas de los feriantes todas tienen un permiso especial del ayuntamiento de turno y por los dias que ellos le ponen .
Un saludo

Chus, una caravana es un remolque, y un remolque es un vehiculo sin motor. Ni en el RGC ni en la LSV se recoge esta situación, así que queda a expensas de las OOMM ( Ordenanzas Municipales ), de cada municipio. Pero si no lo prohibe en el municipio y estacionas, hazlo con seguridad, acoplado o independientemente.
 
CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS. TIPOS Y CATEGORIAS DE VEHÍCULOS. CONDICIÓNES TÉCNICAS QUE DEBEN REUNIR PARA QUE SEA PERMITIDA SU CIRCULACIÓN POR LAS VÍAS PÚBLICAS. REQUISITOS ADMINISTRATIVOS. MASAS Y DIMENSIONES DE LOS VEHÍCULOS: SU REGULACIÓN. REMOLQUES: REQUISITOS PARA SU CIRCULACIÓN. VEHÍCULOS PRIORITARIOS

RGV- 6) REMOLQUES: REQUISITOS PARA SU CIRCULACIÓN

6.1 Concepto y clases de remolques

Tal y como dispone el R.G.V. en su anexo II, apartado A. Definiciones, remolque es el vehículo no autopropulsado diseñado y concebido para ser remolcado por un vehículo de motor.

El mencionado apartado distingue diferentes tipos de remolques:

Remolque de enganche o completo: remolque de al menos dos ejes, y un eje de dirección como mínimo, provisto de un dispositivo de remolque que puede desplazarse verticalmente (en relación al remolque), que no transmita al vehículo de tracción una carga significativa (menos de 100 Kg.)

Remolque con eje central: remolque provisto de un dispositivo de enganche que no puede desplazarse verticalmente (en relación al remolque) y cuyo(s) eje(s) esté(n) situado(s) próximo(s) al centro de gravedad del vehículo (cuando la carga esté repartida uniformemente) de forma que sólo se transmita al vehículo de tracción una pequeña carga estática vertical.

Semirremolque: Vehículo no autopropulsado diseñado y concebido para ser acoplado a un automóvil, sobre el que reposará parte del mismo, transfiriéndole una parte sustancial de su masa.

Caravana: Remolque o semirremolque concebido y acondicionado para ser utilizado como vivienda móvil, permitiéndose el uso de su habitáculo cuando el vehículo se encuentre estacionado.

Remolque agrícola: Vehículo especial de transporte construido y destinado para ser arrastrado por un tractor agrícola, motocultor, portador o máquina agrícola automotriz. Se incluyen en esta definición a los semirremolques agrícolas.
 
Chus, una caravana es un remolque, y un remolque es un vehiculo sin motor. Ni en el RGC ni en la LSV se recoge esta situación, así que queda a expensas de las OOMM ( Ordenanzas Municipales ), de cada municipio. Pero si no lo prohibe en el municipio y estacionas, hazlo con seguridad, acoplado o independientemente.


Para que veas que si se recoge , por favor leete la Instruccion 08 / V 74 , ahi figura todo a dia de hoy vigente a nivel nacional , leelo y ya veras no llevas razon , es que si seguimos en este dialogo de besugos no acabamos nunca y te aseguro que me se muy bien lo ue te digo.

Un saludo
 
Arriba
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