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¿Puede registrar la guardia civil tu autocaravana?

Mates lo veo de una forma ligeramente distinta, ambos son propiedad privada, si no tienen constacia de un delito no pueden entrar, conozco el caso simplemente por que tuve una academia de formación de seguridad privada, sin una orden judicial no puede, como sigo saco que sean consciente de que en ellos se esta cometiendo un delito grave. Que haría yo, pues como tengo la conciencia tranquila, les dejo hasta el baño, pero sin usarlo, les explico como va el tema y si quieren les invito a un café, te aseguro que mas de una vez es solo por mirar y les gusta, y ellos lo saben
Pues como bien decís: si es un vehículo vivienda es como si la policía quisiera registrar tú casa, poder no pueden, a menos que tengan motivos para sospechar que estás cometiendo un delito, pero lo que si pueden hacer, es retener el vehículo hasta conseguir una orden. Si no llevas nada sospechoso, yo me bajaría los pantalones y les dejaría entrar hasta el sótano, si así quieren.
Esto se ha hablado en muchos otros foros y la respuesta es esa.
 
Mates lo veo de una forma ligeramente distinta, ambos son propiedad privada, si no tienen constacia de un delito no pueden entrar, conozco el caso simplemente por que tuve una academia de formación de seguridad privada, sin una orden judicial no puede, como sigo saco que sean consciente de que en ellos se esta cometiendo un delito grave. Que haría yo, pues como tengo la conciencia tranquila, les dejo hasta el baño, pero sin usarlo, les explico como va el tema y si quieren les invito a un café, te aseguro que mas de una vez es solo por mirar y les gusta, y ellos lo saben
Pues como bien decís: si es un vehículo vivienda es como si la policía quisiera registrar tú casa, poder no pueden, a menos que tengan motivos para sospechar que estás cometiendo un delito, pero lo que si pueden hacer, es retener el vehículo hasta conseguir una orden. Si no llevas nada sospechoso, yo me bajaría los pantalones y les dejaría entrar hasta el sótano, si así quieren.
Esto se ha hablado en muchos otros foros y la respuesta es esa.
 
Pues como bien decís: si es un vehículo vivienda es como si la policía quisiera registrar tú casa, poder no pueden, a menos que tengan motivos para sospechar que estás cometiendo un delito, pero lo que si pueden hacer, es retener el vehículo hasta conseguir una orden. Si no llevas nada sospechoso, yo me bajaría los pantalones y les dejaría entrar hasta el sótano, si así quieren.
Esto se ha hablado en muchos otros foros y la respuesta es esa.
Una orden que lo mas probable es que no consigan y en lugar de estar un par de horas en un control y tirar pa el hotel, se tiran todo el día pasando calor y sin agua..., mientras el conductor de la ac está fresquito, con la tele y una cervecita..., lo digo por la experiencia personal de un primo que tengo en el cnp.
Si quieren entrar en mi casa, primero que me inviten a la suya...
Salu.
 
Cuando la policía registra un domicilio es porqué tiene unos indicios claros de que se ha cometido un delito y siempre , digo siempre tiene una orden judicial, eso sucede en los Estados de Derecho,
Dudo mucho que la policía intente registrar una AC sin una orden, salvo en zona aduanera, .
Si por algún motivo solicitara registrarla sin una orden te está llamando posible delincuente.
A mi no me han registrado nunca el domicilio, pero supongo que en un registro, por lógica, te registrarán todos los cajones y armarios, y todos los recovecos de la autocaravana donde puedas esconder algo incluso hasta el frigorífico y el congelador y no es plato de gusto.
Diferente es enseñar la autocaravana por dentro como se la puedes enseñar a un amigo vecino incluso a la policía si te apetece, ¡ojo! pero eso es no es un registro,
Caso diferente es en zona aduanera donde rutinariamente la policía hace registros, lógicamente, para vigilar el contrabando.
 
Si está estacionada y usandose como vivienda, autorizacion judicial, si esta usandose como vehiculo en movimiento, como cualquier vehiculo en cualquier lugar sujeto a las normas de circulacion.
Por descontado, que a mi en un camping, sin autorizacion judicial no entran.........en otras circunstancias, ocasiones y lugares, que teoricamente se alegase domicilio habría que estar muy al tanto, porque la policia no es tonta y al final, con una peticion debidamente razonada, su señoría daria su benia.
En resumen, tienen la consideracion de domicilio, en funcion de las circunstancias.....No es siempre blanco o siempre negro, ni aun en situaciones similares....ante la duda, autorizacion judicial y siempre siempre habrá que justificar las situaciones.
 
