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mucho más que un foro

Limite de velocidad autovia 110 km/h

el caso es que si vamos a 110 es por miedo a la receta, por que aqui por lo menos se esconden en las cunetas aver si te pillan, pero dicen que no es recaudatorio no se no lo entiendo yo me paso el dia repartiendo y reconozco que siempre iba mas deprisa de 120 acabaremos circulando a mas de 110 cuando se pase la novedad saludos
 
El domingo leí en un periodico lo siguiente.

de Jaén a Malaga de ir a 120 a 110 se tarda 13minutos mas y se ahorra 1€. Sigo pensando que es un saca dinero para el gobierno y encima te dicen que hasta 135 no tienes puntos solo 100 joder pues ya que me van a multar sigo llendo a mi 130km/h total son 50€ al contado. Lo que me joderia seria que me pillaran a 113km y saltara. Nos pican para que comamos ajos y nos tengan entretenidos con esto luego con otra cosa y mientras DESVIAN LA ATENCION de lo que ellos no quieren que nos enteremos.
 
yo ya llevo una semana que voy por autovias máximo a 80 y no por el limite de velovidad, sino por..........pues no se, pero se va muy tranquilo-
 
Perdona que te diga pero a esa velocidad eres un peligro, piensatelo

Un compañero mío siempre tiene ese argumento en la boca, pero yo ... no lo acabo de entender. Cuando vamos con la caravana, ¿somos un peligro para el resto de usuarios? Un camión, ¿es un peligro?

Un conductor que circule a una velocidad máxima de 120 km/h (o 110 ahora) tiene que disponer de margen suficiente para disminuir de velocidad y/o cambiar de carril para adelantar al vehículo que circula a 80 km/h, digo yo.

Un peligro, desde el punto de vista legal, es circular a menos de 60 km/h y por eso está prohibido. Pero circular a 80-90, si el resto de vehículos van a velocidad legal, no debería ser un peligro para nadie. Creo.
 
Un compañero mío siempre tiene ese argumento en la boca, pero yo ... no lo acabo de entender. Cuando vamos con la caravana, ¿somos un peligro para el resto de usuarios? Un camión, ¿es un peligro?

Un conductor que circule a una velocidad máxima de 120 km/h (o 110 ahora) tiene que disponer de margen suficiente para disminuir de velocidad y/o cambiar de carril para adelantar al vehículo que circula a 80 km/h, digo yo.

Un peligro, desde el punto de vista legal, es circular a menos de 60 km/h y por eso está prohibido. Pero circular a 80-90, si el resto de vehículos van a velocidad legal, no debería ser un peligro para nadie. Creo.

pues eso digo yo, si cuando uno circula con la caravana y va tranquilamente a 80 por la derecha, y es lo legal, porque no va a poder circular un coiche solo a 80 tranquilamente por la derecha legalmente.
 
Un compañero mío siempre tiene ese argumento en la boca, pero yo ... no lo acabo de entender. Cuando vamos con la caravana, ¿somos un peligro para el resto de usuarios? Un camión, ¿es un peligro?

Un conductor que circule a una velocidad máxima de 120 km/h (o 110 ahora) tiene que disponer de margen suficiente para disminuir de velocidad y/o cambiar de carril para adelantar al vehículo que circula a 80 km/h, digo yo.

Un peligro, desde el punto de vista legal, es circular a menos de 60 km/h y por eso está prohibido. Pero circular a 80-90, si el resto de vehículos van a velocidad legal, no debería ser un peligro para nadie. Creo.



lenguaje%20no%20verbal%20acuerdo.jpg
 
El C.C., también dice, no desde ayer sino hace años.................que:

Circular a una velocidad adecuada equivale para el conductor estar en
condiciones de:
Ser dueño, en todo momento, del movimiento del vehículo que conduce.


