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Homologacion placa solar

Yo me niego a pagar un euro para legalizarla, a las malas la monto en una baca y si me dicen algo la desmonto cada vez que tenga que pasarla, ya está bien de tanta tontería.


Cuidado la vaca tiene los cuernos legalizados, es que la placa aumenta la altura de los cuernos
 
Hace algunos años, cuando vendiamos los primeros paneles solares para las camper y las AC, habia una nota de la dgt indicando un listado de elementos que no habia que homologar, tal como paneles solares, portabicis... lo he intentado buscar pero no lo encuentro
 
Hace algunos años, cuando vendiamos los primeros paneles solares para las camper y las AC, habia una nota de la dgt indicando un listado de elementos que no habia que homologar, tal como paneles solares, portabicis... lo he intentado buscar pero no lo encuentro
Atorbiga, en un post de este hilo, en la página tres, Mates pone el texto que buscas, no hace falta que busques mas
 
Buenas Cormoran, efectivamente era similar a eso, unicamente que era el documento original de la DGT
 
Reabriendo el debate, algun@ tiene o sabe el enlace del manual de reformas actual?? Pero el de industria, que será por el que se rige la ITV...
Saludos,
 
Por si sirve; no es spam, es un enlace copiado de un PDF, en mi Correo y el tio pone el enlace en Arameo.

 
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Por si sirve; no es spam, es un enlace copiado de un PDF, en mi Correo y el tio pone el enlace en Arameo.

Gracias, pero he mandado un correo a la itv y muy amablemente me han enviado el enlace:


Por otro lado, he visto que el soporte de la rueda repuesto en la cv se considera reforma.
Muchos lo llevan y no les han dicho nada ....
Lo de las itv es otro mundo...
20210112_174023.jpg
 
El soporte que habitualmente llevamos en los bajos, para rueda de repuesto no se considera reforma, no es que lo diga yo, lo dice su Manual. Por otro lado, soy incapaz de bajar el Docum. con tu enlace, seguro que no se.
 
El soporte que habitualmente llevamos en los bajos, para rueda de repuesto no se considera reforma, no es que lo diga yo, lo dice su Manual. Por otro lado, soy incapaz de bajar el Docum. con tu enlace, seguro que no se.
Perdón por mi error, más abajo pone que no se considera reforma si va en los bajos del vehículo...20210112_183215.jpg
 
Perdon, por nada; ellos son los equivocados, ese soporte, solo es reforma si afecta a la carroceria y no se lo digo yo, se lo dice el BOE que he mencionado. En los bajos tambien esta en el "exterior del vehiculo", pero no afecta a la carroceria, por lo tanto, no tenian que hacer mencion alguna.
 
Me he leído la directiva europea que se ocupa de esos salientes, la 74/483/CEE, y no se aplica a elementos que estén situados a más de 2 metros de altura, lo que incluye a las placas instaladas en el techo de casi cualquier caravana/autocaravana (creo).
Yo también entiendo eso
extracto normativa 74-483-CEE.jpg


Y entiendo que entonces si en la autocaravana que pretendo comprar, podría instalar paneles solares o un equipo de aire acondicionado en los laterales o en el culo del vehículo por encima de los 2 metros de altura. Quiero tener potencia eléctrica para ser autónomo incluso en invierno con un ordenador portátil muchas horas al día y otros elementos.

PD: Me he registrado en la web para comentar en este hilo al que me ha traído google :) ¡Hola a tod@s!
 
Última edición:
Desde el 24 de Agosto del 2018 y aun seguimos con lo mismo, con lo fácil que es limarle los cuernos a la vaca para que no pase de los 2 metros de altura, antes de la segunda hora he pasado la ITV a tres ac de la empresa, con las placas solares correspondientes puestas en nuestro taller y no nos han pedido nada
 
Lo del techo yo lo daba también por sabido, pero lo que me interesa saber a mí es si podría poner algo en el lateral o la parte trasera (el culo) del vehículo. Me gustaría poder añadir más placas solares en vertical en esas zonas, o un aire acondiacionado ahí para ahorrar espacio en el techo para placas solares :D
 
Creo que si son autocaravanas no.

Saludos.
Tengo entendido que sí, de hecho hay algún colega que lo ha comentado en algún hilo, en los supuestos de excepción no se contempla. Los que podemos estar tranquilos somos los usuarios de CV...
 
Dicen que la mormativa ha cambiado, antes no era necesario. El las excepciones no se habla de los paneles y hay compis que les han puesto problemas...
Esta guia era de 2017:

Muchas veces depende de la ITV, me hicieron poner una luz de matrícula, el anterior propietario había pasado ITV sin problema, es un ejemplo.
1613061471782.png

Creo que lo fundamental es lo de "autocaravanas y vehículos vivienda"

Está claro que cada ITV es un sistema solar propio, con su propia energía, sus planetas y, lo que es más impactante, con sus propias normas y eso nos está volviendo locos a todos.

El problema es que algunos consideran que una "furgo camperizada" no es un vehículo vivienda y algunas ITVs de algunas galaxias rarunas son las que ponen pegas a esos vehículos Y otras galaxias con varios soles y lunas, por ni siquiera analizar la situación, meten a todos los vehículos vivienda en el mismo saco, para bien y para mal.

Yo creo que lo mejor es ir a la ITV armado con un bolígrafo que tenga una tinta rápida y ágil.

Si lo que te dicen no te cuadra y te la tiran, sacas el bolígrafo, lo desenfundas y solicitas la Hoja de Reclamaciones para plasmar dicha inconformidad. A partir de ahí puedes hacer (después) lo que consideres, esperar a que se resuelva o quitar lo que te han dicho y pasarla de nuevo, pero la reclamación seguirá su curso y, si al final tienes razón, a alguno le podrás dar guerra.

Claro que hay que tenerlo muy claro y estar dispuesto a pasar por ese trago. Alguna ITV a lo mejor al verte armado con semejante artilugio (el bolígrafo) puede que hasta cambie de opinión sobre los hechos que antes de sacar el bolígrafo, le parecían claros y meridianos.

Saludos.
 

Edito, tengo una consulta abiera a una ITV, en cuanto me contesten os digo. Este asunto parece que depende de a donde vayas y quién te toque!!!
 
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