Webcampista.com

mucho más que un foro

ATC de Al-Ko LEGALIZADO en mi Caravana

Juansinmedio

hablador
Hola a tod@s...!!!

Esta mañana se ha resuelto el último escollo para poder tener legalizado ese fantástico elemento de seguridad en mi caravana, el ATC de Al-Ko...!!!

Llevo mucho, mucho tiempo y sin cesar intentando solucionar el "eterno" conflicto sobre la legalidad o ilegalidad de llevarlo instalado en mi caravana con la total tranquilidad de que haya un referente legal que indique que "se puede" o que "no se puede" sin más, como el mover. Pues ahora está completamente solucionado, aunque la cosa ha ido por otros derroteros...!!!

Anteriormente, con ese tema del mover, ya le aporté a los ingenieros de la estación de ITV de Almansa (Albacete) diferentes especificaciones, planos, homologaciones europeas, descripciones del producto, funcionamiento, total independencia de entre el funcionamiento del dispositivo y la normal marcha de la caravana, etc. para que lograran autorizar la permisividad de llevarlo instalado en las caravanas que por allí pasaran para realizar las oportunas revisiones.

Al final accedieron a no considerarlo como "Reforma de Importancia" ( esta es la última normativa http://www.google.es/url?sa=t&rct=j...6giDhx08_fJJNy7p0L9OgyA&bvm=bv.63808443,d.bGE ), con lo que lo englobarían al resto de accesorios descritos en la nueva normativa especificada en esta Carta-Circular Ver el archivos adjunto 68044d1336726570-portavicicletas-circular-industria-reformas-veh%EDculos.pdf.

Este tema ya quedaba resuelto, al menos, en esta estación de ITV, aunque al tiempo surgió la problemática en otra de reciente creación, en Montoro ( Córdoba ), en la cual dictaminaron como "Revisión Desfavorable" una revisión periódica por llevarlo instalado. Así que insté a que nuestro compañero recurriera a esferas más altas para solucionarlo de manera definitiva y tajante, tanto para él como para los que allí acudieran en el futuro. Al final se resolvió favorablemente cuando recibió una Carta-Circular del Mº de Industria autorizando dicha instalación. Es esta:

Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10001.pdf

Ver el archivos adjunto documento itv mover ministerio 10002.pdf

Ahora, esta misma Carta-Circular ha recorrido las diversas estaciones de ITV llegando hasta la de mi localidad, corroborando la actuación y autorización de estos ingenieros, más si cabe, con un referente claro, conciso y puntual, que podemos presentar a quienes pongan pega alguna al contemplar que lo llevamos instalado en nuestras caravanas.


Ahora seguimos con el otro "polémico" accesorio y aquí la cosa la tenían totalmente clara; su decisión era de considerarlo como Reforma de Importancia y que jamás aceptarían su instalación en una revisión periódica si no estaba incluida en la ficha técnica de la caravana, ya que estaba claramente contemplado en la última normativa que actuaba sobre los frenos de la caravana.

Al final, después de llegar a tal conclusión por parte del importador de Al-Ko instado por mí a través de Caravanas JM Ortiz en Valencia, y ante la necesidad de tener que obtener los diferentes requisitos exigidos, han realizado las diligencias oportunas hasta conseguir por completo la posibilidad de legalizarlo.

Así que, con el certificado de instalación por parte del concesionario de caravanas junto al resto de documentación, les presenté el dossier y aceptaron realizar dicha reforma.

Pues este mediodía ya la tenía registrada en la ficha técnica de mi caravana:

Ficha Técnica 2 - copia.jpg

Ficha Técnica 2 - copia - copia.jpg

No sé aún el coste de toda la gestión que me toca pagar a José Mª Ortiz, excepto lo que he pagado en la ventanilla de esta estación de ITV. Han sido 58,63 € por ser una Reforma de Importancia con Proyecto.

Pues ahora hay "un antes y un después" en la existencia de este accesorio que, aunque sea permitido en otras naciones, tenemos que acatar lo que en la nuestra se exija; no para prohibirlo sino para autorizarlo legalmente.

