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Denuncia a una AC por la ITV

Eso es un problema típico en este país, la falta de profesionales en los trabajos, ante se sabían el código de circulación de pe a pa y ahora solo se lo aprenden para pasar el curso de trafico, pero repito esto es un mal de todos los trabajos y mas en este país " no hay profesionales".


Tu si que sabes y sin la PDA, con el coco y un boligrafo Bic y otro de repuesto por si se agotaba la tinta, bueno estoy casi seguro que ha sido un error humano, como en todos los sitios los hay.
 
En cualquier caso amigo mío...... que huevazos tienes, yo con lo explosivo que soy, menos guapo creo que le hubiera dicho de todo. De todas formas hiciste muy, muy bien.
 
Este verano en la autovia de Teruel me paro la G.C., me piden documentacion de la caravana y el seguro aparte de mi carnet de conducir, se van al coche y al rato me piden la documentacion del coche y el seguro y se vuelven a ir al coche, viene y me pregunta si yo estaba conduciendo para darle un descanso a mi marido y le dije que no que lo conduciamos los dos habitualmente, me pregunto si mi marido tenis el b+e, le dije que no porque no nos hacia falta, se vuelve a ir al coche y me dice que me tiene que multar porque necesito el carnet b+e porque el remolque supera en peso al coche. ya desesperada le cogí las dos fichas tecnicas y le dije Hobby caravana, Toyota coche, vera que el coche pesa bastante mas que la caravana y no al reves, vuelta a irse al coche, vino perdonandome la vida y diciendome que podia irme.

Si no se saben las normas lo que no entiendo es como paran a un coche con una caravana, si me llegan a multar o intentan quitarme la documentacion llamo a la Jefatura Provincial de Trafico alli mismo delante de los agentes y les espongo el problema, como dice Zeta me preocupo mucho por tener las cosas legales y en regla para que vengan a chotearme.

Saludos
 
El policia se quedo contigo Todos los automoviles particulares tienen que pasar la ITV a los 4 años de su primera matriculacion Salvo que tengan un accidente grave lo que te pudo pasar es que los coches de km-0 algunos desde que se matriculan hasta que se venden pasan un tiempo yo estuve por comprar un km-0 pero tenia ya un año tiempo que me resta para la ITV y la garantia del vehiculo y por eso no lo compre, ahora tengo un km-0 pero una semana de matriculacion

si eso es asi, enterate como fue matriculado ese vehiculo porque seguramente tendras que pasar la 1ª ITV a los dos años, puesto que habra sido matriculado como vehiculo de empresa o de alquiler. un saludo
 
Siento mucho lo que le ha ocurrido Jose Luis, le subo el hilo ya que me parece muy interesante, si necesita algo aqui me tiene.
 
Viernes, 04/12/09, 12,26 h. AP68 dirección Logroño, control aleatorio de documentación, salida peaje pasado Sobradiel...

AC-Benimar-Perseo 680, matrículada el 19-01-2007
Clasificación Autocaravana 3200

En general me interesan todos estos temas, pero este además de forma particular por tener el mismo modelo de Ac.

Veo en principio que hay una diferencia en cuanto a clasificación, ya que la nuestra en la Tarjeta viene clasificada como 3248 en lugar de 3200

Por lo que he podido consultar,

Clasificación por criterios de construcción
(primer grupo en cifras)

32 : Auto-caravana MMA <= 3.500 kg.: Vehículo construido con propósito especial, incluyendo alojamiento vivienda y conteniendo, al menos, el equipo siguiente: asientos y mesa, camas o literas que puedan ser convertidos en asientos, cocina y armarios o similares. Este equipo estará rígidamente fijado al compartimento vivienda: los asientos y la mesa pueden ser diseñados para ser desmontados fácilmente.

Clasificación por criterios de utilización

(segundo grupo de cifras)

00: Sin especificar: (Instrucción: se aplicará esta clave cuando el elemento a clasificar no esté encuadrado en ninguna de las clasificaciones siguientes).

48: Vivienda: Vehículo acondicionado para ser utilizado como vivienda.

Según parece ambas clasificaciones pasan la primera ITV a los cuatro años.

Seguiré el tema.
 