Ser dueño del movimiento del vehículo,
es tanto como conducir amoldando o
ajustando la velocidad:
a las propias condiciones físicas y psíquicas,
a las características y circunstancias del tráfico, de la vía, del vehículo y de su carga,
a las condiciones meteorológicas y ambientales,
y en general, a cuantas circunstancias concurran en cada momento.
Poder reducir la velocidad del vehículo,


salvo en los casos de inminente peligro,
de manera suave y progresiva


y no bruscamente.
Poder detener el vehículo en el espacio visible a su frente ante cualquier
obstáculo previsible que pudiera encontrar.
Poder detener el vehículo dentro de los límites del campo de visión y ante cualquier
obstáculo que pueda presentarse,


es tanto como conducir amoldando o ajustando
la velocidad a las condiciones de visibilidad,

de tal forma que el conductor disponga
de tiempo y espacio suficiente para reaccionar, frenar y detener el vehículo sin peligro
dentro de esa zona, tanto si la falta de visibilidad está motivada por la configuración
de la vía, por las condiciones meteorológicas o ambientales, por las luces que se
utilicen o por cualquier otra circunstancia.
En aplicación de estos principios generales,

los conductores están
obligados a circular con sus vehículos a velocidad moderada y, si
fuera preciso, a detenerse cuando lo exijan las circunstancias del
tráfico, de la vía, de la visibilidad, y específicamente en los
siguientes casos:
Cuando haya peatones en la parte de la vía que se esté utilizando
o pueda racionalmente preverse su irrupción en la misma,
principalmente si se trata de niños, ancianos, invidentes o
personas manifiestamente impedidas.
Al aproximarse a ciclos circulando, así como en las
intersecciones y en las proximidades de vías de uso exclusivo de
ciclos.
Al aproximarse a lugares en que sea previsible la presencia de

niños, tales como escuelas, lugares de juegos, etc.

Al aproximarse a mercados.
Cuando haya animales en la parte de la vía que se esté utilizando
o pueda racionalmente preverse su irrupción en la misma.
En los tramos con edificios de inmediato acceso a la parte de la vía
que se esté utilizando.
Al aproximarse a un autobús en situación de parada, principalmente
si se trata de un autobús de transporte escolar.
Fuera de poblado al acercarse a vehículos inmovilizados en la
calzada y a ciclos que circulan por ella o por su arcén.
Al circular por calzadas con pavimento deslizante o cuando puedan
salpicarse o proyectarse, agua, gravilla u otras materias a los
demás usuarios de la vía.
Al aproximarse a pasos a nivel, a glorietas y a intersecciones en las
que no se goce de prioridad de paso.
Si las intersecciones están debidamente señalizadas y la visibilidad
de la vía es prácticamente nula, la velocidad de los vehículos no
deberá exceder de 50 kilómetros por hora.
Al aproximarse a lugares de reducida visibilidad, como son curvas y
cambios de rasante, o a estrechamientos de la calzada.
Al cruzarse con otros vehículos, cuando las circunstancias de la
vía, de los vehículos, o las condiciones meteorológicas o
ambientales no permitan realizarlo con seguridad.
Al circular bajo condiciones meteorológicas o ambientales
adversas, como niebla, lluvia intensa, nevada, nubes de polvo
o humo, hielo, etc.
Los conductores están también obligados a circular


con sus
vehículos a

velocidad moderada y, si fuera preciso, a detenerse:
En el caso de deslumbramiento por las luces de otro vehículo,
en cuyo caso el conductor que lo sufra reducirá su velocidad
lo necesario, incluso hasta la detención total, para evitar el
alcance del vehículo o peatón que circule en el mismo
sentido.
Cuando por inutilización o avería irreparable en ruta de las
luces correspondientes, se hubiera de circular con luces
de intensidad inferior, de tal forma que permita





Podría seguir.......................es un tocho.....................vamos a ver si sacamos algo en conclusión..............................

Aplaudiría una ley de reciclaje para conductores cada cinco años................voy dando ideas....................................
Un saludo.
 
El domingo leí en un periodico lo siguiente.

de Jaén a Malaga de ir a 120 a 110 se tarda 13minutos mas y se ahorra 1€. Sigo pensando que es un saca dinero para el gobierno y encima te dicen que hasta 135 no tienes puntos solo 100 joder pues ya que me van a multar sigo llendo a mi 130km/h total son 50€ al contado. Lo que me joderia seria que me pillaran a 113km y saltara. Nos pican para que comamos ajos y nos tengan entretenidos con esto luego con otra cosa y mientras DESVIAN LA ATENCION de lo que ellos no quieren que nos enteremos.



