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mucho más que un foro

Las pic-up pasan a categoria de turismos...............................

VOLUSIA

hablador
Excepto para las ITV........................

Saludos.
 
Los modelos 'pick-up' pasarán a ser considerados, a efectos de circulación, por la Dirección General de Tráfico (DGT) como los turismos en lugar de que como hasta el momento, calificados de forma similar a los vehículos industriales, según ha anunciado la firma automovilística japonesa Nissan.

Según acaba de hacer público Nissan, su pick-up Navara NP300 ya tiene la misma consideración que un turismo a efectos de circulación.

La Dirección General de Tráfico ha emitido una Instrucción por la cual
http://revistajaraysedal.es/dgt-considerara-pick-up-como-turismo/los pick-up tendrán la misma consideración, a efectos de circulación, que los turismos.

Esto supone que la configuración, uso y prestaciones de la Nissan Navara, a efectos de circulación, están ya dentro del ámbito propio de las de un vehículo tipo turismo y no de las de un camión, como estaba considerado hasta ahora.

La Instrucción resalta que los pick-up, cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg, en los que las plazas de asiento y la zona de carga no estén situados en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 m, les serán de aplicación las mismas normas de circulación que a los vehículos tipo turismo (uso de carriles en sentido contrario al habitual, orden de preferencia en ausencia de señalización, adelantamientos, velocidades, niveles de servicio en situaciones de vialidad invernal, uso de carriles VAO,…).

Además la DGT habilitará un campo específico en el Registro de Vehículos para los vehículos pick-up.

Lo anterior no afecta en ningún caso a cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITVs,…) que se puedan derivar de su clasificación formal como vehículo industrial por criterios de Construcción en el Registro de Vehículos.
 
No quería ser pesado.............ala ...........a leer.









Asunto: Circulación de vehículos tipo pick up.


INSTRUCCIÓN 17/TV-97

Dentro del dinamismo y evolución propia del mercado de automóviles han ido surgiendo nuevas carrocerías y configuraciones que adaptan los vehículos a determinadas demandas específicas. Entre estas nuevas carrocerías se introdujo hace tiempo en el mercado la configuración tipo pick up. Los vehículos tipo pick up se caracterizan, en su gran mayoría, por ser un vehículo que tiene como principal particularidad que la parte destinada a la mercancía, se encuentra separada de la cabina y normalmente a cielo abierto. Derivado de esta particularidad, y ante la ausencia de una clasificación propia para este tipo de vehículos dentro de las definiciones del Reglamento General de Vehículos, los vehículos tipo pick up se han clasificado hasta ahora como un vehículo tipo camión.

A este respecto, la definición de camión del Reglamento General de Vehículos indica que se trata de: vehículos con cuatro ruedas o más, concebido y construido para el transporte de mercancías, cuya cabina no está integrada en el resto de la carrocería y con un máximo de 9 plazas, incluido el conductor.

La Directiva 2007/46/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, por la que se crea un marco para la homologación de los vehículos de motor y de los remolques, sistemas, componentes y unidades técnicas independientes destinados a dichos vehículos (Directiva marco), sí que recoge de manera independiente y diferenciada, dentro de sus definiciones de vehículos, en función de los distintos tipos de carrocería, los vehículos tipo pick up. A tal efecto, queda definido en el ámbito de la directiva como: vehículo cuya masa máxima no es superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único. Desde un punto de vista técnico, la configuración, uso y prestaciones de un vehículo tipo pick up se encuentran dentro del ámbito propio de las de un vehículo tipo turismo y no de las de un camión.

Esta circunstancia trae consigo determinadas disfunciones derivadas de la aplicación directa a los vehículos tipo pick up de las normas de circulación de los camiones. A la vista de todo lo anterior, a los vehículos tipo pick up, cuya masa máxima no sea superior a 3.500 kg, en el que las plazas de asiento y la zona de carga no están situadas en un compartimento único y cuya altura total no sea superior a 2 m, les serán de aplicación las mismas normas de circulación que a los vehículos tipo turismo (uso de carriles en sentido contrario al habitual, orden 2 de preferencia en ausencia de señalización, adelantamientos, velocidades, niveles de servicio en situaciones de vialidad invernal, uso de carriles VAO,…).