Zeta, te copio ésto de un hilo que anbrió Homer:

MINISTERIO
DE ASUNTOS EXTERIORES
Y DE COOPERACIÓN
11050 RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2006, de la
Secretaría General Técnica, sobre aplicación
del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a
la ordenación de la actividad de la Administración
del Estado en materia de Tratados Internacionales
Artículo primero. Modificación del Real Decreto 2042/1994,
de 14 de octubre, por el que se regula la inspección
técnica de vehículos.
El Real Decreto 2042/1994, de 14 de octubre, por el que
se regula la inspección técnica de vehículos, queda modificado
como se dispone a continuación:
Uno. El apartado 1 del artículo 6 queda redactado en
los siguientes términos:
«1. La inspección técnica periódica de los vehículos
se hará con la siguiente frecuencia:
.........
c) Vehículos de uso privado dedicados al transporte
de personas, excluidos los que figuran en los
epígrafes a) y b), con capacidad hasta nueve plazas,
incluido el conductor, autocaravanas y vehículos
vivienda.
Antigüedad:
Hasta cuatro años: exento.

De más de cuatro años: bienal.
De más de diez años: anual.

http://www.webcampista.com/foro/for...n-tiene-la-ac-mixto-adaptable-vivienda-2.html
 
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Acabo de regresar de la ITV, el Sr. Ingeniero, me dice:

1º.- Lo mismo que acaba de reproducir Marta (para no alargar ni repetir) o sea que hasta los 4 años nada de nada.

2º.- No es de aplicación la modificación del apartado 6 del artículo 6.
Que trata de un cambio de uso, servicio, dedicación o destinación, etc.
( Me estoy refiriendo a lo regulado en la disposición ya publicitada en este hilo)

Ahora, con el alma tranquila, la boca cerrada, el teclado controlado debo hacer lo siguiente:

1º.- Viaje a ITV, sin problemas, la ronda es mía
2º.- Hacer pliego de descargo sobre la denuncia, citando en mi defensa la normativa citada....ronda también mia.
3º.- Ir a Correos para certificarla, con acuse de recibo y para que me sellen la copia para acreditar el envio.....sobre, franqueo, fotocopias, etc. etc....sigue siendo la ronda mia.
4º.- Fumando espero.........la duración de este trámite, que puede ser -siendo rapidillos- unos DOS MESES; siendo rapidillos...
5º.- Llevar todo lo anterior, con lo que me queda de la documentación; pues el volante que me han dado para sustituir el P. de Circulación, tiene una validez de 10 días desde su expedición; o sea, debo acreditar que si no llevo el P. de Circulación, es porque se lo he prestado a la Jefatura de Tráfico de Zaragoza.....ronda mia
6º.- Resuelto el expte. sancionador a mi favor...........queda pendiente de que me entreguen el Permiso de Circulación retenido y se admiten apuestas de la forma de entrega:
a) Debo ir a recogerlo en ventanilla a Zaragoza??
b) Me lo enviarán por correo certificado, cuando lo estimen pertinente???
c) Me sale más baratito y práctico, dentro de unos días solicitar un duplicado????

Continuará............

Moraleja:
Después de mi experiencia........llevar impresa la norma citada, la cartilla fundacional del Cuerpo, una imagen de la Vigen del Pilar, aprender y no desentonar con las siguientes canciones:
Himno de la G. Civil
Polilla
Amigo

Tararearlas con cara de despistados; el copiloto que comience a leer en voz alta, el artículado de la Cartilla fundacional, demostrando un evidente interés en memorizarla, desde el primero, al último artículo.
Los niños, que canten una oración relacionada con el Cuerpo, a la Virgen del Pilar y si llevais mascota.................que ni respire.

Espero que os sirva como experiencia....la moraleja, es una licencia que me he permitido para tomarlo un poco a broma, porque reir; lo que se dice reir......no tengo muchas ganas.
 
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5º.- Llevar todo lo anterior, con lo que me queda de la documentación; pues el volante que me han dado para sustituir el P. de Circulación, tiene una validez de 10 días desde su expedición; o sea, debo acreditar que si no llevo el P. de Circulación, es porque se lo he prestado a la Jefatura de Tráfico de Zaragoza.....ronda mia
6º.- Resuelto el expte. sancionador a mi favor...........queda pendiente de que me entreguen el Permiso de Circulación retenido y se admiten apuestas de la forma de entrega:
a) Debo ir a recogerlo en ventanilla a Zaragoza??
b) Me lo enviarán por correo certificado, cuando lo estimen pertinente???
c) Me sale más baratito y práctico, dentro de unos días solicitar un duplicado????