Matemáticas puras de primaria , si tu ahorras un euro diario y lo multiplicas por el parque móvil que hay en España de 28 millones de vehículos , la cuenta es muy facil y si lo multiplicas por los dias que se circulara a 110 dias , pues lo mismo , serán un montonazo de millones menos que habra que pagar en Petróleo.

Y que conste que estoy en contra de esta medida , pero el ahorro si existe , a mi no me afecta en nada pues no puedo pasar de 90 con mi Ac , y si me pasara de 90 o 100 ya a 110 (iria con probabilidad de sanción) el consumo me pasa de 10 litros a 13 litros, así que a esa velocidad voy siempre.


 
Un compañero mío siempre tiene ese argumento en la boca, pero yo ... no lo acabo de entender. Cuando vamos con la caravana, ¿somos un peligro para el resto de usuarios? Un camión, ¿es un peligro?

Un conductor que circule a una velocidad máxima de 120 km/h (o 110 ahora) tiene que disponer de margen suficiente para disminuir de velocidad y/o cambiar de carril para adelantar al vehículo que circula a 80 km/h, digo yo.

Un peligro, desde el punto de vista legal, es circular a menos de 60 km/h y por eso está prohibido. Pero circular a 80-90, si el resto de vehículos van a velocidad legal, no debería ser un peligro para nadie. Creo.




Muy buen comentario
 
Copio y pego, diario Expansión de hoy:

El secretario general de la Unión de Guardias Civiles (UGC), Manuel Mato Vázquez, ha señalado que la limitación de 110 km/h en autovía y autopista es una "tomadura de pelo" que tiene por objetivo el aumentar la recaudación por multas de tráfico.

"Se trata de recaudar, y punto", ha subrayado en una rueda de prensa en Santiago de Compostela. Así, ha reprochado que, después de 20 años en los que "se mejoró" la calidad de carreteras y motores y "hay más controles", se vuelva a disminuir la velocidad en defensa de que "es más seguro". "Para eso, que digan que hay que circular a 100, a 90, o en caballo", ha ironizado.

En esta línea, ha reiterado que "lo que interesa" al Ejecutivo son "las denuncias de tráfico" y ha augurado que, lo que no recauden los agentes, "lo harán los radares".

Por otro lado, la UGC ha denunciado que las presiones que están recibiendo, a su juicio, los agentes de tráfico para que aumenten el número de denuncias "con fines recaudatorios" se está extendiendo en la actualidad a los puestos de seguridad ciudadana, los que están "más próximos al ciudadano", en núcleos urbanos de pequeño tamaño.

Vázquez ha señalado que dicho modo de actuar por parte de los mandos de la Guardia Civil se concreta mediante la pérdida del complemento salarial del sueldo consolidado y a través de la supresión del cobro correspondiente a los festivos y jornadas nocturnas de trabajo. En conjunto, calcula que se trata de una reducción próxima a los 220 ó 240 euros mensuales.
 
Copio y pego, diario Expansión de hoy:

El secretario general de la Unión de Guardias Civiles (UGC), Manuel Mato Vázquez, ha señalado que la limitación de 110 km/h en autovía y autopista es una "tomadura de pelo" que tiene por objetivo el aumentar la recaudación por multas de tráfico.

"Se trata de recaudar, y punto", ha subrayado en una rueda de prensa en Santiago de Compostela. Así, ha reprochado que, después de 20 años en los que "se mejoró" la calidad de carreteras y motores y "hay más controles", se vuelva a disminuir la velocidad en defensa de que "es más seguro". "Para eso, que digan que hay que circular a 100, a 90, o en caballo", ha ironizado.

En esta línea, ha reiterado que "lo que interesa" al Ejecutivo son "las denuncias de tráfico" y ha augurado que, lo que no recauden los agentes, "lo harán los radares".

Por otro lado, la UGC ha denunciado que las presiones que están recibiendo, a su juicio, los agentes de tráfico para que aumenten el número de denuncias "con fines recaudatorios" se está extendiendo en la actualidad a los puestos de seguridad ciudadana, los que están "más próximos al ciudadano", en núcleos urbanos de pequeño tamaño.

