Jo...como van a tardar 2 ó 3 meses en darte respuesta, fijate tu vehiculo es de ocio, pero si llega a ser para un negocio y vivieras de el, vaya faena.
FELICES FIESTAS
La tardanza no es por practicar determinado verbo de la 2ª conjugación. El procedimiento sancionador, mantiene un procedimiento único:
1º.- Recepción de la denuncia en el órgano sancionador
Antes de que aquí llegue, el Agente denunciante entrega el boletín en su Unidad de destino.
Dicha Unidad establece un control de entrada de las denuncias y de envío al órgano sancionador correspondiente.
El envio suele hacerse por correo ordinario.
LLegan al órgano y se registran de entrada y se les asigna número de expediente (ahora lo tienen mejor organizado, pues suele ser el mismo del número del boletín de denuncia)
Pasan al negociado correspondiente para iniciar -en el caso de que no se hubiera detenido al vehículo- la localización del titular del mismo y para comenzar las notificaciones de las denuncias.
Hay que tener en cuenta, de que no tratan solo una denuncia; sino las de todas de la provincia, remitidas por los distintos Cuerpos encargados de la vigilancia del Tráfico.
2º.- Cuando reciben (después del tiempo del correo ordinario, el registro de documentos, la localización de la denuncia, etc.) un pliego de descargo, localizan el expte. y lo "suspenden" quiere decir, que paralizan el procedimiento de notificación, etc. hasta la resolución del mismo.
3º.- Solicitan a la Unidad de destino del Agente denunciante, remitiéndole el pliego de descargo y su documentación anexa para que esta se la haga llegar al denunciante y este emita un informe en un plazo determinado sobre las alegaciones presentadas.
4º.- Realizado el informe por parte del Agente denunciante, vuelve al órgano sancionador por el mismo conducto en que llegó...+ etc. etc.
5º.- Expte., con pliego de descargo e informe del Agente denunciante, pasa a ser revisado por un Técnico del órgano sancionador y en base a la denuncia, alegaciones, informe sobre las mismas, legislación vigente, etc. etc.; este Técnico propone, en base a lo anterior, la resolución del mismo y lo eleva a otro órgano que decide; bien, de acuerdo con la propuesta del Técnico, o con otro criterio, siempre fundamentado mediante informe
6º.- Resuelto todo lo anterior, viene la decisión; y la misma es comunicada por escrito al domicilio del recurrente por correo ordinario.
¿Te das cuenta pòrque hablo de 2 o 3 meses en la respuesta?
He resumido de forma apresurada el trámite general de un expte. sancionador -en este caso de denuncia de Tráfico- en dicho trámite pueden existir matizaciones y concrecciones pero he intentado explicarlo de forma general y sencilla.
A todo esto, súmale el tiempo que puede llevarme recuperar el Permiso de Circulación. Lo normal sería que te lo enviaran, junto con la resolución favorable del expte.; la práctica es otra y debes solicitar la expedición de un duplicado, en este caso sin tasas.
¿Cuanto tiempo será el resultante de todo este embrollo?
Os prometo, como ya he dicho anteriormente, que os mantendré informados a través de este mismo hilo, aunque esté enterrado en el fondo de los mares.