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¿ Sirve la autorización B96 para circular por Francia?

Como me gustan estos temas / lios.

Que SI, casi todos los estados miembros de la U.E., rigen su propia legislación por las normativas europeas y por tanto todos tienen leyes parecidas o iguales, a esto ultimo es a lo que estamos abocados todos los Europeos.
Otra cosa es la fecha en la que entra en vigor un normativa Europea en cada pais.
Hay normas que en España entraron en vigor al dia siguiente de su publicacion, y sin embargo en francia por ejemplo han entrado en vigor en la fecha limite que dictaminaba la UE., para su aplicacion, en España unos 3 años antes pero llegado el dia todos tenemos las mismas normas.

Ahora, con mi................. permiso de conducir "B96" español, puedo conducir un conjunto con matricula Española con MMA de 4250 Kgs en total (MMA coche 2850 + MMA remolque 1400), por toda Europa, incluso por Gran Bretaña y eso que alli se conduce a la inversa. (Por la izquierda).

Un saludo
 
QUE NO..........................................que NO, que mirando MI CARNET DE CONDUCIR, No es Español, ES EUROPEO, expedido por el Reino de España pero bajo bandera Europea, la Bandera de mi Pais, NO la encuentro por ningun sitio del carnet.

Habrá gente que aún me diga que no vale para conducir por Europa, yo no lo dudo, puedo conducir cualquier coche con o sin remolque con la matricula de cualquier pais miembro de la UE., para el que estoy habilitado por mi permiso de conducir Europeo.

Me siento EUROPEO PERO ESPAÑOL.

Un saludo
 
Pone PERMISO DE CONDUCIR REINO DE ESPAÑA, no pone carnet europeo, pone la E con las estrellas, de que es un país COMUNITARIO, que la CEE tenga acuerdos con otros países y estos admitan normas de la comunidad, no quiere decir que en todos lo sitios de Europa puedas, para conducir en todo el mundo esta el carnet internacional, y hay países europeos que no están en la CEE y solo admiten las normas internacionales.
 
Que SI pero en relacion al antiguo, este ya no tiene la bandera Española, sino la Europea y es valido para conducir en cualquier pais Europeo.

Copio.
El 29 de julio de 1991, el Consejo de Ministros adoptó la Directiva del Consejo 91/439/CEE sobre el permiso de conducción. La Directiva exige a los Estados miembros adoptar leyes de aplicación la Directiva antes del 1 de julio de 1994, las cuales entrarían en vigor el 1 de julio de 1996. La Directiva 80/1263/CEE sería derogada en la misma fecha. La Directiva 91/439/CEE especificaba la licencia de conducir de la Unión Europea hasta su derogación el 19 enero de 2013.


[h=3]Permiso de conducción europeo a partir de 2013[editar][/h]En marzo de 2006, el Consejo de Ministros adoptó una propuesta de Directiva por la Comisión Europea para crear un solo permiso de conducción europeo para reemplazar los 110 modelos diferentes que existían entonces en toda la UE / EEE. El Parlamento Europeo ha adoptó la Directiva en diciembre de 2006. La Directiva 2006/126/EEC se publicó en el Diario Oficial de la Unión Europea el 30 de diciembre de 2006. Sus disposiciones entraron en vigor el 19 de enero de 2013; La Directiva 91/439/CEE fue derogada simultáneamente.
La Directiva menciona que tiene relevancia en el EEE, lo que significa que sus disposiciones se aplican también a Islandia, Noruega y Liechtenstein, además de en la UE.

[h=2]Un nuevo permiso de conducción europeo para incrementar la seguridad y la libre circulación en la Unión Europea[/h]
El único modelo de permiso de conducción europeo que debe expedirse será del tipo de tarjeta «de crédito» de plástico.


CarnetCondEuropeo.jpg




Un saludo.
 
