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mucho más que un foro

carnet b 4250 kg

ATI1

Participativ@
Buenas me presentoy me gustaria saber como esta el tema del carnet,dicen que ya se puede conducir 4250 kg con el b, ojala sea asi porque m,e he comprado una knaus y no la pudo mover porque me paso de peso, un saludo
 
Pues........de momento no la muevas.............todo sigue igual, ya hablaremos cuando entre la norma en vigor...........................

Saludos.
 
Hasta el 9 de diciembre no entra en vigor. Hasta ahora hemos hablado de que posiblemente hubierfa que hacer algún tipo de examen o prueba, pero parece ser, por las últimas informaciones que no.
Tendrás que esperar.
Un saludo.
 
Reitero lo dicho en otro hilo anterior y similar a este:
eal Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores.


Disposición final sexta. Entrada en vigor.
El presente real decreto entrará en vigor a los seis meses de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Dado en Madrid, el 8 de mayo de 2009.
JUAN CARLOS R.
El Ministro del Interior,
ALFREDO PÉREZ RUBALCABA


e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientes vehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor. Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizada no exceda de 750 kg.
Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos.


Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) r y la M) del punto 7.

I)Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar (en línea, oblicuo o perpendicular), utilizando las marchas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.

7. Los solicitantes de permiso de la clase B + E, además de la maniobra G) indicada en el punto 3, realizarán las siguientes maniobras con incidencia en la seguridad vial:

M) Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque.
Esta maniobra debe comenzar con el vehículo tractor y su remolque uno al lado del otro (es decir, no en línea)
.
N) Estacionamiento seguro para cargar o descargar.
Previamente a la realización de dichas maniobras, los aspirantes deberán demostrar que son capaces de prepararse para una conducción segura satisfaciendo obligatoriamente, además de las prescripciones establecidas en el punto 3.párrafos a), b), c) y d) para los aspirantes a la obtención del permiso de la clase B, las siguientes:
a) Comprobar los factores de seguridad en relación con la carga del remolque: compartimento de carga, láminas, puertas de carga, cierre de la cabina (si existe), colocación de la carga y sujeción de ésta.
b) Comprobar el mecanismo de acoplamiento, del freno y de las conexiones eléctricas.
 
pues no se si aguantare hasta diciembre sin cogerla, ¿suelen parar mucho a las caravanas? o si me paran les doy el boe fotocopiao a ver q pasa:blob5:
 
Sencillamente, si las PMA de ambos elementos superan (segun ficha tecnica) los 3500 kg el conducir el conjunto es como hacerlo SIN carnet de conducir; desde la ultima reforma tipificado con delito contra la seguridad en el trafico. Además, si tuvieras algun accidente carecerias de cobertura; mejor dicho, tu compañía de seguros pagaría y luego ejercitaria la accion de repetición contra tí.
Si la suma de los elementos no superan los 3500 kg (segun ficha tecnica) pues estariamos en un supuesto de sobrepesos que se limita con una sancion administrativa, con la salvedad de que si el exceso de peso supera, creo recordar el 20 %, te pueden inmovilizar el conjunto hasta que le quites el exceso; vamos, que a sacar equipajes, y tonterias de esas.
No se si te he aclarado la cosa.
 
Sencillamente, si las PMA de ambos elementos superan (segun ficha tecnica) los 3500 kg el conducir el conjunto es como hacerlo SIN carnet de conducir; desde la ultima reforma tipificado con delito contra la seguridad en el trafico. Además, si tuvieras algun accidente carecerias de cobertura; mejor dicho, tu compañía de seguros pagaría y luego ejercitaria la accion de repetición contra tí.
Si la suma de los elementos no superan los 3500 kg (segun ficha tecnica) pues estariamos en un supuesto de sobrepesos que se limita con una sancion administrativa, con la salvedad de que si el exceso de peso supera, creo recordar el 20 %, te pueden inmovilizar el conjunto hasta que le quites el exceso; vamos, que a sacar equipajes, y tonterias de esas.
No se si te he aclarado la cosa.