Empezaré por el punto 6:
La a) va a ser que no, salvo que te quieras dar un paseo.
B), sí pero con matices.
C) Es la única forma ya que se destruyen los que mandan y se hace siempre un duplicado, eso sí barato es, porque no se cobran tasas.
La B), es cierta ya que se "supone", que una vez hecho el abono y pasada la inspección, la Jefatura Provincial lo hace de oficio, pero es mejor recordarlo.

Todo ello emana del artículo 9 del Real Decreto 2042/1994 (míratelo sí quieres), más unas instrucciones de tráfico que dicen más o menos así:

...los permisos de circulación que se retiren por los agentes como consecuencia de no estar el vehículo al corriente de la inspección técnica, se archivarán junto al boletín de denuncia y cuando el interesado acredite que se ha pasado favorablemente la inspección y solicite la devolución del permiso en CUALQUIER Jefatura de Tráfico, en lugar de devolver el permiso retirado en su día, se expedirá un duplicado de este documento de oficio, sin que se devengue tasa alguna.

Para tú caso pone que se autoriza en Cataluña y el Pais Vasco a la expedición de los mismos por los Jefes Provinciales de Tráfico, bla,bla.

El único requisito para pedirlo es que conste en la base del Registro General de Vehículos como que está pasada, y sí no, el informe emitido por la ITV.

¿Cual será tú informe?, bien pasa la itv, pero está en tú mano, pagar y luego reclamar (Buff, podrías llegar al contencioso, aunque ya está bastante regulado), o bien que te expidan en la itv (si quieren claro), como que dicho vehículo no ha de pasar la itv, además de para las alegaciones, te vale para solicitar el duplicado.

No sé si me he explicado bien en ese punto, pero paso al siguiente.

EL punto 5, circular con el permiso de circulación retirado, salvo de casa al taller, y a la itv, es infracción.
Circular con el mismo pasado los diez días puede llevar incluso inmovilización.
Presentar un recurso, no te exime de cumplir lo legislado, 10 días para pasarla, aún llevándolo contigo.Piensa que sí no cualquier vehículo con deficiencias muy graves, el propietario presenta recurso y a seguir circulando con el mismo,, causando un grave riesgo para la seguridad vial.
En este caso no habría manera de comprobar que tienes el permiso de circulación retirado por no haber pasado la itv, pero que circulas después de los 10 días legales, porque ya has pasado la itv (porque no te pueden anotar nada ya que no la debes pasar), y la única manera de comprobarlo sería con el papel que te hicieran en el itv, justificando que dicho vehículo no ha de pasarla.

Pero me dá la sensación que te va a costar los braulios y pasar la itv.

Ante el tocho, un saludo
 
El único requisito para pedirlo es que conste en la base del Registro General de Vehículos como que está pasada, y sí no, el informe emitido por la ITV.

¿Cual será tú informe?, bien pasa la itv, pero está en tú mano, pagar y luego reclamar (Buff, podrías llegar al contencioso, aunque ya está bastante regulado), o bien que te expidan en la itv (si quieren claro), como que dicho vehículo no ha de pasar la itv, además de para las alegaciones, te vale para solicitar el duplicado.

He pedido un informe en la ITV, que dijera que no necesito pasar la ITV, hasta que me corresponda el 17-01-2011 y me dijeron que informar de lo obvio era absurdo, me facilitaron una fotocopia de la legislaciñon en vigor (la que todos conocemos) y me dijeron que citando el mismo en el pliego de descargo era bastante.

No sé si me he explicado bien en ese punto, -estupendamente-pero paso al siguiente.

