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Pregunta Me venden caravana y no coincide el numero de chasis y los papeles

No entiendo esta afirmación, ¿en qué te basas para decir eso? El Código Penal, en su artículo 238, define el robo como no sólo la apropiación indebida a través de la fuerza en el inmueble, sino también en el misma cosa mueble, rompiendo cerraduras, usando llaves falsas o manipulando sistemas de alarma o inmovilización, léase:



Artículo 238
Son reos del delito de robo con fuerza en las cosas los que ejecuten el hecho cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

  • 1.º Escalamiento.
  • 2.º Rompimiento de pared, techo o suelo, o fractura de puerta o ventana.
  • 3.º Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.
  • 4.º Uso de llaves falsas.
  • 5.º Inutilización de sistemas específicos de alarma o guarda.
Un saludo.

Pues precisamente Euma te aclara que no se cumple ninguno de esos requisitos. Porque la jurisprudencia interpreta que la fuerza en las cosas se realiza para acceder a ellas y sustraer la cosa.

Así, si yo, en mi parking, rompo un candado de la lanza para llevarme una cv que no es mia y salgo por la puerta....

ni escalo muros ni tapias (sale por la puerta)
ni rompo la puerta (tengo mando)
ni rompo la cerradura para entrar, solo el candado externo... aquí está el kit de la cuestión, el párrafo dice ... "para sustraer su contenido"
ni uso llave falsa, (estoy legitimado para usar el mando de la puerta
ni intuilizo sistema de guarda.

Ahora bien.....

Por un lado.... todo esto nos importa una leche. PAra la víctima, se llevan su carvana, por lo que de valorarse en preico superior a 400 euros, si no es delito de robo, será delito de hurto

Por otro lado... independientemente de coimo lo califique el fiscal o como enjuicien al malo... la caravana me la han volao... así que tanto si le ponen tres años de carcel como una multa, ...

nada cambia.... para la víctima... deberá devolverle la caravana o en su defecto indemnizarlo o las dos cosas si se prodcuen daños o perjuicios que se puedan demostrar....

Así, que le pueden dar muuuucho por culll.... a estar dándole vueltas al código penal que no vamos a salir de las interpretaciones varias mientras que el hecho es el mismo.

Delito de hurto porque se llevan la caravana entera!! y porque no existe la falta de hurto de uso de caravana como sí existía para los vehiculos a motor... menos mal.....

Un saludo y pongámoselo difícil a los chorizos
 
ni rompo la cerradura para entrar, solo el candado externo... aquí está el kit de la cuestión, el párrafo dice ... "para sustraer su contenido"

Yo leo:

3.º Fractura de armarios, arcas u otra clase de muebles u objetos cerrados o sellados, o forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido, sea en el lugar del robo o fuera del mismo.

Y nótese la coma y el "o" antes de "forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido". Si fuera "y" en lugar de "o", o la coma estuviera antes de "para sustraer su contenido", yo también lo interpretaría como vosotros.

En cualquier caso, como bien dices tanto da a nivel práctico para el que le sustraen la caravana, toca los huevos de igual modo, tienes toda la razón.

El caso es que la caravana de la foto me suena de haberla visto hace tiempo a la venta y llevo unos días estrujándome el coco para recordar dónde se vendía y no lo recuerdo, me he tirado ya un buen rato rebuscando en Internet a ver si me acordaba pero no. Igual cualquier rato de estos caigo...

Mucha suerte, pacomel, a ver si se te arregla todo. Yo también denunciaría, sin duda, es muy probable que sea robada si no coincide la numeración (ni el modelo, pues creo que no es una Aloha sino una Roma, diría vamos)
 
Yo leo:



Y nótese la coma y el "o" antes de "forzamiento de sus cerraduras o descubrimiento de sus claves para sustraer su contenido". Si fuera "y" en lugar de "o", o la coma estuviera antes de "para sustraer su contenido", yo también lo interpretaría como vosotros.

En cualquier caso, como bien dices tanto da a nivel práctico para el que le sustraen la caravana, toca los huevos de igual modo, tienes toda la razón.

El caso es que la caravana de la foto me suena de haberla visto hace tiempo a la venta y llevo unos días estrujándome el coco para recordar dónde se vendía y no lo recuerdo, me he tirado ya un buen rato rebuscando en Internet a ver si me acordaba pero no. Igual cualquier rato de estos caigo...

