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mucho más que un foro

A vueltas con el B96 y B+E

Ruben Piqueras

Participativ@
Pues eso. Resulta que uno se pone a mirar sus fichas técnicas y se da cuenta de que va muy justo y se pone a mirar, por curiosidad, lo de sacarse el permiso (cosa que tengo que hacer antes de dos años por cambio de coche). El caso es que se da cuenta de que todo el mundo esta confundido, si no todo el 90%.
A ver, no solo necesito otro permiso a parte del B solamente porque la MMA del coche y la MMA de la caravana sumen mas de 3500Kg. Esto no es así desde que era pequeño.
Partimos de que, el que tiene el B como yo no puede remolcar mas de 750Kg. Solamente podría si el remolque lleno pesa menos que el peso del remolcador, pero vacío (por entendernos) Es decir, mi caravana tiene de MMA 1300Kg, solo ire legal si el coche pesa mas de eso. Y a esta condición se le suma, que la MMA del coche sumada a la del remolque no exceda de 3500Kg (ahora es cuando toca esta formula, no sin saber la de antes). Mi coche son 2100 mas 1300 de la caravana, pues 3400kg. Iría legal, siempre que no sobrecargue mi caravana claro.
Por eso el permiso que interesa es el B+E que me permite conducir hasta 3500kg y remolcar hasta 3500kg (así se entiende). El B96 es un invento que sube esa suma a 4250 pero solo para España y con la primera condición por medio, o sea que tururu.
Ahhh y otra cosa importante!!!! para ir legales mirad lo que puede arrastrar vuestro coche en papeles, si no iremos ilegales también claramente.
Todo esto da que pensar por el tema de los seguros. No solo puedes ir ilegal, si no que frente a un accidente, los seguros se pueden lavar las manos.

Ale tostón de buena mañana.
Sed felices!!!!!!
 
Joder Rubén, la que estas liando! !!!!
No se quien te a podido decir esto,pero esta equivocado.
Hay en el mercado vehículos, que te permiten remolcar más de lo que pesan ellos.
Mira a ver si as cogido el libro con el que yo me examine hace ya 30 años.
Todo eso que dices ya es historia.
Un remolcador ,puede arrastrar o remolcar todo lo que ponga en su ficha técnica, otra cosa muy distinta será la licencia que te sea necesaria para llevar ese conjunto.

enviado con tapatalk desde mi galaxy alpha
 
Joder Rubén, la que estas liando! !!!!
No se quien te a podido decir esto,pero esta equivocado.
Hay en el mercado vehículos, que te permiten remolcar más de lo que pesan ellos.
Mira a ver si as cogido el libro con el que yo me examine hace ya 30 años.
Todo eso que dices ya es historia.
Un remolcador ,puede arrastrar o remolcar todo lo que ponga en su ficha técnica, otra cosa muy distinta será la licencia que te sea necesaria para llevar ese conjunto.

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Querido amigo Flecha, primero me lo han explicados dos profesores de autoescuela y posteriormente leído en los libros actuales de autoescuela evidentemente. Lo he vuelto a leer y creo que no los has comprendido tu. Veamos, en ningún lado pongo que un coche no pueda remolcar más peso de lo que pese, esa limitación te la da tu permiso B. Un vehículo tiene limitado el peso de arrastre en lo que te ponga en su ficha. Esto no es de hace 30 años es de antes de ayer que lo pregunte y lo leí como te digo.
Un supuesto raro para que entiendas lo que he explicado.

Coche: Peso 800kilos y MMA 1100kilos. Y puede arrastrar hasta 1200kilos
Caravana: 1100kilos
Con el permiso B vas ilegal. Punto
Primero porque no puedes llevar remolques de más de 750kilos salvo que este pese menos que el peso del coche. Facil 1100 mayor que 800.
Necesitas el B+E o el B96.

Espero haberte desliado.


