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Pesos conjuntos y permisos de conducir

JAAVPROTEO

locuaz
Abro este hilo para ver si al fin entendemos lo de los pesos y si alguien va mal y no lo sabe que se de cuenta de como circula y para los que compran una caravana por primera vez sepan de que va el tema dentro de la legalidad vigente.<BR><BR>En mi caso;<BR>DATOS DE MI COCHE - RENAULT KOLEOS 2.0 DCI 150 CV 4 X 2<BR>FICHA TECNICA:<BR>TARA - 1649 Kg  // <STRONG>1724 Kg EN EL PERMISO DE CIRCULACION (75 Kg + DEL CONDUCTOR)</STRONG>, PESO EN VACIO.<BR>MMA  - 2200 Kg         MASA MAXIMA AUTORIZADA<BR>MMR  -  750 Kg s/f     MASA MAXIMA REMOLCABLE SIN FRENO.<BR>         - 2000 Kg c/f    MASA MAXIMA REMOLCABLE CON FRENO DE INERCIA.<BR>MMC  - 4200 Kg         MASA MAXIMA DEL CONJUNTO, (Peso total rodante vehiculo y remolque).<BR><BR><STRONG>Con este coche </STRONG>y en mi caso que solo tengo el <STRONG>carnet "B" el peso maximo del remolque que puedo enganchar NO PUEDE SUPERAR los 1724 Kg, peso de la tara del coche en el permiso de circulación, </STRONG>para cualquier peso de remolque superior debo tener el "B - 96" o el "B + E", con cualquiera de los dos podria llegar a la MMC (Masa Maxima del Conjunto) que para este coche es de 4200 Kg.<BR>Como podeis observar si sumamos la MMA del coche y una MMA de remolque de 1724 Kg, hace un<STRONG> peso del conjunto de 3924 Kg</STRONG> que sobrepasan los 3500 Kg que limita el carnet "B".<BR><STRONG>En este caso CIRCULARIA LEGALMENTE</STRONG>, ya que el <STRONG>Reglamento general de Conductores</STRONG>, en su Art. 5, establece las siguientes clases de permisos de conduccion; Y dice literalmente<BR><BR> -  *   -   *   -   *   -<BR>"B"     Automoviles cuya masa maxima autorizada no exceda de 3500 Kg y cuyo numero de asientos, incluido el conductor  no exceda de nueve. Dichos automoviles podran llevar enganchados un remolque cuya masa maxima  autorizada no exceda de 750 Kg.<BR>        <STRONG>   Conjunto de vehiculos acoplados compuestos por un vehiculo automovil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa maxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacio del vehiculo tractor.<BR>-   *   -   *   -   *   -<BR><BR></STRONG>Creo que con este mi caso, mas de uno, podra sacar conclusiones de como va realmente en lo referente al tema que por otra parte, es algo peliagudo por los MMA´s de las CV, ya que cuando nos vamos de vacaciones, creo que las cargamos de mas y casi siempre podemos ir pasados de Kilos en la caravana, este caso es otro tema.<BR><BR>Esperando que este hilo suba algo <EM><STRONG>os deseo a todos una felices vacaciones y un buen regreso a casa </STRONG></EM>despues de disfrutar alla donde vayais y si no teneis que conducir tomaros unas birras a la salud de todos.
 
No se lo que ha pasado no lo he escrito asi.
 
Con tu permiso lo arreglo:
En mi caso;
DATOS DE MI COCHE - RENAULT KOLEOS 2.0 DCI 150 CV 4 X 2
FICHA TECNICA:
TARA - 1649 Kg // 1724 Kg EN EL PERMISO DE CIRCULACION (75 Kg + DEL CONDUCTOR), PESO EN VACIO.
MMA - 2200 Kg MASA MAXIMA AUTORIZADA
MMR - 750 Kg s/f MASA MAXIMA REMOLCABLE SIN FRENO.
- 2000 Kg c/f MASA MAXIMA REMOLCABLE CON FRENO DE INERCIA.
MMC - 4200 Kg MASA MAXIMA DEL CONJUNTO, (Peso total rodante vehiculo y remolque).

