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mucho más que un foro

desaparece el B96??????

desaparece el B96??????

Se habla muy alegremente y solamente ciñéndose el tipo de permiso B para llevar vehículos a motor de 3.500 kg de MMA y pasajeros hasta nueve personas incluido el conductor no dedicado el servicio público...........y también hay que tener en cuenta el vehículo tractor............por mucho permiso B que tengamos................tampoco puedes remolcar lo que quieras....................NORMAL...........

Con relación a la incongruencia de que un vehículo, ya con los 3.500 k de MMA, pueda llevar remolcado con el B.........750 k.........lo veo lo más normal de mundo, lo más seguro y lo más coherente...........simplemente porque es un buen tractor y lo arrastrado es ínfimo............"nunca" se va apoderar un remolque de este tipo al tractor....................

Siempre hay que tener muy en cuenta el que arrastra y lo arrastrado.......................jejejejeje..................por el mismo motivo que un camión de 7.500 kg...................necesita un permiso y los de 40 tm. otro..............normal..............y los camiones son "iguales".........mas cortos......mas largos.....................sacar las conclusiones que queráis.............de la misma manera que, en mi caso, para llevar un remolque de 1.800 de MMA con las furgonetas de 3.5 tm...............tengo que llevar tacógrafo..............tocate los co..........es.....................y de la misma manera y lo he dicho.......................que para llevar motos XXXXXXX...................hay que tener el Permiso adecuado................solo faltaría que con el B pudieras llevar una RS-1.200 y encima no sepas ir ni en bicicleta..........manda cojones.............................

Yo tampoco puedo llevar una avioneta de recreo con el B.....................ni una embarcación de recreo de más de 12 m. de eslora con el permiso que tengo.................manda cojones.................................

Saludos.

"Lo arrastrado es ínfimo" si pensamos en el ejemplo puesto del compresor pero hay remolques de puestos de venta ambulante de 750 kgs que sus dimensiones no son nada "ínfimas". Le añadimos una furgoneta cargada hasta los ojos también y que quieres que te diga... veo más "seguro" un Pathfinder con una 500 detrás.
Para el primero ejemplo con el B te basta y para el segundo tienes que tener el B96 o el E

Respecto al tema de los tacógrafos en furgonetas hace años que ya tenían que ser obligatorios.
 
Se habla muy alegremente y solamente ciñéndose el tipo de permiso B para llevar vehículos a motor de 3.500 kg de MMA y pasajeros hasta nueve personas incluido el conductor no dedicado el servicio público...........y también hay que tener en cuenta el vehículo tractor............por mucho permiso B que tengamos................tampoco puedes remolcar lo que quieras....................NORMAL...........

Con relación a la incongruencia de que un vehículo, ya con los 3.500 k de MMA, pueda llevar remolcado con el B.........750 k.........lo veo lo más normal de mundo, lo más seguro y lo más coherente...........simplemente porque es un buen tractor y lo arrastrado es ínfimo............"nunca" se va apoderar un remolque de este tipo al tractor....................

Siempre hay que tener muy en cuenta el que arrastra y lo arrastrado.......................jejejejeje..................por el mismo motivo que un camión de 7.500 kg...................necesita un permiso y los de 40 tm. otro..............normal..............y los camiones son "iguales".........mas cortos......mas largos.....................sacar las conclusiones que queráis.............de la misma manera que, en mi caso, para llevar un remolque de 1.800 de MMA con las furgonetas de 3.5 tm...............tengo que llevar tacógrafo..............tocate los co..........es.....................y de la misma manera y lo he dicho.......................que para llevar motos XXXXXXX...................hay que tener el Permiso adecuado................solo faltaría que con el B pudieras llevar una RS-1.200 y encima no sepas ir ni en bicicleta..........manda cojones.............................

Yo tampoco puedo llevar una avioneta de recreo con el B.....................ni una embarcación de recreo de más de 12 m. de eslora con el permiso que tengo.................manda cojones.................................

Saludos.

