... a ver. Según lo has contado en este hilo, ni por asomo me imaginaba yo que el comprador ya había cambiado la titularidad de la CV.
Si ya lo ha hecho, la cosa cambia MUCHO. Y si la fecha de cambio de titularidad, es anterior al Burofax que te envió, la cosa cambia MUCHO MÁS. En este último caso yo no haría NADA, salvo intentar cerrar el tema con él de forma amistosa ... y si te quiere llevar a juicio ... que te lleve.
Me explico: En el contrato le das 45 días para el cambio de titularidad, y en la famosa cláusula 6ª le concedes el derecho después de firma (vaya tela!) a llevar la CV a un taller de su confianza para que certifique su estado, que de no ser correcto, os obliga a pagar las reparaciones (vaya tela!). Yo entiendo que esto él debería haberlo hecho sin realizar el cambio de titularidad.
Si ya ha hecho el cambio (teniendo 45 días de margen por contrato), se entiende que ya ha hecho la revisión pertinente, el taller le ha dado el visto bueno, y todo está OK ¿Si no, por que hace el cambio? ... teniendo la gran ventaja contraactual que ha adquirido colándote esa cláusula 6ª. Su gran error ha sido hacer el cambio de titularidad, pues con ese contrato que os coló, podría haberos tenido 45 días pillados, y exigiendo reparaciones a su antojo y el de su taller "certificador".
Así que, para mi, habiéndola transferido, la situación cambia radical. Para mi la cláusula 6ª ya no tiene aplicación, y no tenéis absolutamente ninguna responsabilidad, salvo la derivada de daños ocultos.
Una ventana rota no es daño oculto, y se pudo romper de una pedrada de un camión por el camino.
Así que, hazle ver amistosamente y de buenas maneras que 2000€ por una ventana es desorbitado, y trata de llegar a un acuerdo amistoso cediendo un poquito más tú ... y un mucho más él. Una ventana delantera nueva a medias, comprándola por internet, e instalándola el mismo, no debería de costaros más de 300-350€ a cada uno. Yo cambié las 5 de mi antigua caravana en un par de horas. Es fácil no ... lo siguiente.
Un saludo