Un cordial saludo a tod@s...!!!
 
Muy buenas noticias. Con gente como Tú conseguiremos cosas importantes.
Gracias por compartirlo y animarnos a los demás.
 
Hola a tod@s...!!!

Esta mañana se ha resuelto el último escollo para poder tener legalizado ese fantástico elemento de seguridad en mi caravana, el ATC de Al-Ko...!!!

Llevo mucho, mucho tiempo y sin cesar intentando solucionar el "eterno" conflicto sobre la legalidad o ilegalidad de llevarlo instalado en mi caravana con la total tranquilidad de que haya un referente legal que indique que "se puede" o que "no se puede" sin más, como el mover. Pues ahora está completamente solucionado, aunque la cosa ha ido por otros derroteros...!!!

Anteriormente, con ese tema del mover, ya le aporté a los ingenieros de la estación de ITV de Almansa (Albacete) diferentes especificaciones, planos, homologaciones europeas, descripciones del producto, funcionamiento, total independencia de entre el funcionamiento del dispositivo y la normal marcha de la caravana, etc. para que lograran autorizar la permisividad de llevarlo instalado en las caravanas que por allí pasaran para realizar las oportunas revisiones.

Al final accedieron a no considerarlo como "Reforma de Importancia" ( esta es la última normativa http://www.google.es/url?sa=t&rct=j...6giDhx08_fJJNy7p0L9OgyA&bvm=bv.63808443,d.bGE ), con lo que lo englobarían al resto de accesorios descritos en la nueva normativa especificada en esta Carta-Circular Ver el archivos adjunto 106024.

Este tema ya quedaba resuelto, al menos, en esta estación de ITV, aunque al tiempo surgió la problemática en otra de reciente creación, en Montoro ( Córdoba ), en la cual dictaminaron como "Revisión Desfavorable" una revisión periódica por llevarlo instalado. Así que insté a que nuestro compañero recurriera a esferas más altas para solucionarlo de manera definitiva y tajante, tanto para él como para los que allí acudieran en el futuro. Al final se resolvió favorablemente cuando recibió una Carta-Circular del Mº de Industria autorizando dicha instalación. Es esta:

Ver el archivos adjunto 106025

Ver el archivos adjunto 106026

Ahora, esta misma Carta-Circular ha recorrido las diversas estaciones de ITV llegando hasta la de mi localidad, corroborando la actuación y autorización de estos ingenieros, más si cabe, con un referente claro, conciso y puntual, que podemos presentar a quienes pongan pega alguna al contemplar que lo llevamos instalado en nuestras caravanas.


Ahora seguimos con el otro "polémico" accesorio y aquí la cosa la tenían totalmente clara; su decisión era de considerarlo como Reforma de Importancia y que jamás aceptarían su instalación en una revisión periódica si no estaba incluida en la ficha técnica de la caravana, ya que estaba claramente contemplado en la última normativa que actuaba sobre los frenos de la caravana.

Al final, después de llegar a tal conclusión por parte del importador de Al-Ko instado por mí a través de Caravanas JM Ortiz en Valencia, y ante la necesidad de tener que obtener los diferentes requisitos exigidos, han realizado las diligencias oportunas hasta conseguir por completo la posibilidad de legalizarlo.

Así que, con el certificado de instalación por parte del concesionario de caravanas junto al resto de documentación, les presenté el dossier y aceptaron realizar dicha reforma.

Pues este mediodía ya la tenía registrada en la ficha técnica de mi caravana:

Ver el archivos adjunto 106027

Ver el archivos adjunto 106028

No sé aún el coste de toda la gestión que me toca pagar a José Mª Ortiz, excepto lo que he pagado en la ventanilla de esta estación de ITV. Han sido 58,63 € por ser una Reforma de Importancia con Proyecto.

Pues ahora hay "un antes y un después" en la existencia de este accesorio que, aunque sea permitido en otras naciones, tenemos que acatar lo que en la nuestra se exija; no para prohibirlo sino para autorizarlo legalmente.

Un cordial saludo a tod@s...!!!

