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Impuesto Municipal

en Euskadi y Navarra con el cambio de la ley si pueden cobrarnos el impuesto de circulacion y de hecho algunos ayuntamientos lo están pasando al cobro

Con el cambio de que ley?
En los tiempos que corren, con el desplome de las recaudaciones de impuestos, si esa norma que dices existe, el año que vienen pagamos todos.
Hoy no he encontrado el Boletin correspondiente, pero mañana le pido informacion a la interventora de mi ayunta...aunque, pensandolo mejor, ya no se si me atrevo.
 
Lo prometido es deuda...
Lo ke en Bizkaia sigue vigente a dia de hoy (si alguien tiene otra informacion contradictoria o complementaria, k lo diga con datos, porfa) es la Norma Foral 7/1989 de 30 de Junio, del Impuesto sobre Vehiculos de Traccion Mecanica (BOB 19 Julio), actualizado a fecha 06/04/2005.
En el Capitulo I "Naturaleza del hecho imponible", Art. 1-3 b especifica que "no estan sujetos a este impuesto...los remolques y semirremolques arrastrados por vehiculos de traccion mecanica cuya CARGA UTIL no sea superior a 750 kilogramos ".
En base a este articulo, en mi Ayuntamiento las CV no pagamos. Supongo que en el resto de territorios de Euskadi la formula sera igual o muy parecida, pero eso no me atrevo a asegurarlo 100%.
Por lo que veo, el tema esta en la definicion de "carga util".
Todos vamos pasaditos de peso, pero 750 kg mas que lo que pesa la CV no creo que lleve mucha gente. Yo desde luego no y, me imagino, que el peso maximo autorizado menos la tara de la CV en pocos o ningun caso llegara a 750 kg . Que conste que estoy pensando en alto, pero no creo andar demasiado desencaminado.
Quedo a expensas de correcciones de alguien que sepa mas o tenga informacion mas actualizada.
Un saludo.
 
Creo que lo que hay que hacer al comprar la CV, es ir al ayuntamiento correspondiente y rellenar un papelito solicitando la EXENCIÓN del IVTM, listo.

por eso si no pides la exención te lo pasan y al reclamar te lo devuelven.

por cierto el lunes voy yo a solicitar dicha exención.

un saludo
 
Dependera del ayuntamiento, porque yo la compre (es de mas de 750 con matrícula roja), no fuí a ninguna parte y nadie me pidió nada, hablo en Gijon Asturias.


UN SALUDO
 
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/conte..._virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..
 
Hay un real decreto, que tengo en algun sitio deberia buscarlo si teneis interes, mediante el cual se exime del pago a los remolques de carga util por debajo de 750kg... por eso no pagan
 
A ver si sale


Pues no ha subido

En cualquier caso es art. 92 del real decreto legislativo 2/2004 de 5 de abril,por el que se aprueba el texto refundido de la ley de haciendas locales
 
En el concesionario donde compre la cv lo pregunte y me comentaron que no tenia que pagar el impuesto de circulacion.

My sorpresa fue que desde el ayuntamiento me llego la dichosa carta para pagar dicho impuesto, llame por telefono a la oficina de recaptacion del ayuntamiento y reconocieron el error y desde entonces ya no me ha llegado mas.

Saludos desde Manresa,

E46
 
en navarra por lo menos se paga porque yo revolvi roma con santiago y al final por las leyes forales se paga igual en el pais vasco tambien pero no lo se aqui seguro llame inutil y corto al secretario porque todos deciais que no se pagaba y luego a claudicar
 
en navarra por lo menos se paga porque yo revolvi roma con santiago y al final por las leyes forales se paga igual en el pais vasco tambien pero no lo se aqui seguro llame inutil y corto al secretario porque todos deciais que no se pagaba y luego a claudicar

NO SE PAGA......te la han metido bien, al igual que el impuesto del ayuntamiento de fustiñana, que me han dicho que te han pasado el impuesto de movilidad relativa a la caravana (toda caravana aparcada en el termino municipal de Fustiñana, al tenerlas paradas mas de una semana seguida, deben de pagar dicho umpuesto). TAMPOCO LA PAGES aunque te lo diga otra vez el secretario

saludos
 
Ninguna CV que yo sepa supera los 750 kg de carga UTIL.

Por ejemplo mi CV, tiene una MMA de 1210 kg y una tara de 910kg por lo que su CARGA UTIL es de 300 kg.

La Ley es para toda España y que yo sepa, por ahora Euskadi y Navarra forman todavia parte de España.

Claro está que algunos funcionarios no saben lo que es CARGA UTIL y otros restar.


,
 
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/conte..._virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..

Como digo yo la matricule en trafico y nadie me pidió ningun Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

UN SALUDO
 
¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

Ninguno Mac_Lula. Creo yo que el problema está en algunos funcionarios municipales.
 
En Vitoria (Pais Vasco) NO SE PAGA hoy hemos echo la transferencia de una caravana.
Buscaros la Ley no recuerdo el articulo pero esta en la red. Y es un REAL DECRETO.
 
Ninguna CV que yo sepa supera los 750 kg de carga UTIL.

Por ejemplo mi CV, tiene una MMA de 1210 kg y una tara de 910kg por lo que su CARGA UTIL es de 300 kg.

La Ley es para toda España y que yo sepa, por ahora Euskadi y Navarra forman todavia parte de España.

Claro está que algunos funcionarios no saben lo que es CARGA UTIL y otros restar.


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Respecto al pago del impuesto de circulación de caravanas en Navarra, se rige por la Ley Foral 2/2008, de 24 de enero, de modificación de diversos impuestos y otras medidas tributarias.publicada en el BON 159 de 31/12/2008.