El tacografo como dices obligatorio aunque sea con el B, ya que son vehiculos de mercancias.
 
Jo....................................., esto no lo habiamos resuelto ya?

Aun estamos con el tema de los permisos?

Ahora, planteo yo lo de las velocidades maximas por tipo de homologación del vehiculo, que estar estan y otro lio montado.

Mirad en vuestra ficha tecnica (la de la ITV), que tipo de vehiculo teneis y asi se sabra cual es la max. velocidad que podeis llevar en carretera aunque el coche sea un F1.

Un saludo.
 
Así es. Es la excepción o incongruencia de la ley. Con un simple B puedes "mover" 4250 kilos.

No es una incogruencia, con el C y el D también puedes llevar un remolque de 750k, es como decir que con el C puedes llevar 8250k (7500+750) y si el remolque pesa 751 no puedes llevar 7751k (camión de 7000 y remolque de 751)

Vamos que sigo diciendo que lo raro es el B y sus excepciones con los remolques de más de 750k, el resto es la norma general
 
Jo....................................., esto no lo habiamos resuelto ya?

Aun estamos con el tema de los permisos?

Ahora, planteo yo lo de las velocidades maximas por tipo de homologación del vehiculo, que estar estan y otro lio montado.

Mirad en vuestra ficha tecnica (la de la ITV), que tipo de vehiculo teneis y asi se sabra cual es la max. velocidad que podeis llevar en carretera aunque el coche sea un F1.

Un saludo.

Totalmente cierto, Javvproteo, hay gente que igual va a 120 km/h por autopista sin saber que tiene el límite legal, por ejemplo, a 100 km/h.

Para refrescar la memoria: http://www.webcampista.com/foro/for...cidad-itv-todoterrenos-y-monovol%FAmenes.html (muy buena la tabla resumen, Javvproteo)
 
desaparece el B96??????

No es una incogruencia, con el C y el D también puedes llevar un remolque de 750k, es como decir que con el C puedes llevar 8250k (7500+750) y si el remolque pesa 751 no puedes llevar 7751k (camión de 7000 y remolque de 751)

Vamos que sigo diciendo que lo raro es el B y sus excepciones con los remolques de más de 750k, el resto es la norma general

No es la misma relación de pesos tractor/remolque, se supone que con un carnet 'C' ya sabes que lo que llevas entre manos es más "serio" que un turismo con el 'B' y el peso del remolque es el mismo.
 
No es la misma relación de pesos tractor/remolque, se supone que con un carnet 'C' ya sabes que lo que llevas entre manos es más "serio" que un turismo con el 'B' y el peso del remolque es el mismo.

Bien dices "se supone", por eso el que tengamos que demostrarlo en una prueba....
 
El tacografo como dices obligatorio aunque sea con el B, ya que son vehiculos de mercancias.

No es tanto en cuento...........por ser vehículos de mercancias, sino por ser vehículos industriales (furgo+remolque) y estos.........sus MMA/S se pasan de 3.500 k................tacógrafo al canto............cuando la furgo no lleva remolque no hay que utilizarlo.

Saludos.
 
Bien dices "se supone", por eso el que tengamos que demostrarlo en una prueba....

OK....................o es que se comporta mi coche de la misma manera con remolque o sin remolque????????.........el mio no............tengo que cambiar el "chip" cuando conduzco con remolque.............faltaría más.................de la misma manera que cuando llevo una furgoneta o llevo el coche..........................tenemos que hacer de la conducción una profesión, no un medio..............sino estamos perdidos............

Saludos y este tema me encanta........además es nuevo en este foro y no se había tocado nunca.......................gracias al autor del hilo.
 
Totalmente cierto, Javvproteo, hay gente que igual va a 120 km/h por autopista sin saber que tiene el límite legal, por ejemplo, a 100 km/h.

