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Joe Pete

locuaz
Pues eso, que elementos de seguridad obligatoria o voluntaria llevais cuando viajais con vuestros conjuntos, carro tiendas o AC?

Por ejemplo..., lleváis el obligatorio extintor?
 
Yo lo llevo en el coche, y como con lo del MMC, hay discrepancias... yo sigo creyendo que no es obligatorio, aunque sí llevo uno en el coche.
 
Los extintores hablo de memoria eran obligatorio en los vehículos de SP y en los de más de 3500kg. Ahora bien sea o no obligatorio yo también llevo uno en el coche siempre viene bien prevenir.

Citroen c-crosser Sun roller 350L
 
Yo llevo dos extintores en mi Nissan Trade porque la tengo forrada de madera y obviamente su correspondiente barniz y puede ser peligroso.. otras cosas para seguridad: suelo viajar con mi stafford y a la hora de dormir NADIE se acerca jejeje aunque es muy buena pero ladra fuerte.
Y a la hora de dejar la furgo sola pues no la dejamos muy escondida y cerca de más vehiculos, no dejar cosas a la vista y anti robo cuando se queda sola sola saco el fusible del contacto pa que se la lleven pero a cuesta.jajajajaja
Existen muchas cosillas para seguridad de tu furgo, conjunto o AC.

Saludos y kilómetros!

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A mí me caducó y ya no llevo
 
Pues si no me equivoco, enalgun sitio lei que era obligatorio llevar extintor con remolque...
 
Obligatorio o no...Por nuestra propia seguridad debería llevarlo todo el mundo ya que si se nos incendiara( que ojalá no sea nunca) nuestro vehículo no sería pasto de las llamas todo lo que llevamos y nos quedemos sin na

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¿Qué vehículos están obligados a llevar extintores? -> http://www.ignifugacionbarcelona.co...ehiculos-estan-obligados-a-llevar-extintores/


a) Vehículos a motor para transporte de personas:
Hasta 9 plazas incluido el conductor (TAXI y MINIBUSES): Uno de clase 5A/21B.
Hasta 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 8A/34B.
Más de 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 21A/113B

b) Vehículos a motor y conjuntos de vehículos para el transporte de mercancías y cosas:
Hasta 1.000 kg de MMA: Uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg de MMA: Uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg de MMA: Uno de clase 21A/113B.
Hasta 20.000 kg de MMA: Uno de clase 34A/144B.
Más de 20.000 kg de MMA: Dos de clase 34A/144B.

->
https://prevencion.asepeyo.es/Web/F...e llevar extintor en vehículos de empresa.pdf

extintores.jpg
 
En la caravana llevo un extintor.

En los vehículos de transporte desde luego que lo piden las autoridades competentes.

En cuanto a más elementos de seguridad, lo normal triángulos, chaleco, calzos, una linterna, gatos, ...

Además mi Saab lleva en sistema de seguridad reposacabezas activo Sahr, un capó que en caso de atropello, causa menos lesiones por estar diseñado para ese fin y absorber mejor el impacto, y habitáculo de seguridad tanto para absorber como proteger en zonas de barras y refuerzos de acero de alta resistencia.

Cosas de los Suecos y espero seguir sin probarlas!! En su día consiguió obtener la máxima calificación en las pruebas de impacto de EuroNCAP 5 estrellas.

En seguridad activa unas gafas de sol, llevo siempre los neumáticos y limpias en buen estado, y reviso frenos y luces. :exclaim:
 
Pues hoy había extintores pequeños en ALDI. He ido a por el aspirador a batería y he visto un montón, a 12€
 
Yo lo llevo en el coche, y como con lo del MMC, hay discrepancias... yo sigo creyendo que no es obligatorio, aunque sí llevo uno en el coche.

Pues es pregunta de examen en permisos B+E.
Es obligatorio el extintor al llevar remolque. No caravana, sino que cualquier remolque!
 
Lo llevaba en el coche. El día que el hijo de un compi, provocó un incendio e hizo saltar la alarma rápidamente entré con el humo, lo saqué a él y desmonté la papelera donde había tirado el papel ardiendo. Se salvó la puerta y todo lo demás, solo se chamuscó la papelera.

