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Pregunta informacion gastos de compra

Hola a todo@s, soy nueva en esto pero espero poder acerme con una autocaravana pronto, eso si como mi presupuesto es limitado tendra que ser de segunda mano, no estoy muy puesta aun en el tema y si alguno habeis comprado recientemente me gustaria informacion sobre los gastos de cambio titular y todos esos gastos "extras" que no aparecen en el precio y si teneis algun consejillo sera bienvenido!! Muchas gracias por adelantado!!
 
Hola Sonia, bienvenida al foro.
Los gastos de transferencia, por lo que yo tengo entendido, van a cargo del vendedor.
Un saludo
 
Lo siento oriental, pero yo creo que no... los gastos de transferencia los tiene que pagar el comprador... al menos así vendí yo mi coche... no puedo ir a hacienda en nombre del comprador, no puedo ir a trafico en nombre del comprador y pagar yo las tasas... otra cosa es que se acuerde un descuento para pagar a medias los gastos...

Al adquirir un vehículo de segunda mano, y con el fin de cambiar la titularidad del vehículo ante la Jefatura Provincial de Tráfico, el vendedor le deberá facilitar la siguiente documentación:

El permiso de circulación firmado en el dorso, y la ficha de características técnicas.
Los recibos del pago del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica.
El certificado de haber superado la Inspección Técnica de Vehículos (ITV), en caso de que el coche tuviera más de 4 años.
Según acuerden las partes, el comprador o en su caso el vendedor, deberá rellenar el impreso de notificación de transferencia de vehículos, que firmarán ambos, así como el formulario de solicitud de transferencia, que se presentará en Tráfico junto con la documentación anterior.

Normalmente, en caso de adquirir el coche a una empresa de compraventa de coches usados, será esta el que se encargue de dicho trámite ante Tráfico, aunque es aconsejable cerciorarse que se lleva a cabo.

Si alguna de las partes no se encuentra presente en el momento de presentar la solicitud de transferencia, será necesario acompañar además acta notarial o certificado bancario en el que se reconozca la autenticidad de la firma plasmada en el impreso.

Abonados el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y la tasa correspondiente, la Jefatura Provincial de Tráfico expedirá y remitirá el nuevo permiso de circulación al comprador quien figurará como nuevo titular del vehículo. Esto tardará unos días.


Al adquirir un vehículo de segunda mano Ud. debe hacer frente al pago de las siguientes tasas e impuestos:

El Impuesto de Transmisiones Patrimoniales: Tendrá que abonarlo en la Consejería de Hacienda de la Comunidad Autónoma en la que resida el comprador. Su importe asciende al 4 % del precio del vehículo sin que en ningún caso éste pueda ser inferior a la valoración que se asigne por esta Consejería al vehículo en función del modelo y de su antigedad.
Las tasas en Tráfico: Al solicitar el cambio de titularidad de un vehículo, deben distinguirse dos situaciones:
Si las operaciones se realizan entre particulares, el vendedor dispone de 10 días desde la compra para notificar la transferencia a la Jefatura Provincial de Tráfico debiendo proporcionar los datos del comprador y justificar el pago de los impuestos correspondientes.
El comprador, por su parte, dispone de 30 días para solicitar ante la Jefatura Provincial de Tráfico la renovación del permiso de circulación del vehículo y justificar el pago del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales. Es aconsejable que el comprador y el vendedor tramiten la solicitud del cambio de titularidad del vehículo ante Tráfico de forma conjunta, a fin de evitar posibles contratiempos.
En cambio, si las operaciones se realizan con empresas de compraventa, ell vendedor dispondrá de un plazo de 10 días para solicitar su baja temporal en la Jefatura Provincial de Tráfico, aportando el contrato de comisión o depósito así como el permiso de circulación del vehículo.
El comprador del coche de segunda mano, por su parte, tendrá un plazo de 30 días para solicitar ante Tráfico la inscripción del vehículo a su nombre y la consiguiente renovación del permiso de circulación.En el caso de ser la empresa de compraventa la que adquiera el vehículo, si transcurrido un año desde la fecha de la baja temporal, no vendiera el coche, estará obligada a solicitar el cambio de titularidad a su favor ante la Jefatura de Tráfico.

El comprador puede subrogarse (reemplazar al titular) en la póliza de seguro que tenga el vehículo que adquiere.

En estos casos, el vendedor deberá facilitarle las condiciones de la póliza e informar a la compañía aseguradora de la transmisión del vehículo proporcionando los datos del nuevo propietario.

Para ello dispondrá de un plazo de 15 días desde que se notifique la venta o transmisión a la Jefatura. Lo más aconsejable es realizar esta comunicación el mismo día en el que se haga la transmisión a fin de evitar problemas con el seguro.

Una vez notificada la transmisión, el vendedor podrá rescindir el seguro y la compañía aseguradora le devolverá la parte de la prima (el precio del seguro) que reste hasta el vencimiento de la póliza.

Al realizar el traspaso de la póliza asegúrese de que el vendedor se encuentra al corriente de pago de las primas porque de lo contrario, tras la transmisión, la aseguradora podrá reclamarle a Ud. las cantidades pendientes de pago.

Por su parte, el vendedor puede conservar la antigua póliza de su coche para el nuevo que adquiera. En estos casos, deberá comunicar a la aseguradora la venta del coche usado, el propósito de dejar en suspenso las garantías de la póliza del vehículo vendido, y solicitar que el importe de la prima no consumida se descuente del precio del nuevo seguro. Es una práctica beneficiosa tanto para el asegurado como para las aseguradoras, porque se garantizan la fidelidad de sus clientes.

En cualquier caso, un abogado podrá ofrecer asesoramiento sobre las cuestiones planteadas a la vista de las particularidades que presente cada supuesto concreto.
 
Lo siento oriental, pero yo creo que no... los gastos de transferencia los tiene que pagar el comprador... al menos así vendí yo mi coche... no puedo ir a hacienda en nombre del comprador, no puedo ir a trafico en nombre del comprador y pagar yo las tasas... otra cosa es que se acuerde un descuento para pagar a medias los gastos...

Pues probablemente tengas toda la razón, yo lo decía porque cuando compré mi anterior ac, el vendedor ya me dijo de entrada que la transferencia la pagaba él, así que pensé que eso era lo normal.Ha sido la única vez que he comprado un vehiculo a un particular, así que mi experiencia en ese sentido no es mucha.
Dicho esto, SONIA: Hazle caso a Jose Luis !!!! y espero no haberte confundido.
Un saludo a ambos
 
Lo siento oriental, pero yo creo que no... los gastos de transferencia los tiene que pagar el comprador... al menos así vendí yo mi coche... no puedo ir a hacienda en nombre del comprador, no puedo ir a trafico en nombre del comprador y pagar yo las tasas... otra cosa es que se acuerde un descuento para pagar a medias los gastos...

Doy fe de ello. En una doble transferencia hecha este verano, los compradores són los que pagan. Otra cosa es que las dos partes acuerden lo contrario
 
Lo de pagar la transferencia, se acuerda, normalmente es el comprador, en casos y por estar mas tranquilos ( yo lo haría así ), el vendedor es el que se encarga, supongo que el coste ya lo tiene incluido en el precio.

Es mi opinión, Un Saludo.
 
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