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el lenguaje de la DGT...

rocinante

tras un mundo nuevo
Acabo de recibir mi permiso de circulacion (bueno el mio NO el del coche)...
Y com oes nuevo ,pues eso a leerlo de pè a pà..

Hay un apartado G

Que reza asi: Masa del vehiculo en servicio con carroceria, y con dispositivo de acoplamiento si se trata de un vehiculo tractor de categoria distinta a la M-1 (en kg).

Hay queda la frasecita, ahora que es este peso?????

Por ejemplo la MMA de mi coche son 2738kg y este apartado G indica 2254...

Sabeis que significa ???
 
¿Cual es la tara?.

Creo que es la diferencia entre lo que máximo que puede pesar tu coche con dispositivo de arrastre (bola) y la tara del vehículo.

Es decir, si tiene como tara 2200 Kgr y G es 2254 kgr, tu enganche no puede ser superior en peso a 54 Kgr... Creo
 
Mma-

Mma-

Acabo de recibir mi permiso de circulacion (bueno el mio NO el del coche)...
Y com oes nuevo ,pues eso a leerlo de pè a pà..

Hay un apartado G

Que reza asi: Masa del vehiculo en servicio con carroceria, y con dispositivo de acoplamiento si se trata de un vehiculo tractor de categoria distinta a la M-1 (en kg).

Hay queda la frasecita, ahora que es este peso?????

Por ejemplo la MMA de mi coche son 2738kg y este apartado G indica 2254...

Sabeis que significa ???
La descripcion de los codigos te dice.
Masa o peso
De tu vehiculo en servicio ( accesorios-piloto....) con la carroceria.
Y con dispositivo de arrastre(bola) pero como dice distinto a M1
Es pues un camion-Trayler con su 5ª rueda incluida
Saludos
 
¿Será algo del punto G de los coches? :dontknow:
 
La masa en servicio con carrocería, o masa en orden de marcha es el resultado de sumar a la tara (la del vehículo) la masa estandar del conductor de 75 kg y para los autobuses y autocares, la masa del acompañante si lo lleva.

Ejemplo práctico, en mi peazo carraco pone:
En la tarjeta inspección técnica: tara 1393 kg
Apartado G del permiso de circulación:1468

Si a 1393 le sumas 75 te da el apartado G: 1468

Un saludo y si pesas mas de 75 kg ponte a dieta que si no vas ilegal:toothy7:
 
Tengo de TARA 2179kg
y la MMA con remolque es de 2843 kg.

Manolo eso significa que te puedes dar atracones de casi setecientos kg, en concreto de 632 kg, cualquiera te invita a ti a comer, menos a dormir pobre cama camo la dejarías, ja ja ja ja ja ja ja ja...................
 
te pongo un poquito más:

Tara: masa del vehículo, con su equipo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni carga, y con su dotación completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y accesorios necesarios
 
MA

MA

te pongo un poquito más:

Tara: masa del vehículo, con su equipo autorizado, sin personal de servicio, pasajeros ni carga, y con su dotación completa de agua, combustible, lubricante, repuestos, herramientas y accesorios necesarios

Perdona MICHEL pero te esta diciendo distinta a un M 1= turismo
Hay M2-M3-N2-N3-01-02-03-04
Creo que se refiere a camiones ya que su 5ª rueda que suele pesar 300-400 kg
Saludos
 
badum, perdonado pero te está diciendo el permiso de circulación de su coche, no de un camión, además he mirado en mi permiso de circulación emi pedazo xsara picachu y pone lo mismo pero creo que lleva a error :

Por un lado: Masa del vehículo en servicio con carrocería(cualquier vehículo)
Y por otro lado (por eso lleva la "coma" y la "y") : y con dispositivo de acoplamito si se trata deun vehículo tractor de categoria distinta a la m1(turismos, es decir para todos los demás vehículos que lleven dispositivo de acoplamiento, los camiones salen con ello de fábrica, pero los turismos tienes la opción de ponerlos o no, por eso no se incluye dentro de los accesorios considerados como tara porque puedes ponerle bola o no, pero a una cabeza tractora si la incluyen el dispositivo de acoplamiento)
Por eso en los turismos si sale la cuenta tara + 75 kg=G

Comprobación:Rocinante dice que G le pone 2254 en el primer post, en el segundo pone que la tara del vehículo es 2179, entonces 2179+75=2254 Cuadra no?