Enviado desde mi iPhone utilizando Tapatalk Pro
 
Querido amigo Flecha, primero me lo han explicados dos profesores de autoescuela y posteriormente leído en los libros actuales de autoescuela evidentemente. Lo he vuelto a leer y creo que no los has comprendido tu. Veamos, en ningún lado pongo que un coche no pueda remolcar más peso de lo que pese, esa limitación te la da tu permiso B. Un vehículo tiene limitado el peso de arrastre en lo que te ponga en su ficha. Esto no es de hace 30 años es de antes de ayer que lo pregunte y lo leí como te digo.
Un supuesto raro para que entiendas lo que he explicado.

Coche: Peso 800kilos y MMA 1100kilos. Y puede arrastrar hasta 1200kilos
Caravana: 1100kilos
Con el permiso B vas ilegal. Punto
Primero porque no puedes llevar remolques de más de 750kilos salvo que este pese menos que el peso del coche. Facil 1100 mayor que 800.
Necesitas el B+E o el B96.

Espero haberte desliado.


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Pues eso. Resulta que uno se pone a mirar sus fichas técnicas y se da cuenta de que va muy justo y se pone a mirar, por curiosidad, lo de sacarse el permiso (cosa que tengo que hacer antes de dos años por cambio de coche). El caso es que se da cuenta de que todo el mundo esta confundido, si no todo el 90%.
A ver, no solo necesito otro permiso a parte del B solamente porque la MMA del coche y la MMA de la caravana sumen mas de 3500Kg. Esto no es así desde que era pequeño.
Partimos de que, el que tiene el B como yo no puede remolcar mas de 750Kg. Solamente podría si el remolque lleno pesa menos que el peso del remolcador, pero vacío (por entendernos) Es decir, mi caravana tiene de MMA 1300Kg, solo ire legal si el coche pesa mas de eso. Y a esta condición se le suma, que la MMA del coche sumada a la del remolque no exceda de 3500Kg (ahora es cuando toca esta formula, no sin saber la de antes). Mi coche son 2100 mas 1300 de la caravana, pues 3400kg. Iría legal, siempre que no sobrecargue mi caravana claro.
Por eso el permiso que interesa es el B+E que me permite conducir hasta 3500kg y remolcar hasta 3500kg (así se entiende). El B96 es un invento que sube esa suma a 4250 pero solo para España y con la primera condición por medio, o sea que tururu.
Ahhh y otra cosa importante!!!! para ir legales mirad lo que puede arrastrar vuestro coche en papeles, si no iremos ilegales también claramente.
Todo esto da que pensar por el tema de los seguros. No solo puedes ir ilegal, si no que frente a un accidente, los seguros se pueden lavar las manos.

Ale tostón de buena mañana.
Sed felices!!!!!!



Pues yo creo que si lo has dicho (escrito),y no una vez, sino dos veces
 
Hay varios hilos ya abiertos sobre el tema. De todas maneras, y como aclaracion:
B - (1) Vehículos hasta 3.500 Kg + remolque ligero hasta 750 Kgm. (Total: 4.250 Kgm. Pero el remolque no puede pasar de 750)
(2) Vehículos hasta 3.500 Kg + remolque mayor de 750 Kg. siempre que la suma de la MMA del conjunto no supere los 3.500 Kg.

B-96 - Vehículos hasta 3.500 Kg + remolque mayor de 750 Kg. siempre que la suma de la MMA del conjunto no supere los 4.250 Kg.

B + E - Vehículos de 3.500 Kg. + remolque hasta 3.500 Kg.
 
Que ganas teneis de liarla. Creo que esto ya esta mas que trillado en diversoso hilos del foro.
Pero haces unas afirmaciones gratuitas sin pensarlas demasiado.
"Mi coche son 2100 mas 1300 de la caravana, pues 3400kg. Iría legal, siempre que no sobrecargue mi caravana claro."
Pues no señor. Cargues lo que cargues en la caravana vas legal. Te para la policia, mira las fichas tecnicas, suma las MMA, da menos de 3500, llevas el carnet B y vas legal. Punto.
Otra cosa es que vayas pasado de peso con el vehiculo solo, en la caravana de menos de 750, en la de mas de 750, en ambos..... pero esto ya es otra cosa. Con el carnet vas legal por pesos, pero estas cometiendo una infraccion al llevar mas peso del permitido.
Te para la policia, te pesa, tinenes exceso de peso, te multa y te hace aligerar para poder continuar o en todo caso te inmobiliza. Todo depende del % de exceso de peso.
Pero aquí nos meteriamos en repetir, otra vez, lo que se ha comentado en muchos otros hilos.
De verdad que somos un poco, o un mucho, pesados...... Ala! a seguir con el rollo.
:palomitas::palomitas:
 
