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Cambio de clasificación de la frecuencia de ITV en las AC

arsenio

timid@
En la actualidad hay varias oficinas de ITV que aceptan cambiar, mediante una diligencia en la ficha técnica del vehículo, la clasificación de Furgón (24), Vehículo Mixto (31) o Derivado de Turismo (30) a la que le corresponde como autocaravana (32).

Estas claficaciones erróneas pueden ser debidas a haberse matriculado antes de 1999, cuando no existía el epírafe de Autocaravana o por un error de la ITV o del importador al solicitar la matriculación.

El cambio puede hacerse en el momento que se desee, es posible que el momento mas oportuno en el mismo momento de la próxima revisión.

Aunque no debería ser necesario y debería bastar solo con solicitarlo de palabra en la propia ITV en VEA hemos colgado un documento en word que puede bajarse y editarlo para incluir los datos específicos de cada autocaravana.

http://www.viajarenautocaravana.com/LegislaciOn/itv2.htm

Se prevén dos posibilidades: autocaravana matriculada antes de 1999 o después con clasificación errónea y clasificación previa como furgón o vehículo mixto, basta con borrar los datos sobrantes.

No todas las ITV aceptan por el momento esta diligencia, la ITV de Donostia y previsiblemente las de Gipuzkoa, bastante de Andalucía excepto la de Guarroman, probablemente en Asturias y Galicia y hasta es posible que en Catalunya.

Cuando decidais hacer el cambio, lo mas oportuno es hacerlo coincidir con alguna salida, si teneis dificultades en vuestra propia provincia, y negociar previamente por teléfono o enviar previamente por fax o eMail la solicitud a varias.

Tenemos noticias de que a partir de 2006 se van a unificar los criterios para todas la CCAA y, probablemente, también los crterios para el cambio de clasificación.

Es posible que esto suponga que CCAA como Andalucía o Asturias que en algunas ITV, a raiz de una circular del Departamento correspondiente de la Junta aceptan el furgón (autocaravanas con clasificación de furgon=24), como vehículo destinado al transporte de mercancías deban unificar los criterios con el resto del Estado, pero a cambio, los ciudadanos con autocaravanas clasificadas como 32 que algunas ITV les obligan a pasar con la frecuencia de un vehículo de mercancías la pasarán correctamente y siempre quedará la posibilidad de hacer el cambio de clasificación que en algunos casos será gratuito y en otros costará menos de 40 euros.

Esperamos que la documentación colgada sea de utilidad.

Para el webmaster: quizá sería positivo colgar este post con chincheta mientras se ve la aceptación y se puedan dejar las experiencias en el cambio que sirvan de orientación a los afectados.
 
Tengo solicitado el certificado a VW para pasar nuestra California de 31 a 32. Eso sí, uno de los comerciales me dijo que me costaría 90€ :x , aunque quedamos en que ya lo hablaríamos...
Cuando tenga novedades ya lo colgaré (el resultado, no al comercial)
 
Cambio de clasificación

Cambio de clasificación

Niégate a pagar un euro por el certificado. El haberlo clasificado como 31 es fruto de la incompetencia del departamento de homologación de VW (si es una T5).

Si es una T4 no es imprescindible el certificado de homologación, debería bastar solo con solicitarlo.

Sin embargo te puedo anticipar que el cambio que se prevé en el RD 2042/1994 que afecta a la frecuencia de la ITV y que tanto los 3148 como los 3048 o 3148 y en general cualquier vehículo con prefijo 32 o con sufijo 48 tendrán la misma frecuencia de inspección que los turismos de uso privado EN TODAS LAS ITV DEL ESTADO.

En breve colgaremos de VEA un documento PDF con una carta del Ministerio que informa este extremo y que, una vez impreso, puede servir en una ITV.

Esto no tendrá vigor hasta que de publique, previsiblmente en el primer semestre de 2006, pero bien manejado puede servir para que una autocaravana que deba pasar la revisión antes del nuevo decreto pueda reclamar la frecuencia de un turismo y quizá sería aconsejable que una autocaravana clasificada como 24, 30 o 31 pida el cambio con un argumento de peso como es el escrito que estará colgado en breve de VEA.
 
Pues la nuestra es T4. Por qué no es necesario el certificado? En la ITV en la que pregunté, Zanudio, me dijeron antes del verano que sí hacía falta.
Qué argumentos puedo esgrimir para no presentar este documento?

Gracias Arsenio.
 
Los papeles para el cambio

Los papeles para el cambio

En este momento lo mas importante es el escrito de la Secretaría del Ministerio de Industria en la que se anuncia un cambio y una nueva redacción del RD 2042/1994, esta carta la puedes "bajar" e imprimir aquí:

http://www.viajarenautocaravana.com/LegislaciOn/itv3.htm

claro que te pueden decir que hasta que la modificación del RD no esté en el BOE se atienen a lo que hay, en este caso solicita el cambio de acuerdo con el escrito que te puedes bajar de aqui:

http://www.viajarenautocaravana.com/LegislaciOn/itv2.htm

les dices que el certificado de VW no es necesario puesto que tu T$ California es una autocaravana pues tiene todos los elementos descritos en el anexo II del RD 2042/1994 y que por normativa europea una autocaravana es un vehículo destinado al transporte de personas y que tu T4 está mal clasificada. Que el BOE donde se describe una autocaravana no dice absolutamente nada de un certificado de la marca y que si hubiera sido necesario, lo incorrecto es homologar como vivienda al vehículo, por eso está el cambio proyectado y que además en otras CCAA autonómicas ya se está haciendo hace tiempo, para demostrarlo también puedes imprimir el trabajo siguiente:

http://www.viajarenautocaravana.com/articulos/itvautoc.htm

en cualquier caso te queda la posibilidad de hacer un viaje a Asturias y hacer la revisión y el cambio en esa provincia, se lo dices así al ingeniero.

Suerte.
 
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