Webcampista.com

mucho más que un foro

Off-topic ¡Por fin los 4250 Kg aceptados!

bueno, pues aunque según los artículos que había leido yo tambien entendía que lo de las pruebas de aptitud se aplicaría para los próximos carnets expedidos, parece que las llamadas a la dgt lo confirman.

y si es así, que así parece que es, pues es una buenísima noticia.
 
:wav:
Jodo, cada vez os calentais más, al final se hinchará algún morro VIRTUAL.
:wav:
 
Buenas señores, pues aqui mi caso, estoy liado con la compra de una caravana, con la cual me paso de peso,todavia no la tengo porque estoy con la venta de la mia.
Mi postura es que la voy a guardar hasta Diciembre con todo el dolor de mi corazon y si finalmente en Diciembre tengo q pasar alguna prueva pues la pasare y ya esta, que le vamos a hacer.
Un saludo y espero que le sirva a alguien que este en mi situacion.
P.D Dudo mucho que pongan pruebas para algo que es tan elemental, pero nunca se sabe.
 
:wav:
Jodo, cada vez os calentais más, al final se hinchará algún morro VIRTUAL.
:wav:


Descuida, al menos yo no estoy caliente, el debate enriquece y deja algunas claras las cosas claras :thumbright:
 
Ati1, con ese conjunto no tenias problemas ya?

Para estar absolutamente seguros del tema, pido a los que os interesais por el tema y no apostais por ESPERAR, hagais lo siguiente (como dijo luisete):

LLamar a la DGT de vuestras provincias y preguntad.

Gracias.

PD:Reportad las respuestas, claro...
PD2: El que vive en la capital de las Españas también podría hacerlo... de buen rollo (sin sorna)
 
Cipotal, mi opinión, (contrastada y meditada) es no recomendar a nadie que se arriesgue a lo que vas a hacer, sea o no GC (que no es el caso, porque son de los que menos me importan para estos temas) los accidentes se llaman así porque ocurren cuando no se los espera.

Como mucho puedo decirle lo que sé: que para octubre no se puede, y para diciembre seguramente si. Y ahora me diras que "seguramente" no, que "seguro", pues vale, eso se lo dices tu, yo digo seguramente.

En esto se basaba mi argumentación, por si con tanta alineación planetaria no se había entendido. :D

Fue en este hilo:
http://www.webcampista.com/foro/foro-campista/26837-alhambra-y-cv-sin-b-e-para-4-pers.html

y puse esto en el post:

http://www.webcampista.com/foro/616350-post2.html
 
Ati1, con ese conjunto no tenias problemas ya?

Para estar absolutamente seguros del tema, pido a los que os interesais por el tema y no apostais por ESPERAR, hagais lo siguiente (como dijo luisete):

LLamar a la DGT de vuestras provincias y preguntad.

Gracias.

PD:Reportad las respuestas, claro...
PD2: El que vive en la capital de las Españas también podría hacerlo... de buen rollo (sin sorna)
jajajaja de este conjunto solo tengo el coche y la firma, la knaus es le que tengo enfilada, asi por lo menos la veo en la firma y me hace mas ilusion.
Un saludico.
 
Que tu dices... que yo digo... esto parece salsa rosa...

Yo no he dicho SEGURO. Sólo he dicho lo que me han respondido en los sitios que ya he comentado. Es en esos sitios donde me han dicho seguro.

Pero en tu caso seguro que aún no lo sabes.... jajaja
 
Bueno, yo ya lo he dicho en varios hilos que han salido del tema.
Primero, un profesor de autoescuela me dijo que sería automático, sin examen ni pruebas ni nada.
Segundo, como lo comenté en un hilo, y un forero con nick de pájaro se rió de mi, pregunté en Trafico de mi ciudad (Soria) y me dijeron lo mismo, así que cada uno piense lo que quiera.
A mi me vendría muy bien ya que me quiero comprar otro coche y me pasaría de peso.
Un saludo.
 
Perdones ustedes, pero sin animo de ser pedante ya en la respuesta 14 les decia que esto era así: la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg a todos los que lo tengan de antes y los nuevos tendrán que realizar las oportunas pruebas (no es posible la aplicación retroactiva de las condiciones de expedición). Esto es así por lo que explicaba: una cosa son los permisos y hechos a los que autoriza, regulados en un determinado título y capítulo del Reglamento, y otra las condiciones de expedición, regulados a su vez en otra parte del citado.
 
Esperemos que sea como decís, y que sirva tambien para fuera de España, porque por ejemplo, según tengo entendido, el poder conducir motos de 125 cc. con más de dos años de antiguedad del carnet B, es solo para España.
 
Perdones ustedes, pero sin animo de ser pedante ya en la respuesta 14 les decia que esto era así: la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg a todos los que lo tengan de antes y los nuevos tendrán que realizar las oportunas pruebas (no es posible la aplicación retroactiva de las condiciones de expedición). Esto es así por lo que explicaba: una cosa son los permisos y hechos a los que autoriza, regulados en un determinado título y capítulo del Reglamento, y otra las condiciones de expedición, regulados a su vez en otra parte del citado.