El problema se presenta, por ejemplo, cuando tienes un coche de 2.500 Kg. y te compras una caravana de 1.100 Kg. Como el conjunto son 3.600 kg, y el remolque pesa más de 750 Kg. Necesitarías el B96 o el B+E.
En cambio, ese mismo remolque de 1.100 Kg. lo arrastras con un coche cuya MMA sea de 2.400 Kg. (1.100 + 2.400 = 3.500), y ya lo podrias arrastrar con el B.
 
Josep M. No es gratuito, evidentemente si llevo más peso de lo que pone en papeles voy pasado de peso. Eso es así, no comprendo lo que dices.
Y José Luis creo que no has comprendido lo que he escrito. Repito que no he dicho que ningún coche que pese menos que el remolque sea ilegal (cosa que dudo que existan muchas fichas técnicas así además de la seguridad, pero no digo que no sea así) Pero si digo que irías ilegal en el supuesto de que el remolque pese más de 750 kilos.
Sé que esto se ha puesto en muchos hilos. Solo he querido volver a percutir en lo que nadie lo dice.
Joan Antoni lo explica muy bien pero en el punto dos del B falta que esa norma solo es valida siempre que la MMA del este no supere el peso del vehículo tractor, esto es lo que veo importante también. No es solo sumó las MMA y si doy menos de 3500kg. puedo.
Pero vamos que se me han quitado las ganas de debatir nada. Deje de participar asiduamente y creo que es más relajado de esa forma.


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José M ojo!!!! Digo que iríamos ilegal conduciendo el conjunto con el B.


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Quizas no me explicado bien.
Son dos cosas diferentes.
Una cosa es la autorizacion que te permite tu carnet y otra cosa diferente que estes o no cumpliendo el codigo de circulacion.
Tu carnet B te permite llevar hasta 3500 Kg..... MMA vehiculo 2100 + MMA carava 1100 = 3200 puedes circular con el B
Vas por la carretera legal, pero no puedes pasar de 80 Km/h, no puedes pasar la tasa de alcohol, no puedes pasar el peso de 2100 en el vehiculo, no puedes pasar de 1100 en la caravana, no puede haber mas de 5 pasajeros en el veviculo, tienes que llevar retrovisores suplementarios,.... etc. Esto ya es cumplir el codigo de la circulacion. No tiene nada que ver con la autorizacion administrativa que te concede el poder conducir ciertos vehiculos con el carnet B o el que sea.
No se si ahora me he explicado correctamente.
Saludos.
 
Lo que es una pasada que en otros países miembros ya el b96 se haga en un curso....en fin, esto es España.
Yo este tema lo masque mucho y leí mucho en su día por interés propio y creo que la ley esta bastante clara, solo hay que leer un poco.

Yo tengo 2 coches, uno con 1000 de tara y 1500 de mma (numero redondos), con una mmr sin freno de 1300. Con 1.4 de gasolina y 90 caballos.
otro con 2000 de tara y 2750 de mma y mmr con freno de 2500 kg creo que recordar.

La caravana son 1050 y 1300 de mma.

Asi, y aunque legalmente voy con el B en el primer coche, ni de coña me lo planteo. Pero eso yo, cuantos habrá que si??
No se, veo la ley un poco obsoleta en este aspecto debería desaparecer el b96 y llegar hasta los 4250 sin necesidad.
Por que entonces uno con una furgona de 3500 o autocarvana por ejemplo puede arrastrar un remolque de 750 sin necesidad de nada....
en fin, esto es como todo....
saludos.
 
