Webcampista.com

mucho más que un foro

Pregunta Limitaciones de las áreas de Autocaravanas para Caravanas

llunaplanet

calladit@
Buenas!

Estaba mirando todas las areas de AC que hay en españa, y no tengo claro si se refiere tanto a AC como a CV o bien solo son para AC

Que limitaciones hay?

Saludos!
 
En España no te puedo ayudar, pero en Francia , las hay que prohiben el acceso a cv. Tambien has de tener n cuenta que es posible que hayas de desenganchar la cv, si el espacio para aparcar no es muy grande.
 
Como su propio nombre indica.....areas de "AC" aunque no creo que tuvieras problemas si alguna vez necesitas entrar en alguna, aunque también te advierto que hay algunos puristas que no dudarian en denunciarte por estar con una CV en areas de AC.
De todo hay en la viña del señor.
Saludos
 
yo prefiero pernoctar en un camping, me encuentro más seguro y tranquilo pero no tendría ningún problema en para en un área de AC si hiciera falta. Estas estan señaladas con la correspondiente señal ¿y el código de circulación aclara que esa señal es de caravanas y no autocaranas o al reves o que más da?
A la mitad de la gente cuando les hablas de caravanas y meten en el mismo saco todo.
claro que hay integristas de la caravana y de la autocaravana pero en la gran mayoría todos somos gente civilizada y nos da igual quien esté a nuestro lado si cumple las minimas normas de convivencia.
Un saludo
 
Pues segun creo,una CV enganchada al vehiculo es a nivel de leyes lo mismo.Ahora bien las areas especifican con la correspondiente señal, que creo ahora si esta incluida en el codigo de circulacion que es para AC.Por otro lado nosotros con la AC hemos estado en ares junto con alguna que otra CV,ocupando plaza de AC, y obligando a las AC a ocupar espacios fuera del area.Sin problema,en perfecta convivencia todos,lo cual no quita que un dia coincidas con alguno de los que creen que la calle es suya,estos ultimos tambien miran mal a las california,furgos y los que tengan el pelo de color diferente,asi que ni caso.
 
Lo he comentado por que hay foros de AC donde se promulga la denuncia a CV que esten en estas áreas , luego es como todo cada uno que haga lo que quiera.
 
Bueno...pues según dice el Reglamento General de Circulación:

Artículo 161. Señales de servicio.
Las señales de servicio informan de un servicio de posible utilidad para los usuarios de la vía. El significado y nomenclatura de las señales de servicio son los siguientes...(las omito)

Es de significar que dichas señales no son restrictivas ni de obligación, por lo cual eso de no permitir la entrada a caravanas habría que discutirlo (al igual que un coche, camión, etc), máxime cuando la citada señas S-128 no está todavía regulada por el Ministerio de Fomento.

De momento el planteamiento de señal es éste: (véase coletilla final del mismo)
 

Archivos adjuntos

  • Doc122.doc
    69 KB · Visitas: 0
-
Por mi no hay ningún problema, aunque esto ya se ha debatido aquí unas cuantas veces, y alguna no ha acabado bien... la cosa es que a la hora de la verdad del debate no pasa, quiero decir que luego entras a estas áreas de servicio y rara es la vez que se ve una caravana, también es cierto que en algunas de ellas, al menos de las que conozco (más por Francia que por España) es por limitación física, un conjunto de entre 10 ó 12 metros no entra ni maniobra si no desengancha.

Saludos.
 
Yo pienso que si el área es publica, todos tenemos el mismo derecho

Pues no es asi el asunto. El hecho de que una cosa sea publica no da derecho a utilzarla para un fin diferente al que se ha proyectado.

Un ejemplo: Las zonas de aparcamiento para motos son para motos, y aunque sean publicas no puedo ir a aparcar con mi automovil porque no estan destinadas a mi automovil, estan destinada al aparcamiento de motos.

Las zonas de aparcamiento para AC, como su propio nombre indica, son para AC, y las areas mixtas son mixtas, y el hecho de ser publicas no da derecho a que yo plante mi tienda de campaña en ella.