Para refrescar la memoria: http://www.webcampista.com/foro/foro-campista/59229-clasificaci%F3n-de-los-veh%EDculos-velocidades-m%E1ximas-y-periodicidad-itv-todoterrenos-y-monovol%FAmenes.html (muy buena la tabla resumen, Javvproteo)

Freber, y no simplemente por las legalidades.............es por sentido común.............................como he dicho antes, por los comportamientos de los conjuntos...............y cada uno es un mundo, el mio lo conozco muy bien y no estoy libre de pecado.................no hay que saber ir a 120 km. con una caravana xxxxxxx........sino saber detenerla, ante cualquier obstáculo imprevisible.................aquí está el tema de cuestión.................mi abuelo decía...........y lo voy a decir tal cual Él lo decía.......en aragonés...............jajajaja................................

"CARA BAJO........HASTA LA MIERDAS CORREN"..........................

Yo lo que si puedo decir y he observado, después de muchos años llevando remolque, circunstancialmente, cuando me apetece.................llevo camiones o autocares...(ahora menos, la tecnología me ha superado)...............no tengo ningún problema para ello................que la gente va con prudencia, sabiendo lo que lleva entre manos.............aunque como en la viña del Señor.................hay de todo.

Cuantas veces me entreno con la carvana, pongo unos pivotes o unas referencias y darle a la marcha atrás (con lo poco que me gusta)...........y a estacionar el bicho de 12 m.....................hay que reciclarse.

Saludos.
 
"Lo arrastrado es ínfimo" si pensamos en el ejemplo puesto del compresor pero hay remolques de puestos de venta ambulante de 750 kgs que sus dimensiones no son nada "ínfimas". Le añadimos una furgoneta cargada hasta los ojos también y que quieres que te diga... veo más "seguro" un Pathfinder con una 500 detrás.
Para el primero ejemplo con el B te basta y para el segundo tienes que tener el B96 o el E

Respecto al tema de los tacógrafos en furgonetas hace años que ya tenían que ser obligatorios.

Claro que los hay........................y son legales????????????.......sobre el papel.........tal vez.........pero el conductor tiene que saber lo que lleva.........por lo menos............cuantos remolque conozco yo de 750 kg en papel y los he comprobado en báscula con más de 1.500 k????????????............albañiles, por ejemplo.........................una cosa es lo legar y otra...........la realidad.....................cuantos se compran remolques de 750 por no matricular, no pasar ITV, no llevar seguro????????????...............a montones.... Carlos...............Tu no conoces furgonetas/camión............que la carga útil anda por los 700 kg....................y les meten unos palets de cemento, ladrillos.............etc........................llevan 3.500 k???????.................yo te digo que no...............pero....................se lleva con un B..........jajajajajaja..................claro está hasta que los hacen pasar, un día, por báscula y entonces......................no se........la abuela fuma..............jejejejejejej

Saludos.
 
Volusia, en este caso yo no iba sólo por el tema de las caravanas y/o remolques, hay gente que tiene un todoterreno o un monovolumen, y su velocidad máxima legal en autopista es de 100 km/h, y sólo por un "numerito" que aparece en la Tarjeta de Inspección Técnica. Y otra gente, con ese mismo todoterreno o monovolumen pero con "otro numerito" en la Tarjeta puede ir a 120 km/h. En este caso es sólo cuestión de papeles porque el vehículo es exactamente el mismo.
 
No es la misma relación de pesos tractor/remolque, se supone que con un carnet 'C' ya sabes que lo que llevas entre manos es más "serio" que un turismo con el 'B' y el peso del remolque es el mismo.

Si quieres lo cambio, con el C no hay limite de peso, así que puedes llevar un camión de 20000k con un remolque de 750k pero no puedes llevar uno de 30000 con un remolque de 751k, si el C fuera como el B, podrías por que el C "no tiene limite de peso" pero no, necesitas el E, sin termino medio, como es B96 para el B.

Aprovechando esto las autoescuelas sacan dinero, pero a mi me parece que no estamos tan mal, comparqdos con el resto de la tabla.