EL punto 5, circular con el permiso de circulación retirado, salvo de casa al taller, y a la itv, es infracción.
Circular con el mismo pasado los diez días puede llevar incluso inmovilización.
Presentar un recurso, no te exime de cumplir lo legislado, 10 días para pasarla, aún llevándolo contigo.Piensa que sí no cualquier vehículo con deficiencias muy graves, el propietario presenta recurso y a seguir circulando con el mismo,, causando un grave riesgo para la seguridad vial.
En este caso no habría manera de comprobar que tienes el permiso de circulación retirado por no haber pasado la itv, pero que circulas después de los 10 días legales, porque ya has pasado la itv (porque no te pueden anotar nada ya que no la debes pasar), y la única manera de comprobarlo sería con el papel que te hicieran en el itv, justificando que dicho vehículo no ha de pasarla.

Pues además de ayudarme, me acabas de acojonar......porque como me encuentre con otro igual que el que me denunció, tan educadamente y por lo visto, "tan acertadamente"
mejor cancelo la asistencia en AC, al fin de año en Cáceres; porque está claro que para esa fecha, ni tengo P. Circulación, ni respuesta al pliego de descargo, ni ná de ná.

Mañana me replantearé el tema, respecto a la posición de la I.T.V., o llamo a un programa de esos, de denuncia en la TV para ver si alguien se da por aludido y me resuelve el problema, que no es mio; que yo iba la mar de tranquilo, contento y convencido de tener todo en orden y ahora.............me lo han desordenado todo



Gracias por advertirme...............me voy a ensayar un rato la canción de...... !A las barricadas! y textos parecidos...............

Pero me dá la sensación que te va a costar los braulios y pasar la itv.

Me pregunto:
Si me equivoco, en la declaración de la renta..........20% de recargo, inmediatez en el ingreso y posiblemente multa.
Si me equivoco y hago un giro prohibido, sin riesgo alguno para terceros.....denuncia = multa y ......a tener más cuidado para la próxima


Si se equivocan conmigo:
Ajo, agua y a tomar por el...................


Salvo que tengas recursos para presentar una reclamación por daños y perjuicios, trastornos, daños morales, etc. etc. y tengas la suficiente expectativa de vida para esperar, antes de que te entierren de que tengas respuesta.

Lo dicho............voy a ensayar cantos guerreros.


Ante el tocho, un saludo

Pues gracias y de tocho ná de ná.
 
No sé Zeta,creo que deberías haber hecho valer tu razón,si no fíjate en el problema que te ha ocasionado la falta de profesionalidad de ese agente tan amable y educado que,sin saber lo que hacía te ha complicado la vida imnecesariamente,y encima deberías estarle agradecido,por que se le podía haber ocurrido que,después de once meses con la ITV caducada el vehículo podría haber sido inmovilizado en el acto,de hecho casi lo ha conseguido,ya que te ha dejado indocumentado y sin saber cuando recuperarás el documento injustamente retirado.
 
Lo pasado, pasado es; después del resultado, quizá hubiera sido mejor intentar explicarle mi punto de vista pero.......ya no tiene remedio.

Espero solucionarlo de la mejor manera posible........con tiempo, enfados, gastos, etc.
Pero -aún así- sigo convencido, que lo hizo sin intención de causarme daño.
Entendió que iba infringiendo y actuó de acuerdo con ello.
Si el hilo y mi experiencia, sirve para que todos tengamos claro este aspecto de la Ley; y llevar por si acaso, una fotocopia del BOE con esta normativa, pues ya ha cumplido su función.
El resto, queridos amigos..............es pasado y en este caso, no hay nada irreparable.

Gracias por vuestras aportaciones.
 
A mi, estimado zeta, solo se me ocurre decirte despues de todo lo leido que ANIMO, que soluciones rapido la papeleta y a pasar pagina, que valla incordio y ganas de tocar las pelotas innecesariamente la venemerita. saludos.
 
Bueno Zeta, no hemos vuelto a saber nada del tema, prometiste contarnos el proceso
 
Eso,eso que lo cuente,que lo cuente, y que es lo que pasa con el tema de la retención del permiso de circulación....(ya sabes que legalmente no se puede circular sin el).........a ver si un señor tan culto y educado como es el señor Zeta va a ir por estas carreteras de Dios contra viniendo las normas de nuestro Ángel guardián la D.G.T,....(YA SABES,...NO PODEMOS CIRCULAR POR TI ) Por lo tanto , cuenta , cuenta,

Un saludo para todos y Feliz navidad :drunken::drunken::drunken::drunken::drunken:y buen 2010
 
ÚLTIMAS Y ÚNICAS NOTICIAS.-

1º.- Presentado recurso en tiempo y forma.