Expongo el parrafo:
Artículo 9. Tributos Locales.​
Impuesto sobre Vehículos de Tracción
Mecánica.
Con efectos desde el día 1 de enero de 2009, el número 1 del artículo
162 de la Ley Foral 2/1995, de 10 de marzo, de Haciendas Locales
de Navarra, quedará redactado del siguiente modo:
"1. El Impuesto se exigirá con arreglo al siguiente cuadro de tarifas:
Cuotas:
a) Turismos:

−​
De menos de 8 caballos fiscales: 17,63 euros.

−​
De 8 hasta 12 caballos fiscales: 49,61 euros.

−​
De más de 12 hasta 16 caballos fiscales: 105,83 euros.

−​
De más de 16 caballos fiscales: 132,32 euros.
b) Autobuses:

−​
De menos de 21 plazas: 123,45 euros.

−​
De 21 a 50 plazas: 176,39 euros.

−​
De más de 50 plazas: 220,49 euros.
c) Camiones:

−​
De menos de 1.000 kg de carga útil: 61,79 euros.

−​
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 123,45 euros.

−​
De más de 2.999 a 9.999 kg de carga útil: 176,39 euros.

−​
De más de 9.999 kg de carga útil: 220,49 euros.
d) Tractores:

−​
De menos de 16 caballos fiscales: 30,92 euros.

−​
De 16 a 25 caballos fiscales: 61,79 euros.

−​
De más de 25 caballos fiscales: 123,45 euros.
e) Remolques y semirremolques:

De menos de 1.000 kg de carga útil: 30,92 euros.

−​
De 1.000 a 2.999 kg de carga útil: 61,79 euros.

−​
De más de 2.999 kg de carga útil: 123,45 euros.
f) Otros vehículos:

−​
Ciclomotores: 4,45 euros.

−​
Motocicletas hasta 125 cc.: 6,68 euros.

−​
Motocicletas de más de 125 cc. hasta 250 cc.: 11,06 euros.

−​
Motocicletas de más de 250 cc. hasta 500 cc.: 21,80 euros.

−​
Motocicletas de más de 500 cc. hasta 1.000 cc.: 43,62 euros.

Motocicletas de más de 1.000 cc.: 87,25 euros".

Un Saludo.
 
Los ayuntamientos, de unos años a esta parte, no saben ni ellos mismos los límites de sus competencias. Si bien han sido engordadas desmesuradamente en los últimos años, algunos se toman más "libertades" de las que debieran.

Además....a ellos les sale gratis.

No hace mucho me pasaron por el banco el recibo de un coche, y despues de personarme dos veces alli,perdiendo dos mañanas,etc...me pretendian cobrar un impreso para presentarlo en Caja España y luego volver a que me devolvieran el dinero. Vamos, un abuso, prevaricación...o lo que se le quiera llamar, pero entre unos que lo den por perdido, otros que paguen el papelito, etc....se sacan una pasta de eso, y a multiplicar por el resto de impuestos...
 
Según la DGT, y esto es para todas las provincias.

Para poder matricular un vehículo, es necesario presentar entre otros papeles, el "Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

Vamos , que si no tienes pagado o exento el IVTM no puedes matricular el vehiculo en cuestión.

http://www.dgt.es/was6/portal/conte..._virtual/vehiculos/matriculacion/matrordi.pdf

Saludetes..

Como digo yo la matricule en trafico y nadie me pidió ningun Justificante del pago o exención del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento en el que tenga su domicilio el solicitante."

¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

UN SALUDO

¿Que interes puedo tener yo en MENTIR?.

Ninguno Mac_Lula. Creo yo que el problema está en algunos funcionarios municipales.

Otro que matriculó la cv él mismo y nadie le pidió nada, en Valencia.
 
Ami me la matricularon en Vitoria y me dieron el papel de exención del ayuntamiento. Entiendo que para matricularla lo pedirían (aunque visto lo visto tal vez sea mucho suponer)
 
Ami me la matricularon en Vitoria y me dieron el papel de exención del ayuntamiento. Entiendo que para matricularla lo pedirían (aunque visto lo visto tal vez sea mucho suponer)

Entiendo que te la matricularon los mismos que te la vendieron y ellos pidieron ese papel.
Si no no se entiende que a AUNOLOSE y a mi no nos lo pidieran al matricularla nosotros y a alguno mas.
Yo entiendo que los ayuntamientos funcionen cada uno "a su bola", PERO la DGT es estatal y lo que no es logico es que en unos lugares pidan ese papel y en otros no.
Va a ser que AUNOLOSE, MAC-LULA, o sea yo y otros mas estemos viviendo en un mundo paralelo tipo MATRIX.
jOER ya no se que pensar.

UN SALUDO
 
Yo creo que es por el funcionario que toque (en nuestro caso funcionaria) si lo pensamos desde su lado tendrán orden de "pedir siempre el papel de hacienda", por lo que vi al vender el coche, realmente este papel solo se mira y se comprueba, no sirve para nada más (aunque ahora pienso que dan varias copias :scratch: ), por lo tanto si ella sabía que los remolques de .... (y las cv) no pagan, directamente no lo pidió.
 
A mi en un pueblo de Guadalajara también me cobraron el impuesto 2 o 3 años, me enteré por éste foro que estaba exenta, reclamé y me develvieron todo el dinero que había pagado incorrectamente.
Un compañero de éste foro me mandó una copia del recurso, todavía lo tengo guardado, si lo necesitas me mandas un privado y te lo envio.
 
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