Por favor... fuentes?

De momento lo único oficial que hay son las respuestas de las DGT, organismos oficiales y autoescuelas, que hemos recibido en este hilo.

la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg Lo que nos habilita para eso es poseer el carnet B (ART.4)
 
Pues si al final de todo este lio, en diciembre se cumplen nuestros deseos, ya me veo a PAPA NOEL con lumbalgia despues de llevar tanta cv y coche "grande":laughing6::laughing6:

Paz y amor...:cheers:
 
igual podemos empezar a cambiar la fichas tecnicas de las caravanas con el peso que tienen en alemania, mucho mas real en cuanto a carga por lo menos.antes venian muy justas de carga para no excederse en el peso final y ahora podemos entrar en el peso por si algun dia nos pesan.
 
eso es lo primero que voy a hacer yo, siempre y cuando no salga mas caro el collar que el perro.(una opcion antes de cambiar la cv). al fin y al cabo es deshacer algo para dejarlo como estaba(osea de fabrica)
 
Perdones ustedes, pero sin animo de ser pedante ya en la respuesta 14 les decia que esto era así: la autorización pasa a habilitar para poder llevar los 4250 kg a todos los que lo tengan de antes y los nuevos tendrán que realizar las oportunas pruebas (no es posible la aplicación retroactiva de las condiciones de expedición). Esto es así por lo que explicaba: una cosa son los permisos y hechos a los que autoriza, regulados en un determinado título y capítulo del Reglamento, y otra las condiciones de expedición, regulados a su vez en otra parte del citado.

A ver si lo he entendido bien...

Las pruebas a las que se refiere el anexo V sólo las tendrán que realizar los que obtengan el carnet B después del 8 de diciembre ¿no?

O sea, que si le doy a la máquina del tiempo y me planto en el 9 de diciembre de 2009 tendremos la siguiente situación:
- Conductores que han sacado el carnet B antes del 8 de diciembre: a partir de ese momento pueden remolcar hasta 4250 kg.
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre: sólo pueden remolcar 3500 Kg
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre y quieren remolcar 4250 kg: tienen que pasar las pruebas del anexo V.

¿Soy yo el único que ve algo raro en esta situación?
 
Pues tambien tienes razon Trotero, siempre he pensado que el famoso pack de casi-regalo por 50€ que tenia un valor de 789€, calefaccion truma-aire, termo trumavent, deposito de ...rueda de recambio, gato para la rueda etc, era por que eso eran accesorios de serie en Alemania, y es como llegan realmente montadas desde fabrica, aqui el importador la homologa sin todo este sobrepeso, para evitar Taras altas y con la minima MMA, naturalmente en Alemania tienen una tara mas alta y mayor capacidad de carga.

Estoy seguro, sin pesarla, que tal como salio de la tienda, ya voy pasado de MMA, y a mi, sobre el papel, solo me sobran 5kg para los 3.5T. En cuanto pueda modifico los pesos, el tractor va sobrado de MMRF.

He estado leyendo pacientemente :) este hilo, y quiero agradecer a todos los que se han molestado en llamar a las delegaciones de la DGT y autoescuelas, yo tampoco Aun-no-lo-se :) seguro al 100% :(, pero ya veo una luz al final del tunel, y no veas el alegron que me he llevado.
 
A ver si lo he entendido bien...

Las pruebas a las que se refiere el anexo V sólo las tendrán que realizar los que obtengan el carnet B después del 8 de diciembre ¿no?

O sea, que si le doy a la máquina del tiempo y me planto en el 9 de diciembre de 2009 tendremos la siguiente situación:
- Conductores que han sacado el carnet B antes del 8 de diciembre: a partir de ese momento pueden remolcar hasta 4250 kg.
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre: sólo pueden remolcar 3500 Kg
- Conductores que se sacan el carnet B el día 9 de diciembre y quieren remolcar 4250 kg: tienen que pasar las pruebas del anexo V.

¿Soy yo el único que ve algo raro en esta situación?


No se si es como dices, pero lo de raro rao... no mucho.

Fijate, yo tengo el carnet de moto A, el antiguo, que me permite conducir cualquier moto, despues alio por tramos (A1, A2..) según potencias, despues, dicen que con el de coche, motos hasta 125 cc.

En los barcos, el patron de embarcaciones de recreo, antes te permitia cualquier cosa hasta 12 m de eslora, a vela o a motor, despues sacaron que solo a motor, y si es a vela, otras prácticas más, etc.....

Puede que sea raro, pero no me sorprende nada.

Aquel que este más interesado (compra de cv ahora), por que no hace una consulta por escrito, vinculante, a trafico.
 
Bueno, yo ya lo he dicho en varios hilos que han salido del tema.
Primero, un profesor de autoescuela me dijo que sería automático, sin examen ni pruebas ni nada.
Segundo, como lo comenté en un hilo, y un forero con nick de pájaro se rió de mi, pregunté en Trafico de mi ciudad (Soria) y me dijeron lo mismo, así que cada uno piense lo que quiera.
A mi me vendría muy bien ya que me quiero comprar otro coche y me pasaría de peso.
Un saludo.