Efectivamente, Rubén, en el codigo de circulación vigente, se especifica que la MMA del remolque no debe exceder de la masa en vacío del vehículo tractor, aunque ese es un caso improbable, bien es cierto que significa que si tengo un coche cuyo peso en vacio es de 1500 kg. No puedo arrastrar una caravana mayor de ese peso, aunque no llegue a los 3.500 KG: Tratando de evitar todos los guirigays que se montan a veces, y que tan poco me gustan, adjunto esto, que lo aclara todo. Un abrazo a los dos, ¡Y no discutáis, que así no se aprende nada!

Aclaración sobre la conducción de conjunto de vehículos acoplados con el permiso de la clase B, en relación a lo publicado en el nuevo Reglamento General de Conductores, que entrará en vigor el próximo 8 de diciembre.

Conducción de conjuntos de vehículos acoplados con el permiso de la clase B
Hasta ahora, el permiso de la clase B permitía conducir dos tipos de conjuntos de vehículos en los que el tractor es un automóvil de MMA igual o inferior a 3.500 kg y cuyo número de asientos, incluido el del conductor, no exceda de nueve:

  • Los que llevan acoplado un remolque de MMA no superior a 750 kg, con lo que la MMA del conjunto podía llegar a alcanzar los 4.250 kg (automóvil con MMA de 3.500 kg + remolque de 750 kg de MMA).
  • Los que llevan acoplado un remolque de más de 750 kg de MMA, siempre que:
– la MMA del conjunto no exceda de 3.500 kg y
– la MMA del remolque no exceda de la masa en vacío del vehículo tractor.
Así, se producía la paradoja de que uno de estos conjuntos de vehículos cuya MMA fuese superior a 3.500 kg pero no excediese de 4.250 kg pudiese conducirse solo con el B si el remolque era ligero pero que fuera necesario obtener un nuevo permiso, el B+E, si el remolque acoplado no era ligero.
Con la entrada en vigor del nuevo Reglamento General de Conductores el 8 de diciembre de 2009 se viene a solucionar, en parte, este problema, puesto que uno de los principales cambios en el permiso B es que autoriza a conducir conjuntos de vehículos acoplados compuestos por un vehículo tractor de los que autoriza a conducir el permiso de la clase B y un remolque cuya masa máxima autorizada exceda de 750 kg, siempre que la masa máxima autorizada del conjunto no exceda de 4.250 kg.
Sin embargo, esta autorización no se hace efectiva con la simple obtención del permiso de la clase B, ya que cuando la MMA de uno de estos conjuntos sea superior a 3.500 kg sin rebasar los 4.250 kg será necesario superar la siguiente prueba de control de aptitudes y comportamientos:

  • En circuito cerrado deberán realizar las maniobras:
– Estacionamiento y salida del espacio ocupado al estacionar (en línea, oblicuo o perpendicular), utilizando las marchas hacia delante y hacia atrás, en llano o en pendiente ascendente o descendente.
– Proceder al acoplamiento y desacoplamiento del remolque. Esta maniobra debe comenzar con el vehículo tractor y su remolque uno al lado del otro (es decir, no en línea).

  • En circulación en vías abiertas al tráfico general deberán realizar los siguientes ejercicios: aceleración, deceleración, marcha atrás, frenado, distancia de frenado, cambio de carril, frenar/esquivar, oscilación del remolque, acoplamiento y desacoplamiento del remolque y estacionamiento.
En el citado Reglamento se especifica que esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan mediante Orden del Ministro del Interior. (Artículos 5.5, 48.2 y 49.2 y anexo V. B). 3 y 4)
Es decir, aunque para manejar uno de estos conjuntos de vehículos no se exige la obtención de otro permiso, sí que es obligatorio demostrar que se posee la capacidad necesaria para hacerlo. Hay que tener en cuenta que la conducción de un vehículo que arrastra un remolque puede ser muy distinta dependiendo de si es ligero o tiene más de 750 kg de MMA. Aparte de que la mayor capacidad de carga de los segundos puede afectar tanto a las reacciones del conjunto como a su estabilidad, no puede obviarse el hecho de que los remolques ligeros no están obligados a llevar freno de servicio, pero los que superan los 750 kg de MMA sí, y que en la mayor parte de los casos ese freno va a ser de inercia. Esto puede ser suficiente para obligar al aspirante a conducir uno de estos conjuntos de vehículos a superar las pruebas que se establecen reglamentariamente.
Sin embargo, es necesario recalcar que el permiso sigue siendo el de la clase B, ampliado para la conducción de estos vehículos, eso sí, mediante una anotación en el propio documento (código comunitario armonizado 96, anexo I. B) del R. G. de Conductores).
 
