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Valor a declarar en transferencia de caravana.

Motero

Tomatero
A ver si alguien me puede ayudar. Antiguamente cuando hacías una operacion de compra venta de un vehiculo de segundamano entre particulares, a la hora de declarar el valor por el que se transferia el vehiculo para pagar el 4% en hacienda, cada uno declaraba lo que quería. Desde hace ya unos años, tanto para coches como para motos existen unas tablas de mínimos declarables segun modelos y año de matriculacion, pero no encuentro nada parecido para caravanas, y mi pregunta es esa ¿Existe esa tabla? o de lo contrario ¿la gente hace con las caravanas como antiguamente se hacia con los coches y las motos, y cada uno declara lo que quiere?.
Gracias por adelantado.
 
Exacto. Pon lo que creas. No hay tablas para ello. Es el 4%. Yo he cambiado de caravana a finales de 2010 y se hace así; en mi caso presentamos un contrato de compra-venta
 
Nosotros en Tarragona nos miro el precio en una revista de cv del año de matriculacion de la mia,y viendo el precio que valia nueva y descontaba un tanto % por año que tenia y de lo que daba me cobro el 4%.
Lleve un contrato compraventa y no me sirvio de nada,de esto hace dos años.
 
Depende lo "legal" que quieras ser:como dicen arriba no existen tablas de precios para remolques y caravanas como las hay para coches, así que lo que yo te recomiendo es que pongas el valor mínimo (no se,por ejemplo 1000 euros) pues vas a pagar el 4% de lo que figure en el contrato de compraventa. No vas a tener ningún tipo de problema, y en el extrañísimo caso de tenerlo, lo ´nico que van a hacer es reclamarte la cantidad que inicialmenteno has pagado.Para Hacienda todas las caravanas y remolques son remolques en este sentido, asi que, ¿para que declarar 10.000 euros? Yo tengo un "amigo" muy cercano que se ha comprado una sterckerman de dos años por 12.000 euros, ha declarado 2000 y a correr. Claro que este amigono pretende ser un ciudadano ejemplar...
 
en Navarra recoges el impreso en Hacienda, lo pagas en cualquier caja o banco y luego a tráfico, ninguno de los 3 tiene tablas ni se preocupa si la información que viene del anterior es correcta o no, así que con tal de que pongas un mínimo razonable (40€) es más que suficiente. Si te lo miran más alega "error de cálculo mental transitorio", es lo que hacen ellos...
 
Quizá lo mejor y más recomendable sería restarle al precio que costó nueva, el mismo porcentaje de depreciacion por años de uso que se le aplica a los coches en las tablas de Hacienda. De la cantidad resultante le aplicas 4% y es la cantidad a pagar.
 
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