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Sancionado por no llevar espejos

Pedro Luis

Siempre Campista
Hola Amigos...
El otro dia antes de llegar a mi destino con mi caravana de menos de 750 Kg, fui parado por la DGT en la autovia A4, me pidieron toda la documentacion de la caravana y vehiculo y personal.
Me sancionaron por no llevar los espejos retrovisores exteriores complementarios, con 150 Euros,
mi alegacion fue el hacerles entender que yo veo perfectamente el angulo reglamentario, y que el no llevar los Retrovisores complementarios es porque veo peor, por las vibraciones y porque no me dan mucho mas angulo de vision que los de mi vehiculo ya que es un Opel Vectra y el ancho en grande.

Caso omiso a mi alegacion me dieron la razon y que no lo dudan, pero que el regalmento lo impone.
Despues de tenerme media hora buscando el regalmento infringido, no se aclararon y me pusieron.
PRECEPTO INFRINGIDO:

R.D. 2822/98 ART-12 (EL CUAL NO HACE MENCION A LA INFRACCION IMPUESTA)

Me he cogido el RD. y el Articulo y no veo nada al respecto de lo mencionado.

Mi pregunta saber vuestra opinion al respecto y valorar si presento recurso o pago la multa y me conformo

Gracias amigos.
 
los espejos suplementarios son siempre obligatorios, cuando el vehiculo es de menos anchura que el remolque.

Yo tengo una Carnival que tiene de anchura 198cm y una CV de anchura 200cm ..y reconozco que no me sirven para nada, y que a vecs no los llevo, por dejadez, por olvido.. pero soy conciente que son obligatorios, y si como tu dices , se andan fijando en esas cosas ..procurare no olvidarlos
 
Si en la denuncia no hace mención a la infracción, yo creo que deberías presentar recurso, habla con tu seguro que igual te recurren la denuncia, de todas formas es obligatorio llevarlos independientemente que veas bien o mal.Saludos.
 
Pedro Luis, por lo que cuentas he tenido mucha suerte, pues este puente hemos estado en Murcia, viniendo ayer por la tarde nos adelantarón los guardias muy despacio mirandonos de arriba abajo y yo no llevaba los espejos puestos, pues un rato antes los quite ya que del viento que hacia se me caian y ya he perdido dos.
Me parece que lo vas a tener dificil para recurrir, pues como dice Rocinante si el vehiculo tractor es mas estrecho que el remolque son obligatorios.
 
Gracias por contestar...

Gracias por contestar...

La verdad es que no os quito la razon pero no encuentro por ningun sitio ni articulo ni R.D que haga mencion a esta infraccion, ademas insisto segun el R.D y el articulo 12 no hace mencion a la infraccion.

de todas formas muchas gracias por el interes.
 
La verdad es que no os quito la razon pero no encuentro por ningun sitio ni articulo ni R.D que haga mencion a esta infraccion, ademas insisto segun el R.D y el articulo 12 no hace mencion a la infraccion.

de todas formas muchas gracias por el interes.


Aquí tienes algo de legislación y opiniones varias, algunas de ellas de mucho calado.

http://www.webcampista.com/foro/foro-campista/2748-retrovisores-supletorios-obligatorios.html

Espero que te ayude, pero ya te han dicho que son obligatorios y, la verdad, otras cosas se pueden ocultar más, pero creo que la G.C. no multa a los que no lo llevan, porque no les da la gana, porque, como digo, a simple vista se ve la "infracción".

Saludos varios.
 
Aunque sea obligatorio, como bien han apuntado otros compañeros, si el reglamento infringido (al cual debe hacer referencia en la denuncia), no pone nada claro al respecto, se podria recurrir por algun defecto de forma.
Informate bien antes de pagar que lo mismo tienes suerte y te escapas.
 
yo tampoco los utilizo,es que ni los regulo porque mi furgo tiene casi 2 metros de ancho y la caravana 2,10
pero los llevo puestos
 
Hay que llevarlos, como bien te dicen, siempre que el remolque sea más ancho que el tractor. Creo que te tocará pagarla. Saludos.
 
Esto de los espejos..... yo veo cantidad de remolques agricolas, de ferias, etc.. sin espejos.
Yo ya me harté de ellos. Son un rollo que no sirven para nada. Almenos en mi caso, y llevo 25 años conduciendo con caravana.
Pontelos-ponselos. Vaya rollo.:D
Alguien sabe el "exactamente" el articulo del codigo de circulacion donde se especifica la obligatoriedad de llevarlos?
 
yo de ti la pagaga y despues, entre dientes, te cagas en lo que te de la gana, porque si no el dia menos pensado te embargan de la cuenta y te va a costar mas caro. lo digo por que me ha pasado. y en mi pueblo dicen que el año que viene te pongan otra, que eso quiere decir que tienes salud y que puedes ir de acampadas. Un saludo.
 
Informate bien, porque si no indica claramente el motivo de sanción puede ser recurrida por defecto de forma.
 
Hola Amigos...
Me he cogido el RD. y el Articulo y no veo nada al respecto de lo mencionado.
A ver si al final los tricornupetas se te han enrrollau y han puesto, a posta, un articulo equivocado para que puedas recurrir con facilidad.
Si el articulo no coincide con la falta indicada, miel sobre ojuelas, recurre que te tiene que ir bien.
De todas formas, los espejos son una coña, pero en esta parte del mundo son obligatorios.
 
yo tampoco los utilizo,es que ni los regulo porque mi furgo tiene casi 2 metros de ancho y la caravana 2,10
pero los llevo puestos

Cortinas, eres carne de cañón si se le pone al guardia de turno...........tu remolque es más ancho que tu tractor.......................espejos obligatorios, te bibren, no te gusten........lo que tu quieras.........pero espejos y sino sabes a que te arriesgas.