Con este coche y en mi caso que solo tengo el carnet "B" el peso maximo del remolque que puedo enganchar NO PUEDE SUPERAR los 1724 Kg, peso de la tara del coche en el permiso de circulación, para cualquier peso de remolque superior debo tener el "B - 96" o el "B + E", con cualquiera de los dos podria llegar a la MMC (Masa Maxima del Conjunto) que para este coche es de 4200 Kg.
Como podeis observar si sumamos la MMA del coche y una MMA de remolque de 1724 Kg, hace un peso del conjunto de 3924 Kg que sobrepasan los 3500 Kg que limita el carnet "B".
En este caso CIRCULARIA LEGALMENTE, ya que el Reglamento general de Conductores, en su Art. 5, establece las siguientes clases de permisos de conduccion; Y dice literalmente

- * - * - * -
"B" Automoviles cuya masa maxima autorizada no exceda de 3500 Kg y cuyo numero de asientos, incluido el conductor no exceda de nueve. Dichos automoviles podran llevar enganchados un remolque cuya masa maxima autorizada no exceda de 750 Kg.
Conjunto de vehiculos acoplados compuestos por un vehiculo automovil de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque, siempre que la masa maxima autorizada del remolque no exceda de la masa en vacio del vehiculo tractor.
- * - * - * -

Creo que con este mi caso, mas de uno, podra sacar conclusiones de como va realmente en lo referente al tema que por otra parte, es algo peliagudo por los MMA's de las CV, ya que cuando nos vamos de vacaciones, creo que las cargamos de mas y casi siempre podemos ir pasados de Kilos en la caravana, este caso es otro tema.

Esperando que este hilo suba algo os deseo a todos una felices vacaciones y un buen regreso a casa despues de disfrutar alla donde vayais y si no teneis que conducir tomaros unas birras a la salud de todos.

Yo no tengo tan claro como tu que este reglamento sea el actualmente vigente, lo digo por lo de sobrepasar la tara.

Saludos
 
Muchas gracias por el arreglo, no se como ha podido salir asi, se ha debido transformar al enviarlo.
En cuanto al Reglamento es el unico que he podido encontrar en la pagina oficial de la DGT.
Gracias de nuevo.
 
De nada, es un error de codigos, no se como pero da igual.
Si quieres mirar este enlace al BOE http://www.boe.es/boe/dias/2009/06/08/pdfs/BOE-A-2009-9481.pdf
hace necesario dictar un nuevo Reglamento General de Conductores que sustituya al vigente y que facilite su conocimiento y aplicación.
Y en la pagina 10 del doc pdf, ART 4-apartado E :
El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
La coletilla del final se refiere a la pruebas de la autorizacion 96.
Saludos
 
Perdona, pero creo que has hecho mal los cálculos. Según pones, la MMA de tu vehículo es de 2200 Kg por lo que el remolque que acoples no puede pasar de 1300 Kg para llevarlo con el permiso B.

La tara del vehículo es indiferente para este cálculo
 
Es por lo que el MMA del remolque no puede sobrepasar el peso en vacio (tara) del vehiculo tractor si lo sobrepasa entonces como minimo el B96
 
Hacemos referencia a un conjunto de vehiculos, no por separado cada uno, y si se puede llevar un remolque con el "B" que no sobrepase la tara del coche que lo lleva enganchado.
 
Te he contestado en el otro hilo pero lo pongo en este también.
La nueva Ley de Tráfico aportó dos novedades al tema de los remolques:
- La aparición de la autorización B96 que permite llevar conjuntos de hasta 4250 kg de MMA combinada.
- La eliminación de la obligatoriedad de tener el carnet E para llevar un remolque cuya MMA superara a la Tara del vehículo tractor.

El trocito de ley que has pegado corresponde a la antigua. La vigente es la que ha pegado Gerard-2 y, como puedes ver, ha desaparecido la referencia a la tara del vehículo tractor.

Te lo ha dicho muy bien Kraus, para el cálculo del carnet es indiferente la tara del vehículo tractor: tú puedes llevar un remolque de 1300 kg de MMA. Evidentemente, para el cálculo de la seguridad, no es indiferente.
 
Entonces lo que dice la ultima frase "sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos." se refiere a los carnet´s o a las normas de aprobación establecidas para los vehiculos, si es para estos ultimos, los de la clase M y N nunca pueden llevar remolcado, un remolque con mas de 3500 Kg solo el remolque.
Yo creo que hace referencia a los vehiculos y no a las autorizaciones de conducir ya que el Reglamento de Conductores NO es una disposicion establecida por una norma y menos una "Norma de aprobacion de tipo establecida para un vehiculo", si no un Reglamento derivado de la Ley de Seguridad Vial.
 