Puedes ponernos en que documentación te basas para hacer estas afirmaciones, según tengo entendido desde hace ya tiempo eso de que el remolque tiene que pesar menos que le tractor ya no se tienen en cuenta legalmente, claro.., si para ir seguro. Tampoco llevas razón en que el B96 solo sirve en España, es una autorización a nivel Europeo.

Ojo con lo que nos dicen en las autoescuelas, les interesa mas que saques el E que el B96 y así intentan hacértelo ver... (Quizas no en todas, Volusia...)
 
Se me olvidó decir que lo de no superar el peso en vacio (Tara), del vehículo tractor, era antiguamente. Ahora lo que se tiene en cuenta es la MMR, de tal modo, que la MMA del remolque no puede superar la MMR del tractor. Como antes era la tara del coche, y no su MMR, es posible que os haya llevado a confusión. Pero eso no tiene que ver nada en el tipo de carnet.
 
Con respecto al B96, en Europa es perfectamente válido. Lo que ocurre es que aquí lo legislaron de manera provisional hasta que se establezca la forma definitiva, y como los españoles somos así, seguimos con la forma provisional. Lo curioso encima, es que el examen práctico del B96, es más dificil que el del B+E. Al menos, a mi me lo parece. Es más fácil hacer la L, que aparcar el conjunto.
 
anda que lo de enganchar a ojo...
Con la cámara es muy fácil, con el mover ni te cuento incluso empujando cuando el firme lo permite que casi siempre en como lo hago yo.
No veo a nadie que enganche como te exigen el los exámenes, tanto de b96 como en b+e. Que se puede y con la parienta dale, dale, dale paaaaaara mas todavía, pero lo veo ridículo
saludos



Con respecto al B96, en Europa es perfectamente válido. Lo que ocurre es que aquí lo legislaron de manera provisional hasta que se establezca la forma definitiva, y como los españoles somos así, seguimos con la forma provisional. Lo curioso encima, es que el examen práctico del B96, es más dificil que el del B+E. Al menos, a mi me lo parece. Es más fácil hacer la L, que aparcar el conjunto.
 
No sé si voy a leerme todo el hilo pero algunos profesores de autoescuela deberían reciclarse bien.

Antes del B96 si el remolque tenía mas MMA que la tara del tractor era obligatorio el E, sin tener en cuenta otra cosa de 3500 ni leches. En la reforma donde se añadió el B96, ese párrafo lo quitaron y ahora el BE solo es necesario si el remolque pasa de 750 kilos y el conjunto de 3500 (o de 4250, si quieres meter el B96 en medio) sin importar que el remolque pese más que el tractor (que la MMA de la caravana supere la tara del coche)

Es decir, los profesores han aprendido a medias el cambio. Lo que te dicen era cierto antes de que lo cambiaran.


A lo mejor alguien lo ha dicho ya, es que no lo he leído.
 
anda que lo de enganchar a ojo...
Je, Je. Pero lo de enganchar y desenganchar, lo tienes que hacer tanto en el B96 como en el B+E. Cuando me lo saqué es lo que decía yo. ¿Para que narices me hace falta esto de enganchar y desenganchar, si mi caravana lleva mover?
 
No sé si voy a leerme todo el hilo pero algunos profesores de autoescuela deberían reciclarse bien.

Antes del B96 si el remolque tenía mas MMA que la tara del tractor era obligatorio el E, sin tener en cuenta otra cosa de 3500 ni leches. En la reforma donde se añadió el B96, ese párrafo lo quitaron y ahora el BE solo es necesario si el remolque pasa de 750 kilos y el conjunto de 3500 (o de 4250, si quieres meter el B96 en medio) sin importar que el remolque pese más que el tractor (que la MMA de la caravana supere la tara del coche)

Es decir, los profesores han aprendido a medias el cambio. Lo que te dicen era cierto antes de que lo cambiaran.


