Webcampista.com

mucho más que un foro

aviso importante

feliks

hablador
tengo un chrysler voyager y una knaus 550 fsk de 1260 kilos. por lo que paso con orgura los 3.500 kilos que me permite el carnet de conducir normal.
asi que me estoy sacando el carnet para poder llavarla y no toco la caravana hasta que no apruebe. :( .
digo esto, para que los que tengais un todoterreno o monvolumen y una caravana de 1-000 kg. no vais como la lay indica.
ojo porque el nuevo codigo de circulacion que ha entrado en vigor hace unos dias "afueraparte" de ponerte una buena multa, no te dejan sacarte el carnet correspondiente pa llevar la caravana hasta dos años despues de la denuncia.
otro de los motivos que me lleva a no usar la caravana es que vas sin cobertura de seguro, ya que si tienes cualquier incidente , la casa de seguros paga lo que tu tengas contartado, pero despues te lo reclama a ti.
os digo esto por si os sirve de algo. un saludo
 
ya pero es que nosotros somos 6.
antes tenia una mas pequeña pero en invierno no caviamos.
y la verdad es que la diferencia de amplitud interior es enorme, mide de ancho 2,60
 
-Te aseguro que son 6, hola Feliks que tal los cuatro bichos??? Oye me he informado, aunque yo por ahora no necesito el carnet, quién sabe cuando cambie de coche.... La cuestión, que me han dicho en mi autoescuela que se compone de un pequeño teórico, un práctico de circulación por ciudad y lo más complicado un práctico en circuito, similar al de los trailers que es bastante "jodío" por eso dicen que ellos no lo dan que para eso que me saque el de trailers y me han mandado a otra autoescuela. A tí que te han comentado de los exámenes??? Salu2.
 
carnet B+E

carnet B+E

Hola Felix ¿Qué tal el viaje por el Levante? Yo tengo un TT pero rebaje su peso en La ITV. De todas formas he oido comentar, sin fundamento ninguno, que el próximo año quizás suban el peso del conjunto tractor remolque a 4250 kg, ¿Alguien sabe algo de esto?
 
Yo he oido algo también sobre el tema del aumento de peso que quieren subirlo 750 kgs. más y por ahí suena el rumor de que será para mediados del 07.
 
hombre nano?
no veas que bueno estaba el guiso ese que te llavastes pa la cena.
lo que sobró nos lo zampamos al dia siguiente.
respectoa al carnet, yo me estoy estudiando el teorico, que para mi es lo mas jodio, porque casi no tengo tiempo, pero estoy en ello.
del practico no te se decir mucho, pero en principio no me preocupa mucho, mañana me voy a informary te digo.
lo que me parece una pasada es sacarse el carnet de trailer, porque el teorico se las trae, y tiene un monton de mecanica.
ambordu, no se que es un TT.
si te refieres a bajar el peso del coche en la itv, eso es posible, pero en micaso, me dejan el coche con dos plazas. y entonces cuando vaya sin caravana, el seguro, no me cubre
 
-Hola feliks para la próxima quedada os llevaré otra fuente de zarangollo pa que os jarteis como dicen por aquí.
Cuando sepas algo me lo comentas porque me parece una burrada lo del trailer...... Salu2.
 
Joer feliks :shock: , el TT es el ombligo :oops: ¿eso si sabes lo que es no ? :wink:

Hay otros que lo llaman Tourist Trophy, que es una carrera de motos que hacen en la isla de Man (UK, o inglaterra), hay otros que lo llaman TóTerreno4x4=16, y otros, matematicos ellos, lo usan para poner el simbolo "pi" (3,1416), cuando no hay caracteres en el ordenador que puedan poner.

Espero haberte ilustrao :twisted:
 
-Qué gusto, que derroche de cultura se ve por este foro..... :roll: Salu2.
 
Pues yo ya no me compro la larouse, consultaré directamente aqui´y con lo que me ahorro ya tengo para una cañitas
laughing-smiley-014.gif
laughing-smiley-014.gif
laughing-smiley-014.gif
 
nano:
hoy he dado mi primera clase practica del carnet, y la verdad es que es bien jodio, porque te hacen que hagas una "L" marcha atras y sin parar ni rectificar.
es el mismo recorrido que un trailer pero mas estrecho, luego un aparcamiento, que es algo mas facil, y la rampa que no hay problema.
el problema de este carnet es que casi no hay autoescuelas que lo den. de hecho en el campo de gibraltar solo hay una.
el examen se hace con una furgoneta y un remoque de unos 4 metros.
supongo que sera cuestion de cogerle el truco.
cuando le dije al profesor que pa que queria aparcar y hacer la "l" si en la caravana tengo euromover casi se descojona.
:shock:
bueno
un saludo
 
-Gracias, lo tendré en cuenta, de todas formas como por ahora no me paso de peso intentaré enterarme algo más del rumor de aumentar el B en 750 kgs. haber como va el tema....

Salu2. y gracias de nuevo
 
A partir del 01-01-2007 entrará en vigor una nueva norma europea que aumentará la posibilidad de conducir caravanas y ac con un pma de hasta los 4250 con el carnet B.
Lo leí en un documento con la ley hecha en Bruselas ( donde las coles ) :roll: que me llegó por internet.
No creo que se posponga ni que varíe el redactado.
 