Pedro Luis, ¿Que dimensiones tienes tus componentes, según targetas técnicas de los vehículos en cuestión?

Observar, sino, las autocaravanas, como sus espejos llevan un suplemento más alargado que las furgonetas estandar, por algo será, las perfiladas y capuchinas.

Saludos.
 
Hola

La cuestión es el puñetero 30% de descuento por pago antes de 15 días. Ante una sanción clara (velocidad, etc ...) lo mejor es pagar y beneficiarse de ese 30%

... en este caso yo lo pelearía sin dudarlo. Si el artículo indicado en la denuncia no hace referencia a la infracción es un posible defecto de forma. Lo dicho, en estos casos yo me inclino por recurrir hasta el final. Con seguirle la pista al procedimiento lo máximo que arriesgas es ese 30%. Nada de embargos ni pamplinas. Agotados todos los recursos si no consigues que te quiten la sanción pagas y listo. perderás ese 30%, pero también te das el gusto de retrasar el pago 1 o 2 años.

... Lo que si es muy, muy difícil es pagar una multa, recurrirla después y conseguir la anulación y la devolución de lo pagado. casi imposible.

salud
 
yo tengo un 4x4 y pongo unos que no veo nada pero los pongo y con el c4 pongo los grandes que si veo a para no dejarlos perdidos en ningun sitio los tego todos en la caravana de pende el que engancho pongo unos o otros un saludo
 
Yo en una ocasion afloje la gallina primero luego recurri y me la devolvieron con intereses de demora y todo, por miparte recurrir sin duda.
Saludos
 
Hola Amigos...
El otro dia antes de llegar a mi destino con mi caravana de menos de 750 Kg, fui parado por la DGT en la autovia A4, me pidieron toda la documentacion de la caravana y vehiculo y personal.
Me sancionaron por no llevar los espejos retrovisores exteriores complementarios, con 150 Euros,
mi alegacion fue el hacerles entender que yo veo perfectamente el angulo reglamentario, y que el no llevar los Retrovisores complementarios es porque veo peor, por las vibraciones y porque no me dan mucho mas angulo de vision que los de mi vehiculo ya que es un Opel Vectra y el ancho en grande.

Caso omiso a mi alegacion me dieron la razon y que no lo dudan, pero que el regalmento lo impone.
Despues de tenerme media hora buscando el regalmento infringido, no se aclararon y me pusieron.
PRECEPTO INFRINGIDO:

R.D. 2822/98 ART-12 (EL CUAL NO HACE MENCION A LA INFRACCION IMPUESTA)

Me he cogido el RD. y el Articulo y no veo nada al respecto de lo mencionado.

Mi pregunta saber vuestra opinion al respecto y valorar si presento recurso o pago la multa y me conformo

Gracias amigos.


Lee el art. 12 y el ANEXO 1
 
No termino de convencerme.

No termino de convencerme.

No veo realmente la imposicion de esta infraccion es todo como muy volatil a la hora de buscar R.D de los que unos te envian a otros y Anexos que no estan claros.

el RD 2822/98 Art 12, te manda al anexo I y este a la vez, al RD. 2028/86 Art 11/ parrafo 1-2. bien esta hecho el nudo o laberinto mejor dicho.

Este enlace es lo mas cercano a lo la claridad buscada de legisladores pues bien lo he preguntado a mi seguro y tambien dudan, no esta clara la cosa...

como lo veis vosotros ?

ir a la pag 38.

http://www.boe.es/boe/dias/1999/01/26/pdfs/A03440-03528.pdf
 
Y yo pregunto..... hay espejos homologados?
Lo obligatorio esta todo normalizado, homologado o estandrizado, pero no tengo constancia de que lo esten los espejos retrovisores. O si?
 
Y yo pregunto..... hay espejos homologados?
Lo obligatorio esta todo normalizado, homologado o estandrizado, pero no tengo constancia de que lo esten los espejos retrovisores. O si?


Ni idea, pero supongo que debe haber una homologación, digo yo
 
Cuando encuentres lo que dice la ley al respecto si esta clara paga cuanto antes.
A nosotros nos ocurrio que en una carretera de nuestro pueblo hay una señal de 50entre dos de 70 y nos cazaron, pero lo peor es que no nis enteramos hasta un año despues, cuando una señorita nos llama y es de una empresa de recursos de multas, recurrimos la multa pues no nos llego ni la notificación, si no la hubieramos pagado pues eran 90€ pues no nos sirvió de nada, dijeron:"todo españor tiene que leerse todos los días el BOE" si, claro no tenemos otra cosa que hacer.

Consecuencia pago de 300€ que nos quitan de la cuenta y aunque le dijeron a mi marido que teníamos un plazo para reclamar, nunca más vimos el pelo a nuestro dinerito.

Si nos vuelve a ocurrir algo así y visto que quieren hacer subir las arcas del estado pagare lo antes posible ( claro eso si me entero de que tengo multa) :argue:
 
LAYOLI, que raro es lo que cuentas, posiblemente a ti te engaño la señorita de esa empresa de recursos de multas.
 
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