Estas categorías son válidos en todos los países del EEE.
ClaseDescripciónEdad mínimaRequiereIncluyeObservaciones
Ciclomotores
AMVehículos de dos ruedas o vehículos de tres ruedas cuya velocidad máxima por construcción no sea superior a 45 km/h y cuya cilindrada no sea superior a 50 centímetros cúbicos.16 años (15 años en Eslovenia, España, Finlandia, República Checa y Suecia; 14 años en Estonia, Francia, Hungría, Italia, Letonia, Polonia y Portugal).Hasta el 19 de enero de 2013 esta clase se llamaba "M" en Alemania, Bulgaria, Finlandia, Irlanda y Noruega.
Motocicletas
A1Motocicletas con una cilindrada máxima de 125 centímetros cúbicos y una potencia máxima de 11 kW y triciclos de motor con una potencia máxima de 15 kW.16 años (17 años en el Reino Unido; 18 años en Bélgica).AM, (también T en Finlandia)Los titulares de licencias B en Bélgica (sólo con un permiso de conducir Belga, después de dos años), Eslovaquia (al cabo de dos años y sólo motos con transmisión automática), España (después de tres años), Italia, Letonia, Portugal (después de dos años) y República Checa (sólo motocicletas con transmisión automática), se les permite conducir motocicletas que no exceda de 125 cc dentro de los respectivos países. En Austria (después de cinco años, con una formación de 6 horas), Francia (7 horas) y Reino Unido (con Formación Básica Obligatoria), se necesita una formación práctica y sin examen para los titulares de licencias B.
A2Motocicletas con una potencia máxima de 35 kW y con una relación potencia/peso máximo de 0,2 kW/kg y no derivadas de un vehículo con más del doble de su potencia.18 años (19 años en el Reino Unido).
ACualquier motocicleta o vehículo de tres ruedas no incluido en la categoría A1. Limitado a 25 kW y 0,16 kW/kg durante 2 años.20 años (21 años en el Reino Unido). Sin embargo, el acceso a la conducción de motocicletas de esta categoría, estará sujeto a un mínimo de dos años de experiencia en motocicletas en virtud de un permiso A2. Este requisito de experiencia previa podrá no exigirse si el candidato tiene al menos 24 años de edad.A1, AM, (también T en Finlandia)
Vehículos a motor
BVehículos de motor con unamasa máxima autorizada que no exceda de 3.500 kg y que esté diseñado y construido para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Vehículos automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.18 años (17 años en el Reino Unido, Islandia, Irlanda y Hungría).AM, S, (también F y G en Croacia)No incluye S en Noruega.
BESin perjuicio de lo dispuesto en las normas de homologación para los vehículos correspondientes, conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque o semi-remolque cuya masa máxima autorizada del remolque o semi-remolque no exceda de 3.500 kg.18 años (17 años en el Reino Unido e Irlanda).BIncluye T en Noruega.
Vehículos de mercancías largos
C1Vehículos de mercancías largos con una masa máxima autorizada no superior a 7,5 Tm; con o sin remolque con una masa máxima del remolque de menos de 750 kg.18 añosB
C1ECombinación de un vehículo tractor incluido en la categoría C y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg.18 añosC o C1TVer C.
CVehículos de mercancías largos con una masa máxima autorizada de más de 3,5 Tm y no más de 8+1 asientos (los camiones); con un remolque cuya masa máxima sea de 750 kg.21 años (18 años en Bulgaria, Finlandia, Irlanda y Suecia; 18 años en Alemania para uso no comercial con excepción de aprendizaje como conductor profesional)BC1
CEOtras combinaciones de vehículos y remolques que con una masa máxima autorizada combinada de más de 750 kg.21 añosCC1E
Autobuses
D1Autobuses ligeros con un máximo de 16+1 plazas.21 añosBAutomóviles diseñados y fabricados para el transporte de no más de 16 personas, sin incluir al conductor; los automóviles de esta categoría podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
D1ECombinaciones de un vehículo tractor incluido en la categoría D1 y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 Kg.21 añosD o D1
DVehículos de más de 8+1 asientos (autobuses).24 añosBD1Automóviles diseñados y fabricados para el transporte de más de ocho pasajeros además del conductor; los vehículos automóviles que se puedan conducir con un permiso de la categoría D podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg. Incluye buses articulados.
DECombinaciones de un vehículo tractor incluido en la categoría D y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg.24 añosDD1E

Aquí no habla del b96 ya que no es un permiso en si.
Lo de las motos con el B ya pone que solo vale para sus respectivos países.
 
Y algo mas dice la normativa Europea aplicada en todos los paeses:

Nuevas normas sobre remolques para permisos de conducción de automóvilesLa categoría B permite conducir un vehículo de 3 500 kg y un remolque de 750 kg.En lo que respecta a las combinaciones de vehículo y remolque dentro de la categoría B, los remolques con un peso superior a 750 kg pueden acoplarse al vehículo tractor, en la medida en que la combinación no supere los 4 250 kg y se respeten las normas sobre homologación de tipo (que establecen la relación entre el vehículo y el remolque).Sin embargo, para estas combinaciones dentro de la categoría B que superen un peso de 3 500 kg, se impondrá una formación, una prueba o bien ambas. Esta disposición permitirá conducir en el futuro unas combinaciones dentro de la categoría B con un mayor tamaño que el previsto en la actualidad, siempre y cuando se realice una formación o se supere una prueba.En lo que respecta a la categoría BE, se autorizará el arrastre de remolques con una masa autorizada máxima de 3 500 kg. Las combinaciones con un vehículo tractor de la categoría B y un remolque que superen los 3 500 kg entrarán dentro de la categoría C1E

Un saludo.
 
Pero sigo diciendo lo mismo, eso solo es válido en la comunidad europea y los países con los que se tenga acuerdos, comunidad europea no es todo Europa y se tendría que ver la normativa del país europeo no comunitario, es como los ciclomotores, con 15 años puedo conducir en España un ciclomotor y en Francia con 14, pues el francés puede conducir en España con 14 y el español no, el b96 es un código de una autorización comunitaria, y en Rusia no tiene porque conocerlo ni admitirlo, y Rusia es Europa, pero no comunitaria, en cambio el A - B - C - D y E si los reconoce, como se reconocen en cualquier país que admite este.
P2120356-628x354.jpg

Y no quiero polemizar, que parece que nos hemos enfadado, y el b96 si sirve para Francia.
 
