Hola a todos, alguien podría contestarme si es necesario tener la caravana asegurada antes de venderla. Muchas gracias
Pues no te hace falta tenerla asegurada para venderla y tampoco para circular (cosa que no te recomiendo), como dices que tu caravana es de PMA demor 750 kg, entonces:
Real Decreto 1507/2008
REGLAMENTO DEL SEGURO OBLIGATORIO DE RESPONSABILIDAD
CIVIL EN LA CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS A MOTOR
Artículo 1. Vehículos a motor.
Se exceptúan de la obligación de aseguramiento los remolques,Registro de Vehículos de la Dirección General de Tráfico.semirremolquesy máquinas remolcadas especiales cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kilogramos, así como aquellos vehículos que hayan sido dados de baja de forma temporal o definitiva del
Saludos
ja ja ja ja ja ja ja ja ja..........., Joer michel, he entrado en este hilo pensando en cierta conversacion que tuvimos, el amigo rocinante ya había dejado las cosas claras, pero lo tuyo, como de costumbre de matricula de honor.
seguro que era èl...
El caso es no gastar en su pueblo jajajaja