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mucho más que un foro

Que opinais sobre la BURSTNER 525 para un principiante??

con permiso de Aunolose intentaré explicarlo, una cosa es que pesen mas de 750. kg de MMA y por lo tanto necesitan matrícula, seguro, e itv, y,

otra cosa es que la capacidad de carga de un remolque, incluidas las caravanas, sea superior a 750 kg. resultante de la resta entre MMA y TARA de la ficha técnica de la caravana., de ser así , hay que pagar el impuesto de circulación del ayuntamiento correspondiente.

Como bien te ha comentado Aunolose, en las caravanas la capacidad de carga suele ser de 100 ó 200 kg, o sea, tara 1000 kg y MMA de 1250 kg, por ejemplo y , por lo tanto , NO, repito, NO pagamos impuesto de circulación.

saludos ( si he errado en algo, por favor , corregirme compañeros )
 
Lo siento pero no lo e entendido bien

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Básicamente: las caravanas no pagan impuesto de circulación (creo que en Navarra sí)


Explicación: ningún remolque con una capacidad de carga de 750k útiles paga el impuesto de circulación ¿como se calcula la capacidad de carga? Restando la Tara a la MMA. Imagina un remolque que pesa 2000kg (Tara) y que puede llevar (MMA) 3000kg, su carga útil es: 3000kg (MMA) - 2000kg = 1000kg que puedo meter en ese remolque, luego este sí que pagaría impuesto de circulación. Ahora una caravana como la mía, MMA 990kg, Tara 850kg -> carga útil: 990kg - 850kg = 140kg y por tanto, no paga impuesto, y aunque te vayas a las pesadas, las que que pone 1300kg de MMA, como pesan 900kg, son 1300kg - 900kg = 400kg, es decir, tampoco pagan.

La cifra de 750kg lleva a engaño, no es la MMA, es la carga útil, que no es lo mismo y genera mucho lío.


Tú quedate con eso, las caravanas no pagan impuesto de circulación. En el caso de que te lo hayan cobrado, puedes reclamar los últimos 5 años, algún compañero lo ha hecho y se lo han devuelto, y otros han conseguido dejar de pagar por lo menos.
 
Ala!! todos en mogollón :D mira que soy lento para escribir :D

¿Como que con permiso? si lo sabes ponlo, de haber llegado un poco más tarde me había ahorrado yo la faena :D
 
Ok.ok muchas gracias pola aclaracion.
No sabia q esto fuera asin

Y ya puestos en el tema cada cuanto tiempo pasan itv

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el problema de las cv antiguas es q ninguna dice la verdad sobre el peso en la ficha tecnica por ejempl:

la mia esta una moncayo goya 500
y la ficha tecnica dice q tara 735kg
no la e pesado pero esta estoy combecido q le kito los muebles y la dejo basia y aun asin supera los 750kg
be6u7ava.jpg

Es una Moncayo????.....................Goya o Prisma................o está pintada??????????........te lo digo porque he tenido dos, hace años y conozco esta caravana........como Moncayo.......a más el modelo 500, tampoco lo recuerdo...............recuerdo la Moncayo Goya 495.......y no de ese color...............sácame de dudas.............

Este es el modelo Goya........que yo conozco..................

272_CARAVANA%20MONCAYO%20GOYA%20495CP.2.JPG


Saludos.
 
A mi hace 2 meses me la intento colar el ayuntamiento de Zaragoza mandandome la cartita jejeje pero llame al ayuntamiento y me tomaron nota y arreglado

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Ok.ok muchas gracias pola aclaracion.
No sabia q esto fuera asin

Y ya puestos en el tema cada cuanto tiempo pasan itv

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Las de menos de 750kg de MMA no pasan ITV de momento, las de más de 750kg a los 6 años de matricularlas y después cada dos. (Esta vez sí es la MMA :D )
 
Berligo, ahora que veo lo que dices en otro mensaje, para la ITV y para el impuesto lo que cuenta es el papel, no te líes, si pone 750kg de MMA, no tienes que pasar ITV.
 
Yo kiero subir de kg la mia xq tiene una tara de 735kg y con lo paneles solares q e montado ya se pasa de los 750kg

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con permiso de Aunolose intentaré explicarlo, una cosa es que pesen mas de 750. kg de MMA y por lo tanto necesitan matrícula, seguro, e itv, y,

otra cosa es que la capacidad de carga de un remolque, incluidas las caravanas, sea superior a 750 kg. resultante de la resta entre MMA y TARA de la ficha técnica de la caravana., de ser así , hay que pagar el impuesto de circulación del ayuntamiento correspondiente.

