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mucho más que un foro

Se pagan las multas por zona azul en Francia??

Me han puesto una multa por aparcar en un descampado de pago en bretaňa. Alguno no la habéis pagado. Te mandan una carta o
....

Dudo si pagarla o pasar, pero tampoco quiero que mereen luego.
 
Hace unos años no se pagaban porque al no haber acuerdos entre España y Francia no te llegaban.
Hoy en día no lo sé, espero que siga el tema igual.
 
Yo tengo oido que si te multan, o la pagas en el momento o te retienen el coche porque como te pires sin pagarla, aunque te tomen los datos, no hay manera de que te la cobren.
 
En mi caso es por aparcar, me dejaron la multa en el parabrisas. Ha alguien os han puesto una multa reciente por aparcar y no la habéis pagado?
 
Ojito.................ya no te escapas.................hay acuerdos bilaterales....................jejejej

[h=2]Los extranjeros infractores no escaparán de las multas[/h]
SIN-PUNTOS.jpg

No habrá fronteras para las multas.


Ni los europeos que vienen a España dejarán de recibir la multa en su casa si cometen una infracción de tráfico cuando circulen por las carreteras de nuestro país, ni los españoles nos libraremos de la sanción cuando cojamos el coche en carreteras del resto de Europa y vulneremos las normas de circulación...


¿Y si no pago?
flecha_derecha.jpg
Análisis de Mario Arnaldo, presidente de AEA

Hasta ahora, lo que ocurre es que una de cada cuatro multas cometidas en Europa por conductores que no residen en esos países queda impune por la dificultad de identificar al titular. La DGT está dispuesta a acabar con esa situación, y tiene ya preparado un proyecto de real decreto por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos y que facilite el intercambio de información entre los países miembros para asegurar que las multas lleguen al conductor, sea cual sea el país en el que se haya cometido la infracción.

Con este cambio normativo, la DGT traspone la directiva comunitaria 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo en materia de seguridad vial.

Con la nueva normativa, el Gobierno permitirá a los estados miembros de la UE «acceder a los registros de vehículos de la Jefatura Central de Tráfico con objeto de llevar a cabo las indagaciones necesarias para identificar a los conductores de vehículos matriculados en España con los que se haya cometido en territorio de dichos Estados las infracciones previstas en la directiva. El Estado español podrá acceder con el mismo propósito a los registros correspondientes de dichos estados», dice el proyecto de real decreto al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

Eso sí, sólo podremos recibir multas de otros gobiernos europeos y viceversa por ocho infracciones: exceso de velocidad, por no utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no llevar casco, circular por un carril bus prohibido o utilizar el teléfono móvil al volante.

No podremos ser multados, por ejemplo, por aparcar mal el coche en cualquier otro país europeo, una posibilidad puede que tenga los días contados, porque la DGT también ha incorporado en el proyecto de real decreto la posibilidad de que «mediante acuerdos bilaterales suscritos con los citados estados, podrá ampliarse la relación de infracciones a las que se aplicará, en su caso, el intercambio de información. Con el resto de los estados podrán llevarse a cabo similares intercambios cuando se suscriba el correspondiente acuerdo internacional», dice el proyecto de real decreto.

Estos acuerdos bilaterales también servirán previsiblemente para hacer efectivo el cobro de la sanción, una cuestión que no queda muy clara en la directiva. Porque, ¿qué pasaría si no pagásemos una multa por una infracción cometida en Francia? Hacienda no nos embargaría, como ocurre con las multas de tráfico impagadas cometidas en España. De modo que, al final, el cobro efectivo dependerá de los acuerdos bilaterales que España suscriba con otros países.

Si la DGT lograra cobrar todas infracciones que cometen otros ciudadanos europeos y a los que los agentes de tráfico no pueden parar, aumentarían sus ingresos de forma significativa. Según el presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, se calcula que en España el 5% de los conductores que circulan por España son de otros países, y de ese 5% infringen las normas españolas entre el 10 y el 30%. Tomando como referencia el ejemplo francés, similar a España, y sobre el que sí existen datos contrastados, en España entre 875.000 y un millón de denuncias por infracciones de velocidad cometidas por conductores extranjeros quedarían impunes. Si la DGT lograra cobrarlas, le supondrían ingresos superiores al millón de euros. La DGT ya había pensado en contratar a empresas privadas para cobrar a los extranjeros, una opción dudosa. Con la nueva normativa ya no hay tanta escapatoria.



¿Y si no pago?
(Análisis de Mario Arnaldo, Presidente de AEA para La Razón)

¿Por qué se hace esta modificación legal?
–Para evitar la impunidad de miles de infractores que en este momento estaban poniendo en riesgo la seguridad de las carreteras europeas. Al no residir en el país donde cometían la infracción no se les podía exigir ninguna responsabilidad.