Para el compañero con nick de río...

En primer lugar, nunca me he reído de ti ni de nadie, sólo indico lo que el texto publicado en el BOE dice porque el párrafo:

Los solicitantes de la autorización que habilita para conducir con el permiso de la clase B conjuntos de vehículos cuya masa máxima autorizada sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg y la masa máxima autorizada del remolque supere los 750 kg a la que hace referencia el artículo 5.5, deberán realizar la maniobra I) anterior y la M) del punto 7.

no me lo he inventado, pero visto el cariz que toma este asunto, lo dejo aquí y que cada quien interprete lo que mejor le parezca...

Cipotal, mi comentario

:argue: No hay peor ciego que el que no quiere ver :argue:

Es simplemente una frase hecha, como tantas expresiones que tiene nuestro idioma, y la puse sin ánimo de ofender a nadie, con la única idea de remarcar, que las cosas no siempre son como uno quisiera, si te sentiste ofendido, lo siento, pero yo también me sentí ofendido por el tono que emanaba la frase de si era dueño de autoescuela, ya ves la sensibilidad es libre....

Un cordial saludo y hasta el 10 de diciembre...:love10:
 
Para el compañero con nick de río...

En primer lugar, nunca me he reído de ti ni de nadie, sólo indico lo que el texto publicado en el BOE dice porque el párrafo:



no me lo he inventado, pero visto el cariz que toma este asunto, lo dejo aquí y que cada quien interprete lo que mejor le parezca...

Cipotal, mi comentario



Es simplemente una frase hecha, como tantas expresiones que tiene nuestro idioma, y la puse sin ánimo de ofender a nadie, con la única idea de remarcar, que las cosas no siempre son como uno quisiera, si te sentiste ofendido, lo siento, pero yo también me sentí ofendido por el tono que emanaba la frase de si era dueño de autoescuela, ya ves la sensibilidad es libre....

Un cordial saludo y hasta el 10 de diciembre...:love10:


Para que refresqies la memoria.
Azor
Senior Member
locuaz



Registrado: enero-2005
Ubicación: En la Capital de las Españas
Posts: 347
Descargas: 6
Uploads: 0


Quote:
Originalmente publicado por obi
Hola a tod@s.
Este fin de semana he coincidido en una boda con un profesor de autoescuela y le he comentado el tema.
La respuesta me dejó muy contento y el la dijo muy convencido, aunque no se si me la crea.

Me dijo que entrará en vigor a primeros de diciembre y que será a u t o m a t i c o, es decir sin pruebas ni nada que se le parezca.
¿Sería bueno si así fuera, verdad?
Un saludo



Automático, ja ja ja ja ....​

__________________
 
Azor, de acuerdo...pero el enroque que llevas con el tema no favorece, a mi parecer, a aclarar las cosas.

Tu teoria, se da de bruces con las repuestas que hemos recibido. Si hicieses la consulta a la DGT de tu provincia igual ellos te sacan de dudas.... (como al resto).

Nada es absoluto, ni seguro al 100%, pero los numeros cantan a favor de la postura: por fin los 4250Kg aceptados.

Y con el símil del carnet de moto cuadra a la perfección. Me comentaron los tecnicos juridicos (2) del Servei Català de Transit que se trata de derechos adquiridos.

En el tema de las pruebas o la autorizacion art.5.5 sigo pensando que solo estan dirigidas a los aspirantes o solicitantes del permiso, no a los que ya lo poseemos.

A llamar toca....
 
Bueno,yo aun no lo tengo muy claro,pero a lo largo del tiempo han habido algunas modificaciones de este tipo y fueron incorporadas de forma automática a los que ya poseían el carnet,aunque no fue así para los nuevos aspirantes.
Me refiero al carnet C para vehículos pesados,antiguamente este carnet autorizaba a conducir vehículos articulados,osea trailer,pero no autorizaba a conducir camiones con remolque,para ello había que tener el E,bueno pues a través de un cambio de normatíva el asunto cambió y los trailers se englobaron en los vehículos con remolque y por tanto se necesitaría el E para poder conducirlos.
Lo que hicieron fue otorgar el E de forma automática a aquellos que ya poseían el C aunque no recuerdo si era necesaria cierta antigüedad,y para los nuevos aspirantes,que fue mi caso,sacaron las pruebas para su obtención que hoy tenemos.
Otro de los casos fue el tema de las motos de 125cc que todos conocemos,antes había que sacarse el permiso correspondiente,yo me lo saqué y pagué,ahora lo han otorgado de forma automática con el único requisito de tener dos años de antigüedad con el B.
Es de esperar que en este caso hagan lo mismo,aunque con la crisis que hay,resulta muy golosos los €€€ que pueden embolsar inventándose unas pruebas un tanto "light" y así sacar unos eurillos.
En fín,esperemos a diciembre,ya no queda tanto,je,je.
 
Arriba
© 2004-2024 Webcampista.com