Webcampista.com

mucho más que un foro

Extintor obligatorio

sanmarcos

calladit@
Hola, pongo este tema para que me saqueis de dudas....
El caso es que el otro dia leí que al llevar remolque es obligatorio ( por ley) llevar un extintor. ¿alguien sabe si esto es verdad?
Ademas dicen que la guardia civil se esta aprovechando de que la gente no lo sabe y les multan...listos ellos!!!

Bueno algun sabio que nos informe, por favor!!!!
un saludo.
 
Personalmente lo desconozco, pero desde siempre llevamos en el coche con el que viajamos un extintor (que por cierto ya le toca revision, es decir cambiarlo) es mas, hasta mi padre en su 1430 llevaba extintor, pero nunca le hizo la revision (en algunos extintores pequeños, la revision cuesta mas que uno nuevo), por fortuna nunca lo he tenido que usar, apunto estuvimos hace unos años cuando salió humo de un coche recien estrellado.
 
Aun que no sea o si obligatorio, es mejor llevarlo, no hace falta uno de 7 Kg, pero uno de 1 o 2 Kg vale, puede servirte sino para apagar un gran incendio si un conato, yo siempre lo llevo en el coche y si tube que utilizarlo para auxiliar a un trailer se le habia pegado fuego al motor y entre varios pudimos apagarlo, aunque se lo tuvieron que llevar con grua.
Un saludo.
 
Nosotros llevamos uno de estos en la caravana, mira lo videos, son interesantes no requiere mantenimiento, no pesa y abulta nada, lo tenemos colgado a la entrada de la caravana en su soporte. Hay algo escrito sobre este tema.
Mangiafuoco
 
No lo sabia, lo llevo en el coche por que si hay fuego en la CV mejor que no este dentro :) no se si va a colar la excusa.
La caducidad , de momento me miro el manometro, ya se que no vale, pero metranquiliza , mientras empezare a mirar precios y caducidad.

EL camion que
se lo tuvieron que llevar con grua.
era de esperar, ya puede estar agradecido por la suerte que tuvo de no necesitar la pala para recoger los restos del vehiculo!
 
Nosotros llevamos uno de estos en la caravana, mira lo videos, son interesantes no requiere mantenimiento, no pesa y abulta nada, lo tenemos colgado a la entrada de la caravana en su soporte. Hay algo escrito sobre este tema.
Mangiafuoco

Dónde y por cuánto se puede conseguir. Tiene buena pinta..
 
Joe con el tema, nosotros también compramos uno en el lidl, pero ya no sé ni que año :oops:

Sería interesante saber hasta que punto es cierto lo del "obligatorio", tal vez los que se sacaron el E sepan algo del tema. Cuando se habla de gente a la que le paró "la autoridad" nadie cuenta que le preguntarán por el extintor :scratch:
 
Nosotros estamos preparando un viaje a Francia para la segunda mitad de agosto y hemos comprado un plano de Francia y pone que es obligatorio el llevar uno en el coche ¿sabeis algo del tema?
 
Nosotros estamos preparando un viaje a Francia para la segunda mitad de agosto y hemos comprado un plano de Francia y pone que es obligatorio el llevar uno en el coche ¿sabeis algo del tema?
Al menos en España, todos los conjuntos de vehiculos no especiales, tienen que llevar uno. Es decir, todos los caravanistas tienen que llevarlo sin excepción.
 
Pues yo no sé si es obligatorio con uno parecido a este:
Por cierto, yo llevo el del Lidl...

2ag2mah.jpg
pero del cagafour:clown:, de un kg por 30€

Y decir que ya llevo usados dos, afortunadamente (para mi) en incendios ajenos.
Uno fue en un coche de época, se quedaron tan pasmaos que ni las gracias atinaron.

El otro en un parque, un descerebrado (o retorcido) había prendido un fuego bajo unos pinos bajos (la historia de la llamada a la policía acabó en queja ante el ayuntamiento), menos mal que acerté a pasar con el semáforo rojo, y me distraje a mirar a mi derecha.