¿Con este cambio, el Gobierno francés va a poder enviar una multa a un español?
–Sí, a diferencia de lo que ocurre con la euroorden de detención o la persecución transfronteriza de los delitos, en el caso de infracciones graves de tráfico las autoridades del país donde se comete la infracción se dirigirán directamente al propietario del vehículo como si se tratara de las propias autoridades de tráfico de su país siempre en el idioma que sea comprensible y garantizando en todo momento su derecho a la defensa.

¿Y si no pago, me embarga Hacienda?
–No, en el caso de infracciones cometidas fuera de España por españoles, no está resuelto el procedimiento de ejecución forzosa y se tendría que acudir al procedimiento de ejecución previsto en la UE para las resoluciones judiciales que impone sanciones económicas. Es decir, que la ejecución de una multa de una infracción grave de tráfico la tendría que ejecutar el juzgado de lo penal del domicilio del conductor infractor. Si bien es cierto que en el proyecto de reforma del Reglamento General de Vehículos se contempla la posibilidad de ampliar la persecución y cobro de infracciones leves como pudieran ser las de aparcamiento, mediante la firma de acuerdos bilaterales entre países de la UE o por la ampliación de los supuestos de infracciones contemplados en la actual directiva comunitaria.

¿Quién se beneficia con esta medida?
–La seguridad vial de la mayoría de conductores que circulamos respetando las normas porque ya no van a quedar impunes millones de infracciones desde el punto de vista económico. Sin embargo, en la UE, nos queda la asignatura pendiente de reconocer recíprocamente la privación del derecho a conducir vehículos a motor en los 27.
 
Ojito.................ya no te escapas.................hay acuerdos bilaterales....................jejejej

Los extranjeros infractores no escaparán de las multas

SIN-PUNTOS.jpg

No habrá fronteras para las multas.


Ni los europeos que vienen a España dejarán de recibir la multa en su casa si cometen una infracción de tráfico cuando circulen por las carreteras de nuestro país, ni los españoles nos libraremos de la sanción cuando cojamos el coche en carreteras del resto de Europa y vulneremos las normas de circulación...


¿Y si no pago?
flecha_derecha.jpg
Análisis de Mario Arnaldo, presidente de AEA

Hasta ahora, lo que ocurre es que una de cada cuatro multas cometidas en Europa por conductores que no residen en esos países queda impune por la dificultad de identificar al titular. La DGT está dispuesta a acabar con esa situación, y tiene ya preparado un proyecto de real decreto por el que se modifica el Reglamento General de Vehículos y que facilite el intercambio de información entre los países miembros para asegurar que las multas lleguen al conductor, sea cual sea el país en el que se haya cometido la infracción.

Con este cambio normativo, la DGT traspone la directiva comunitaria 2011/82/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, del 25 de octubre de 2011, por la que se facilita el intercambio transfronterizo en materia de seguridad vial.

Con la nueva normativa, el Gobierno permitirá a los estados miembros de la UE «acceder a los registros de vehículos de la Jefatura Central de Tráfico con objeto de llevar a cabo las indagaciones necesarias para identificar a los conductores de vehículos matriculados en España con los que se haya cometido en territorio de dichos Estados las infracciones previstas en la directiva. El Estado español podrá acceder con el mismo propósito a los registros correspondientes de dichos estados», dice el proyecto de real decreto al que ha tenido acceso LA RAZÓN.

Eso sí, sólo podremos recibir multas de otros gobiernos europeos y viceversa por ocho infracciones: exceso de velocidad, por no utilización del cinturón de seguridad, saltarse un semáforo en rojo, conducir bajo los efectos del alcohol y las drogas, no llevar casco, circular por un carril bus prohibido o utilizar el teléfono móvil al volante.

No podremos ser multados, por ejemplo, por aparcar mal el coche en cualquier otro país europeo, una posibilidad puede que tenga los días contados, porque la DGT también ha incorporado en el proyecto de real decreto la posibilidad de que «mediante acuerdos bilaterales suscritos con los citados estados, podrá ampliarse la relación de infracciones a las que se aplicará, en su caso, el intercambio de información. Con el resto de los estados podrán llevarse a cabo similares intercambios cuando se suscriba el correspondiente acuerdo internacional», dice el proyecto de real decreto.

Estos acuerdos bilaterales también servirán previsiblemente para hacer efectivo el cobro de la sanción, una cuestión que no queda muy clara en la directiva. Porque, ¿qué pasaría si no pagásemos una multa por una infracción cometida en Francia? Hacienda no nos embargaría, como ocurre con las multas de tráfico impagadas cometidas en España. De modo que, al final, el cobro efectivo dependerá de los acuerdos bilaterales que España suscriba con otros países.