Mucha suerte, pacomel, a ver si se te arregla todo. Yo también denunciaría, sin duda, es muy probable que sea robada si no coincide la numeración (ni el modelo, pues creo que no es una Aloha sino una Roma, diría vamos)

Hola Biel, Sin querer darle muchas más vueltas al asunto para no aburrir al personal y simplemente por aclarar, la clave está en "su contenido" te adjuntó la consulta y conclusión de Fiscalía al respecto. Cierto es que la interpretación es libre y el CP en mucho de sus artículos es muy ambiguo, por eso hay que consultar jurisprudencia y fiscalía, al fin y al cabo los juzgados mandan y son ellos los que aplican el CP y en este caso ellos lo dejan muy claro.

Pacomel ya nos seguirás contando, suerte y ánimo

http://www.fiscal.es/cs/Satellite?b...goBlobs&blobwhere=1246969105713&ssbinary=true



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Sí Biel, sí. El legislador ha intentado poner toda clase de objetos, rompas lo que rompas, el problema viene en que se trata de una frase subordinada..... y añade....

.... para sustraer su contenido....

Esa es la frase. No rompes el candado para entrar y robar en el interior.... >robo con fuerza

sino que lo rompes para engancharla y eso, como dice Euma, se interpreta como hurto.

Pero por el valor, si éste es superior a 400 euros, es delito de hurto.
 
No es una frase subordinada, mohicano, es una coma y un o, de modo que es una cosa o la otra, no necesariamente las dos. Si fuera "y" en lugar de "o", o la coma estuviera antes de "para sustraer su contenido", yo también lo interpretaría como tú, ya lo dije.

EUMA, en lo que me enlazas, por lo que se desprende de la lectura, la consulta estaba relacionada con algo así como el hurto en un comercio con las puertas abiertas de par en par y los artículos sin vitrina ni cadenas ni nada, donde alguien coge un artículo y sale, y luego, ya tras la apropiación del bien, va y le pita la alarma, un caso donde nada ha sido forzado para conseguir la apropiación del bien. El mismo documento avisa que distinto sería si el artículo del comercio estuviera tras una vitrina con llave (o atada con una cadena a la estantería, como en el Media-Markt), y se rompiera esa protección.

Hay una frase reveladora en la consulta:

En efecto, la inutilización de los sistemas específicos de alarma o guarda a que alude el apartado 5 del art. 238 sólo adquiere relevancia típica cuando su carácter medial puede ser afirmado

Y algo más abajo repite:

Si la inutilización de los dispositivos ideados para impedir el desapoderamiento se produce cuando el propósito de apoderamiento de la cosa ya se ha materializado, esa fuerza posterior carecerá de virtualidad típica para calificar el hecho como integrante de un delito de robo.

En la primera frase cabe fijarse en la palabra medial. Si es el medio que se empleó para llegar a la apropiación, es robo. Y en cambio no tiene por qué serlo si se anuló la alarma tras la apropiación. No es lo mismo, a la hora de calificar cómo es la apropiación, llevarse una camiseta de una estantería y que suene la alarma cuando ya nos hemos apropiado de la camiseta, que quebrar una alarma (o cualquier otro tipo de impedimento) para posteriormente acceder a la apropiación de unas camisetas. Y en el caso que nos ocupa primero rompen o fuerzan el cepo o el cierre, y luego por fin logran poseer la cosa.

Me despejaría la duda algo más cercano al caso que nos atañe, aunque seguramente no dispongamos de ello, lástima. Porque realmente no tendría sentido una interpretación de una norma que llevara a concluir que abrir a la fuerza un garaje portátil (tipo contenedor) y llevarse su contenido es robo, pero llevarse el contendor entero con un helicóptero de carga es hurto, o abrir a la fuerza la caravana de un vecino de camping para llevarse un televisor es robo (por haber accedido con fuerza al lugar), pero llevarse esa caravana entera tras romper un cepo o bloqueador es hurto.

Un saludo a los dos.
 
Joe, cuanto jaleo, una vez se la lleva, ¿como entra por la puerta de la cv? ¿o se la lleva y no la abre? ¿no tendrá que forzarla? y una vez fuerza la puerta ¿eso no lo convierte en un robo?
 
Joe, cuanto jaleo, una vez se la lleva, ¿como entra por la puerta de la cv? ¿o se la lleva y no la abre? ¿no tendrá que forzarla? y una vez fuerza la puerta ¿eso no lo convierte en un robo?

