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pasar al lado oscuro

Hola Camarteo, no dudes ni un momento en ponerle bola a la scenic, aunque te suponga un mayor esfuerzo económico, yo tengo ese mismo vehículo y la caravana de la firma la muevo sin ningún problema y aunque no la he pesado, seguro que cargada andará cerca de los 1200kg

cargada 1.200 kg? eso es un B+E?
no dudo de que no pueda es simple curiosidad
 
1º - ¿en que datos de la ficha exactamente me tendria que fijar para hacer la suma y no pasar de los 3.500?
lo digo por que tengo la cabeza echa un lio con los MMR - MMA - MMC y sus calaberas.
2º - si me paran los power rangers de verde y "no la pesan" ¿que datos suman ellos para que no me multen con el carnet B?
3º - si me paran los power rangers de verde y me la pesan ¿que multa me podria caer? y ¿me la inmovilizan?
Tienes que sumar las MMA (masa máxima autorizada) del vehículo tractor y la caravana y que no pasen de 3500kg.
 
1º - ¿en que datos de la ficha exactamente me tendria que fijar para hacer la suma y no pasar de los 3.500?
lo digo por que tengo la cabeza echa un lio con los MMR - MMA - MMC y sus calaberas.
2º - si me paran los power rangers de verde y "no la pesan" ¿que datos suman ellos para que no me multen con el carnet B?
3º - si me paran los power rangers de verde y me la pesan ¿que multa me podria caer? y ¿me la inmovilizan?

1º en tu ficha tecnica pondra MMa esto. mas lo que pese la caravana cargada, no puede pasar de 3.500Kg.
2º Los Power, no he escuchado Yo, que esten pesando, pero si fuese asi, pesarian el conjunto. y si tienen ganas de fiesta y buscar la multa, el vehiculo por un lado, la caravana por otro. y los pesos lo que marque las fichas tecnicas.
3º sobre la multa o inmovilizacion, no sabria decirte, por que a fecha de hoy no me he enterado que esto haya ocurrido
 
Si te pasas de las MMA, tanto del vehiculo como de la caravana. si te paran multa al canto, si te pesan claro.

si tu sales con tu vehiculo y lo cargas con personas y enceres esa seria la suma del vehiculo, pues igual con la caravana, lo que pese la caravana mas los trastos que metas dentro...

lo tienes mas claro ahora.
 
se me ha quedado la boca seca
 
Si te pasas de las MMA, tanto del vehiculo como de la caravana. si te paran multa al canto, si te pesan claro.

si tu sales con tu vehiculo y lo cargas con personas y enceres esa seria la suma del vehiculo, pues igual con la caravana, lo que pese la caravana mas los trastos que metas dentro...

lo tienes mas claro ahora.

clarisimo
MMA: total con carga
 
lo que yo te diga " tengo mazo de dudas"
la MASA MÁXIMA AUTORIZA es la caravana en vacío o a lo que te permiten cargarla?