Si la DGT lograra cobrar todas infracciones que cometen otros ciudadanos europeos y a los que los agentes de tráfico no pueden parar, aumentarían sus ingresos de forma significativa. Según el presidente de Automovilistas Europeos Asociados (AEA), Mario Arnaldo, se calcula que en España el 5% de los conductores que circulan por España son de otros países, y de ese 5% infringen las normas españolas entre el 10 y el 30%. Tomando como referencia el ejemplo francés, similar a España, y sobre el que sí existen datos contrastados, en España entre 875.000 y un millón de denuncias por infracciones de velocidad cometidas por conductores extranjeros quedarían impunes. Si la DGT lograra cobrarlas, le supondrían ingresos superiores al millón de euros. La DGT ya había pensado en contratar a empresas privadas para cobrar a los extranjeros, una opción dudosa. Con la nueva normativa ya no hay tanta escapatoria.



¿Y si no pago?
(Análisis de Mario Arnaldo, Presidente de AEA para La Razón)

¿Por qué se hace esta modificación legal?
–Para evitar la impunidad de miles de infractores que en este momento estaban poniendo en riesgo la seguridad de las carreteras europeas. Al no residir en el país donde cometían la infracción no se les podía exigir ninguna responsabilidad.

¿Con este cambio, el Gobierno francés va a poder enviar una multa a un español?
–Sí, a diferencia de lo que ocurre con la euroorden de detención o la persecución transfronteriza de los delitos, en el caso de infracciones graves de tráfico las autoridades del país donde se comete la infracción se dirigirán directamente al propietario del vehículo como si se tratara de las propias autoridades de tráfico de su país siempre en el idioma que sea comprensible y garantizando en todo momento su derecho a la defensa.

¿Y si no pago, me embarga Hacienda?
–No, en el caso de infracciones cometidas fuera de España por españoles, no está resuelto el procedimiento de ejecución forzosa y se tendría que acudir al procedimiento de ejecución previsto en la UE para las resoluciones judiciales que impone sanciones económicas. Es decir, que la ejecución de una multa de una infracción grave de tráfico la tendría que ejecutar el juzgado de lo penal del domicilio del conductor infractor. Si bien es cierto que en el proyecto de reforma del Reglamento General de Vehículos se contempla la posibilidad de ampliar la persecución y cobro de infracciones leves como pudieran ser las de aparcamiento, mediante la firma de acuerdos bilaterales entre países de la UE o por la ampliación de los supuestos de infracciones contemplados en la actual directiva comunitaria.

¿Quién se beneficia con esta medida?
–La seguridad vial de la mayoría de conductores que circulamos respetando las normas porque ya no van a quedar impunes millones de infracciones desde el punto de vista económico. Sin embargo, en la UE, nos queda la asignatura pendiente de reconocer recíprocamente la privación del derecho a conducir vehículos a motor en los 27.
Mas claro agua .Aunque el otro dia lei que hay países como Inglaterra que no aceptan esa norma
 
Me han puesto una multa por aparcar en un descampado de pago en bretaňa. Alguno no la habéis pagado. Te mandan una carta o
....

Dudo si pagarla o pasar, pero tampoco quiero que mereen luego.
No.
Saludos.
 
Hoy he aparcado en un parking de Domme, en el Perigord, una chica francesa nos ha dicho en bastante buen español que no hacía falta que pagáramos, que las multas no llegaban al extranjero.

PD: he pagado de todas formas.


A zapatazos con Zapatalk
 
Hola;

Me ha llegado una de un radar en Francia a 99 en una zona de 90 .

Me piden 100 -50 por pronto pago . No hay acuerdo No ?

En el 2012 en Inglaterra me multaron por entrar en la zona centro sin pagar y hasta hoy.

Creo que quieren arreglarlo a nivel europeo pero aun no hay acuerdo ,Sabeis algo ?

Un saludo
 
Si no vas a volver a Francia no pasa nada.... pero como vuelvas, la vas a pagar si o si y además con aumento pues tu matricula y la denuncia estarán para siempre en los datos de la policía y te bloquearan el coche hasta que la pagues y con intereses y perderas el descuento por pronto pago
 
Hola;

Estas seguro de lo que dices ?

Es asi ? Te estan esperando en la frontera por 50 e ó 100 ?

Sabes cuantos extranjeros en España no pagan y no los estan esperando ....

Un saludo
 
Hola;

Estas seguro de lo que dices ?

Es asi ? Te estan esperando en la frontera por 50 e ó 100 ?

Sabes cuantos extranjeros en España no pagan y no los estan esperando ....