Eres un AS. :D
 
Gracias Pplu, mucho mas he aprendido de otros y, pese al tiempo y kilometros hechos, me considero un novato.
 
oerrrr, eso no suena muy bien, DELITO, mejor la dejo aparcadita hasta Diciembre, con todo el dolor del mundo
 
No hay palabras mal dichas, sino mal entendedidas, yo nunca he dicho que para sacarte el carnet de la clase E, no tengas que hacer un examen, aqui de lo que se trata por lo menos en mi caso, y creo que en más compañeros, es de poder llevar un conjunto entre coche y caravana superior a 3500 kg de MMA. Y el 9 de diciembre de 2009 entra en vigor el nuevo reglamento el cual dice que se aumenta a 4250 Kg. solo con el carnet B.
 
Hasta el 9 de diciembre no entra en vigor. Hasta ahora hemos hablado de que posiblemente hubierfa que hacer algún tipo de examen o prueba, pero parece ser, por las últimas informaciones que no.
Tendrás que esperar.
Un saludo.
Hola obi, donde has conseguido esa informacion de que no habra que pasar ninguna prueba, gracias y un saludo
 
Hola obi, donde has conseguido esa informacion de que no habra que pasar ninguna prueba, gracias y un saludo

Pues si no he entendido mal, SI que hay que hacer unas pruebas, pero, ¿habría que hacerlas a traves de autoescuela o te podrás presentar por libre? Y si te presentas por libre, ¿lo haces con tu caravana o con qué elemento?

Yo también estoy deseando que llegue diciembre a ver que pasa, quiero cambiar de caravana y estoy limitado con el peso del coche.
 
lo que hay escrito al dia de hoy es lo que muy bien a expuesto MiguelPedro, es decir la Ley se cubre las espaldas, diciendo que para obtener esa autorizacion de circular con el B hasta los 4250 , OJO autorizacion , no carnet. tendran que superar unas pruebas de aptitud, en la conduccion con remolque.

Eso es lo que hay... lo demas son especulaciones , o escuchar lo que queremos oir...

Hay opciones serias de que NO exijan ningun tipo de prueba y que sea necesaria la simple solicitd de dicho permiso.
De echo un cocnocido que acaba de obtener la Licencia para una nueva autoescuela, a comprabado un remolquede doble eje, pensando en el B+E y segun me explico, ha desestimado a los posibles clientes del permiso especial (osea nosotros).

Pero como ya hemos dicho... esperaremos atentos a lo que se publique



PD. Ni se te ocurra salir sin permiso.. te juegas una sancion innecesariamente
 
Muy buenas.

No se hasta que punto sería toda esta información cierta y justa para los compañeros que hemos tenido que examinarnos y pagar por un B+E para poder circular con nuestro conjunto por las carreteras del señor.
Según lo que he leido yo al principio de este post para exceder de 3500 kg de PMA habra que seguir exminandose ¿nooooo?
Suerte y al toro compañeros.

Un saludo
 
Meklar, tu pagaste y tienes un carnet (B*E), que te da una serie de posibilidades de conduccion, que NUNCA dara la autorizacion del B.

No se sabe si existira o no existiran pruebas .. en principio y si nos atenemso a lo publicado en el BOE, la respuesta es que SI habra pruebas ...pero como estamso diciendo .. esperaremos a la publicacion de las normas...
 
Muy buenas.

No se hasta que punto sería toda esta información cierta y justa para los compañeros que hemos tenido que examinarnos y pagar por un B+E para poder circular con nuestro conjunto por las carreteras del señor.
Según lo que he leido yo al principio de este post para exceder de 3500 kg de PMA habra que seguir exminandose ¿nooooo?
Suerte y al toro compañeros.