Vázquez ha señalado que dicho modo de actuar por parte de los mandos de la Guardia Civil se concreta mediante la pérdida del complemento salarial del sueldo consolidado y a través de la supresión del cobro correspondiente a los festivos y jornadas nocturnas de trabajo. En conjunto, calcula que se trata de una reducción próxima a los 220 ó 240 euros mensuales.
y esto como..........................se llama....................un chantaje en toda regla................pais...........................bananero_Otra cosa he oido por los medios que hay una manifestacion en Madrid el dia 12 sabado en contra de esta ley,la convoca movimiento 140,un saludo
 
Con ir a 110 los comentarios de la UGC (dicen ligado a UGT) Sobran.
 
Con respecto ir a 80(que no me lo creo), todo lo que deciis esta muy bien, como teoria, pero la realidad, que es a lo que vamos, es otra, y no me vale la comparacion con caravanas o camiones aunque solo sea por tamaño, de todas formas no digo que sea iligal, solo peligroso, y si no quereis ver esa relidad pues no la veias
 
y esto como..........................se llama....................un chantaje en toda regla................pais...........................bananero.Otra cosa he oido por los medios que hay una manifestacion en Madrid el dia 12 sabado en contra de esta ley,la convoca movimiento 140,un saludo



Ahi estarás seguro Cristina , ahi es donde hay que manisfestarse, en vivo y en directo.
 
DVuelta y la plataforma ciudadana Movimiento 140 han presentado un recurso con una nota que explica el motico de su queja, piden que la norma se suspenda de manera urgente, al tiempo que asegura que el Tribunal Supremo se tendrá que pronunciar con carácter de urgencia sobre la suspensión de la aplicación del nuevo límite.

En el comunicado se explica que el Decreto modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

El Real Decreto 303/2011 aprobado el viernes por el Consejo de Ministros es contrario, se argumenta en el recurso, a la Ley de Tráfico por cuanto fija con carácter general un límite de velocidad sin atender a los únicos criterios que el Gobierno puede tener en cuenta a tenor de la citada norma: la seguridad vial, como obliga la Ley de Seguridad Vial.

Por tanto, es necesaria la modificación de esa Ley, con su consiguiente trámite parlamentario, para que, haciendo uso de ella, el Gobierno pueda modificar los límites de velocidad atendiendo únicamente a criterios de ahorro energético, se añade en la argumentación.

El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen.

El Gobierno podría haber invocado, tras la información pública de tal situación, el estado de escasez de suministro petrolífero, como expresa la Ley del Sector de Hidrocarburos, pero ni tal Ley se ha utilizado en la redacción del Real Decreto que rebaja los límites de velocidad, ni la norma manifiesta que nos encontremos en esa situación.

Dicha Ley especifica que, previamente a una medida como la aprobada, el Gobierno tiene que declarar expresamente que el país se encuentra en situación de "escasez de suministro petrolífero", situación que no se ha producido, por lo que el Real Decreto vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos.

La norma modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico sin tener en cuenta el bien jurídico protegido.

La comisión de delitos contra la seguridad del tráfico se producirá ahora a partir de 190 km/hora en lugar de a 200 km/hora. Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica, por cuanto no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos.

DVuelta aconseja recurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110, ya que este límite no encuentra acomodo en la ley, por lo que todas las multas deberán ser anuladas por los Tribunales en caso de que se aprecie dicha ilegalidad.

Por otra parte, la Plataforma Ciudadana Movimiento 140, que ha recabado hasta hoy casi 27.000 firmas contra la reducción de límites de velocidad, ha convocado para el próximo domingo 13 de marzo, entre las 11 y las 13 horas, en la Puerta del Sol de Madrid con el lema: "No a los 110. Contra la represión a los conductores".

La concentración fue aprobada por la Delegación del Gobierno en Madrid el pasado miércoles, y hasta el momento docenas de asociaciones, foros y plataformas han anunciado su presencia en la convocatoria, además de contar con el apoyo de la Plataforma HazteOit.org y la Asociación Unificada de Guardia Civil (AUGC).
 
DVuelta y la plataforma ciudadana Movimiento 140 han presentado un recurso con una nota que explica el motico de su queja, piden que la norma se suspenda de manera urgente, al tiempo que asegura que el Tribunal Supremo se tendrá que pronunciar con carácter de urgencia sobre la suspensión de la aplicación del nuevo límite.

En el comunicado se explica que el Decreto modifica el Reglamento General de Circulación, aprobado por el Real Decreto 1428/2003, de 21 de noviembre, y el Texto Articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, aprobado por el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo.