Un saludo

Lagoa, nadie te va a esperar en la frontera (Schengen) pero como te paren por cualquier motivo, esperó que tu infracción fuese con otro vehículo, sino, te arrepentirás porque perderás tiempo y dinero y te fastidiaran al menos ese día de vacaciones, eso si, mientras no te paren.... Sólo serán cartas. Luego tras imponerte multas coercitivas mayores lo único que pueden instar es un trámite judicial. En caso administrativo, es muy posible que no prospere, esperó que no se te acumulen y se te forme una bola difícil de digerir, de ser penal y lo admitan en tu juzgado, te aseguro que aportarán pruebas, así que prepara cuatro cifras y posibles gastos a tu costa. Yo llevo dos
 
¿Y qué pasaría si el coche fuera de alquiler?¿Tendrías que pagar las multas de todos los infractores anteriores?¿Aunque tú no hayas cometido infracción alguna?
 
¿Y qué pasaría si el coche fuera de alquiler?¿Tendrías que pagar las multas de todos los infractores anteriores?¿Aunque tú no hayas cometido infracción alguna?

Si el coche es de alquiler y en las fechas que lo has alquilado no hay ninguna multa no tienes que preocuparte de las que se hayan cometido en otras fechas puesto que irán a los que lo hayan alquilado en esas otras fechas...

De cualquier forma en un coche de alquiler lo más probable es que se pague porque la compañía de alquiler la pasará a la tarjeta correspondiente que diste, aparte de que también pasarán un cargo por la gestión de la compañía de alquiler de identificar al titular frente a la autoridad sancionadora, todo eso y bastantes cosas más vienen en las condiciones que se firman al hacer el contrato de alquiler del vehículo.

Saludos.
 
¿Y qué pasaría si el coche fuera de alquiler?¿Tendrías que pagar las multas de todos los infractores anteriores?¿Aunque tú no hayas cometido infracción alguna?
Curioso. No se cómo se justificará pero eso no debe o no puede suceder.

En este caso la multa le habría llegado a la empresa de alquiler, propietaria del vehículo. En cualquier caso las multas son personales, al infractor, no al vehículo.
 
Curioso. No se cómo se justificará pero eso no debe o no puede suceder.

En este caso la multa le habría llegado a la empresa de alquiler, propietaria del vehículo. En cualquier caso las multas son personales, al infractor, no al vehículo.

Claro, en esto es en lo que estaba pensando, ¿como pueden quedarse con la matrícula y si te vuelven a parar hacerte pagar aquella otra multa? si puede que no seas ni tú el que la cometió. En España sí que está obligado el dueño a identificar al conductor pero en Francia ... ni idea. Si no está identificado se lo tendrán que reclamar al dueño:dontknow:
 
Lagoa, nadie te va a esperar en la frontera (Schengen) pero como te paren por cualquier motivo, esperó que tu infracción fuese con otro vehículo, sino, te arrepentirás porque perderás tiempo y dinero y te fastidiaran al menos ese día de vacaciones, eso si, mientras no te paren.... Sólo serán cartas. Luego tras imponerte multas coercitivas mayores lo único que pueden instar es un trámite judicial. En caso administrativo, es muy posible que no prospere, esperó que no se te acumulen y se te forme una bola difícil de digerir, de ser penal y lo admitan en tu juzgado, te aseguro que aportarán pruebas, así que prepara cuatro cifras y posibles gastos a tu costa. Yo llevo dos


Hola;

Me lo pensare un poco más ,la he estado mirando bien y no son 50 son 45, luego 68 y al final 180.

Tengo hasta el 6/10 para pagar los 45 e.

Tb tenia pensado pasar las vacaciones del año que viene por los Alpes Franceses .

Y claro tengo muchas más posibilidades de que me paren ó nó .

Un saludo
 
Hola, en españa los terminales de trafico y policia te dicen tanto el estado de la documentacion del vehiculo como sus infracciones. Opino al igual que los compañeros, que si vuelves a francia con multas sin pagar, mas te vale que no te pare la policia o que no tengas un minimo accidente por si acaso aparecen...si te gusta asumir riesgos adelante y no pagues, pero recuerda que no es españa... Un saludo
 
Hola;

Al final pasé por caja y he pagado .

Este verano quiero estar tranquilo por " La France ".

Un saludo
 
Has hecho bien... 50€ no merecen ni el mal trago de que te saquen los colores. Total si te pusieron la multa...
Personalmente creo que lo del juzgado es un poco exagerado (un juzgado no juzga ni los hechos del pueblo de al lado como para ocuparse de las multas de Francia)

Otra cosa es la administración que embarga y ya si quieres recurres tú al juzgado...
 
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