Esto es lo que pone en las observaciones del A1

Los titulares de licencias B en
Bélgica (sólo con un permiso de conducir Belga, después de dos años),
Eslovaquia (al cabo de dos años y sólo motos con transmisión automática),
España (después de tres años),
Italia, Letonia, Portugal (después de dos años) y
República Checa (sólo motocicletas con transmisión automática),
se les permite conducir motocicletas que no exceda de 125 cc dentro de los respectivos países.
En Austria (después de cinco años, con una formación de 6 horas),
Francia (7 horas)
y Reino Unido (con Formación Básica Obligatoria), se necesita una formación práctica y sin examen para los titulares de licencias B.

Así que vas a tener razón, será otra cosa más que no entiendo.

Pero hablando de complejos y diferencias, "nuestro" B es de los más mejores pues en otro países como Austria, Francia y Reino unido se le permite solo si ha recibido una formación incluso después de 5 años con el B (en Austria) en otros solo motos automáticas...

Me llama la atención lo de Bélgica, "sólo con un permiso de conducir Belga" :scratch: ¿pero no es solo dentro de los respectivos países? entonces... ¿puede ser que con el B español pueda irme a Eslovaquia y (después de dos años de tenerlo y siendo automática) pueda llevar una moto de 125cc? ¿o que sí me voy a Portugal no tenga que esperar tres años sino solo dos? en Bélgica directamente no puedo, y en Francia, Austria y Reino Unido tengo que recibir una formación antes, pero con "mi" B sacado en España.

Para mi esto ya es hablar del sexo de los ángeles, por que no voy a ir a Francia o a Austria con mi moto de 125cc (automática o no) y si alguna vez lo hago, ya me informaré en el país.
 
La norma europea que establece los códigos armonizados comunitarios es la [FONT=EUAlbertina_Bold][FONT=EUAlbertina_Bold]DIRECTIVA 2006/126/CE DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 20 de diciembre de 2006 sobre el permiso de conducción (Refundición)[/FONT][/FONT]

http://eur-lex.europa.eu/LexUriServ/LexUriServ.do?uri=OJ:L:2006:403:0018:0060:ES:PDF

Y estos códigos han sido traspuestos a la normativa española en el Real decreto 818-2009 por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores https://www.boe.es/boe/dias/2009/06/08/pdfs/BOE-A-2009-9481.pdf

Algunos de dichos códigos se han modificado posteriormente en la orden Orden INT-2229-2013 que modifica anexos del Reglamento General de Conductores https://www.boe.es/boe/dias/2013/12/02/pdfs/BOE-A-2013-12566.pdf (se cambia la redacción del B96 pero viene a decir lo mismo, ahora más concreto.

B96 anterior: El conductor ha cursado una formación completa o ha superado una prueba de aptitud y comportamiento conforme a lo dispuesto en el Anexo V de la Directiva 2006/126/CE y en el Reglamento General de Conductores.

B96 actual: Vehículos de categoría B que lleven enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada de esa combinación exceda de 3500 kg, pero no sobrepase los 4250 kg.


Conclusión: que es válido en los estados miembros de la UE.

Curiosidad: si algún día agotamos todos los puntos del carné nos lo recordarán para siempre a través del código 106.5 "Permiso nuevo obtenido tras hacer sido declarada la pérdida de vigencia del que tuviera por haber agotado el crédito total de puntos asignados".

Saludos,
 
Aunolose, si tienes una Auto y una moto de 125 y la llevas a Francia pensando que puedes usarla como en España, si la usas, te pueden multar y todo por estos líos diferenciales de cada país, por poner un ejemplo, tienes el b96, que es admitido en todos los países de la comunidad europea, y Andorra, que no es comunitario, no reconoce esta autorización, ( que conste que no se si la reconoce o no), pues te inmovilizan la caravana, por eso yo siempre soy más partidario de recomendar el E a la gente que pide consejo, yo de hecho saque el E hace dos años, de momento no me hace falta pero hay lo tengo, y no me complico si vale o no para aquí o para ahí, vale para todos los sitios.
 
Aunolose, si tienes una Auto y una moto de 125 y la llevas a Francia pensando que puedes usarla como en España, si la usas, te pueden multar y todo por estos líos diferenciales de cada país, por poner un ejemplo, tienes el b96, que es admitido en todos los países de la comunidad europea, y Andorra, que no es comunitario, no reconoce esta autorización, ( que conste que no se si la reconoce o no), pues te inmovilizan la caravana, por eso yo siempre soy más partidario de recomendar el E a la gente que pide consejo, yo de hecho saque el E hace dos años, de momento no me hace falta pero hay lo tengo, y no me complico si vale o no para aquí o para ahí, vale para todos los sitios.

Después de ver el documento anterior, me creo lo que dices, aunque los agentes tendrían que hilar muy fino, creo yo, para no dejarte, pues con su B sí que si puede. Y más en Francia que es "el paraíso del campista"... ;-)
 
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