Un saludo y el nos confirmará de que vehículo se trata.
 
Enhorabuena Michel por esa explicacion, esta perfecta, lo que no se es porque dicen, masa en servicio con carroceria, cuando creo que seria mas correcto que dijeran masa en orden de marcha.ç
Saludos
 
Estos chicos de la DGT es que son asi.
Rocinante, te mande un privado, espero que lo hayas visto, mañana si tengo un ratillo te doy un toque.
 
Amigo y compañero de fatigas en oliva, onlyhouse, es cierto que sería más correcto en mi parecer, masa en orden de marcha, pero masa en servicio con carrocería, es más genera y más claro, todos entendemos que es el coche completo.

Explico lo que quiero decir, los vehículos incompletos deberan tener la masa en orden de marcha especificado por su fabricante , que significa esto, pues que para los nuevos modelos (esos que salen en las revistas de "cazado nuevo seat 6oo FR, 240 caballos), que salen sin cristales con añadidos por todos los lados, pues a eso mismo, no llevan ni asientos, etc..., pero la masa en orden de marcha se la tienen que añadir, pesa lo mismo que en orden de servicio con carrocería pero no están para circular.

Que les pasa algunas autocaravanas que no llevan las luces de gálibo en la parte delantera?, y salen así de fabrica y son obligatorias con más de 2.10 metros de anchura?, pues lo mismo, pasan las pruebas como vehículo incompleto, pero con la masa en orden de marcha correcta y luego a alguien se le olvida instalarlas, luego llegas a la ITV, y te dicen que las tienes que poner y les dices, ¡pero si ha salido así de fábrica¡, pues ya sabeis que es lo que posiblemente pasa.

Un saludo

 
Buenas fatigas he pasado en Oliva, no lo sabes bien, pero tambien muy buenos ratos, jajajj.
¿De donde sacan estos chicos la definicion de masa en servicio con carrocería, cuando al que viene en el Reglamento de Vehiculos es la de masa en orden de marcha?, aunque esta claro que la primera quizas se entienda mejor
 
Eso si es una pu..da, rocinante, el todo terreno lo pueden matricular como turismo o como vehiculo mixto, hay una gran diferencia, en la frecuencia de las itv,s y tambien en la velocidad, ya sabes en autopista o autovia, 100 Km/h. en vez de los 120 del turismo, cuando vayas con la caravana por supuesto no te afecta.
No se si ya se podra cambiar de vehiculo mixto a turismo, si es asi sera al margen de la itv, en principio habra que cambiar el permiso de circulacion
 
solicita el certificado del fabricante (kia), como que ese vehículo está también homologado para turismo (hay vehículos que no lo están y no se puede hacer nada) y con eso a la itv y telo cambian, si no a otra ya que en alguna te pueden pedir informe de un ingeniero.

Y si es posible pasarlo a turismo, les dices que son unos espabilados, se ahorran en el impuesto de matriculación una pasta y para ti problemas, ya que eres tú el que decides como matricularlo, a parte de la velocidad, está tambien pasar la inspección técnica que no es a los 4 años como en los turismos, sino a los 2 años la primera.

Por cierto, pide al concesionario que te den copia de tráfico o industria (no me acuerdo cual de las dos), de que tu vehículo está autorizado a llevar placa delantera de matricula de dimensiones reducidas ( y no vale eso de así salió de la casa), ya que por la construcción del vehículo puede llevar una de dimensiones normales, no te vaya a pasar a como los leones o los alteas que como quedan guay pues salen así y los de tráfico se hinchan a poner denuncias.

Un saludo
 
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