Pero eso son conjeturas o supuestos posibles pero no hechos. En derecho penal, solo valen los hechos consumados....

Y Biel, de que te sorprendería pues ya sabes, como a mí y al resto cuando miras jurisprudencia flipas, jejeje

REcuerdas la falta penal de hurto de uso de vehiculo a motor? Entrabas en él te lo llevabas, perooo..... como solo era para usarlo, no había ánimo de lucro ni pretendías poseer la cosa ni la acbabas poseyendo.... solo la usabas... tela.

REspecto al certero comentario:

Si la inutilización de los dispositivos ideados para impedir el desapoderamiento se produce cuando el propósito de apoderamiento de la cosa ya se ha materializado, esa fuerza posterior carecerá de virtualidad típica para calificar el hecho como integrante de un delito de robo.

Según la jurista que me dió una actualización en octubre del 2013... esto ya no es así. Al que hace un butrón solo para salir, o inutiliza la alarma para escapar, huir con el botín... se le acusa de reo de robo con fuerza, así que ... cada caso un mundo y tú...

sin caravana.

A esto que curioseando reviso mi póliza:

Horror: tengo contratado el robo del contenido pero no del continente!! La dichosa letra pequeña!!! Revisad bien vuestras pólizas, yo lo hice, y esto se me pasó, espero que el parking disponga de seguro de robo.. sino, estoy vendido, solo me cubre los daños al continente y el robo con fuerza de cosas del interior... el jabón, el albornoz, las cucharas, mi barbacoa maltrecha, las sillas y el sacacorchos, entre otras cosas.

Vamos apañaos!
 
No es una frase subordinada, mohicano, es una coma y un o, de modo que es una cosa o la otra, no necesariamente las dos. Si fuera "y" en lugar de "o", o la coma estuviera antes de "para sustraer su contenido", yo también lo interpretaría como tú, ya lo dije.

EUMA, en lo que me enlazas, por lo que se desprende de la lectura, la consulta estaba relacionada con algo así como el hurto en un comercio con las puertas abiertas de par en par y los artículos sin vitrina ni cadenas ni nada, donde alguien coge un artículo y sale, y luego, ya tras la apropiación del bien, va y le pita la alarma, un caso donde nada ha sido forzado para conseguir la apropiación del bien. El mismo documento avisa que distinto sería si el artículo del comercio estuviera tras una vitrina con llave (o atada con una cadena a la estantería, como en el Media-Markt), y se rompiera esa protección.

Hay una frase reveladora en la consulta:



Y algo más abajo repite:



En la primera frase cabe fijarse en la palabra medial. Si es el medio que se empleó para llegar a la apropiación, es robo. Y en cambio no tiene por qué serlo si se anuló la alarma tras la apropiación. No es lo mismo, a la hora de calificar cómo es la apropiación, llevarse una camiseta de una estantería y que suene la alarma cuando ya nos hemos apropiado de la camiseta, que quebrar una alarma (o cualquier otro tipo de impedimento) para posteriormente acceder a la apropiación de unas camisetas. Y en el caso que nos ocupa primero rompen o fuerzan el cepo o el cierre, y luego por fin logran poseer la cosa.

Me despejaría la duda algo más cercano al caso que nos atañe, aunque seguramente no dispongamos de ello, lástima. Porque realmente no tendría sentido una interpretación de una norma que llevara a concluir que abrir a la fuerza un garaje portátil (tipo contenedor) y llevarse su contenido es robo, pero llevarse el contendor entero con un helicóptero de carga es hurto, o abrir a la fuerza la caravana de un vecino de camping para llevarse un televisor es robo (por haber accedido con fuerza al lugar), pero llevarse esa caravana entera tras romper un cepo o bloqueador es hurto.

Un saludo a los dos.

Bueno Biel si que hay ejemplos y muchos , je je. Te aseguro que lo veo día sí día no . No pasa nada , como decía Mohicano lo que realmente importa no es el como sino el que. El perjudicado es a quién roban o hurtan y el fin es el mismo , llevarse algo ajeno. Un saludo también para ti.


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Pero eso son conjeturas o supuestos posibles pero no hechos. En derecho penal, solo valen los hechos consumados....