Enhorabuenaaaaa. Qué interesante!!! Pero en mi caso.....lo lleva ya instalado al comprar la cv de segunda mano. Tendría que pedir certificado de instalación pero a quién?
Qué buena noticia!
 
Supongo que sí. La ITV parece ser lo considera reforma de importancia así q los ATC ya instalados o a instalar en el futuro nos tocara pasar por caja. Sobre todo por el tema del seguro en caso de siniestro.


Saludos desde León
 
Hola a tod@s...!!!

Esta mañana se ha resuelto el último escollo para poder tener legalizado ese fantástico elemento de seguridad en mi caravana, el ATC de Al-Ko...!!! ...

...
Ahora seguimos con el otro "polémico" accesorio y aquí la cosa la tenían totalmente clara; su decisión era de considerarlo como Reforma de Importancia y que jamás aceptarían su instalación en una revisión periódica si no estaba incluida en la ficha técnica de la caravana, ya que estaba claramente contemplado en la última normativa que actuaba sobre los frenos de la caravana.

Al final, después de llegar a tal conclusión por parte del importador de Al-Ko instado por mí a través de Caravanas JM Ortiz en Valencia, y ante la necesidad de tener que obtener los diferentes requisitos exigidos, han realizado las diligencias oportunas hasta conseguir por completo la posibilidad de legalizarlo.

Así que, con el certificado de instalación por parte del concesionario de caravanas junto al resto de documentación, les presenté el dossier y aceptaron realizar dicha reforma. ...

Hola Juan!
Enhorabuena por este importante logro que has conseguido. Recordarás que hace un año abrí un hilo sobre este tema avisando del problema con el que nos ibamos a empezar a encontrar en algunas ITV's. http://www.webcampista.com/foro/foro-campista/64940-atc-marron-en-itv-s.html

¿Podrias indicarnos los pasos que debemos seguir para que podamos legalizar nustros ATC's en la Ficta Técnica igual que lo ahs hecho tú? Muchas gracias.

Saludos y Enhorabuena. :aplausos: :aplausos: :aplausos:
 
Enhora buena Juan, ya tienes homologado el ATC, pero para este viaje no hace falta mucha alforja, pués homologar un accesorio, siguiendo el cauce establecido, cualquiera puede hacerlo, mérito fue el del que logró que el Mover, no fuese considerado reforma de importancia, a ese sí hay que agradecer y felicitar, pero homologar por el método tradicional, cualquiera que esté dispuesto a gastarse la pasta, puede hacerlo, ya dirás, si quieres decirlo, en cuanto te salió la gracia...
 
Lo llevamos todos legalizado por lo fácil que es......a veces me sorprendéis. Fácil o no, lo ha conseguido. Si en la ITV deciden que no se puede poner, pues ni pagando se podría poner. Para mí es un mérito. Un saludo Juansinmedio y espero nos informes de los pasos a seguir.
 
Enhorabuena Juan, al final lo has conseguido.....gracias por abrir un camino a la legalidad de muchos caravanistas. Ya Hablaremos...
un saludo
 
Me alegro que ya lo tengas legalizado por ITV Juansinmedio y gracias por compartirlo con todos nosotros.
 
Ojo que el legalizar el ATC tiene la ventaja de poder circular a 100 kilometros hora, que no es paja.
 
Lo llevamos todos legalizado por lo fácil que es......a veces me sorprendéis. Fácil o no, lo ha conseguido. Si en la ITV deciden que no se puede poner, pues ni pagando se podría poner. Para mí es un mérito. Un saludo Juansinmedio y espero nos informes de los pasos a seguir.

