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Las autocaravanas tendrán nuevas reglas de estacionamiento desde el 1 de octubre

Joel David JR

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El Reglamento General de Circulación incorpora expresamente las condiciones que deberán cumplir las autocaravanas y vehículos vivienda cuando estén estacionados. La norma entra en vigor el próximo 1 de octubre de 2026.

A partir del 1 de octubre de 2026, las autocaravanas y otros vehículos acondicionados como vivienda tendrán reguladas de manera expresa en el Reglamento General de Circulación las condiciones que deben cumplir cuando se encuentren estacionados.

La modificación fue aprobada mediante el Real Decreto 518/2026, de 24 de junio, publicado en el Boletín Oficial del Estado el pasado 26 de junio.

La principal novedad es que el artículo 92 del Reglamento General de Circulación incorpora un nuevo apartado dedicado específicamente a las autocaravanas y vehículos vivienda.

Según la nueva redacción, para que el vehículo se encuentre correctamente estacionado deberá cumplir tres condiciones:

  • No extender elementos que sobrepasen el perímetro del vehículo, tomando como referencia su proyección en planta.
  • Descansar únicamente sobre los neumáticos, aunque se permite utilizar calzos o cuñas de seguridad.
  • No verter fluidos procedentes del habitáculo.
Esto significa que, mientras una autocaravana esté estacionada en la vía pública, no podrán desplegarse elementos como toldos, mesas, sillas u otros accesorios que ocupen espacio fuera del vehículo.

Estacionar no es lo mismo que acampar​

La distinción entre estacionamiento y acampada ha sido durante años una de las cuestiones que más dudas ha generado entre los usuarios de autocaravanas y campers.

La DGT ya venía aplicando un criterio similar en sus instrucciones anteriores: una autocaravana puede permanecer estacionada e incluso tener personas en su interior siempre que la actividad desarrollada dentro del vehículo no trascienda al exterior.

La Instrucción PROT 2026/04 de la Dirección General de Tráfico, publicada en marzo, volvió a recoger estos criterios y actualizó la normativa aplicable a este tipo de vehículos.

La diferencia es que ahora estas condiciones dejan de estar únicamente recogidas en instrucciones interpretativas de la DGT y pasan a figurar directamente en el Reglamento General de Circulación.

¿Se puede dormir dentro de una autocaravana estacionada?​

La norma no prohíbe permanecer ni dormir dentro del vehículo por el mero hecho de estar estacionado.

Lo determinante es cómo se encuentra el vehículo respecto al exterior. Si está correctamente estacionado, no despliega elementos fuera de su perímetro, permanece apoyado sobre sus neumáticos y no realiza vertidos, el hecho de que haya personas en su interior no convierte automáticamente el estacionamiento en una acampada.

Los ayuntamientos siguen teniendo competencias​

También conviene recordar que estas normas regulan cómo se estaciona una autocaravana, pero no significan que pueda estacionarse libremente en cualquier lugar.

La propia DGT ha señalado que los ayuntamientos y titulares de las vías pueden establecer regulaciones sobre dónde y durante cuánto tiempo pueden estacionarse determinados vehículos, dentro del marco de sus competencias y de la legislación vigente.

Por tanto, además de cumplir las condiciones generales del Reglamento de Circulación, los usuarios deberán seguir prestando atención a la señalización y a las ordenanzas municipales de cada localidad.

Entrada en vigor: 1 de octubre​

Las nuevas disposiciones forman parte de una reforma más amplia del Reglamento General de Circulación aprobada mediante el Real Decreto 518/2026.

La mayoría de estas modificaciones, incluida la regulación específica del estacionamiento de autocaravanas, entrarán en vigor el 1 de octubre de 2026.

Para los usuarios de autocaravanas, el cambio supone sobre todo trasladar al Reglamento una serie de criterios que la DGT ya venía utilizando para distinguir entre estacionamiento y actividades que exceden de esa consideración.

Fuente: Boletín Oficial del Estado, Real Decreto 518/2026, de 24 de junio; Dirección General de Tráfico.
 
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