Alguno se ha pasado de largo con lo de que hay quien mira por encima del hombro a las campers, debe ser la propia incultura, ya que una camper es uno de los tipos de AC, a saber (para quien no los distinga) las AC se clasifican por su construccion en Camper, Perfilada, Capuchina e Integral.

No confundir una camper con un furgon industrial al que se le pone un colchon dentro. La definicion de AC esta claramente expresada en el reglamento de vehiculos de la DGT.
 
En las areas de AC está prohibido acampar, (poner calzos, patas estabilizadoras, etc) tanto para AC como CV, si hay espacio para aparcar la CV con el coche sin desengancharla, creo que no hay problemas de aparcar, (la CV no hay que poner las patas estabilizadoras).
Yo he visto en algun area la señal de uso para AC y CV.

Saludos.
 
pablo.... donde pone que esta prohibido poner calzos y patas??
 
Marta, en todas las areas hay carteles que prohiben acampar (sacar cualquier elemento de acampada, como patas estabilizadoras, toldos, mesas etc.) tanto para AC como para CV.

Saludos.

¿Y dónde está esa definición de acampar?
 
¿Y dónde está esa definición de acampar?

En las Leyes de Turismo de cada Comunidad Autónoma está la definición de acampar (OJO: la definición de acampar que vale en ESA Comunidad Autónoma; en la de al lado, puede ser completamente distinta). En general, no hablan de "patas", ni de "toldos" ni de nada de nada, sino de cuestiones tales como:
- Instalar un "albergue móvil con ánimo de permanencia" (¿Y cómo se sabe qué animo tiene un albergue? ¿Habrá que interrogar a las caravanas y autocaravanas, para que confiesen sus ánimos?)
- Instalar un albergue móvil a "menos de 500 mts de un campamento autorizado" (¿Y, si uno no sabe dónde hay un camping, qué hace? ¿Y, si lo sabe, y está a más o menos 495 metros, tienes que ir midiendo con un teodolito, para asegurarte?).
- Cosas parecidas.

No, repito, acampar (en España) no tiene nada que ver con calzos y patas. Eso es una confusión con la legislación FRANCESA, en la que sí existe una (una sola) definición de ESTACIONAR, y que se refiere a "mantener el vehículo en contacto con el suelo únicamente a través de sus ruedas (no calzos) y sin desplegar ningún elemento que sobresalga del perímetro" (no toldos). Caso contrario, el vehículo (en Francia, repito), está acampado. Y da igual la distancia a un camping o el "ánimo".

Por analogía con Francia, hay quien quiere argumentar (no se ha leído la Ley de su Comunidad) que, sin toldo ni patas, está estacionado.... y no sabe que está "con ánimo de permanencia" y, por tanto, acampado.

¿Que es una estupidez? Pues sí, lo es.... pero es así. Y, como que nadie (excepto alguna asociación de autocaravanistas en Asturias) se ha propuesto llevar esas Leyes a los tribunales, de momento, eso es lo que hay,
 
pablo.... donde pone que esta prohibido poner calzos y patas??

Marta, hace unos días habeis aparcado con vuestra AC en en área de Cuellar, al lado del castillo, cuando hicimos la visita, en esa área como en las demás, sea de la comunidad que sea, está la señal que te lo prohibe, cada ayuntamiento aplica la legislación segun le combenga, yo no hago las leyes, pero están ahí.
Aparcar quiere decir estar con las cuatro ruedadas en contacto con el suelo y no sobresalir nada del perimetro del vehiculo y acampar puedes sacar las patas, estender el toldo, sacar las mesas,etc.
Es lo que hay y si no queremos tener problemas, tenemos que cumplir las normas.
Amí me fastidia como a los demás, pero...
Mañana saco una foto en el área de Valladolid y la pongo, la han inagurado en Octubre y por supuesto está el famoso cartelito.

Saludos.
 
Pues no recuerdo ninguna prohibicion de bajar patas ni de poner calzos, la verdad.....
He buscado informacion en internet y tampoco sale ninguna señal al respecto.
Mira, en lo de los calzos.... pse... tampoco me es tan importante, pero una caravana pienso que debe bajar patas por seguridad., y no considerarlo como elemento de acampada.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com