Nunca pueden hacerlo, ni circulando ni parado ni en camping, NUNCA sin orden judicial. Solo en paso fronterizo de aduanas

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A mi me crece que en cualquier caso si uno se pone en plan borde, ellos se ponen en la misma tesitura, sin quieren entrar como ya he dicho, la cosa es fácil, no es que entren a la fuerza les invito a pasar, yo no tengo nada que esconder, sea donde sea
 
Excelente cormoran, hasta les ofrezco un refresco. Mejor que entren de buenas a que entren con los cuernos rebotados

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Excelente cormoran, hasta les ofrezco un refresco. Mejor que entren de buenas a que entren con los cuernos rebotados

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Un refresco, un cafe o lo que quieran, a mi ya una vez me preguntaron si podían entrar, en el fondo los que querían era verla por dentro, ademas cerca de donde tengo la empresa, y al final terminaron siendo clientes míos y mandándome gente
 
Nunca pueden hacerlo, ni circulando ni parado ni en camping, NUNCA sin orden judicial. Solo en paso fronterizo de aduanas

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Sin animos de discrepar, pues sustancialmente estamos en lo mismo, ahora bien, existe mucha jurisprudencia al respecto, que considera domicilio siempre que se use para esos fines, osea acondicionada para dichos fines (camas, etcetc), si no es asi, tambien existe jurisprudencia en tal sentido, donde no se considera domicilio por carecer de dichos elementos, como la STS 1165/2009.
Así pues, si se utiliza solo como transporte, no reune las condiciones de privacidad ni de intimidad que exige la doctrina.
Por otro lado, la Ley 12/1995, articulo 16.1, permite el registro de caravanas sin invadir el espacio de privacidad e intimidad, para lo cual se exigira la debida autorizacion judicial o por flagrante delito, esto es, lo que ocurre en los pasos fronterizos.
En la ITV, llevan el numero 48 cuando estan acondicionadas y registradas como caravanas habilitada para domicilio.

Un saludo.
 
Un refresco, un cafe o lo que quieran, a mi ya una vez me preguntaron si podían entrar, en el fondo los que querían era verla por dentro, ademas cerca de donde tengo la empresa, y al final terminaron siendo clientes míos y mandándome gente

Te comento que,eso no es registrar una AC . Un registro judicial es otra cosa, no es echar un vistazo,
 
Conclusión, podemos llevar fardos de drogas para financiarnos las vacaciones sin problemas.
 
Te comento que,eso no es registrar una AC . Un registro judicial es otra cosa, no es echar un vistazo,

Pedro ya se pero no crees que es mejor facilitarles las cosas, para asi que ellos nos las faciliten a nosotros. Se perfectamente lo que es un registro judicial, ten en cuenta que estuve durante unos años en una empresa de formación de vigilantes de seguridad
 
Conclusión, podemos llevar fardos de drogas para financiarnos las vacaciones sin problemas.

Claro, como los puedes tener en tu casa para traficar o comprarte un coche, siempre que no levantes sospechas.
Si en ambos casos la policía sospecha , el juez dictará un orden de registro para registrarte tu domicilio o tu AC si encuentra las sospechas de la policía fundadas.
Así funciona el Estado de Derecho nos guste o no
 
Pedro ya se pero no crees que es mejor facilitarles las cosas, para asi que ellos nos las faciliten a nosotros. Se perfectamente lo que es un registro judicial, ten en cuenta que estuve durante unos años en una empresa de formación de vigilantes de seguridad

Sí, tienes razón Comoran en eso, pero no se trata de eso se trata de debatir si nuestra vivienda de la AC a efectos de registro policiales tiene el mismo tratamiento que una vivienda normal.
Y yo creo que según la ley sí
Un saludo
 
Bueno Pedro entonces te planteo lo siguiente, si te viene la policia, cualquiera de ellas a tu casa por que quiere "comprobar" algo, les pides una orden judicial, te digo lo mismo que antes, y si quieren les hago un café, yo no escondo nada ilegal en casa, cosas de valor puede que si, pero ilegal nada. Según la ley si puedes negarte, pero si lo haces da la impresión que algo escondes, figurate van consiguen la orden y vienen cabreados y te tiran la puerta abajo, ante el juez dicen que no les triste..... su palabra contra la tuya, el juez les da la razón a ellos por que tienen presunción de veracidad, que después no encuentran nada, pueden decir aquello de que claro lo que han hecho es mientras conseguimos la orden lo ilegal lo han hecho desaparecer....