El Real Decreto 303/2011 aprobado el viernes por el Consejo de Ministros es contrario, se argumenta en el recurso, a la Ley de Tráfico por cuanto fija con carácter general un límite de velocidad sin atender a los únicos criterios que el Gobierno puede tener en cuenta a tenor de la citada norma: la seguridad vial, como obliga la Ley de Seguridad Vial.

Por tanto, es necesaria la modificación de esa Ley, con su consiguiente trámite parlamentario, para que, haciendo uso de ella, el Gobierno pueda modificar los límites de velocidad atendiendo únicamente a criterios de ahorro energético, se añade en la argumentación.

El ahorro energético no puede constituir la causa de reducción de los límites de velocidad a tenor de la Ley de Seguridad Vial, puesto que tal particularidad no aparece recogida en ninguno de los artículos que contienen.

El Gobierno podría haber invocado, tras la información pública de tal situación, el estado de escasez de suministro petrolífero, como expresa la Ley del Sector de Hidrocarburos, pero ni tal Ley se ha utilizado en la redacción del Real Decreto que rebaja los límites de velocidad, ni la norma manifiesta que nos encontremos en esa situación.

Dicha Ley especifica que, previamente a una medida como la aprobada, el Gobierno tiene que declarar expresamente que el país se encuentra en situación de "escasez de suministro petrolífero", situación que no se ha producido, por lo que el Real Decreto vulnera igualmente esa Ley del Sector de Hidrocarburos.

La norma modifica además la tipificación de delitos contra la seguridad del tráfico sin tener en cuenta el bien jurídico protegido.

La comisión de delitos contra la seguridad del tráfico se producirá ahora a partir de 190 km/hora en lugar de a 200 km/hora. Esa rebaja del límite penal resulta totalmente antijurídica, por cuanto no guarda relación con el bien jurídico a proteger, que es la seguridad vial, la evitación de los accidentes, y las consecuencias de éstos.

DVuelta aconseja recurrir todas las sanciones impuestas por sobrepasar el límite de 110, ya que este límite no encuentra acomodo en la ley, por lo que todas las multas deberán ser anuladas por los Tribunales en caso de que se aprecie dicha ilegalidad.

Por otra parte, la Plataforma Ciudadana Movimiento 140, que ha recabado hasta hoy casi 27.000 firmas contra la reducción de límites de velocidad, ha convocado para el próximo domingo 13 de marzo, entre las 11 y las 13 horas, en la Puerta del Sol de Madrid con el lema: "No a los 110. Contra la represión a los conductores".

La concentración fue aprobada por la Delegación del Gobierno en Madrid el pasado miércoles, y hasta el momento docenas de asociaciones, foros y plataformas han anunciado su presencia en la convocatoria, además de contar con el apoyo de la Plataforma HazteOit.org y la Asociación Unificada de Guardia Civil (AUGC).
yo ya he firmado y mi familia tambien,gracias Angel Bouza por tu informacion
 
Cristina y no te diste de alta con ellos , total por 149 euros al año , para cubrirte lo mismo que hace un seguro de terceros hoy dia.

Que ganas de engañar a la gente , cada dia hay mas vividores en este Pais.


Esto esta sacado de su pagina




Hazte de Dvuelta y
blinda tu carné
por sólo 149 € al año.

Recurrimos todas tus multas.
Todas las que te pongan o las que ya tengas.

Recuperación gratuita de puntos.
Si perdiéramos un recurso, te damos los curso de recuperación gratis.

Garantía de 1.000 € al mes de indemnización.
Si llegaran a retirarte el carné.

Asistencia en carretera.
24 horas al día, durante los 365 días del año.

Revisión anual gratuita para tu vehículo.
Una revisión de 7 áreas y 16 puntos del turismo contratado.







 
Cristina y no te diste de alta con ellos , total por 149 euros al año , para cubrirte lo mismo que hace un seguro de terceros hoy dia.

Que ganas de engañar a la gente , cada dia hay mas vividores en este Pais.


Esto esta sacado de su pagina




Hazte de Dvuelta y
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por sólo 149 € al año.

Recurrimos todas tus multas.
Todas las que te pongan o las que ya tengas.

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Si llegaran a retirarte el carné.

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24 horas al día, durante los 365 días del año.