Y esto es para toda Europa, por cierto, otra cosa es que allí las autoescuelas cobren poco o el examen sea una tontería, pero a nivel de carnets están igual que aquí
 
Volusia, en este caso yo no iba sólo por el tema de las caravanas y/o remolques, hay gente que tiene un todoterreno o un monovolumen, y su velocidad máxima legal en autopista es de 100 km/h, y sólo por un "numerito" que aparece en la Tarjeta de Inspección Técnica. Y otra gente, con ese mismo todoterreno o monovolumen pero con "otro numerito" en la Tarjeta puede ir a 120 km/h. En este caso es sólo cuestión de papeles porque el vehículo es exactamente el mismo.

"VOLUSIA", tienes que reconocer que para el caso de las velocidades maximas a las que debemos ir, estas, no solo estan determinadas por los tamaños o pesos maximos de los vehiculos, sino que tambien por el tipo de construccion (homologacion) de los mismos.
Valga como ejemplo ; un sistema "4 x 2" y otro "4 x 4", nuncan tendran la misma homologacion, pues son totalmente diferentes en cuanto a su sistema de propulsion, pero ojo por fuera pueden que sean identicos de chapa.

Un saludo.
 
desaparece el B96??????

Saludos y este tema me encanta........además es nuevo en este foro y no se había tocado nunca.......................gracias al autor del hilo.
Tienes razón, siempre que sale este tema acabamos igual. Cada uno soltamos nuestro discurso y en el fondo todos tenemos razón.
Por mi parte lo dejo aquí, porque al final acabaré sin saber ni los carnets que tengo...
 
Hola de nuevo !!!

Pues pienso que este tema sale de vez en cuando y es normal.

Habrá quien crea comprender perfectamente los diferentes ámbitos de cada carnet, lo exprese públicamente y llegue a estar mal informado ó equivocado al leer nuestros comentarios. Otr@s leen y callan con las mísmas consecuencias. Puede que alguien pretenda obtener el primer permiso de conducción u otro superior y crean conocer exactamente el ámbito de los mísmos y no lo esté. A fin de cuentas, creo que puede llegar a ser muy útil ahora y cuando se logre encontrar éste u otros muchísimos hilos con este mísmo tema. Si a veces no encuentro ni mis propios hilos en el buscador..... ( seré muy torpe ó no sabré emplearlo correctamente ).

Se pueden implementar con otros conceptos como si un vehículo mixto es idéntico a uno no mixto, por ej. Pero es que el mixto está preparado para un uso mayor e intensívo que para el no lo está ( creo que las MMA´s no son las mísmas ); y no sólo tiene la restricción de la velocidad ya que también las revisiones de ITV le afectan, por ej. La pillería de algunos les cuesta bien caro al intentar pagar menos impuesto de matriculación para hacerlo mixto....!!!

También es bueno conocer los parámetros que emplean los alemanes para otorgar un carnet B a menores de 18 años... Con un acompañante que presente un índice de alcoholemia de hasta 0,5 y no dormirse, por ej. La verdad es que el ejemplo alemán me demuestra que aquí no estmos tan mal y que allí sí que tienen afán recaudatorio con un nefasto ejemplo de un adulto con grandes cantidades de alcohol en sangre ( para mí ebrio ), sin que presente el coche un identificatívo como la "L" de prácticas y los coches sin doble mando, por ej...

Pienso que debemos dejar a los organísmos competentes que han otorgado cada requisito para cada tipo de carnet, por algo será y, puede, que desconozcamos...

Saludos !!!
 
Hola de nuevo !!!

Pues pienso que este tema sale de vez en cuando y es normal.

Habrá quien crea comprender perfectamente los diferentes ámbitos de cada carnet, lo exprese públicamente y llegue a estar mal informado ó equivocado al leer nuestros comentarios. Otr@s leen y callan con las mísmas consecuencias. Puede que alguien pretenda obtener el primer permiso de conducción u otro superior y crean conocer exactamente el ámbito de los mísmos y no lo esté. A fin de cuentas, creo que puede llegar a ser muy útil ahora y cuando se logre encontrar éste u otros muchísimos hilos con este mísmo tema. Si a veces no encuentro ni mis propios hilos en el buscador..... ( seré muy torpe ó no sabré emplearlo correctamente ).