Ahora sin montar historietas te cuento una historia real que le ocurrió a la difunta de mi madre, consiguió un terreno y construyo un chalet en el, para pasar el verano en el, se pasaba bastante tiempo cerrado, eso lo aprovecho un "colegial" de estos que andan sueltos para abrirla y utilizarla como almacén de sus robos mientras no lo ponía en el mercado de los puristas, a nosotros solo nos dejo medio vacíos uno botellines de coca-cola, entro la GC y lo cazo con todo el material, nos llamaron y nos dejaron mientras identificaban a los dueños del material robado, al final aun no hemos identificado al dueño de un libro de biología de 1790, aun esta en casa y después de mas de 30 años dudo que aparezca. Crees que protestamos que entraran sin orden en la casa, simple y llanamente viendo que había un delito fragante entraron cumplieron la ley y quedaron como caballeros. Simplemente por eso yo si quieren entrar en mi casa, en mi ac, en la nave de la empresa, son bienvenidos
 
Bueno Pedro entonces te planteo lo siguiente, si te viene la policia, cualquiera de ellas a tu casa por que quiere "comprobar" algo, les pides una orden judicial, te digo lo mismo que antes, y si quieren les hago un café, yo no escondo nada ilegal en casa, cosas de valor puede que si, pero ilegal nada. Según la ley si puedes negarte, pero si lo haces da la impresión que algo escondes, figurate van consiguen la orden y vienen cabreados y te tiran la puerta abajo, ante el juez dicen que no les triste..... su palabra contra la tuya, el juez les da la razón a ellos por que tienen presunción de veracidad, que después no encuentran nada, pueden decir aquello de que claro lo que han hecho es mientras conseguimos la orden lo ilegal lo han hecho desaparecer....

Ahora sin montar historietas te cuento una historia real que le ocurrió a la difunta de mi madre, consiguió un terreno y construyo un chalet en el, para pasar el verano en el, se pasaba bastante tiempo cerrado, eso lo aprovecho un "colegial" de estos que andan sueltos para abrirla y utilizarla como almacén de sus robos mientras no lo ponía en el mercado de los puristas, a nosotros solo nos dejo medio vacíos uno botellines de coca-cola, entro la GC y lo cazo con todo el material, nos llamaron y nos dejaron mientras identificaban a los dueños del material robado, al final aun no hemos identificado al dueño de un libro de biología de 1790, aun esta en casa y después de mas de 30 años dudo que aparezca. Crees que protestamos que entraran sin orden en la casa, simple y llanamente viendo que había un delito fragante entraron cumplieron la ley y quedaron como caballeros. Simplemente por eso yo si quieren entrar en mi casa, en mi ac, en la nave de la empresa, son bienvenidos

En caso de delito flagrante no se discute que es lógico que entren sin orden judicial, pero en España cuando la policía registra un domicilio siempre digo siempre lleva la orden judicial porque entre otras cosas sabe que por ejemplo tienes algo que ocultar lo lógico es que te niegues si no hay una orden y sí tiene que volver con ella puedes destruir las pruebas, además no entiendo como la policía se puede cabrear si haces valer tus derechos.
 
Pues yo diria que hay dos situaciones diferentes.
Cuando circula es un vehiculo, y en consecuencia hay que aplicar la logica de un vehiculo. Puede ser revisado en cualquier control como un vehiculo cualquiera.
Otra situación es cuando su uso es como vivienda. En este caso tengo mis dudas de que se pueda registrar a no ser en flagrante delito o con orden juducial.
Creo que esto tambien es aplicable a las caravanas e incluso a las tiendas de campaña.

Perfectamente explicado,es así.
 
Veamos, alguien ha preguntado, ¿la cuardia civil puede entrar en mi ac a registrar?, la respuesta legal es "no", que vosotros la quieres dejar entrar, es vuestra decisión, yo no la cuestiono, no cuestioneis vosotros la mia.
Salud.

PD:
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¿y tu que dices?
 
de tres hilos que veo en los tres, manda carajo, con perdón
 
¿Y eso no hay manera de evitarlo?, es que carga mucho, sobre todo por que está en yugoslavo
Salud.
 
Pues ya salió otro, al parecer de teléfonos, a ver si es que los regala, yo ya le pedí uno gratis y que me pague el transporte
 
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