Revisión anual gratuita para tu vehículo.
Una revisión de 7 áreas y 16 puntos del turismo contratado.









Jqajajajajajajajaj!!!!!!!!!!!!!!!!!..........pues aún hay gente que "pica" con estos vividores................................que atrevida es la ignorancia.....................


Un saludo..
 
Matemáticas puras de primaria , si tu ahorras un euro diario y lo multiplicas por el parque móvil que hay en España de 28 millones de vehículos , la cuenta es muy facil y si lo multiplicas por los dias que se circulara a 110 dias , pues lo mismo , serán un montonazo de millones menos que habra que pagar en Petróleo.

Y que conste que estoy en contra de esta medida , pero el ahorro si existe , a mi no me afecta en nada pues no puedo pasar de 90 con mi Ac , y si me pasara de 90 o 100 ya a 110 (iria con probabilidad de sanción) el consumo me pasa de 10 litros a 13 litros, así que a esa velocidad voy siempre.




de matematicas se solo un poco, pero te digo una cosa el ahorro no es para mi sino para el gobierno así que quieres que te diga no es logico que me impongan una cosa para que se beneficie el gobierno cuando yo el de apie no tengo ninguna ventaja. Beneficiar al ciudadadno es bajar la luz, los impuestos, y un etc imparable. Asi que perdona que te diga me indigna la nueva normativa.

P.d. espero que no te cazen a una velocidad superior de 110 si no veras el ahorro que vas a tener. Un saludo.
 
Viajero XL:
No sería ahorro si consumieses lo mismo o más, pero si consumes menos SI es ahorro para tí.
Un euro para ti es muy poco ahorro, pero para algunos puede significar medio kilo de fideos para darle de comer a su familia.

En mi viaje a Toledo de esta mañana mi consumo fué de 7,3 litros, justo 1,2 litros menos que viajando a 120 km/h. Ahí está el 15 % de ahorro.
Que en el global, descontando ciudad, camiones y vehículos especiales (que NO circulan a la velocidad máxima y no les afecta la medida), llevan la cifra de ahorro media al 2%.

Un saludo
 
Hoy es el segundo dia de la nueva normativa, ayer saqué mis conclusiones pero por si eran casualidad he esperado a hoy por si se repetia, y se ha repetido.
Vereis, yo tardaba todos los dias 30 minutos en llegar a mi trabajo, ahora con la nueva normativa a los 30 minutos estoy a 5km de mi trabajo. Esos cinco kilometros son los de mayor afluencia de vehiculos por estar mas cerca de la ciudad por lo que al hecho de estar mas lejos le tenemos que añadir la realidfad de que al ser mas tarde hay mas coches por aquello de que los que mas cerca estan le afecta menos... total que llego tarde a trabajar, entonces que hacemos, como no es cuestion de ir a la velocidad de antes, vaya a ser que te pillen, y tampoco puedes llegar todos los dias tarde, vaya a ser que te echen, la solucion esta en levantarse mas temprano con lo de supone en detrimento de la salud al dormir menos con lo que he llegado a la conclusion de que la disminucion de la velocidad en autopista afecta en mi salud... y supongo que en la de todos, entonces tendremos que ir al médico y darnos de baja por lo que ahorramos en velocidad lo gastamos en sanidad. Toma ya y ahora qué

Voy a darte una solución :).
Asumimos que en esos 30' que tardas en llegar al trabajo haces exactamente una media de 110 Km/h y por eso te quedas a 5 km del destino. Es duro de asumir que antes hacías exactamente 120 km/h de media y ahora exactamente 110 Km/h en un trayecto que imagino tendrá partes urbanas y en el que partes de cero, pero bueno, asumámoslo.
Tu destino está a 60 km. En 30', a 110 km/h recorres 55 km. ¿cuanto tardabas antes en recorrer esos mismo 55 km? Pues 55 km/120 km/h= 0,45 h, o lo que es lo mismo 0,45*60 =27 minutos. A 120 km/h llegabas a esa distancia 3 minutos antes de lo que lo haces ahora.

Yo no dudo de que levantarte 3 minutos antes todos los días afecte a tu salud (supongo que no puedes recuperar ese tiempo de otro sitio), así que te aviso que te prepares, que a final de mes tenemos un cambio horario de ¡¡una hora!! entera.

:)
 
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