-Lo que no entiendo es porqué tienen que hacer este tipo de leyes a tan largo plazo..... podían ponerla ya y gente como félix se ahorrarían una pasta.... Salu2.
 
joer, pos mira que bien.
hace falta ser cabrones por hacernos gastar una pasta en el carnet, "afueraparte" del tiempo.
la verdad es que este carnet es una gilipollez como la copa de un pino.
no te enseña nada que te pueda servir para circular.
a ver. pa que coño quiero saber yo cual es la pmm de un remolque con dos ejes que mida mas de 16,50 mtros cuando va arrastrado por un vehiculo de mas de 7500 kilos y yo que se que estupideces mas. :twisted: :twisted: :twisted: :twisted:
 
-Félix con paciencia y buena letra..... siento que tengas que examinarte por narices yo tengo claro que esperaré........ Buena suerte y haber si celebramos el aprobado en alguna kedada....Salu2.
 
como dije en otro hilo, cuando apruebe el carnet, organizare una miniquedada pal que quiera apuntarse y el jamon de pata negra lo pongo yo 8)
 
Parlamento europeo, proyecto ley conducción caravanas

Parlamento europeo, proyecto ley conducción caravanas

Sé que es un ladrillo, pero este es el origen de todos los rumores que circulan al respecto...
PARLAMENTO EUROPEO
2004 2009
INFORME
sobre la propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo relativa al permiso de conducción
(COM(2003)0621 – C5-0610/2003 – 2003/0252(COD))
Comisión de Transportes y Turismo
Ponente: Mathieu Grosch
Enmienda 19
Artículo 4, apartado 1, Categoría B
1. automóviles:
– cuya masa máxima autorizada no exceda de 3 500 kilogramos;
– diseñados o fabricados para transportar un máximo de ocho personas sin contar al conductor;
– sin perjuicio de las disposiciones relativas a la homologación de los vehículos pertinentes, se podrá llevar enganchado un remolque siempre que la masa máxima autorizada de este conjunto de vehículos acoplados no sobrepase los 3 500 kg;
– cuando el conductor haya participado en una formación con arreglo a lo dispuesto en el anexo VI bis, se podrá llevar enganchado un remolque, sin perjuicio de las disposiciones de homologación de los vehículos pertinentes, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto de vehículos acoplados no sobrepase los 4 250 kg y el conjunto no se utilice con fines comerciales;
La formación adicional del conductor no es obligatoria si el peso del remolque no excede de 750 kg.
– cuando el conductor haya participado en una formación con arreglo al anexo VI ter, la masa máxima autorizada del automóvil podrá alcanzar los 4 250 kg, siempre que se trate de una autocaravana tal y como se define en el apartado 1 de la sección 5 de la parte A del anexo II de la Directiva 2001/116/CE, la carga útil máxima sea de 1 000 kg y el vehículo no se utilice con fines comerciales.
2. Vehículos de tres ruedas con una potencia igual o inferior a 35 kW.
3. Los triciclos de motor con una potencia superior a los 35 kW siempre que el titular de dicho permiso haya cumplido los 21 años.

Justificación
La propuesta de la Comisión es, en lo referente a los remolques, demasiado restrictiva y llevaría a modificar en exceso la situación existente, por ejemplo en el sector del deporte o el camping. Los titulares de permisos de conducción de la categoría B podrán, mediante una formación sin examen adicional, conducir un conjunto de vehículos acoplados o una autocaravana de hasta 4 250 kg. Habrá que procurar que esta posibilidad no se utilice con fines comerciales, ya que de lo contrario se podría producir una competencia desleal con los conductores profesionales de las categorías C y C1. Se precisa la formulación "cuyo número de personas transportadas".
Los titulares de permisos de conducción de la categoría B también deberían estar autorizados a conducir triciclos de motor siempre que se respete el principio de acceso progresivo.

Anexo VI Bis
Justificación
Una formación armonizada del examinador constituye un elemento importante para fortalecer el reconocimiento mutuo y la introducción de exámenes y resultados comparables. El texto desarrolla las ideas básicas de la propuesta de la Comisión.

Enmienda 84
Anexo IV bis (nuevo)
Formación para conductores
1. Deberán realizar una formación para conductores los usuarios de vehículos de carga pesada con remolque de la categoría B de una masa máxima autorizada superior a 3 500 kg e igual o inferior a 4 250 kg.
2. La formación para conductores se llevará a cabo en un centro de formación oficialmente reconocido y controlado por las autoridades competentes del Estado miembro en que el usuario tenga habitualmente la residencia. El Estado miembro regulará los detalles al respecto.
3. Contenido de la formación
- un día (al menos 7 horas)
- parte teórica, parte práctica acorde con la masa del vehículo y coloquio final.
- dinámica de la conducción del vehículo, criterios de seguridad, el vehículo y su remolque, carga correcta y accesorios de seguridad.
- parte práctica en terreno acotado y cerrado con realización de pruebas que incluyan: ejercicios de frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, maniobras, aparcamiento.
Enmienda 85

Anexo IV ter (nuevo)
Formación para conductores
1. Deberán realizar una formación para conductores los usuarios de autocaravanas, definidas en el apartado 1 de la sección 5 de la parte A del anexo II de la Directiva 2001/116/CE, de una masa máxima autorizada superior a 3 500 kg e igual o inferior a 4 250 kg, así como de una carga útil máxima de 1 000 kg.
2. La formación para conductores se llevará a cabo en un centro de formación oficialmente reconocido y controlado por las autoridades competentes del Estado miembro en que el usuario tenga habitualmente la residencia. El Estado miembro regulará los detalles al respecto.
3. Contenido de la formación
- un día (al menos 7 horas)
- parte teórica, parte práctica acorde con la masa del vehículo y coloquio final.
- dinámica de la conducción y criterios de seguridad, carga correcta y accesorios de seguridad.
- parte práctica en terreno acotado y cerrado con realización de pruebas que incluyan: ejercicios de frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, maniobras, aparcamiento.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com