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¿Hay que pagar Impto Transmisiones Patrimoniales en compra de cv?

txuri

calladit@
Hola, estoy mirando comprar una cv de segunda mano matriculada en España con mas de 750 Kg, y el vendedor me ha dicho que él se encargaba de los gastos de transferencia (en tráfico), y que aparte de esos gastos y el coste de la cv, no tenía que pagar nada más (dice que en Hacienda las cv están exentas del Impto de Transmisiones Patrimoniales). Y que en el caso de que quiera volver a venderla tengo que conseguir un certificado diciendo que la caravana está exenta del pago. A mí lo del ayuntamiento me cuela, pero lo del Hacienda... desde que somos todos, no dejan pasar una. ¿Es así?
 
Las caravanas de más de 750 kg. de MMA pagan un 4% de impuesto de transmisiones patrimoniales sobre el valor de compraventa que conste en contrato. (En hacienda no tienen tablas de referencia como en los cohes -aún-). Y el papel de liquidación o exención te lo pedirán en trafico para el cambio de nombre.
Respecto al "numerito" del ayuntamiento (impuesto sobre vehiculos de tracción mecánica) las caravanas NO están sujetas por ser remolques con una carga útil menor de 750Kg.
Salu2.
 
¿Hay que pagar Impto Transmisiones Patrimoniales en compra de cv?

Hola Txuri, como bien te dice Javivelez, se tiene que pagar.
Yo estoy intentando vender mi Caravana y he preguntado todo los pasos a seguir, ya que quiero hacerlo todo Legalmente y los pagos que se tienen que hacer son:
Trafico 44,20 € por cambio de Titularidad.
Hacienda, el 4% del valor que pongas en el contrato de Compraventa, no tienen tablas.
Impuesto de Circulacion del Ayuntamiento, por lo menos en Pamplona 29,5 €.

Luego aparte esta el Seguro que tu quieras hacerle.

Mi Caravana es una Sun Roller Queen, matricula Roja.
 
Pues ni en Pamplona ni en Huelva, te lo cobran porque quieres pagarlo, con exigir la xeccion del pago es suficiente, la legislacion es a nivel nacional y que yo sepa ninguna caravana tiene mas de 750 kilos de CARGA UTIL que es lo que dice la ley, mira en la ficha tecnica la tara y el mma y haz la resta, te saldra menos de 300 casi seguro!!!!.

Hazte oir, que es tu derecho y hay algunos compañeros que han cponseguido que les devuelven lo pagado en años anteriores.

saludos

Manu

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Impuesto sobre transmisiones patrimoniales se paga sobre todo lo que se compra o vende entre particulares, ya que en estas ventas no es aplicable el IVA. Otra cosa es que para compraventas de 300 euros nadie te va a perseguir. En todo caso, aunque compres o vendas un vehiculo de 5ª mano por 200 euros tienes que pagar el impuesto o no te hacen la transferencia en trafico.
 
Yo me refiero al impuesto de circulacion del ayuntamiento, que conste



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Por lo que he entendido, el resumen sería: al comprar una cv de mas de 750 Kg. matriculada de segunda mano hay que pagar en Tráfico el cambio de titularidad (44,20 €) donde te piden estar al corriente del pago del Impuesto de Circulación del Ayuntamiento. Por eso hay que ir al Ayuntamiento y pedirles un certificado de exención de dicho impuesto.(Me imagino que esto lo tenga que hacer el vendedor)
Por otra parte hay que pagar el impuesto de transmisiones en Hacienda (4% de lo que pongas en el contrato), pero esto es tan solo si se compra a particulares, ya que si se compra a una empresa ya te está cobrando el IVA, y en ese caso no se debe pagar el Impto de transmisiones.
Para terminar está el seguro de la caravana.
Si esto es correcto, me ha quedado bastante mas claro de lo que lo tenía.
MUCHAS GRACIAS POR LA AYUDA!!
 
¿Hay que pagar Impto Transmisiones Patrimoniales en compra de cv?

Pues ni en Pamplona ni en Huelva, te lo cobran porque quieres pagarlo, con exigir la xeccion del pago es suficiente, la legislacion es a nivel nacional y que yo sepa ninguna caravana tiene mas de 750 kilos de CARGA UTIL que es lo que dice la ley, mira en la ficha tecnica la tara y el mma y haz la resta, te saldra menos de 300 casi seguro!!!!.

Hazte oir, que es tu derecho y hay algunos compañeros que han cponseguido que les devuelven lo pagado en años anteriores.

saludos

Manu

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Manu Elvira, muchas gracias por la aclaracion, me pasare por el Ayuntamiento para pedir la devolucion de lo pagado, me parece que son dos años, ya os contare.

Txuri, los tramites entre particulares los tiene que hacer siempre el Comprador, en el caso de la empresa me imagino que lo haran ellos.

Un saludo, Salva.
 
Pues ni en Pamplona ni en Huelva, te lo cobran porque quieres pagarlo, con exigir la xeccion del pago es suficiente, la legislacion es a nivel nacional y que yo sepa ninguna caravana tiene mas de 750 kilos de CARGA UTIL que es lo que dice la ley, mira en la ficha tecnica la tara y el mma y haz la resta, te saldra menos de 300 casi seguro!!!!.

Hazte oir, que es tu derecho y hay algunos compañeros que han cponseguido que les devuelven lo pagado en años anteriores.

saludos

Manu

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Hola Manu, Esta mañana me he pasado por el Ayuntamiento y me han asegurado que tengo que pagar dicho Impuesto, si hay algún Forero de Pamplona, me podía confirmar si el lo paga, a pesar de comentarles que la Caravana no es un Vehículo Tractor y que en el BOE pone que esta exenta al no pasar de 750 Kg., no me han hecho ni caso, he tenido que Hacer una Instancia General, para que me la dejen exenta y me devuelvan lo que he pagado en dos años. Pero me da en la nariz que sera que no.
Yo tengo un Honda Accord Sport cuyo PMA es 1477 Kg
Y la Caravana es una Sun Roller Queen 4,30 CP, cuya Tara es 970 y la MMA es de 1200 Kg.
Me parece que la cosa es clara, pero no se por donde saldrán estos RECAUDADORES

Ahora esperare la Contestación.
 
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