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mucho más que un foro

Multa por remolcar una caravana de 900kg con el B

Gerard-2

locuaz
Según me han contado de buena tinta se está multando por remolcar un remolque no ligero sin el b96.
¿Alguien sabe alguna cosa?
El permis B ya solo vale para remolques ligeros tal como apuntaba el boe del 2009 con aquella coletilla de 2sin prejuicio de ..."

Segunda pregunta y que pasa con el resto de Europa que nos rodea?
 
Así puede ser................si la MMA del tracto sumaba los más de 3.500 kg...............normal.....................o el tractor 3.500 mma???????????????..........pues remolque de 750 MMa................

No entiendo lo de remolque ligeros............de remolques entiendo de MMA/S.............solamente.......................HASTA MMA DE 3.500 KG..........suma de vehiculos del conjunto.....................el B...................así es.............

En otros países tienes sus normas.......las suyas...................yo vivo en España...................aunque haya tantas y tantas normas que me influyan a nivel CE.

Saludos.
 
Hola Volusia, grácias por contestar.

Si, eso ya lo tenía en cuenta, pero es que se trata de una cv de 850Kg con un vehiculo de 1600 kg, no se superan los 4250Kg ni de lejos.

No se si es un problema de desconocimiento puntual o son nuevas directivas, por otro lado en el boe del 2009 solo habla de menor de750kg con el B o mayor con conjunto de hasta 4250Kg con B96.


PD: Tengo entendido que 'remolque ligero' es un remolque menor de 750 kg según la dgt.
 
Disculpad, pero me he quedado con la respuesta a medias y el tlf dando guerra.

Entiendo que todo está igual, si no se superan los 3500Kg del conjunto vale con el B y pasando hasta 4250Kg es el b96.

Lo de Europa, supongo que si aquí vamos bien, entonces no hay problemas comunitarios.
 
Hasta Bengi...............ya tiene dudas y base de datos..............jajjaj.............ya estamos con este tema como siempre............ya está otra vez la burra al trigo.........................

Esta muy clara la ley...........otra cosa es lo que nosotros queremos interpretar o nos interese interpretar................el caso que comentas......................esas cifras..............son en la ficha técnica?????????????.................son las MMA/s de los vehículos del conjunto?????????????........................vamos yo lo tengo muy claro.........lo manejo todos los días estos temas.........furgonetas.....con remolques...........sin...........furgonetas con remolque de más de 3.500 kg (tacógrafo)........etc..........etc...............

Un caso..........también..........como tu comentas este.................un albañil...........con un remolque ligero...........según dices tu.............pero grande como un animal...............es decir.............sin placa roja....................valeeeee......................un palé de cemento encima............tela.......de peso........no..............pues muy bien.............papeles legales.............correcto..........remolque de 750 kg......grande pero de 750 kg....(manipulación de domentos).....(falsedad)?????????????......lo que ocurre que llevaba 1.800 kg.........en báscula..............denuncia al canto por exceso de peso..................más rentable le hubiera salido llevar el remolque con placa roja...........en condiciones.........vamos..........porque la denuncia fue de coj........es.......................

Repito tengo muy claro lo que puedo y no puedo y como y cuando........y no quiero decir que no sea cierto lo que comentas..........faltaría más..............yo con solo ver las documentaciones de los dos vehículos del conjunto..........y el Permiso de conducir del conducto...........lo tengo claro.........

Saludos y si tiene razón............como dice el amigo Bengi............que recurra..............faltaría más.
 
Disculpad, pero me he quedado con la respuesta a medias y el tlf dando guerra.

Entiendo que todo está igual, si no se superan los 3500Kg del conjunto vale con el B y pasando hasta 4250Kg es el b96.

Lo de Europa, supongo que si aquí vamos bien, entonces no hay problemas comunitarios.

Correcto....................los gabachos me han parado muchas veces..................solamente me han saludado y bon voyage.............
 
Si Bengi, son MMA, es una cv pequeña y un toyo corolla verso, nada del otro mundo. Creo que la GC se ha ido de la pinza.

Pues puede ser...........claro...........a más ese vehículo ronda los 1.300 kg de arrastre con freno.........................

Saludos.
 
Si, Volusia, buen ojo, 1300Kg de MMR c/F

Ya lo he encontrado, no entiendo porque en el BOE no está el desglose correcto de remolques con conjuntos de menos de 3500Kg y solo diferencia con 750Kg.
Tambien está escondido y bien escondido la aclaración de lo que permite llevar cada permiso.

Para quien le interese, siguiendo estos enlaces tan fáciles y evidentes....