No pensé en coger el extintor porque iba en el maletero y el coche estaba cerrado. O sea, que en mi modo de ver, el extintor debe estar en el lugar más accesible y en la caravana y yo aun no he encontrado el lugar idóneo. Comprar el extintor es lo más fácil. Tenerlo a mano siempre, en correcto estado, eso ya lo cumple menos gente, no obstante tienes razón, examinaré de nuevo dónde leches ponerlo.

Respecto a la obligación, aunque entiendo de su necesidad, si no recuerdo mal, al no ser remolque de carga, no está obligado, no?
 
Pues, os voy a dar un poco de luz, sobre la normativa. Esta es la obligatoriedad (y cuidao... que hace falta una caja de herramientas para llevar todo):

LOS AUTOBUSES, LOS CAMIONES DE MASA MÁXIMA AUTORIZADA SUPERIOR A 3.500
KILOGRAMOS Y LOS CONJUNTOS DE VEHÍCULOS NO AGRÍCOLAS:

-Un juego de lámparas de las luces que estén obligados a llevar reglamentariamente.
Se exceptúa de llevar repuesto de la luz de cruce a los vehículos que incorporen un tipo de lámparas que garantice el encendido permanente de la luz de cruce (por ejemplo, las lámparas de descarga).
-Herramientas indispensables para cambio de lámparas.
-Un equipo homologado de extinción de incendios y en condiciones de uso.
-Dos dispositivos portátiles de preseñalización de peligro debidamente homologados para señalizar la inmovilización por emergencia de los vehículos en la calzada o arcén.

Deben utilizar un chaleco reflectante de alta visibilidad debidamente certificado:
los conductores de:
-turismos,
-autobuses,
-automóviles destinados al transporte de mercancías,
-vehículos mixtos adaptables y
-conjuntos de vehículos no agrícolas
los conductores y personal auxiliar de los vehículos piloto de protección y acompañamiento.
Los vehículos automóviles pueden estar destinados a:
Servicio privado: Cuando su titular o conductor lo utiliza exclusivamente para fines particulares.
Servicio público: Cuando se utiliza para prestar un servicio a los demás, mediante el pago de una cantidad en contraprestación del servicio prestado.
 
Pues eso, que elementos de seguridad obligatoria o voluntaria llevais cuando viajais con vuestros conjuntos, carro tiendas o AC?

Por ejemplo..., lleváis el obligatorio extintor?
Yo suelo llevar gafas de sol para conducir no es obligatorio por norma pero para mi si?

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Joe Pete, muestra la fuente, que hay hilos que indexan link del Boe de 1999.
 
Los extintores hablo de memoria eran obligatorio en los vehículos de SP y en los de más de 3500kg. Ahora bien sea o no obligatorio yo también llevo uno en el coche siempre viene bien prevenir.

Citroen c-crosser Sun roller 350L
En el taxi es obligatorio y tenemos un extintor para los 553 taxis de vigo y nos lo vamos pasando cuando toca ir a la itv...jejeje.
No, en serio...alguna vez e pedido alguno prestado para ir a la itv por no darme cuenta de la fecha de caducidad, ahí que rellenarlo cada año aunque no se haya usado. Así que los que estáis obligados a llevarlo, estar atentos a la fecha u os pueden sancionar o no pasar la itv.
 
Os cuento una de extintores:

Hacia la ruta de Alicante en agencia con paquetería y si cambiábamos la gabarra, lo hacíamos en La Roda. A la vuelta en Las Pedroñeras muchas noches solía haber control de la GC y me pararon como algunas otras veces a pesar que nos conocían a todos los que todas las noches pasábamos por allí, La Guipuzcoana, Seur, Azcar,...:exclaim:

Apenas me pidió documentación cuando me pide el extintor :tard: , jarrrl!!. Sabía que no lo llevaba con lo que directamente le dije que no, que no llevaba extintor y nada, lo normal receta y a seguir ...

Lo curioso es que a los pocos días o la semana siguiente y otra vez a la vuelta, y en Las Pedroñeras me vuelve a parar la GC y el mismo agente.