Y Biel, de que te sorprendería pues ya sabes, como a mí y al resto cuando miras jurisprudencia flipas, jejeje

REcuerdas la falta penal de hurto de uso de vehiculo a motor? Entrabas en él te lo llevabas, perooo..... como solo era para usarlo, no había ánimo de lucro ni pretendías poseer la cosa ni la acbabas poseyendo.... solo la usabas... tela.

REspecto al certero comentario:

Si la inutilización de los dispositivos ideados para impedir el desapoderamiento se produce cuando el propósito de apoderamiento de la cosa ya se ha materializado, esa fuerza posterior carecerá de virtualidad típica para calificar el hecho como integrante de un delito de robo.

Según la jurista que me dió una actualización en octubre del 2013... esto ya no es así. Al que hace un butrón solo para salir, o inutiliza la alarma para escapar, huir con el botín... se le acusa de reo de robo con fuerza, así que ... cada caso un mundo y tú...

sin caravana.

A esto que curioseando reviso mi póliza:

Horror: tengo contratado el robo del contenido pero no del continente!! La dichosa letra pequeña!!! Revisad bien vuestras pólizas, yo lo hice, y esto se me pasó, espero que el parking disponga de seguro de robo.. sino, estoy vendido, solo me cubre los daños al continente y el robo con fuerza de cosas del interior... el jabón, el albornoz, las cucharas, mi barbacoa maltrecha, las sillas y el sacacorchos, entre otras cosas.

Vamos apañaos!


¿te refieres a que hay que demostrar que forzaron la puerta para acceder al interior?

No me extraña que cueste tanto echar a los ocupas profesionales...



Ah, lo del robo del continente, en nuestro caso pensamos en "lo gordo": la cv, si se llevan... 500 euros ¿? en cucharas, barbacoas... pues me jode, pero solo son 500 euros y de paso estreno cubertería, pero si se llevan la cv... entonces ya son, pongamos, 8000 ¿? eso ya es una verdadera pu..da, (me da igual que sea con hurto o con robo...) por que seguro que no estrenaría cv... es por eso que tenemos el seguro a todo riesgo, pero con franquicia.
 
Si. El mio es un multiriesgo, solo que al hacer cambio de carreta, y repasar la letra pequeña... no tengo claro, y si no está clarito clarito... ante la duda, la compañía barre para casa

Enviado desde mi chinofon
 
Buenasss , ayer puse la correspondiente denuncia y la verdad que me he quedado bastante mas tranquilo, ya solo esperar para ver que es lo que ocurre ya que nunca he estado en una situación parecida.
 
Buenasss , ayer puse la correspondiente denuncia y la verdad que me he quedado bastante mas tranquilo, ya solo esperar para ver que es lo que ocurre ya que nunca he estado en una situación parecida.

Ahora puedes meterle presión.
Igual pensaba que ibas de farol y si puedes enviarle una foto de la denuncia se dará cuenta al marrón que se enfrenta.
Y si te devuelve la pasta y decides retirar la denuncia, Recuerdale que los datos están en mano de la GC y si intenta vender la caravana a otra persona, se le caerá el pelo porque no podrá alegar desconocimiento.
Suerte
 
Has hecho bien.
 
Por finnnnnnnn me ha devuelto el dinero + algo por las molestias y se ha llevado la cv :aplausos: y ahora me pondré manos ala obra para buscar la mia jijiji
 
Por finnnnnnnn me ha devuelto el dinero + algo por las molestias y se ha llevado la cv :aplausos: y ahora me pondré manos ala obra para buscar la mia jijiji

Si es que no hay nada que acojone mas que una denuncia por estafa!
Enhorabuena!
Ahora a por la tuya.
Seguro que ya no te vuelven a pillar!
Un saludo.
 
Pues que sea enhorabuena, ahora con paciencia a buscar vuestra cv, que esta ahí fuera...

Un saludo
 
Jajaja, qué bueno.

Se ha jiñaaaaaooo!!

Enviado desde mi chinofon
 
me alegro pacomel, si nos cuentas que idea teneis y qué quereis que tenga la cv pues igual os podemos ayudar a buscarla, por lo menos cada uno por su zona que conoce sus tiendas y concesionarios y gente cercana, igual de las naves donde las guardamos, etcc...
 
Ahora mas ya mas tranquilo, quiero volver a agradeceros los comentarios de apoyo recibidos, al final no ha salido la cosa tan mal, solo el disjusto y los 4 o 5 días liados .
He abierto un post buscando una cv a ver si asi veo algo que me guste y sea un trato claroooooo
 
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