Un saludo

Si fuera como dice Rocinante (que los dioses le oigan) seria una autorización como las existentes para conducir motocicletas de hasta 125 cc; no se si será justo o no, pero yo me ahorré sacarme el permiso A
 
Hola obi, donde has conseguido esa informacion de que no habra que pasar ninguna prueba, gracias y un saludo

Hola ATI1. Yo ya lo dije . Primero se lo comenté a un profesor de autoescuela y me dijo que no haría falta nada.
Después me fuí a Trafico y pregunté y la funcionaria de turno que me atendió, que si había oido campanas y no sabía donde, me dijo que me pasara al día siguiente, que no lo tenía muy claro y que lo tenía que mirar y preguntar a su jefe. Al día siguiente me dió una hoja del BOE nº 138, sección 1 Página 48077 y me dijo: leelo. Ves que ponga algo de pruebas. No. Pues eso, será sin pruebas ni nada. El día 9 del 12 podrás llevar hasta 4250kg. Va a se como con las motos de 125cc.
Chicos, no se que pensar. A mi me convencieron, pero leyendo todo lo que decís, sigo teniendo las mismas dudas que antes de preguntar.
¿Alguien mas ha preguntado en Tráfico?
Un saludo.
 
Acabo de hablar con la DGT y no tienen instrucciones todavia por lo que estan como nosotros.
 
Hola ATI1. Yo ya lo dije . Primero se lo comenté a un profesor de autoescuela y me dijo que no haría falta nada.
Después me fuí a Trafico y pregunté y la funcionaria de turno que me atendió, que si había oido campanas y no sabía donde, me dijo que me pasara al día siguiente, que no lo tenía muy claro y que lo tenía que mirar y preguntar a su jefe. Al día siguiente me dió una hoja del BOE nº 138, sección 1 Página 48077 y me dijo: leelo. Ves que ponga algo de pruebas. No. Pues eso, será sin pruebas ni nada. El día 9 del 12 podrás llevar hasta 4250kg. Va a se como con las motos de 125cc.
Chicos, no se que pensar. A mi me convencieron, pero leyendo todo lo que decís, sigo teniendo las mismas dudas que antes de preguntar.
¿Alguien mas ha preguntado en Tráfico?
Un saludo.


Por lo que he podido leer en el BOE he visto en la página 2 lo siguiente :
"Igualmente, se prevé la posibilidad de autorizar con el permiso de clase B la conducciónde conjuntos de vehículos que excedan de 3500 kg, sin rebasar los 4250 kg, tras la superación de una prueba de control de aptitudes y comportamientos que podrá ser sustituida por la superación de una formación específica, en los términos que se fijen por Orden del Ministro del Interior."

De momento ya hacen alguna referencia a que se puede realizar alguna prueba.

En el Artículo 4 Apartado 2 Apéndice E dice lo siguiente:
"e) El permiso de conducción de la clase B autoriza para conducir los siguientesvehículos:
Automóviles cuya masa máxima autorizada no exceda de 3.500 kg que estén diseñados y construidos para el transporte de no más de ocho pasajeros además del conductor.
Dichos automóviles podrán llevar enganchado un remolque cuya masa máxima autorizadano xceda de 750 g.Conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada
exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos."

En el mismo Artículo en el Apéndice dice lo siguiente:
"g) El permiso de conducción de la clase B + E autoriza para conducir conjuntos devehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir elpermiso de la clase B y un remolque o semirremolque cuya masa máxima autorizada noexceda de 3500 kg, sin perjuicio de las disposiciones que las normas de aprobación de tipo establezcan para estos vehículos. La edad mínima para obtenerlo será de dieciocho años cumplidos.":stop:

Y ahora pregunto yo,, con cual nos quedamos?? con el que mas nos interese??? me quedo con el "E" que es gratuito........:pottytrain5:

Creo que de momento nadie nos saca de nuestras dudas ni la propia DGT tienen ni idea de esto.:evil:
 
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