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mucho más que un foro

pernoctar fuera de los campings

SI ¿Y porque no?, siempre que no sea acampada y estés correctamente aparcado.
Ha y Bienvenido al foro.

saludos
 
Pues si yo lo hago a menudo pernoctar no acampar...........
 
Muy buenas a todos, quería que me aclararais una cosa. En teoría no se puede desenganchar la CV ni bajar las patas estabilizadoras, ni por supuesto sacar elementos de acampadar tales como toldos, mesas, sillas. Me imagino que si paro con mi vehículo en un plaza que entre "estilo camión" y simplemente bajo las patas, y paso la noche, puedo ser denunciado o no?
Gracias y un saludo
 
Cesar en 25 años que llevo viajando y cuando en ocasines he pernoctado fuera de los camping bajando las patas estando aparcado NUNCA me han denunciado y no creo que lo hicieran......ni siquiera que fuera denunciable
 
Muy buenas a todos, quería que me aclararais una cosa. En teoría no se puede desenganchar la CV ni bajar las patas estabilizadoras, ni por supuesto sacar elementos de acampadar tales como toldos, mesas, sillas. Me imagino que si paro con mi vehículo en un plaza que entre "estilo camión" y simplemente bajo las patas, y paso la noche, puedo ser denunciado o no?
Gracias y un saludo




Hola. Una cosa son las leyes y otra como se aplican.
Salvo indicación expresa, por ley solamente los neumáticos pueden estar en contacto con el suelo.
Saludicos.


 
¿es legal pernoctar en areas para autocaravanas, areas de servicio....?:cool:


Hola. Puede ser que si, puede ser que no. Depende de las normas del propietario de cada área.
Saludicos.

 
Si paras en el parking de una gasolinera, en un area de servicio o de descanso puedes bajar patas que nadie te dirá nada, yo te lo aconsejo bajar las patas traseras y la rueda jokey, otra cosa es que bajes patas en la via pública, una calle, una plaza.
Donde pares a dormir mucho cuidado con los amigos de lo ajeno, mas vale parar en una gasolinera de las de 24 horas poner gasolina y pedir permiso.
saludos
 
Muy buenas a todos, quería que me aclararais una cosa. En teoría no se puede desenganchar la CV ni bajar las patas estabilizadoras, ni por supuesto sacar elementos de acampadar tales como toldos, mesas, sillas. Me imagino que si paro con mi vehículo en un plaza que entre "estilo camión" y simplemente bajo las patas, y paso la noche, puedo ser denunciado o no?
Gracias y un saludo


NO, Siempre que no rebasen el perímetro de la cv, según dice la Ley, siempre con un poco de sentido común, no tapar señales de trafico, escaparates de negocios, etc., etc.

saludos
 
Nosotros hemos pernoctado alguna vez y en contadas ocasiones, en áreas de servicio y hemos bajado las patas traseras y la rueda
jokey y sin problemas.

Un saludo
 
yo llevo años pernoctando en areas de servicio,

bajo las patas traseras pero no desengancho,nunca he tenido ningun problema,meto la caravana entre dos camiones y a dormir,eso si procura que ningun camion sea frigorifico
saludos
 
Hola. Una cosa son las leyes y otra como se aplican.
Salvo indicación expresa, por ley solamente los neumáticos pueden estar en contacto con el suelo.
Saludicos.


Todo el mundo habla de "leyes" pero nadie ha sido capaz de poner un enlace o una referencia a una "Ley" que prohíba bajar las patas.
Y seguimos esperando.....
 
Si vale de referencia, puedo señalar que a las AC SI se les denuncia si bajan patas en vía pública e incluso, hay denuncias por los escalones eléctricos, e incluso por las ventanas al sobrepasar el vehículo, así que, según mi entender a permanecer sobre las ruedas con que circula y nada más. La ley es como todo, tiene interpretaciones y muchas dependen especialmente de las ganas o presiones del agente instructor.
En cuanto a áreas, pues cada área tiene su propio reglamento, no es vía pública en sentido estricto, pero creo que los camping les meten bastante caña por eso de la supuesta competencia y no desean su existencia. Un saludo
 

No. En esa página, el único párrafo que es pertinente al tema empieza por "Se suele considerar...". Eso no es una ley y no hace referencia a ninguna ley o reglamento.
Ahora bien, en la página anterior (la 19) he encontrado un párrafo que me gusta más:

Por tanto, la exclusión de determinados usuarios de la vía pública debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas, como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículo o su masa máxima autorizada, y no por su criterio de construcción o utilización, ni por razones subjetivas. En este sentido, las (auto)caravanas pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.

Me he tomado la libertad de poner unos paréntesis en un lugar estratégico 8)
 
No. En esa página, el único párrafo que es pertinente al tema empieza por "Se suele considerar...". Eso no es una ley y no hace referencia a ninguna ley o reglamento.
Ahora bien, en la página anterior (la 19) he encontrado un párrafo que me gusta más:

Por tanto, la exclusión de determinados usuarios de la vía pública debe ser necesariamente motivada y fundamentada en razones objetivas, como pueden ser las dimensiones exteriores de un vehículo o su masa máxima autorizada, y no por su criterio de construcción o utilización, ni por razones subjetivas. En este sentido, las (auto)caravanas pueden efectuar las maniobras de parada y estacionamiento en las mismas condiciones y con las mismas limitaciones que cualquier otro vehículo.

Me he tomado la libertad de poner unos paréntesis en un lugar estratégico 8)



Si usas elementos estabilizadores ¿consideras que estas en las mismas condiciones?
 
Respeto todos los comentarios, pero una cosa es lo que hacemos y otra lo que "es correcto por Ley", Como bien decis, que problema plantea una Cv estacionada en un aparcamiento de camiones de un area de 24 horas, en el cual va a pasar estrictamente la noche, y si bajo las patas traseras, pues ya bajo las delanteras, ya que si me quieres denunciar, lo van a hacer por bajar 2 o 4 patas; lo que si veo interesante es comunicarselo a los del area de servicio, que yo creo que con buena educación y buenas palabras no van a poner pega; además que si te lo autorizan, te curas a la hora de posibles sanciones.
Sobre el tema de que nos denuncien, nos podemos encontrar con agentes que toman la decisión de "yo denuncio, y si estoy equivocado, pues lo recurres y ya esta".
Haber si entre todos sacamos una ley que nos lo aclare
 
Si usas elementos estabilizadores ¿consideras que estas en las mismas condiciones?

Mi caravana se tiene de de pie sin patas....................jajajajajajajajajajajajaj...................y si yo fuera el dueño o gerente de algún área a Ti no dejaba entrar ni con un carretillo.........................jejejeje



Saludos.
 
Pero como nos gusta rizar el rizo aqui de lo que se trata es si es o no legal pernoctar en areas de servicio y no si leyes ni leches.......
Y la respuesta es siiiiiiiii
Porque un area de pernocta, descanso o de servicio.......es para eso y nadie se va a meter contigo si bajas 1,2,3 o 4 patas de la caravana, normalmente estas areas o zonas son de algien que las ha puesto alli con ese fin para camioneros,furgoneteros caravanistas titiriteros o quien le apetezca dormir un poco, otra cosa diferente es estacionar en un nucleo urbano o zona de aparcamiento con vistas....ok Cesar112 te quedo claro....en la cual ya se rigen por normas municipales o leyes de trafico....
 
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