Se pueden implementar con otros conceptos como si un vehículo mixto es idéntico a uno no mixto, por ej. Pero es que el mixto está preparado para un uso mayor e intensívo que para el no lo está ( creo que las MMA´s no son las mísmas ); y no sólo tiene la restricción de la velocidad ya que también las revisiones de ITV le afectan, por ej. La pillería de algunos les cuesta bien caro al intentar pagar menos impuesto de matriculación para hacerlo mixto....!!!

También es bueno conocer los parámetros que emplean los alemanes para otorgar un carnet B a menores de 18 años... Con un acompañante que presente un índice de alcoholemia de hasta 0,5 y no dormirse, por ej. La verdad es que el ejemplo alemán me demuestra que aquí no estmos tan mal y que allí sí que tienen afán recaudatorio con un nefasto ejemplo de un adulto con grandes cantidades de alcohol en sangre ( para mí ebrio ), sin que presente el coche un identificatívo como la "L" de prácticas y los coches sin doble mando, por ej...

Pienso que debemos dejar a los organísmos competentes que han otorgado cada requisito para cada tipo de carnet, por algo será y, puede, que desconozcamos...

Saludos !!!

:aplaudir:
 
Bueno aparte de estar deacuerdo con lo que dice el compañero juansinmedio aqui en España hay una ley que esta derogada en la cual con mas de 18 años se puede obtener una licencia que no es un carnet equivalente al B. Y tambien tiene que reunir unos requisitos el acompañante. Pero un poco jaleo para explicarlo.

Saludos
 
Bueno aparte de estar deacuerdo con lo que dice el compañero juansinmedio aqui en España hay una ley que esta derogada en la cual con mas de 18 años se puede obtener una licencia que no es un carnet equivalente al B. Y tambien tiene que reunir unos requisitos el acompañante. Pero un poco jaleo para explicarlo.

Saludos


Hu.............................y.
Algo tenia entendido de ese tema, pero ahora si que no entiendo nada.
Tenemos una LEY en vigor y ademas derrogada?
Pues otro tirón de orejas para el gobernante de turno que son.........BU..............S, o que?
Un saludo.
 
Hu.............................y.
Algo tenia entendido de ese tema, pero ahora si que no entiendo nada.
Tenemos una LEY en vigor y ademas derrogada?
Pues otro tirón de orejas para el gobernante de turno que son.........BU..............S, o que?
Un saludo.


Haber si sale el enlace bien http://dgt.es/was6/portal/contenido...cuelas/XIV_Curso_28_NormativaReguladoraCF.pdf eso es la normativa que regula los centros de formacion de conductores (autoescuelas).
Esta en la pagina 6 y 7.

Saludos
 
Efectivamente era lo que tenia entendido.
Se puede siempre que reunas todos los requisitos y no son pocos, como ejemplo; Quien tiene un coche con doble mando?
En resumen el reglamento existe pero quizas sea inviable, o sea a pasar por caja (autoescuela).
Un saludo
 
OK....................o es que se comporta mi coche de la misma manera con remolque o sin remolque????????.........el mio no............tengo que cambiar el "chip" cuando conduzco con remolque.............faltaría más.................de la misma manera que cuando llevo una furgoneta o llevo el coche..........................tenemos que hacer de la conducción una profesión, no un medio..............sino estamos perdidos............

Saludos y este tema me encanta........además es nuevo en este foro y no se había tocado nunca.......................gracias al autor del hilo.

He buscado y he leido bastantes hilos sobre esto, pero las leyes cambian y se decia que a partir del 2013 desaparecia el B96. Cuantos hilos no hay repetidos por el foro diciendo las mismas cosas.

Gracias a ti por participar en este hilo tan repetido que he abierto.
 
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