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Más de lo mismo, los 4250 kilos...

Aunolose

Adict Member
Buscando la edad mínima a la que pueden subir los niños en las motos (12, 7 si es con el padre o tutor, siempre con casco adecuado) me he encontrado con esto,

http://www.boe.es/boe/dias/2009/06/08/pdfs/BOE-A-2009-9481.pdf

donde figura la explicación del "96", concretamente en la pagina 48116 y 48117, en la 48116 dice que son códigos comunitarios armonizados y la 48117 viene el 96, concretamente pone esto:

31392d1280269624-m%E1s-de-lo-mismo-los-4250-kilos-b96-2-jpg


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Los optimistas pensarán que esto significa que se puede ir por Europa tranquilo con esta autorización...
 

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ah, también son la paginas 49 de 115 y 50 de 115, creo que se refiere a que no baja las 48000 paginas, sino solo 115, pero las numera con el documento completo... o yo que se!
 
Buscando la edad mínima a la que pueden subir los niños en las motos (12, 7 si es con el padre o tutor, siempre con casco adecuado) me he encontrado con esto,

http://www.boe.es/boe/dias/2009/06/08/pdfs/BOE-A-2009-9481.pdf

donde figura la explicación del "96", concretamente en la pagina 48116 y 48117, en la 48116 dice que son códigos comunitarios armonizados y la 48117 viene el 96, concretamente pone esto:

31392d1280269624-m%E1s-de-lo-mismo-los-4250-kilos-b96-2-jpg


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Los optimistas pensarán que esto significa que se puede ir por Europa tranquilo con esta autorización...
explica mejor porque yo creo que si
 
explica mejor porque yo creo que si

¿te refieres a que me explique yo? es que a estas horas no tengo muchas ganas de leermelo todo, la verdad :D

pero he llegado a leer que hasta el código 99 son "códigos comunitarios armonizados" y a partir del 100 "códigos nacionales validos únicamente en circulación por territorio español. entiendo entonces que si, que los otros sirven para todo el espacio comunitario...

en la pagina 48112, (45 de 115)
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¿te refieres a que me explique yo? es que a estas horas no tengo muchas ganas de leermelo todo, la verdad :D

pero he llegado a leer que hasta el código 99 son "códigos comunitarios armonizados" y a partir del 100 "códigos nacionales validos únicamente en circulación por territorio español. entiendo entonces que si, que los otros sirven para todo el espacio comunitario...

en la pagina 48112, (45 de 115)
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entonces si vale para el territorio europeo , es que eso es lo que yo entendí en su día .
yo es que soy muy malo para esto de las leyes .
 
entonces si vale para el territorio europeo , es que eso es lo que yo entendí en su día .
yo es que soy muy malo para esto de las leyes .

Tu y casi todos, hay que leerlo detenidamente, ojo, que yo no lo he hecho, he ido "al grano", igual aún hay más letra pequeña, pero parece que esta parte está clara.
 
Tu y casi todos, hay que leerlo detenidamente, ojo, que yo no lo he hecho, he ido "al grano", igual aún hay más letra pequeña, pero parece que esta parte está clara.
gracias compañero , por la noticia porque creo que la cosa se aclara mucho con lo que has puesto , aunque como has dicho hay que ver la letra pequeña , pero no creo .
 
Pues si es así, me alegro por los compañeros que se han sacado el B-96, en especial por Diego, que es el primero, que sepamos, que se saco la autorización... pero ahora me planteo una pregunta.... ¿y que hay de Andorra?... por lo que tengo entendido, no esta en la Comunidad Europea... ¿no podrá ir a Andorra con la caravana?...
 
Yo, sin tener tantos datos, cuando me saqué el b-96 (fuí el primero en la provincia de Tarragona) les planteé a la autoescuela lo de poder conducir por Europa y su contestación fué que el carnet es comunitario y si en España se puede en el resto tambien, siempre y cuando el código que se refiere a la autorización sea armonizada con el resto de Europa, igual que lo de las gafas, o los vehiculos adaptados o tambien las limitaciones de velocidad o incluso de horarios de conducción.Lo de Andorra pues seguirá siendo una incognita de momento (hasta que una persona inquieta y con ganas de saber como tú, Aunolosé, lo descubra).Gracias por la información.
Saludos.
 
Pues fue por casualidad, ya digo que iba mirando la edad de las niñas para subir de acompañante en moto (7 me parecen pocos años...) y me lo encontré por fui a caer en esa pagina, que si no, ni eso...
Andorra... pues no sé... ¿quien se encarga del tráfico allí? esa podría ser la clave, si son los mossos, pues supongo que valdrá igualmente, lo mismo si es la GC, ahora, si tienen sus propios agentes :dontknow:
 
Andorra es un pais soberano y tiene sus propios cuerpos de seguridad, por lo tanto y si no está en la CEE no se podrá, aunque con el carnet "normal" si se puede, es decir no hace falta sacarse el internacional extracomunitario para conducir por allí, en fin no sé, supongo que tarde o temprano lo sabremos.
Saludos.
 
No tiene que ver con el hilo, pero si con lo que digo de los niños en la moto, al parecer los 7 años se limitan a que lleve la moto alguno de los padres o mayor de edad autorizado, y solo por ciudad (esto es, limitado a 50km/h) el casco sobra decir que debe ser de su talla.
 
Algun tipo de convenio tiene Andorra con España y Francia en cuestiones trafico ya que en ciertas ocasiones agentes de estos paises refuerzan su policia de trafico.
No obstante si a un andorrano lo pilla un radar en España no le llega la multa, porque en este cso no hay convenio.
Ya da rabia en la entrada a Barcelona que esta limitada a 80 con un monton de radares, te adelanten los andorranos impunemente.
 
Y las multas que te meten allá, por ejemplo de "aparcar en sitio indebido".... tampoco te llegan aquí.

Aparque con una Berlingo en la puerta de un cliente para bajar unos muestrarios y al salir, dos minutos después, tenía la receta en el limpia... Me acerqué a la revisora y le expliqué con el cliente lo que había pasado, pero nanai, me dijo que lo sentía y que otra vez se lo avisara ANTES...

De eso hace 5 o 6 años y la multa no llegó.

Un saludo
 
Por lo que se ve la ignorancia del infractor es mutua.
Que se preparen en mi proxima visita a Andorra!! :twisted: :twisted: :twisted:
 
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