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mucho más que un foro

B96 ¿¿¿Por que???

Datsun

calladit@
hola,

Si yo tengo un carnet que se llama B y que me autoriza a conducir:
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

¿¿¿ para que tengo que sacarme otro carnet que se llaman 96 y que me autoriza a lo mismo ???
 
Datsun, tu mismo te respondes... porque solo autoriza a llevar un conjunto de vehículos que no exceda de 4.250kg, siempre y cuando el remolque no exceda de 750 kg... si excede de 750 kg, y la suma de los dos no puede superar los 3.500 kg (esta parte te la has comido y esta bien clarita en la especificación) ya no es valido el B.

Por la misma razón que yo teniendo el C, no puedo llevar un trailer... ni mas ni menos..
 
hola,

Si yo tengo un carnet que se llama B y que me autoriza a conducir:
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

¿¿¿ para que tengo que sacarme otro carnet que se llaman 96 y que me autoriza a lo mismo ???

Las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establecen se llaman "B96".

Es lo que hay ....:-(:-(
 
Datsun, es lo que te dicen Jose Luis y aurresku, nuevas disposiciones.
 
oye con lo clarito que esta ya todo y haun mareando la perdiz. Con el tema este los verdes se van a forrar ya vereis lo ultimo que oido es
Posteado via telefono movil
 
que van a hacer mas controles
Posteado via telefono movil
 
hola,
Dirección General de Tráfico : Trámites y Multas: JEFATURA VIRTUAL : Tu permiso de conducción : Expedición de Permisos
Yo he hecho cortar y pegar desde la web de la DGT, del parrafo donde pone:

" Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. "

ASÍ QUE NO ME HE COMIDO NADA

y lo que dices de:
"porque solo autoriza a llevar un conjunto de vehículos que no exceda de 4.250kg, siempre y cuando el remolque no exceda de 750 kg... si excede de 750 kg, y la suma de los dos no puede superar los 3.500 kg " ES solo tu interpretación... yo no he encontrado ningún "siempre y cuando" por ninguna parte... Si lo has visto tú, por favor dime donde...
 
hola,
Dirección General de Tráfico : Trámites y Multas: JEFATURA VIRTUAL : Tu permiso de conducción : Expedición de Permisos
Yo he hecho cortar y pegar desde la web de la DGT, del parrafo donde pone:

" Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. "

ASÍ QUE NO ME HE COMIDO NADA
(...)


Yo lo que interpreto es que se basan en la frase de "sin perjuicio de las disposiciones que se establezcan" para establecer, valga la redundancia, unas pruebas que son las que nos exigen.

Por ejemplo, las disposiciones podrían ser que con 2 años de experiencia en el B se obtendría el permiso para llevar el remolque de más de 750 kg siempre que no se superen los 4250 kg, pero no, las disposiciones que se establecen son hacer las maniobritas de marras que ya están explicadas en el otro hilo.

Así es como lo veo yo. Un saludo.
 
hola,
Dirección General de Tráfico : Trámites y Multas: JEFATURA VIRTUAL : Tu permiso de conducción : Expedición de Permisos
Yo he hecho cortar y pegar desde la web de la DGT, del parrafo donde pone:

" Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. "

ASÍ QUE NO ME HE COMIDO NADA

y lo que dices de:
"porque solo autoriza a llevar un conjunto de vehículos que no exceda de 4.250kg, siempre y cuando el remolque no exceda de 750 kg... si excede de 750 kg, y la suma de los dos no puede superar los 3.500 kg " ES solo tu interpretación... yo no he encontrado ningún "siempre y cuando" por ninguna parte... Si lo has visto tú, por favor dime donde...

Sigue si quieres dándole vueltas... pero sigues si poner todo


B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.

Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.

Triciclos y cuatriciclos de motor.
La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos. No obstante, hasta los veintiún años cumplidos no autorizará a conducir triciclos de motor cuya potencia máxima exceda de 15 kW.


Como puedes apreciar hay 3 párrafos.. el primero es el que autoriza con el B simple... ahora llegas al segundo parrafo.... pero tienes una aclaración...(Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg) en este caso tienes que ampliar el carnet B si la MMA del conjunto excede de las limitaciones de B, como muy bien te explican, con una autorización para la ampliación hasta 4.500 kg, que en la misma web tienes http://www.dgt.es/was6/portal/conte...tores/Maniobras_circuito_cerrado_Esquemas.pdf en la pagina 15 de este PDF

Seguirás teniendo el canet B... pero... con una autorización a llevar un conjunto (B96), que te autoriza a sobrepasar los 3.500 kg hasta los 4.250 kg del conjunto, que te autoriza solo el B a secas.

Espero que así lo entiendas...
 
y vuelta la

burro.jpg


al..

trigo.gif


Como muy bien dice Aurresku, las "disposiciones", son hacer las maniobras "de marras" para sacar la autorización... no hay mas "tio, páseme usted el rio"...
 
Hola, perdonar mi ignorancia pero acabo de llegar a este foro y aunque he leido el post sigo tenindo dudas . Mi caso : Carnet B y remolque matriculado con MMA 1200 Kg. La MMA del vehículo que tira + la MMA del remolque no llega a 3500 Kg. ¿Voy legal o nó?. Gracias
 
Hola, perdonar mi ignorancia pero acabo de llegar a este foro y aunque he leido el post sigo tenindo dudas . Mi caso : Carnet B y remolque matriculado con MMA 1200 Kg. La MMA del vehículo que tira + la MMA del remolque no llega a 3500 Kg. ¿Voy legal o nó?. Gracias

Otro webcampista con la misma pregunta. Caravana con mas de 750 kg pero conjunto no superior a 3500 kg. ¿LEGAL?
 
Hola,
A mi hay una cosa que no me queda clara: ¿Que diferencia existe entre un B habilitado a conjuntos de 4250kg (B96) y un B+E?
Es decir, imaginad que me toca la quiniela y mecompro un Touareg.
¿Cuál sería la diferencia entre sacarme el B96 y/o el E?
 
En efecto! Acabo de ver la respuesta en internet. Pues digo yo que ya que te pones, lo suyo es el E. ¿Sabeis si el B96 es mucho mas barato o más facil de obtener que el E? En caso contrario, no tiene mucho sentido.
(De todas formas, gracias, Mmariete!)

Y otra cosa, a ver si alguien lo sabe. Yo que tengo A1, A, B y btp. Imaginamos que me saco el E.
Si después de tener el E, me saco el C ¿Puedo llevar camiones articulados tipo Trailer?
 
BETACOUPE, con esos datos no se puede saber. Necesitamos que mires la MMR c/f de la tarjeta del coche.
El otro dato que hace falta es la MMA de la tarjeta de la CV, que ya has dicho que son 1200.
 
Estoy pensando que si el coche tieen una MMA de 1400, tendrá una TARA de aprox. 1000 kg, y dudo que tenga una MMR c/f mayor que 1200...
Dinos algo!!!
¿Que coche es?
 
La MMA del coche son 1400 Kg y la MMA del remolque matriculado son 1200 Kg. Entonces si voy legal con el B ¿no?

Asi si que vas legal, siempre que la masa maxima remolcable (mmr) te permita tirar de esos 1200 kg.
Por otro lado si te sacas el E teniendo el B, aunque te saques luego el C no te permite llevar un trailer, sin embargo si te sacas el C y luego el E si te dan el B+E. Solamente sacandote la categoria superior te dan la inferior. Espero haberme explicado bien
 
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