WEB de la DGT->tramites y multas:jefatura virtual->tu permiso de conduccion->expedicion de permisos->Condiciones para la expedición de los permisos de conducción

Para conducir un conjunto formado por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750 kg, en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 kg sin sobrepasar los 4250 será necesario superar la prueba de control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2. Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior.


Parece que todo sigue igual, ¿y esa FORMACION a la que se alude en el texto? ... una Orden Ministerial del Interior ?????
 
En el 138 de Lunes 8 de junio de 2009, mas adelante de donde detalla los permisos, en el art 5, punto 5 si lo indica claramente.
 
Estoy con el resto, si el conjunto no supera los 3500 Kgs, recurso al canto. Una duda....¿te pesaron el conjunto o se basaron en la documentación?
 
Si, Volusia, buen ojo, 1300Kg de MMR c/F

Ya lo he encontrado, no entiendo porque en el BOE no está el desglose correcto de remolques con conjuntos de menos de 3500Kg y solo diferencia con 750Kg.
Tambien está escondido y bien escondido la aclaración de lo que permite llevar cada permiso.

Para quien le interese, siguiendo estos enlaces tan fáciles y evidentes....

WEB de la DGT->tramites y multas:jefatura virtual->tu permiso de conduccion->expedicion de permisos->Condiciones para la expedición de los permisos de conducción




Parece que todo sigue igual, ¿y esa FORMACION a la que se alude en el texto? ... una Orden Ministerial del Interior ?????

Esa formación en España son unas pruebas en circuito cerrado.

Esto me ha recordado enseguida otro hilo donde unos policías portugueses no dieron por valido el B96 pensando que no era Europeo, o yo que sé, (que sí que lo es) el caso es que toca recurrir, por que si es como dices, está claro que no estaban informados.
 
A mi desde que una vez un guardia civil de tráfico me discutía que mi coche con tres años tenía que haber pasado la ITV y que además era de segunda mano cuando no lo era, me lo creo todo. Eso no quiere decir que tengan razón, claro está. Menos mal que conseguimos que "viera la luz" allí mismo, sino nos toca recurrir....
 
"Belen" Hay coches que siendo de nueva adquisición tienen que pasar ITV a los 2 años y no a los cuatro. No será tu caso pero como se dici por Galicia "Haberlos aylos"

Un saludo.
 
agua-cristalina%5B1%5D.jpg


Mas claro..............agua...........

Pero si el B-96 solo lo sacaron para lo de ni poco ni mucho........nada más................para cubrir precisamente coches/caravanas.........

Saludos.
 
Hola;
De la Guardia Civil me lo creo todo.
Hace unos años con la AC con 3 años me pararon y me querian multar por no haber pasado la Itv y tb me discutian que los ciclomotores tenian que pasar la itv a los 4 no a los 3 como es.
Asi que si te han multado recurso que es lo que les dije yo que haria y al final me creyeron y no me multaron pero costó lo suyo .
Un saludo.
 
Hola;
De la Guardia Civil me lo creo todo.
Hace unos años con la AC con 3 años me pararon y me querian multar por no haber pasado la Itv y tb me discutian que los ciclomotores tenian que pasar la itv a los 4 no a los 3 como es.
Asi que si te han multado recurso que es lo que les dije yo que haria y al final me creyeron y no me multaron pero costó lo suyo .
Un saludo.

Ni sí, ni no, ni todo lo contrario... hay algunas autocaravanas que están homologadas como vehículos mixtos para ahorrarse la matriculación, y esas (al igual que los turismos que lo tengan) tienen que pasar más ITV que los demás, por que son "vehículos industriales", además de no poder circular por encima de los 100km/h, carriles habilitados...

Esto pasó sobre todo cuando de un año para otro cambió la normativa de las matriculaciones, pero las hay, lo mismo que los turismos.
 
"Belen" Hay coches que siendo de nueva adquisición tienen que pasar ITV tenía 2 años y no a los cuatro. No será tu caso pero como se dici por Galicia "Haberlos aylos"

Un saludo.

Un coche normal y corriente no, y no era que dijera que era cada dos, sino que nos discutía que el coche tenia 4 años, y para colmo nos quiso discutir también que era de segunda mano. No fue una equivocacion, fue pura y dura inaptitud.
 
con el B de siempre hasta 3500kg el conjunto mas peso el carnet E de remolques y los 1600 mas 850 del remolque son 2450kg no llegas asi que a recurrir se pasan de listos los de trafico con tal de cobrar cualquier cosa encima aplican la ley como quieren y no es asi
 
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