Si está muy bien que lo haya hecho, nada que objetar, faltaría más, ahora bien de ahí a sacarlo bajo palio por hacer algo que está establecido no le veo mucho mérito, por mas que creas que ha descubierto la pólvora. El que no lo lleva homologado, es porque hasta no hace mucho tiempo, el tema estaba en el limbo de la incertidumbre legal, ni los propios distribuidores tenian claro el tema, ahora bien en este momento si nos leemos el "Manual de Reformas de importancia", podemos ver que para los vehículos tipo O2,es decir las caravanas con más de 750 kg pero menor de 3500 kg de MMA en el Punto I- relativo a vehículos de categorias M,N y O; Grupo 7 relativo a frenos, hay dos actuaciones:

La 7.1 que reza :

"7.1.- Modificación de las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes", que para homologar requiere:
 Proyecto Técnico y certificación final de obra
 Informe de conformidad
 Certificado del Taller

La 7.2 que reza :

"7.2.- Incorporación/desinstalación de sistemas auxiliares de absorción de energía cinética" que a su vez para homologar requiere:

 Informe de conformidad
Deberá definirse inequívocamente la situación del ralentizador, sus soportes, su eventual protección contra los
calentamientos excesivos así como su eficacia y en su caso, su compatibilidad con el sistema de ABS, para lo
cual podrá apoyarse en el Informe del fabricante del equipo de frenado incluido, o de un laboratorio oficial.
 Certificado del Taller
 Documentación adicional

Por tanto, lo primero es ver en que punto se apoya si en el 7.1 ó 7.2, es importante porque el segundo no requiere "Proyecto Técnico" y por tanto debería ser más barato conseguir un informe de conformida, que podría facilitar la casa que fabrica el equipo de frenado.

Asi que dificil no es, puede ser más o menos caro y enredoso, perosimplemente es un trámite burocratico, con lo que ello conlleva...La forma más simple es que el instalador se encargue de todo, se le autoriza nuestra representación y allá penas, es caro ;-), pero cómodo....:cervezas:


Enlace a Manual de reformas: http://www.minetur.gob.es/es-ES/ser...ldeReformasdeVehiculosRevision1_Marzo2012.pdf
 
Mi más sincera enhorabuena Juan. Desde mi punto de vista, verdaderamente es de agradecer que haya compañeros como tu en este foro. Gente abnegada por ayudar a los demás, por intentar solucionar no solo sus problemas particulares, sino también los colectivos de un grupo de personas tan heterogéneas que compartimos una misma pasión. Solo puedo hablar por mi, no lo puedo hacer por nadie más, ya que a nadie represento más que a mi mismo y así como alabo tus actos repruebo los de aquellos que intentan minimizarlos, despreciarlos o hacer que parezcan sin valor o simples. No te conozco mucho, no soy tu amigo de toda la vida, aspiro a serlo en el futuro, pero has intentado ayudarme siempre en todo lo que has podido. Los que conozco en este mundillo solo comentan parabienes de tus acciones, de tus consejos o de tus bricos. Por algo será. Sigue así Juan. Muchos de nosotros nos beneficiamos continuamente de tu trabajo.

Un fuerte abrazo compañero.
 
Si está muy bien que lo haya hecho, nada que objetar, faltaría más, ahora bien de ahí a sacarlo bajo palio por hacer algo que está establecido no le veo mucho mérito, por mas que creas que ha descubierto la pólvora. El que no lo lleva homologado, es porque hasta no hace mucho tiempo, el tema estaba en el limbo de la incertidumbre legal, ni los propios distribuidores tenian claro el tema, ahora bien en este momento si nos leemos el "Manual de Reformas de importancia", podemos ver que para los vehículos tipo O2,es decir las caravanas con más de 750 kg pero menor de 3500 kg de MMA en el Punto I- relativo a vehículos de categorias M,N y O; Grupo 7 relativo a frenos, hay dos actuaciones:

La 7.1 que reza :

"7.1.- Modificación de las características del sistema de frenado o de alguno de sus componentes", que para homologar requiere:
 Proyecto Técnico y certificación final de obra
 Informe de conformidad
 Certificado del Taller

La 7.2 que reza :

"7.2.- Incorporación/desinstalación de sistemas auxiliares de absorción de energía cinética" que a su vez para homologar requiere:

 Informe de conformidad
Deberá definirse inequívocamente la situación del ralentizador, sus soportes, su eventual protección contra los
calentamientos excesivos así como su eficacia y en su caso, su compatibilidad con el sistema de ABS, para lo
cual podrá apoyarse en el Informe del fabricante del equipo de frenado incluido, o de un laboratorio oficial.
 Certificado del Taller
 Documentación adicional

Por tanto, lo primero es ver en que punto se apoya si en el 7.1 ó 7.2, es importante porque el segundo no requiere "Proyecto Técnico" y por tanto debería ser más barato conseguir un informe de conformida, que podría facilitar la casa que fabrica el equipo de frenado.