jejeje.. vas a tener que estudiar un poco el código de la circulacion ... jejej

Tara: masa del vehículo, con su equipo fijo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni carga, y con su dotación completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y accesorios necesarios.
1.2. Masa en orden de marcha: se considera como masa en orden de marcha el resultado de sumar a la tara la masa estandard del conductor de 75 kg y para los autobuses y autocares, la masa del acompañante de 75 kg si lo lleva.
1.3. Masa en carga: la masa efectiva del vehículo y de su carga, incluida la masa del personal de servicio y de los pasajeros,
1.4. Masa por eje: la que gravita sobre el suelo, transmitida por la totalidad de las ruedas acopladas a ese eje.
1.5. Dimensiones máximas autorizadas: las dimensiones máximas para la utilización de un vehículo establecidas en este anexo. Todas las dimensiones máximas autorizadas que se especifican en este anexo se medirán con arreglo al anexo I de la Directiva 70/156/CEE, sin tolerancia positiva.
1.6. Masa máxima autorizada (MMA): la masa máxima para la utilización de un vehículo con carga en circulación por las vías públicas.
1.7. Masa máxima técnicamente admisible: la masa máxima del vehículo basada en su construcción y especificada por el fabricante.
1.8. Masa máxima autorizada por eje: la masa máxima de un eje o grupo de ejes con carga para utilización en circulación por las vías públicas.
1.9. Masa máxima por eje técnicamente admisible: la masa máxima por eje basada en su construcción y especificada por el fabricante.
1.10. Masa remolcable máxima autorizada: masa autorizada máxima de un remolque o semirremolque destinado a ser enganchado al vehículo de motor y hasta la cual puede matricularse o ponerse en servicio el vehículo. En el caso de un remolque de eje central o semirremolque, la masa remolcable máxima autorizada será la masa real máxima del remolque menos su carga real vertical sobre el punto de acoplamiento, es decir, la masa correspondiente a la carga soportada por los ejes del remolque.
1.11. Masa remolcable máxima técnicamente admisible: la masa remolcable máxima basada en su construcción y especificada por el fabricante.
1.12. Masa máxima técnicamente admisible del conjunto: suma de las masas del vehículo de motor cargado y del remolque arrastrado cargado, basadas en la construcción del vehículo de motor y especificadas por el fabricante.
1.13. Masa máxima autorizada del conjunto: suma de las masas del vehículo de motor cargado y del remolque arrastrado cargado para su utilización por las vías públicas.
1.14. Carga vertical máxima técnicamente admisible sobre el acoplamiento: carga máxima sobre el acoplamiento establecida en la concepción del vehículo de motor y/o del acoplamiento y especificada por el fabricante.
1.15. Carga indivisible: la carga que, para su transporte por carretera, no puede dividirse en dos o más cargas sin coste o riesgo innecesario de daños y que, debido a sus dimensiones o masa, no puede ser transportada por un vehículo de motor, remolque, tren de carretera o vehículo articulado que se ajuste en todos los sentidos a las disposiciones del presente Reglamento.

Tara: lo que pesa la caravana sin carga con los depósitos al 50%.

PMA antes, ahora MMA (Masa Máxima Admitida) : lo que pesa la caravana, mas lo que puede cargar... osea lo máximo que debería de pesar totalmente cargada.
 
Es que existen varias tonalidades de oscuridad...........medio oscuro...........muy oscuro...........jajajajajajajaja......hay señor.................!!!!!!!!!!!

Saludos.

je, je sí, debe de ser así....

MMA masa maxima a la que se puede llegar = lo que puede pesar como máximo una vez cargada.
En teoria, claro, porque........ shhhhhh!:rolleyes::rolleyes:
 
Por cierto, la legislación española no dice nada del sobrepeso para vehículos particulares, por lo que si te sancionan por exceso de peso es totalmente recurrible... las sanciones de sobrepeso las lleva fomento y son sobre vehículos destinados al transporte de cosas y personas... osea camiones y autocares, no caravanas ni turismos... esto no quiere decir que este bien ir con sobrecarga, todo lo contrario es igual de peligroso o más, ya que muchos no saben, ni quieren saber el peso que llevan detrás.
 
Hay una tregua.....lo vas teniendo mas claro carmateo
 
resumiendo y descartando la kangoo

le pongo la bola a la scenic
me compro una cv de por ejemplo 1.100 kg
la matriculo y la aseguro
pregunta
¿cuanto cuesta el seguro y matriculacion?

o con la bola en la scenic ya puedo comprar la sun roller 460-F y no matricular.
 
Es muy difícil que con el peso de cualquiera de los dos coches te pases de 3500k, el scenic pasa por poco de los 2000k de MMA y la cv en la ficha no pondrá 1500k. Por ahí no creo que tengas que preocuparte, pero tienes que fijarte en la MMA de los dos (coche y remolque) y sumarlos. y si en el papel de la cv pone "750k" ni eso.
 
resumiendo y descartando la kangoo

le pongo la bola a la scenic
me compro una cv de por ejemplo 1.100 kg
la matriculo y la aseguro
pregunta
¿cuanto cuesta el seguro y matriculacion?

o con la bola en la scenic ya puedo comprar la sun roller 460-F y no matricular.

La CV no tienes que matricularla, ya debe de estar matriculada......esa es la matricula Roja, lo que si tienes que ponerle es la matricula del remolcador, tu vehiculo.. hasta hay lo tienes claro
 
La matricula Roja es para las caravanas que por ficha tecnica supera los 750Kg
 
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