2º.- Siendo optimista no espero respuesta antes de 2 o 3 meses.

3º.- Nunca me he jactado de infringir pero.............no pienso quedarme acuartelado, sin poder asistir a evento previsto, antes del fatídico encuentro; así que, con el preceptivo Permiso de Circulación -que no llegará- o sin él, servidor de Vdes. se lanzará a las carreteras de todos en su momento.

4º.- Si tropiezo otra vez con la misma piedra, pues.................que salga el sol por Antequera, o por donde quiera; y me veré obligado a pleitear, contra nuestra inefable y todopoderosa Administración.

Amén

Tranquilos, el tema es lo suficientemente importante para que esteis todos informados de la resolución del mismo.

Contad con ello.

Gracias
 
Jo...como van a tardar 2 ó 3 meses en darte respuesta, fijate tu vehiculo es de ocio, pero si llega a ser para un negocio y vivieras de el, vaya faena.


FELICES FIESTAS
 
Jo...como van a tardar 2 ó 3 meses en darte respuesta, fijate tu vehiculo es de ocio, pero si llega a ser para un negocio y vivieras de el, vaya faena.


FELICES FIESTAS

La tardanza no es por practicar determinado verbo de la 2ª conjugación. El procedimiento sancionador, mantiene un procedimiento único:

1º.- Recepción de la denuncia en el órgano sancionador

Antes de que aquí llegue, el Agente denunciante entrega el boletín en su Unidad de destino.
Dicha Unidad establece un control de entrada de las denuncias y de envío al órgano sancionador correspondiente.
El envio suele hacerse por correo ordinario.
LLegan al órgano y se registran de entrada y se les asigna número de expediente (ahora lo tienen mejor organizado, pues suele ser el mismo del número del boletín de denuncia)
Pasan al negociado correspondiente para iniciar -en el caso de que no se hubiera detenido al vehículo- la localización del titular del mismo y para comenzar las notificaciones de las denuncias.
Hay que tener en cuenta, de que no tratan solo una denuncia; sino las de todas de la provincia, remitidas por los distintos Cuerpos encargados de la vigilancia del Tráfico.

2º.- Cuando reciben (después del tiempo del correo ordinario, el registro de documentos, la localización de la denuncia, etc.) un pliego de descargo, localizan el expte. y lo "suspenden" quiere decir, que paralizan el procedimiento de notificación, etc. hasta la resolución del mismo.

3º.- Solicitan a la Unidad de destino del Agente denunciante, remitiéndole el pliego de descargo y su documentación anexa para que esta se la haga llegar al denunciante y este emita un informe en un plazo determinado sobre las alegaciones presentadas.

4º.- Realizado el informe por parte del Agente denunciante, vuelve al órgano sancionador por el mismo conducto en que llegó...+ etc. etc.

5º.- Expte., con pliego de descargo e informe del Agente denunciante, pasa a ser revisado por un Técnico del órgano sancionador y en base a la denuncia, alegaciones, informe sobre las mismas, legislación vigente, etc. etc.; este Técnico propone, en base a lo anterior, la resolución del mismo y lo eleva a otro órgano que decide; bien, de acuerdo con la propuesta del Técnico, o con otro criterio, siempre fundamentado mediante informe

6º.- Resuelto todo lo anterior, viene la decisión; y la misma es comunicada por escrito al domicilio del recurrente por correo ordinario.

¿Te das cuenta pòrque hablo de 2 o 3 meses en la respuesta?

He resumido de forma apresurada el trámite general de un expte. sancionador -en este caso de denuncia de Tráfico- en dicho trámite pueden existir matizaciones y concrecciones pero he intentado explicarlo de forma general y sencilla.

A todo esto, súmale el tiempo que puede llevarme recuperar el Permiso de Circulación. Lo normal sería que te lo enviaran, junto con la resolución favorable del expte.; la práctica es otra y debes solicitar la expedición de un duplicado, en este caso sin tasas.

¿Cuanto tiempo será el resultante de todo este embrollo?