Asi que dificil no es, puede ser más o menos caro y enredoso, perosimplemente es un trámite burocratico, con lo que ello conlleva...La forma más simple es que el instalador se encargue de todo, se le autoriza nuestra representación y allá penas, es caro ;-), pero cómodo....:cervezas:


Enlace a Manual de reformas: http://www.minetur.gob.es/es-ES/ser...ldeReformasdeVehiculosRevision1_Marzo2012.pdf
creo que mas claro, agua
 
Hola Juan, esta visto que no se te resiste nada, te felicito por el trabajo que has hecho y del cual se pueden beneficiar otros caravanistas.
ya sabes, la proxima que nos veamos hay que mojar ese ATC.
salud
 
Enhorabuena....... yo todavia no lo he puesto hasta que se sentara un poco la cosa... ya se esta normalizando, gracias ha pasos, como gente como tacias......
 
Mis felicitaciones Juan.

Un abrazo
 
Mas de uno se podría mirar si los foros son para informarse, resolver dudas, conocer gente, etc y no para meterse con la gente.

Enhorabuena Juan, por tu trabajo y por siempre ayudar a cualquiera que lo necesita.

Así también esta claro.
 
Mas de uno se podría mirar si los foros son para informarse, resolver dudas, conocer gente, etc y no para meterse con la gente.

Enhorabuena Juan, por tu trabajo y por siempre ayudar a cualquiera que lo necesita.

Así también esta claro.


La verdad que tienes razon, Juan crea escuela , a mi me ha ayudado un monton, en unos probemillas que he tenido, me dio su tlf.......... y se ha impricado un monton, hasta incruso en busqueda de alguna pieza y mucho tiempo por tlf,...Y coserle a preguntas y dudas..... hasta que lo hemos conseguido.......
DESDE AQUI, QUIRO DARLE LAS GRACIAS, GRACIAS CAMPEON........:manosaplausos::manosaplausos::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::notworthy::aplausos::aplausos:
 
Bueno, ya está, la liebre ya saltó, el asunto del ATC, que hasta no hace mucho se encontraba en limbo de la legalidad, gracias al interés legalista que desarrollamos los caravaneros, nuestras autoridades han decidido que es una reforma de importancia con lo cual debe pasar la ITV para reflejar dicha reforma en la ficha técnica, el no hacerlo implicará cuando poco que no se pase la ITV, y en caso de accidente...:dontknow:... las aseguradoras a ver como resuelven, por tanto se impone, o bien eliminarlo, perdiendo con ello la seguridad que aporta, o pasar por la caja de la ITV y del conce que lo instaló y entre unos y otros limpiarnos unos 250 eurelios a dicionales a lo que nos costó el aparatito.

Caravanas Ferrero, ya ha empezado a enviar a sus clientes una carta-circular, ofreciéndoles el servicio de tramitar la homologación,


http://postimage.org/index.php?lang=spanish

Lo gracioso del tema es que le llaman sistema antivuelco, cuando en realidad es un sistema anti laceo, pero bueno, el vuelco es una consecuencia del laceo, por tanto aunque indirectamente, puede considerarse un sistema anti vuelco:wink:

Lo bueno, es que queda clarísimo que hay que legalizarlo, que al parecer el item es el 7.2, que no requiere proyecto, valiendo sólo coon el certificado de conformidad, certificado que debieron darnos al adquirir el aparatito, a hora según Ferrero 190 napios).

Lo malo es que la aplicación de la norma, es retroactiva, no sólo para los que se instalen de ahora en adelante....

Pero bueno, ¡ que se le va a hacer!... Pagar por potenciar la seguridad vía.
Parodiando alviejo Calimero, "Es una injusticia,..¿verdad amiguitos?".