Entonces lo que dice la ultima frase "sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos." se refiere a los carnet´s o a las normas de aprobación establecidas para los vehiculos, si es para estos ultimos, los de la clase M y N nunca pueden llevar remolcado, un remolque con mas de 3500 Kg solo el remolque.
Yo creo que hace referencia a los vehiculos y no a las autorizaciones de conducir ya que el Reglamento de Conductores NO es una disposicion establecida por una norma y menos una "Norma de aprobacion de tipo establecida para un vehiculo", si no un Reglamento derivado de la Ley de Seguridad Vial.

Estás mezclando conceptos y eso te generará confusiones. El carnet B te permite llevar conjuntos siempre que la suma de las MMA sea inferior o igual a 3500 Kg. Este es el concepto legal y no tiene en cuenta recomendaciones de seguridad ni que vehículos tienes ni cuanto peso has metido en ellos.

Luego están las "homologaciones de tipo". Se aplican a vehiculos concretos y pueden ser, por poner un ejemplo, que un determinado vehículo no puede arrastrar un remolque de más de 500 Kg.
 
Lo primero es señalar que con mis comentarios no quiero expresar estar de acuerdo o en contra del tema de la TARA
Intento desglosar el tema, mas que nada por que me da la impresion de que se estan mezclando cosas.


* Lo que esta claro es que se ha redactado la norma de distinta manera y se "han olvidado" el tema de las taras. No sera que aqui eramos especiales igual que con las matriculas? me imagino que sera una adaptacion a las directrices europeas, en todo caso ya no aparece ese requisito para conducir el conjunto con el permiso B donde toca!

* Lo de las "normas de aprobacion de tipo" siempre habia pensado que era lo del B+96, pero parece que se refiera a las homologaciones de los equipos o maquinas o vehiculos , no se si me equivoco. Dudo que sea de aplicacion en el tema de la MMA del remolque vs tara tractor. Si hace referencia al vehiculo¿por que no aparece en la ficha del vehiculo? si es un caso generico .... como se ha redactado..... es dificil !!! en todo caso tendria que aparecer el documento aludido por alguna parte y el anterior documento esta derogado claramente, esperemos que alguien lo encuentre....

No puedo dar mas valor a un documento derogado que a otro del que nadie sabe nada, ni siquiera si existe.

Pero de buen rollo :cheers:
 
Consultado con personal de la DGTy segun la legislacion actualizada a finales de 2010.

Reglamento General de Conductores.

Artículo 4.
Clases de permiso de conducción y edad requerida para obtenerlo
e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir lossiguientes vehículos:Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3500 kg que esténdiseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros ademásdel conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuyamasa máxima autorizada no exceda de 750 kg.Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de losque autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máximaautorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto
(Actualizado a Orden PRE/2356/2010)
no exceda de 4250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de
aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.
Artículo 5.
Condiciones de expedición de los permisos de conducción.
5. Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoríaB y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el casode que el conjunto así formado exceda de 3500 kg, será necesario superar laprueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en​
los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.

Por tanto y aclaradas todas las dudas, siempre que no se pase la MMC de 3500 Kg solo con el carnet "B".
Si la MMC sobrepasa los 3500 Kg pero no los 4250 Kg hace falta el "B 96"
Si se pueden sobrepasar los 4250 Kg hace falta el "B + E"
Asi que en mi caso estaba equivocado y solo puedo remolcar 3500 Kg - MMA coche (2200 Kg) = 1300 Kg aunque mi coche pueda con un remolque de hasta 2000 Kg, si supero esos 1300 Kg debo poseer como minimo el "B 96"
Aclarado, espero sirva a todo el que tenga dudas, como yo las tenia,
 
La verdad es que si, cuanto mas leo el texto legal afloran las dudas, en el Art 5 Condiciones de expedición de los permisos de conducción, son las condiciones de expedicion, pero los que lo tenemos expedido hace ya mas de 30 años que?
Deberia pasar como lo que hicieron con las motos, carnet "B" motos de hasta 125 cc, antes solo era creo recordar hasta 75 cc.
En fin habra que esperar o superar todas las obligaciones impuestas por R.D.
 
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