Os prometo, como ya he dicho anteriormente, que os mantendré informados a través de este mismo hilo, aunque esté enterrado en el fondo de los mares.
 
Menos mal que el agente llevaba la PDA, segun creo que leí anteriormente, que si llega a llevar el boligrafo BIC como los de antes no te quiero contar lo que hubiera durado el proceso.
 
REPUESTA DE LA JEFATURA DE TRAFICO DE ZARAGOZA AL RECURSO PRESENTADO EL 14-12-09 POR LA DENUNCIA:


" Vistas las diligencias practicadas en el expediente de referencia, en uso de las facultades que me confiere el art.68 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
ACUERDO sobreseer, sin declaración de respònsabilidad, el mencionado expediente.
EL JEFE PROVINCIAL DE TRÁFICO"


Nada nuevo, la denuncia se produjo por un error de interpretación del AGente de la G.C. de Tráfico, cuando iba al V Cumpleaños Webcamnpista en Burgos.
Desde el día de la denuncia (14-12-09) sigo sin Permiso de Circulación, porque me fue retirado en el acto de la denuncia.
Ahora me queda preguntarle al Iltmo. Sr. Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza, si para recuperar mi Permiso de Circulación -retirado por un error no imputable a un servidor- debo desplazarme a dicha JPT, desde mi lugar de residencia (Provincia de Barcelona) y si los gastos producidos por dicho desplazamiento, corren a cargo del denunciante; o como responsable subsidiario a la propia JPT.

No esperaba un escrito de disculpas; tan solo, en un acto de justicia, me hubieran adjuntado el Permiso de Circulación.

La Administración.............a la vista de lo expuesto....................sigue siendo omnipotente y los administrados...............unos pringadillos.

Os seguiré informando, porque debo escribirle unas líneas al Iltmo. Sr. Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza, sobre el particular y mientras tanto.................sin el Permiso de Circulación de mi AC.
 
Na Zeta, pues ya te han quitado la multa y todavía esperas que te manden el permiso de circulación.............., que por muy europeos que seamos, seguimos a este lado de los Pirineos y eso se nota.....

Date con un canto en los ............., porque ya tienes mas que muchos otros mortales.

Un saludo.

PDH.
 
REPUESTA DE LA JEFATURA DE TRAFICO DE ZARAGOZA AL RECURSO PRESENTADO EL 14-12-09 POR LA DENUNCIA:


" Vistas las diligencias practicadas en el expediente de referencia, en uso de las facultades que me confiere el art.68 del texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.
ACUERDO sobreseer, sin declaración de respònsabilidad, el mencionado expediente.
EL JEFE PROVINCIAL DE TRÁFICO"


......

Ahora me queda preguntarle al Iltmo. Sr. Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza, si para recuperar mi Permiso de Circulación -retirado por un error no imputable a un servidor- debo desplazarme a dicha JPT, desde mi lugar de residencia (Provincia de Barcelona) y si los gastos producidos por dicho desplazamiento, corren a cargo del denunciante; o como responsable subsidiario a la propia JPT.

.....


Hola Zeta.

Te aconsejo que, en este caso, mandes Instancia al Jefe Provincial de Tráfico de Zaragoza, solicitándole que "de las ordenes oportunas para que la documentación del vehículo, indebídamente retirado, te sea devuelto a tu domicilio en Barcelona" exponiendo lo sucedido e incluyendo copia de todo el expediente sancionador y de sobreseimiento.

Si esto no surte efecto, haz lo mismo enviando una Instancia al Director General de Tráfico, y si ello tampoco funciona elevas un tercer escrito al Ministro del Interior.

Esto parece estrambótico pero funciona, aunque llevará muchos meses, y esto lo digo por experiencia propia. En cierta ocasión mandé un escrito al Ministro del Interior (por diferente motivo que el tuyo), y a los 4 días de haberlo enviado me llamaron por teléfono para ofrecerme una solución.

Recuerda que la Administración dispone de un plazo de 2 meses para responderte, y a última instancia puedes recurrir al Defensor del Pueblo, pero por principios NO te desplaces a Zaragoza a por esa documentación.

La única de conseguir cosas de la administración es con paciencia y con escritos debidamente redactados.

Saludos y Suerte.

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