A lo mejor alguien lo ha dicho ya, es que no lo he leído.

Hola, Aunolose. Tres o cuatro post más arriba lo decía. Te lo copio:

"Se me olvidó decir que lo de no superar el peso en vacio (Tara), del vehículo tractor, era antiguamente. Ahora lo que se tiene en cuenta es la MMR, de tal modo, que la MMA del remolque no puede superar la MMR del tractor. Como antes era la tara del coche, y no su MMR, es posible que os haya llevado a confusión. Pero eso no tiene que ver nada en el tipo de carnet."
 
No sé si voy a leerme todo el hilo pero algunos profesores de autoescuela deberían reciclarse bien.

Antes del B96 si el remolque tenía mas MMA que la tara del tractor era obligatorio el E, sin tener en cuenta otra cosa de 3500 ni leches. En la reforma donde se añadió el B96, ese párrafo lo quitaron y ahora el BE solo es necesario si el remolque pasa de 750 kilos y el conjunto de 3500 (o de 4250, si quieres meter el B96 en medio) sin importar que el remolque pese más que el tractor (que la MMA de la caravana supere la tara del coche)

Es decir, los profesores han aprendido a medias el cambio. Lo que te dicen era cierto antes de que lo cambiaran.


A lo mejor alguien lo ha dicho ya, es que no lo he leído.



La exnovia de mi tío, que en paz descanse, es profesora de autoescuela, lleva más de 25 años en ello, un día que me vio llegar al taller con la caravana a cambiar ruedas, me pregunto que donde llevaba las cadenas y porque no la llevaba puestas... :banghead:
 
Ah, y no es cierto que sea provisional, ya puse un hilo hace mucho en el que figuraba todo esto en el BOE. Bueno, lo hemos puesto 80 veces distintos foreros pero es más fácil hablar.
 
Ah, y no es cierto que sea provisional, ya puse un hilo hace mucho en el que figuraba todo esto en el BOE. Bueno, lo hemos puesto 80 veces distintos foreros pero es más fácil hablar.
Querido Aunolose. Mi intención en todos mis posts es ayudar humildemente en aquello que se. No aquello que creo, o pienso, o imagino, que puede ser. Naturalmente, son muchas las cosas que desconozco, y esas son las que trato de aprender. Por cierto, es infinitamente mucho mas aquello que desconozco que aquello que se. Cuando hice ese comentario ligeramente jocoso, sabía porque lo decia, y lo decía por esto

5.2 CLASE B DEL PERMISO DE CONDUCCIÓN CON CÓDIGO COMUNITARIO ARMONIZADO 96

El artículo 5.5 del Reglamento General de Conductor es establece que para conducir un conjunto formado
por un vehículo tractor de la categoría B y un remolque cuya masa máxima autorizada sea superior a 750
Kg., en el caso de que el conjunto así formado exceda de 3.500 Kg., será necesario superar la prueba de
control de aptitudes y comportamientos que se indica en los artículos 48.2 y 49.2.

Una vez superadas las pruebas oportunas se expedirá el permiso de conducción en el que constará el
código comunitario armonizado 96 (ver Anexo I B del Reglamento General de Conductores).
Esta prueba podrá sustituirse por la superación de una formación en los términos que se establezcan
mediante Orden del Ministro del Interior que en la actualidad no ha sido publicada.

Como verás, en la parte subrayada en negrita, las pruebas para el B96 son provisionales hasta que el Ministerio decida cuales serán las definitivas, que a lo mejor con suerte, son como en algunos paises en los que sólo es necesario un cursillo.Que yo sepa, todavía el Ministerio no se ha manifestado al respecto. No obstante, te agradecería, si es que tu tienes noticia de ello, que me la proporcionases. A mi, desde luego, y como dicen los políticos, "No me consta".Un abrazo
 
Hola: mi coche tiene una TARA de 1515 kg y una MMR de 1600 kg. Está legal porque figura el la TIT y tiene 3 años..... Saludos.
 
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