Rocinante, perdona la tardanza, no me he olvidado de tí, sino que no aparece nada por ahí con ese tema.
La nueva mtama/mma que aparece en las opciones incluidas en el homologación de tipo, no constituyen reforma de importancia y surten efecto una vez que son anotadas en la tarjeta de inspección técnica, es decir que en tu caso dicho peso surtirá efecto desde que es anotada la instalación del dispositivo de acoplamiento, o sea que a partir de ahora tu mma es de 2843 siempre, cosa que el ingeniero debería de saber.
El tema de los 105 kilos es en tu modelo, ya que he visto otros de otros años que son otras cifras. Éste es un tema que es definido por el fabricante, pero es ahí donde no encuentro la homologación de tipo que solicita kia para la nueva mma.
¿Por qué lo solicita?, sencillo, según la directiva 92/21 el peso de cada pasajero es de 68 kilos y 7 de carga, con lo cual 75 kilos por pasajero.
Hechemos cuentas:
Tara 2179.
Masa de carga normal(los pasajeros): 7x75=525kg
Sumamos ambas=2704 kg
Si la mma es de 2738, entonces el exceso de carga útil es 2738-2704=34 kg
Es decir que nos sobran 34 kg para la instalación de accesorios, un poco pobre verdad?, he visto por ahí que tu vehículo sale con 2900 kilos y seguro que no hace dicha coletilla, resolviendo el problema.
En tu caso por qué aumenta la mma, está claro, porque técnicamente es posible, y legalmente amparado en:
art:2.3 directiva 92/21
[FONT="]El exceso de masa de la carga podrá incluir la masa del equipamiento optativo, por ejemplo: el techo solar, el aire acondicionado o el dispositivo de acoplamiento[/FONT]
Puede incluirlo, pero en este caso no hay kilos, y sólo se pueden incluir estos tres, ningún otro.
Directiva 95/48
4.2.2. El fabricante habrá de especificar la masa máxima técnicamente admisible del vehículo y de sus ejes, teniendo en cuenta la resistencia de los materiales empleados. En todo caso, la masa máxima con carga técnicamente admisible que se determine no será inferior a la masa del vehículo en orden de marcha incrementada en 75 kg por cada plaza de pasajero. Las masas de los pasajeros y del equipaje deberán colocarse en el lugar correcto para que pueda determinarse la masa máxima técnicamente admisible del vehículo y sus ejes. El número de plazas de pasajeros deberá ser indicado por el fabricante. Si el vehículo está destinado a la tracción de remolques, el constructor podrá declarar un segundo valor admisible para el eje o los ejes traseros aplicable únicamente para ese uso particular. En dicho caso, para determinar las masas máximas anteriormente mencionadas, se tendrá en cuenta tanto la masa máxima de la estructura de tracción prevista por el fabricante del vehículo como la carga vertical máxima admitida en el punto de enganche del dispositivo de enganche en condiciones estáticas. En el apéndice se especifican los métodos de comprobación de las masas. Si el fabricante del vehículo equipa el vehículo con un dispositivo de enganche, deberá indicar en la estructura de tracción cerca del dispositivo de enganche la carga máxima vertical admitida en el punto de enganche del dispositivo de enganche.
En resumidas cuentas, que la mma inicial del coche se queda corta, 34 kilos, sin añadir que el depósito de combustible según ley para calcular la tara está a un 90%.
Si añadimos el 10% restante, el peso del dispositivo de acoplamiento y accesorios para el montaje, no sé si saldrán los 105 kilos, pero decirte que hay modelos con unos 40 kilos de diferencia y no 105.
Sé que es un tocho y posiblemente te has quedado igual que antes (posiblemente no, seguro que sí), pero lo bonito que queda el tocho que me dices.
Un saludo y si encuentro porque ese valor es de 105 kilos y no otro te lo haré llegar.