Para facilitar su identificación y control se habilitará un campo específico en el Registro de Vehículos para los vehículos tipo pick up. Lo anterior no afecta en ningún caso a cualesquiera otras obligaciones (fiscales, periodicidad de ITVs,…) que se puedan derivar de su clasificación formal como camión por criterios de construcción en el Registro de Vehículos. Lo que se comunica para general conocimiento. ENTRADA EN VIGOR.

La presente Instrucción entrará en vigor al mes de su publicación. Madrid, 7 de junio de 2017
EL DIRECTOR GENERAL DE TRÁFICO
 
Bonito hilo............ con mucha información............

Pues lo dice todo.........dejan de ser industriales........con todo lo que lleva eso.......deducciones.......velocidades.......etc..........etc...............y pasan a ser turismos.............con todo lo que lleva eso..........deducciones..........velocidades............etc....etc......

Jejejejejejejjejejeje

Saludos.
 
Eso mismo iba a decir yo, pensar que al ser turismo, el tema de tasas, impuestos de circulación, itv's, "numerito" y demás gaitas, sube ...
Sube por la alta cilindrada que tienen.... esperate que no empiecen a sacar pick ups 1'6 entonces el ivtm sera mas barato como turismo que como camión.....

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Sube por la alta cilindrada que tienen.... esperate que no empiecen a sacar pick ups 1'6 entonces el ivtm sera mas barato como turismo que como camión.....

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Tu tranquilo Antoniooc
Que ya subirán los impuestos a los 1.4 como si fueran 2.0

 
Tu tranquilo Antoniooc
Que ya subirán los impuestos a los 1.4 como si fueran 2.0
Todo se andará, hace un tiempo que querían cambiar el ivtm, que no se pagara por cavallos fiscales si no por otra cosa..... tiempo al tiempo

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Todo se andará, hace un tiempo que querían cambiar el ivtm, que no se pagara por cavallos fiscales si no por otra cosa..... tiempo al tiempo

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Está claro que adaptarán las normas para que sigan recaudando lo mismo.

Es cómo con los eléctricos, ahora todo son ventajas para que los compres, no pagas en grandes ciudades por aparcar, menos impuestos en general, hasta que todo el mundo tenga eléctrico entonces ya pondrán impuestos a los eléctricos.
 
Sube por la alta cilindrada que tienen.... esperate que no empiecen a sacar pick ups 1'6 entonces el ivtm sera mas barato como turismo que como camión.....

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También por el tipo de vehículo, no solo cilindrada, que también tendrá que ver.

Comento de mis propias carnes y donde vivo.

Peugeot 205 1.8d 60cv, 1769cc..... 130€ por redondear
Peugeot 306 2.0hdi 90cv 1997cc.. 130€
Toledo 1.9tdi 110cv xxxx cc 130€
Peugeot 205 1.4 83cv 1442cc 62€

Todos turismo....

Berlingo 2.0hdi 90cv idéntico motor al 306 un RHY, similares medidas de longitud y anchura, pero al ser vehículo mixto adaptable contabiliza como vehículo camión y me cuesta el permiso de circulación 76€, eso ITV cada 6 meses, pero hice la homologación turismo y me mantienen el impuesto y la itv anual, amen de los limites de velocidad en carretera como turismo.
 
También por el tipo de vehículo, no solo cilindrada, que también tendrá que ver.

Comento de mis propias carnes y donde vivo.

Peugeot 205 1.8d 60cv, 1769cc..... 130€ por redondear
Peugeot 306 2.0hdi 90cv 1997cc.. 130€
Toledo 1.9tdi 110cv xxxx cc 130€
Peugeot 205 1.4 83cv 1442cc 62€

Todos turismo....

Berlingo 2.0hdi 90cv idéntico motor al 306 un RHY, similares medidas de longitud y anchura, pero al ser vehículo mixto adaptable contabiliza como vehículo camión y me cuesta el permiso de circulación 76€, eso ITV cada 6 meses, pero hice la homologación turismo y me mantienen el impuesto y la itv anual, amen de los limites de velocidad en carretera como turismo.

Pues me estás dando la razón jajaja según cilindrada y tipo vehiculo, la berlingo paga menos por ser mixto, si esa berlingo fuera turismo pasarías a pagar 130€,
En el caso de que esa berlingo fuera 1'6 pagarias sobre 65€ siendo turismo y 75€ siendo mixta....

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No se lo que pagan las 1.6hdi mixtas, pero si a eso queria llegar que a misma cilindrada se paga diferente por tipo de vehículo. Así que los pic-up casi seguro que paguen mas.
 
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