Buenas noches ... !!Hombre José Antonio!! (se acordaba del camión, de mi nombre y del extintor), otra vez por aquí???.

Buenas noches agente, si ... como todas las noches.

¿Llevarás hoy el extintor verdad?

Si, si,:bounce: mostrándoselo.

A si me gusta, puede usted seguir la ruta, buenas noches.

Buenas noches.:hello2:
 
Pues a mí, al pasar la revisión de la caravana, no me han pedido nunca el extintor en una ITV
 
En el taxi es obligatorio y tenemos un extintor para los 553 taxis de vigo y nos lo vamos pasando cuando toca ir a la itv...jejeje.
No, en serio...alguna vez e pedido alguno prestado para ir a la itv por no darme cuenta de la fecha de caducidad, ahí que rellenarlo cada año aunque no se haya usado. Así que los que estáis obligados a llevarlo, estar atentos a la fecha u os pueden sancionar o no pasar la itv.
Eso no es raro y tú que conoces el tema náutico anda que no hay trasiego de cacharros de un barco a otro jajajaja. Después se acuerdan cuando pasa algo que no lo tienen.

Citroen c-crosser Sun roller 350L
 
Joe Pete, muestra la fuente, que hay hilos que indexan link del Boe de 1999.

Mohicano, en el libro de la autoescuela dice lo siguiente:

5567ff1ad67c893520f3a7f1683dc7e7.jpg


Es obligatorio.
Donde llevarlo?
Primero donde quepa, y segundo y para mi, en el armario que hay justo al entrar en la caravana
 
Yo llevo dos extintores en mi Nissan Trade porque la tengo forrada de madera y obviamente su correspondiente barniz y puede ser peligroso.. otras cosas para seguridad: suelo viajar con mi stafford y a la hora de dormir NADIE se acerca jejeje aunque es muy buena pero ladra fuerte.
Y a la hora de dejar la furgo sola pues no la dejamos muy escondida y cerca de más vehiculos, no dejar cosas a la vista y anti robo cuando se queda sola sola saco el fusible del contacto pa que se la lleven pero a cuesta.jajajajaja
Existen muchas cosillas para seguridad de tu furgo, conjunto o AC.

Saludos y kilómetros!

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Yo tenía un dos caballos que se averió la llave de contacto y saque un cable y lo conecte a un interruptor de la luz de esos de pared de las casas, iba colocado en la visera, jejeje y como no tenía llave de contacto y lo podía encender cualquiera... Pues llevaba la tuerca del volante apretada solo con la mano y cuando abarcaba me llevaba el volante, jejeje, ah también tenía picado el deposito de gasolina y pase la goma al maletero y la enchufe directamente a una garrafa de 25 litros que hizo de deposito hasta que murió el coche... En fin, una joya...nunca piso un taller, se arreglaba con lo que había a mano...cuanto daño hicieron las itv,ya no se recicla nada...
 
Eso no es raro y tú que conoces el tema náutico anda que no hay trasiego de cacharros de un barco a otro jajajaja. Después se acuerdan cuando pasa algo que no lo tienen.

Citroen c-crosser Sun roller 350L
Quidadin amiguito, no te me confundas, en el mar no ando con bromas,jejeje. En el barco llevo dos extintores, uno en el camarote y otro en el compartimento del motor, y estoy maquinando la manera de activarlo a distancia desde el puesto de mando, así no habría que hacercarse al fuego ni al depósito de gasolina que va junto al motor...
Aunque siempre está la opción de tirarse por la borda...
 
Para zanjar el tema localizado el BOE pertinente.

BOE nº. 20 del 23 de enero ha publicado la Orden PRE/52/2010, de 21*de enero.
En su anexo XII.

2. Los autobuses, así como los vehículos mixtos y los automóviles destinados al transporte de mercancías, estos dos últimos de masa máxima autorizada superior a 3.500 kg, y los conjuntos de vehículos no especiales, deberán llevar, además de la dotación que se establece en el apartado 1 a) y b), un equipo homologado de extinción de incendios, adecuado y en condiciones de uso.»

Enlace de dicho BOE:

https://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2010-1011

Ahora a analizar lo que dice el BOE jejeje.



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