¡...Gracias ...... por mostrarnos el camino a nosotros y a los legisladores....!
 
Ojo que el legalizar el ATC tiene la ventaja de poder circular a 100 kilometros hora, que no es paja.
No entiendo de dónde se puede sacar esta información¿?
¿Es esto así?
 
Ojo que el legalizar el ATC tiene la ventaja de poder circular a 100 kilometros hora, que no es paja.
Hola Seni,
estas seguro?
Eso me suena haber leído (por aquí probablemente) que es en Alemania, pero en España no lo había visto nunca....

Saludos y gracias por la info que puedas aportar.
Carlos
 
No entiendo de dónde se puede sacar esta información¿?
¿Es esto así?

En Alemania si, pero tambien tienes que tener un vehículo tractor con una determinadas características, como ABS, y con neumáticos con una antigüedad X, un indice de carga X e indice de velocidad X, más el estabilizador alko o equivalente, hasta el 2005, la MMA de la caravana tenia que ser como máximo el 80% de la tara del vehículo tractor, pero lo subieron hasta igualarlo, luego tras pasar una ITV del conjunto entero, te dan esto.

2007_tempo100_heine_05.jpg


Aunque solo es para las autopistas alemanas.... más info ->http://www.tuv-nord.com/en/mobiliteitsdiensten/tempo-100-108741.htm
 
Hace poco Ocatina puso un manual muy completo de hobby. En uno de los apartados venía el tema de los 100km/h y explicaba que la caravana haciendo no sé qué y no se cuantos, y pasando después una ITV, estaba preparada para circular a 100km/h, pero que sin eso, solo a 80km/h. Tal y como lo entendí, era muy orientado al tema legal, ya que hablaban que sin la pegatina nada. No recuerdo en qué hilo lo puso :oops: pero fue hace poco, ayer o antes de ayer.


Edito: fue el día 14, me descargué el archivo...

2.5 Velocidades máximas
1. La caravana Hobby está concebida técnicamente para alcanzar una velocidad máxima de 100 km/h. ¡Bajo ningún concepto se deberá superar esta velocidad!
2. ¡Tenga en cuenta las velocidades máximas admisibles para las combinaciones en el respectivo país al que se desea viajar!
3. El 22 de octubre de 2005 se modificó el código de circulación en Alemania. Su caravana está preparada de fábrica para alcanzar la velocidad de 100 km/h, lo que aparece inscrito en la autorización de circulación de la caravana. La jefatura central de tráfico le entregará el distintivo de 100 km/h al solicitar el permiso de circulación por primera vez y se deberá pegar en la parte posterior de la caravana.
4. Es preciso que observe los siguientes puntos ya que usted es responsable de su cumplimiento. ¡En el caso de no observar dichos puntos, la velocidad máxima será de 80 km/h!

a) El vehículo de tracción deberá tener sistema antibloqueo ABS/ABV y su masa total no deberá superar los 3,5 t.
b) La caravana deberá disponer de amortiguadores hidráulicos de vibraciones (amortiguadores), lo que es obvio en el caso de su nueva caravana Hobby.
c) Los neumáticos de la caravana no deberán tener más de seis años y deberán indicar como mínimo la categoría de velocidad L (= 120 km/h).
d) La caravana deberá estar equipada con un dispositivo estabilizador según ISO 11555-1 (Hobby lo tiene en serie estándar desde 1997).
La masa total de la caravana no deberá sobrepasar la masa en vacío del automóvil.
5. Se puede intercambiar libremente el vehículo de tracción y la caravana
Las diferentes caravanas que se pueden combinar con diferentes vehículos de tracción.
Usted es el responsable y deberá atenerse a la velocidad máxima de 100 km/h,
siguiendo las prescripciones indicadas anteriormente. ¡En el caso de no observar dichos puntos, la velocidad máxima en Alemania será de 80 km/h!
6. Con la carga de apoyo correcta - más seguridad
Ver la recomendación de carga de apoyo en la página 02-5
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com