Como bien te ha comentado Aunolose, en las caravanas la capacidad de carga suele ser de 100 ó 200 kg, o sea, tara 1000 kg y MMA de 1250 kg, por ejemplo y , por lo tanto , NO, repito, NO pagamos impuesto de circulación.

saludos ( si he errado en algo, por favor , corregirme compañeros )

Preguntas-con-respuesta.gif


Saludos......................................
 
Yo kiero subir de kg la mia xq tiene una tara de 735kg y con lo paneles solares q e montado ya se pasa de los 750kg

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Uff. Empecemos por el principio, para todo, carnets, ITV, pesos... lo que manda es la MMA y no la Tara, ¿cuanto pone en la MMA?

Luego, ¿por que la quieres subir? a ver, entiendo que lo quieras hacer, pero ¿es por miedo a las multas o por qué? a parte de ser difícil, yo no te lo recomiendo, pero bueno, allá tú.
 
Yo kiero subir de kg la mia xq tiene una tara de 735kg y con lo paneles solares q e montado ya se pasa de los 750kg

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Como dice Aunolose. Es difícil. Hay que pedir autorización al fabricante y sin esa autorización no puedes hacer nada. Luego, ITV, matricularla, uffff.


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Miguel Naranjo Saez;1808252[SIZE=4 dijo:
]Pues que las caravanas no pagan impuesto de circulación.[/SIZE]
Solo pagan los remolques cuya carga útil sea de más de 750kg.
Es decir. Yo tengo una caravana cuya TARA es de 1000kg y una MMA de 1150kg lo que significa que tiene una carga útil de 150kg. Por lo que esta exenta del pago del impuesto de circulación.


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con permiso de Aunolose intentaré explicarlo, una cosa es que pesen mas de 750. kg de MMA y por lo tanto necesitan matrícula, seguro, e itv, y,

otra cosa es que la capacidad de carga de un remolque, incluidas las caravanas, sea superior a 750 kg. resultante de la resta entre MMA y TARA de la ficha técnica de la caravana., de ser así , hay que pagar el impuesto de circulación del ayuntamiento correspondiente.

Como bien te ha comentado Aunolose, en las caravanas la capacidad de carga suele ser de 100 ó 200 kg, o sea, tara 1000 kg y MMA de 1250 kg, por ejemplo y , por lo tanto , NO, repito, NO pagamos impuesto de circulación.

saludos ( si he errado en algo, por favor , corregirme compañeros )

Rojo..........o azul...................me quedo con el rojo.................................

Saludos.
 
Uff. Empecemos por el principio, para todo, carnets, ITV, pesos... lo que manda es la MMA y no la Tara, ¿cuanto pone en la MMA?

Luego, ¿por que la quieres subir? a ver, entiendo que lo quieras hacer, pero ¿es por miedo a las multas o por qué? a parte de ser difícil, yo no te lo recomiendo, pero bueno, allá tú.

Jajajajaj...............................................
 
Uff. Empecemos por el principio, para todo, carnets, ITV, pesos... lo que manda es la MMA y no la Tara, ¿cuanto pone en la MMA?

Luego, ¿por que la quieres subir? a ver, entiendo que lo quieras hacer, pero ¿es por miedo a las multas o por qué? a parte de ser difícil, yo no te lo recomiendo, pero bueno, allá tú.

Q liooo
u5udumab.jpg


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Tiene una MMA de 750kg y legalmente la podrías subir hasta 1000 peeeero. Para eso te hace falta la autorización del fabricante y Moncayo continua existiendo?

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Eso decía, está al reves.

Habiendo "vivido" muy cerca de Moncayo............no del Moncayo........................no me sale esa caravana por ningún lado..............repito.......las conozco muy bien...............o está pintada.......no se.............o es un modelo de tirada especial.........jejej..........si conozco la que he puesto...................algo en esa ficha...................no cuaaaadraaaaaaaaa

Y deciros........que Moncayo ya hace unos años....................QUE NO EXISTE.

Saludos.
 
Eso decía, está al reves.

Yo he dicho que está al revés la abreviatura, pero lo fácil es que sean los números. Quizá se equivocaron el día que sacaron los papeles, que fue mucho después de su fabricación o que pesó 1000kg pero quisieron poner 750kg para que no fuera necesario matricula y todo lo demás...
 
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