O sea que sea o no obligatorio, ocupa y vale menos de lo que cuesta llevarlo y pagarlo
 
Pues yo también llevo el del "Fidel" en el arcón de la caravana. Hará ya 4 años que lo tenemos, pero el indicador todavía de presión todavía está en la zona verde...

Saludines
 
Al menos en España, todos los conjuntos de vehiculos no especiales, tienen que llevar uno. Es decir, todos los caravanistas tienen que llevarlo sin excepción.

¿y porque los especiales no? :D

Fuera bromas, pues vaya, de casualidad entonces que lo llevo...
 
Hola, como pregunta Aunolose de los que no sacamos el E, he cojido el manual y en accesorios, repuestos y herramientas, dice sobre conjuntos de vehículos no agrícolas, en el punto 118.1 Los conjuntos de vehículos no especiales, deben de llevar un equipo homologado de extinción de incendios adecuado y en condiciones de uso, luego hay una tabla que clasifica según el MMA.
Hasta 1.000 kg uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg uno de clase 21A/113B.

Así que queda claro que se debe de llevar un extintor como mínimo.
Saludos Juan Fco.
 
Hola, en el punto 118 dice :
118. Los conjuntos de vehiculos no agricolas solamente estaran obligados a llevar la dotacion siguiente :

a.-
b.-
c.-
d.- Un equipo homologado de extincion de incendios y en condiciones de uso (Vease art.118.1)
e.-

118.1 El numero minimo y calificacion minima de los extintores que deben llevar los vehiculos reglamentariamente obligados sera (Orden 27/7/99

a.- Vehiculos a motor para transporte de personas:

b.- Vehiculos a motor y conjuntos de vehiculos para el transporte de mercancias y cosas, en relacion a su masa maxima autorizada :

Hasta 1.000 kg uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg uno de clase 21A/113B.
Hasta 20.000 kg uno de clase 34A/144B
Mas de 20.000 kg dos de clase 34A/144B

todo esto es textual, yo creo que lo del extintor es para el transporte de mercancias y personas.

saludos

capy
 
Hola, en el punto 118 dice :
118. Los conjuntos de vehiculos no agricolas solamente estaran obligados a llevar la dotacion siguiente :

a.-
b.-
c.-
d.- Un equipo homologado de extincion de incendios y en condiciones de uso (Vease art.118.1)
e.-

118.1 El numero minimo y calificacion minima de los extintores que deben llevar los vehiculos reglamentariamente obligados sera (Orden 27/7/99

a.- Vehiculos a motor para transporte de personas:

b.- Vehiculos a motor y conjuntos de vehiculos para el transporte de mercancias y cosas, en relacion a su masa maxima autorizada :

Hasta 1.000 kg uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg uno de clase 21A/113B.
Hasta 20.000 kg uno de clase 34A/144B
Mas de 20.000 kg dos de clase 34A/144B

todo esto es textual, yo creo que lo del extintor es para el transporte de mercancias y personas.

saludos

capy

En el BOE pone lo siguiente:

Vehículos a motor para transporte de personas:

Hasta 9 plazas incluido el conductor: Uno de clase 5A/21B.
Hasta 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 8A/34B.
Más de 23 plazas incluido el conductor: Uno de clase 21A/113B.

Vehículos a motor y conjuntos de vehículos para el transporte de mercancías y cosas:
Hasta 1.000 kg de PMA: Uno de clase 8A/34B.
Hasta 3.500 kg de PMA: Uno de clase 13A/55B.
Hasta 7.000 kg de PMA: Uno de clase 21A/113B.
Hasta 20.000 kg de PMA: Uno de clase 34A/144B.
Más de 20.000 kg de PMA: Dos de clase 34A/144B.
 
entonces el famoso extintor del lidl no vale , porque es de polvo polivalente abc
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com